Aviso No. 0801-2023-00370 — Demanda de Nulidad de Actos Administrativos - Jessica Orbelina Herrera Durón y otros
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2023-00370
- Publicación: 9 de junio de 2023
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Laboral
Resumen
Tres trabajadores de educación demandan al Estado para anular decisiones que los despidieron sin debido proceso. Solicitan ser reintegrados al trabajo, recibir salarios no pagados, beneficios perdidos y ajustes salariales retroactivos, argumentando que la cesantía violó la ley y un acuerdo con el sindicato.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), comparecieron ante este Juzgado los señores Jessica Orbelina Herrera Durón, Luis Alonso Ávila Godoy y Eder Pompilio Aguilar Ardón, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, con orden de ingreso No. 0801-2023-00370, para la nulidad de unos actos administrativos consistentes en: ACUERDO No. 1492-SE-2022, de fecha 24 de octubre del 2022, ACUERDO No. 1699-SE-2022 y ACUERDO No.1703-SE-2022, ambos de fecha 16 de noviembre del 2022, emitidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.- Declarar la ilegalidad de los actos y su nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fueron objeto por cesantía violentándose el debido proceso conforme la Ley y el memorial respetuoso suscrito entre la secretaria y el sindicato.- Y como medida para el restablecimiento de nuestros derechos que se condene al reintegro al trabajo.- Pago de salarios caídos.- El beneficio de los derechos colaterales causados. Pago retroactivo de incrementos salariales aprobados por el Gobierno, incrementos salariales y demás beneficios que se produzcan durante la secuela del juicio.- Pago de las aportaciones al sistema previsional. Nivelación salarial.- Nos reservamos el derecho a las prestaciones en el caso de que los reintegros se tomen materialmente imposibles o no se ordenen su procedencia.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder.- TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA POR LEY 18 S. 2023 _____________
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