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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1679

Código Civil de Honduras

Articulo 1679.-

El que pierda por evicción la cosa recibida en permuta, podrá optar entre recuperar la que dio en cambio o reclamar la indemnización de daños y perjuicios; pero solo podrá usar del derecho a recuperar la cosa que el entrego mientras esta subsista en poder del otro permutante, y sin perjuicio de los derechos adquiridos entre tanto sobre ella con buena fe por un tercero.