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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1167

Código Civil de Honduras

Articulo 1167.-

El cónyuge sobreviviente tendrá acción de reforma del testamento para la satisfacción o integración de su porción conyugal. También tendrán acción de reforma del testamento las personas a quienes el testador estaba obligado a suministrar alimentos según la ley, y no lo hizo o lo verifico en cantidad insuficiente.