Aviso No. 0801-2026-01647 — Demanda en Materia Contencioso Administrativa - Marvin Joel Ortiz Gonzalez contra Secretaría de Planificación Estratégica
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Decreto: 0801-2026-01647
- Publicación: 7 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Gaceta: 37,214
- Categoria: Laboral
Resumen
Un juzgado de lo contencioso administrativo recibió una demanda de dos empleadas contra la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) para anular su despido. Las demandantes solicitan que se declare ilegal su cancelación y que sean reintegradas con pago de salarios adeudados y beneficios desde la fecha de despido.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de junio del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado el Abogado ABEL ANTONIO SEVILLA HERRERA, en su condición de representante procesal de los ciudadanos DILCIA ESPERANZA APARICIO INESTROSA y BESSY FABIOLAOSORIOVARELA, incoando demanda especial en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL (AHAC), con número de ingreso 0801-2026-01569, para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en los Acuerdos de Cancelación No. 049-2026 de fecha seis (06) de abril del dos mil veintiséis (2026) y Acuerdo No. 050-2026 de fecha trece (13) de abril del dos mil veintiséis (2026), por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, contraída a solicitar "Demanda especial en materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil. Acción contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad de dos actos administrativos de carácter particular. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y por la cancelación ilegal y encauzada, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación el reintegro en iguales o mejores condiciones con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta que sean reintegrados, junto con las demás indemnizaciones legales y beneficios que sus cargos adquieran.- Pago de salarios adeudados a la fecha de la cancelación.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder." ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 7 A. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa M.D.C., 15 de junio del 2026 AVISO
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