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12 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 0801-2026-01329 J-5 — Demanda contencioso administrativa en materia de personal por Enma Marina Pacheco Meléndez contra SECAPPH

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-01329 J-5
  • Publicación: 12 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,218

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil veintiséis (2026), compareció a este el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMÉNEZ, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la señora ENMA MARINA PACHECO MELÉNDEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso No. 0801-2026-01329 J-5, contra el Estado de Honduras a través DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH), impugnando un acto expreso de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación No. 28-2026 extendido por la Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo separando a un servidor totalmente de manera arbitraria e ilegal, exceso y desviación de poder, quebrantamiento a formalidades esenciales, infracción al ordenamiento jurídico. Para que se reconozca una situación jurídica individualizada, se proceda en realizar el pago de toda indemnización laborales correspondientes, pago de salarios caídos y se restituyan demás derechos. Todo hasta el efectivo reintegro. Reconocimiento de antigüedad. Se adjuntan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 A. 2026 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veinticuatro de julio del año dos mil veintiséis (2026), por la Abogada Helma Azucena Espinoza Romero, en su condición de Apoderada Judicial de la señora Claudia Yahaira Portillo Hernandez.- Interpone demanda con número 0501 2026-00475-LAP.- Contra el Estado de Honduras,representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación.- Dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad absoluta del siguiente acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo N° 3667- SE-2026 de fecha treinta de junio del año dos mil veintiséis (2026), emitido por la Secretaría de Estado en los despacho de Educación, (SEDUC), se declare no conforme a Derecho por violación e infracción del ordenamiento jurídico nacional, se reconozca una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de la demandante y como medida para el restablecimiento de sus derechos se ordene el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones legales que le corresponden más los salarios dejados de percibir, salarios caídos desde la fecha del despido hasta la fecha en que quede firme la sentencia definitiva tomando en cuenta los aumentos que el trascurso del juicio sea aplicados por la Administración Pública. COSTAS. Seis de agosto del año dos mil veintiséis Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 12 A. 2026 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito Sección B Avisos Legales