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7 de octubre de 2026Vigente

Aviso No. SE-IP-981-2026 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Elmer David Betanco Osorio

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula

  • Decreto: SE-IP-981-2026
  • Publicación: 7 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
  • Gaceta: 37,264
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026) en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de junio del año dos mil veintiséis (2026), compareció el señor Elmer David Betanco Osorio, interponiendo demanda contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, en su condición de Procurador General de la República de Honduras, por actos del Instituto de la Propiedad; dicha demanda en materia personal tiene como finalidad se declare no conforme a derecho y se anule el acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. SE-IP-981-2026, de fecha veintiséis (26) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), certificado mediante CERTIFICACION-SE- IP-548-2026, emitido por la Secretaría Ejecutiva del Instituto de la Propiedad (IP), mediante el cual se dispuso cancelar por reducción forzosa de personal al señor Elmer David Betanco Osorio, asimismo, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistente en el reintegro como consecuencia de la nulidad del acto administrativo de cancelación, además, se solicita el pago de los salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios, el pago del décimo tercer y décimo cuarto mes, vacaciones ordinarias, vacaciones adeudadas, ajustes salariales, cotizaciones y demás derechos laborales o administrativos que le hubieren correspondido durante el tiempo en que permanezca ilegalmente separado del servicio. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 7 O. 2026.

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E O C T U BRE D E L 2026 N o . 37,264 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

Notas

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