Aviso No. 0801-2024-00844 — Aviso de demanda Contenciosa Administrativa - Mario Roberto Servellon Ordoñez vs. Instituto de la Propiedad
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2024-00844
- Publicación: 20 de enero de 2025
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,796
- Categoria: Laboral
Resumen
Un trabajador demanda al Instituto de la Propiedad para anular su despido por cesantía que considera ilegal. El juicio busca que lo reintegren a su puesto, le paguen los salarios perdidos, incrementos salariales y prestaciones laborales que dejó de recibir desde su despido hasta la sentencia definitiva.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado MARIO ROBERTO SERVELLON ORDOÑEZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso número 0801-2024- 00844 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el acuerdo de cancelación por cesantía número CI-IP-362-2024 de fecha veinticuatro (24) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), por infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de estos, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo en igual o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que se ejecute la sentencia definitiva condenatoria. Se reconozcan los incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuencia del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como ser décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. - Especial condena en costas a la parte vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 21 M.2025
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Modificación No. 3 al Contrato de Construcción - Ampliación de Intersección Anillo Periférico-Calle Los Alcaldes
- Acuerdo Ejecutivo 123-2025 mediante el cual se nombra al ciudadano Henry Adalberto Gómez Barahona en el cargo de Subcomisionado de la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) — El Acuerdo Ejecutivo 123-2025 nombra a Henry Adalberto Gómez Barahona como Subcomisionado de CONDEPOR (deportes y recreación). Debe prometer cumplir la Constitución, presenta declaración de bienes ante Tribunal de Cuentas en 30 días, y su permanencia depende de evaluación de resultados y cumplimiento de leyes de transparencia y anticorrupción. (Decreto 123-2025, 2025)
- Resolución No. 1-2024 mediante la cual se concede permiso a ciudadana hondureña para ostentar el cargo de Cónsul Honoraria en representación de la República Helénica — El Congreso Nacional autoriza a tres ciudadanos hondureños para ejercer cargos de cónsules honorarios representando a Grecia y Francia en Honduras. Estas resoluciones permiten que Honduras mantenga relaciones diplomáticas y consulares que promueven intercambio cultural, comercial, turismo e inversión con esos países. (Decreto 1-2024, 2024)
- Acuerdo Ministerial No. 133-2023 — Licencia en la modalidad de representante no exclusivo a GRUPO MEY-KO, S.A. (Decreto 133-2023, 2024)
- Resolución No. 196-4/2026 — Autorización de constitución de Seguros e Inversiones Honduras, Sociedad Anónima como institución de seguros del Tercer Grupo (Decreto 196-4/2026, 2026)