Aviso No. 567-2026 — Demanda de nulidad de acuerdos de cancelación de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Decreto: 567-2026
- Publicación: 29 de octubre de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Gaceta: 37,281
- Categoria: Administrativo
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: En fecha seis (06) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), compareció el Abogado Wilmer Javier Fernández Alachán, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores Wendy Lizeth Chinchilla Sol, Cristian Daniel Reyes Corrales, Eduar Emmanuel Santos Lobos, Edwin Hislaad Santos Lobos, Sandra Elizabeth Rodríguez Suazo, Cristian Joshua Santos Martínez, Emely Odeli Muñoz Bardales, Marbin Orlando Borjas Arguijo y Heydi Sarai Fernández Rodríguez, presentando demanda contra el Estado de Honduras, representado por el Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, en su condición de Procurador General de la República por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; misma que se encuentra registrada en libro de entrada que para tal efecto lleva este Tribunal bajo el número de expediente No.567- 2026 S.P.S correlativo 0501-2026-00561 LAP;dicha demanda tiene como finalidad se declare la nulidad de los actos administrativos consistentes en:
- 1)
Acuerdo No.SETRASS-411-2026 a nombre de la señora Wendy Lizeth Chinchilla Sol;
- 2)
Acuerdo No.SETRASS-420-2026 a nombre del señor Cristian Daniel Reyes Corrales;
- 3)
Acuerdo No.SETRASS-448-2026 a nombre del señor Eduar Emmanuel Santos Lobos;
- 4)
Acuerdo No.SETRASS-429-2026 a nombre del señor Edwin Hislaad Santos Lobos;
- 5)
Acuerdo No. SETRASS-432-2026 a nombre de la señora Sandra Elizabeth Rodríguez Suazo;
- 6)
Acuerdo No.SETRASS-402-2026 a nombre del señor Cristian Josua Santos Martínez;
- 7)
Acuerdo No.SETRASS-436-2026 a nombre de la señora Emely Odeli Muñoz Bardales;
- 8)
Acuerdo No.SETRASS-415-2026 a nombre del señor Marbin Orlando Borjas Arguijo;
- 9)
Acuerdo No.SETRASS-431-2026 a nombre de la señora Heydi Sarai Fernández Rodríguez; que se reconozcan situaciones jurídicas individualizadas y que se me adopten las medidas para su pleno restablecimiento, consistiendo en que se ordene el reintegro inmediato de los servidores públicos a sus puestos de trabajo en igual o superiores condiciones, a título de indemnización por daños y perjuicios, el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de las cancelaciones hasta que sean reinstalados a sus puestos de trabajo, y que se paguen los incrementos salariales, y demás derechos laborales no percibidos durante el tiempo de separación. En la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los veintiuno (21) días del mes de octubre del año dos mil veintiséis (2026). Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 29 O. 2026 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO EXPEDIENTE NÚMERO 0801-2026-02249 JUEZ 9
Leyes relacionadas
- Decreto-62-2026 — Este decreto aprueba el Presupuesto General de Honduras para 2026 por L444,335 millones, con un déficit fiscal del 1.0%. Prioriza inversión en educación, salud e infraestructura, asignando L48,229 millones (4.4% del PIB) a proyectos productivos. Establece normas de ejecución y control presupuestario para todas las instituciones públicas. (Decreto 62-2026, 2026)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre regulación de ingresos notariales (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 107-2022, 2023)