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6 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 0801-2026-01747 — Aviso de demanda contencioso-administrativa contra Comisión Técnica Liquidadora

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-01747
  • Publicación: 6 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,213
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado notifica que se han presentado dos demandas contra el Estado de Honduras: una persona reclama que fue despedida ilegalmente del Instituto de la Propiedad, y otra del extinto Ministerio de Planificación Estratégica. Ambos demandantes solicitan que se declare nula su cancelación y sean reintegrados a sus puestos con pago de salarios atrasados.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,HACE SABER:Queenfecha28deabrildelaño 2026 comparece el Abogado HENRY MAURICIO CÁRDENAS ARDÓN, inscrito en el Colegio de Abogado bajo el número 07282, actuando en su condición de Representante Procesal del señor JORGE YOVANI FLORES LARIOS, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-02188, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, por el procedimiento en materia de personal, se promueve demanda contencioso administrativa en materia especial de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en Acuerdo de Cancelación. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo para el cual se había nombrado o a uno de mejor categoría, en por lo menos igualdad de condiciones, con el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia definitiva. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial condena de costas a la parte demandada. En relación al Acuerdo de Cancelación SE- IP-505-2026. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 6 A. 2026 _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de abril del año 2026 comparece el Abogado HENRY MAURICIO CARDENAS ARDON, inscrito en el Colegio de Abogados bajo los números 07282, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora MILAGRO ISABEL APLICANO MARTÍNEZ, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-01747, contra el Estado de Honduras, por actuaciones de la COMISIÓN TÉCNICA LIQUIDADORA de la extinta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, por el procedimiento en materia de personal, se promueve demanda contencioso administrativa en materia especial de personal se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en Acuerdo de Cancelación, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo para el cual se había nombrado o a uno de mejor categoría, en por lo menos igualdad de condiciones, con el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia definitiva. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial condena de costas a la parte demandada. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 6 A. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 16 de junio de 2026 AVISO