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28 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-00865 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Ingrid Sagrario Santos Diaz

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-00865
  • Publicación: 28 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,257
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado la ciudadana INGRID SAGRARIO SANTOS DIAZ, con Documento Nacional de Identificación 0801-1985-06725, como parte demandante, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2026-00865, "Se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el Acuerdo de Cancelación número 202-SEDESOL-2026 de fecha 25 de marzo del año 2026 dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL).- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado. Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. Se acompañan documentos. Petición. Poder. Costas". En relación al ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 202-SEDESOL-2026, de fecha veinticinco (25) de marzo del año dos mil veintiséis (2026). ABG. LOURDES AZUCENA MEDINA MARADIAGA SECRETARIA ADJUNTA 28 S. 2026.

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,257

Notas

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