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29 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-03516 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Christian Geovanny Ramos Pérez contra Secretaría de Trabajo

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-03516
  • Publicación: 29 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,258
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de junio del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE LINDOLFO GRANDEZ GARCIA, en su condición de representante procesal del señor CHRISTIAN GEOVANNY RAMOS PEREZ, incoando demanda en materia personal, con orden de ingreso 0801-2026-03516, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación número SETRASS 306- 2026 de fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y notificado el veintinueve (29) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico establecido, que se declare la ilegalidad y su nulidad total, que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro al puesto de trabajo de mi representado en iguales o en mejores condiciones a las establecidas, pago de salarios con sus respectivos incrementos salariales y demás beneficios dejados de percibir, vacaciones, bono de vacaciones, desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que se materialice el reintegro al cargo del cual fue cancelado por cesantía sin causa alguna al margen de la ley. Costas del juicio. Que se habiliten días y horas inhábiles. Se acompañan documentos. Petición. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 29 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 18 de septiembre del 2026

Notas

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