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20 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 0501-2026-00362-LAP — Aviso de demanda contencioso-administrativa interpuesta por Dubis Lizzeth Lopez Rosales

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula, Cortés

  • Decreto: 0501-2026-00362-LAP
  • Publicación: 20 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula, Cortés
  • Gaceta: 37,225

Texto completo

A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha catorce de abril del año dos mil veintiséis (2026), por la Abogada Melanie Zoad Hernandez Urbina, su condición de Apoderada Judicial de la señora Candida Rosa Santos Morejon.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2026-00158-LAP. Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, por actos del Instituto Nacional de Migración- Dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad del acto administrativo impugnado identificado como notificación Cancelación por Cesantía Acuerdo Nº 234-2026 de fecha diecinueve de marzo del año dos mil veintiséis emitido por el Instituto Nacional de Migración- Se reconozca la situación jurídica individualizada de Cancelación por Cesantía por ser unactoilegaleinjustificadoseadoptenlasmedidasnecesarias para su pleno restablecimiento como ser restitución en su cargo pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación aumentos anuales de acuerdo al índice inflacionario establecido por el Banco Central de Honduras más cualquier otro derecho que le pudiere corresponder a título de daños y perjuicios y nivelación salariales la cual debe de ser aplicada al décimo tercer mes, décimo cuarto mes y vacaciones reconocida desde la fecha que obtuvo su cargo. Cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 20 A. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 22 de octubre del 2025. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de octubre del año dos mil diecinueve (2019), compareció a este Juzgado el Abogado CARLOS BENJAMÍN SANTOS HERNÁNDEZ, en su condición de Apoderado Procesal de la Sociedad Mercantil denominada INVERSIONES DIVERSAS, S. de R.L., contra la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, con orden de ingreso número 0801-2019-00364, "...para que se declare la ilegalidad de un acto administrativo consistente en la Resolución No. 111-2019-SS, de fecha 24 de julio del 2019, mediante la cual se declara sin lugar el Recurso de Reposición, interpuesto contra la Resolución No. 80-2018.SS, de fecha 12 de abril del 2018, ambas emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada en la que se condene a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, al pago de cuatrocientos nueve mil trescientos ochenta y ocho lempiras con cincuenta centavos (L. 409,388.50), a su representada más los intereses devengados desde el año 2013, que se cumplió lo pactado hasta que sea efectivo el pago; cantidades que deberán ser calculados y liquidados en el momento de ejecución de la Sentencia Definitiva, por haber emitido Resolución Improcedente, negando el pago que les corresponde por incumplimiento de pago ordenado mediante órdenes de pago, por concepto de deuda contraída por la Secretaría de Estado en los Despacho de Salud, mediante el Hospital del Puerto en concepto de previsión de alimentos; pago de intereses devengados sobre las cantidades adeudadas a su representada. Se acompañan documentos. Poder. Especial condena en costas". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 20 A. 2026. Sección B Avisos Legales

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