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22 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-00957 — Demanda Contencioso-Administrativa en Materia de Personal - Jean Carlos Tejeda Natarén

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-00957
  • Publicación: 22 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,252
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Jean Carlos Tejeda Natarén demanda al Estado de Honduras (Administración Aduanera) para anular su despido, alegando violación de la ley. Pide ser reintegrado a su puesto y recibir todos los salarios, aumentos y beneficios no pagados, más aportes al IHSS e INJUPEMP hasta su reinserción laboral.

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez de abril del año dos mil veintiséis, compareció a este Juzgado el señor JEAN CARLOS TEJEDA NATAREN, interponiendo Demanda en materia de Personal ante este juzgado con orden de ingreso No.0801-2026- 00957, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, que la parte demándate literalmente dice "Demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, por infracción del ordenamiento jurídico; o, en su defecto de manera subsidiaria, se declare la anulabilidad del acto por desviación de poder, con el consecuente reconocimiento de la situación jurídica individualizada lesionada, por haberse vulnerado derechos del administrado; y para su pleno restablecimiento, se ordenen el reintegro al puesto de trabajo o a otros de igual o superior categoría, en iguales o mejores condiciones. Además, a título de daños y perjuicios, se condene al pago de los salarios dejados de percibir que en derecho correspondan, más los aumentos salariales y demás derechos y beneficios que en derecho correspondan conforme al régimen laboral aplicable, hasta la total restitución en el puesto de trabajo, incluyendo los pagos correspondientes a la aportación patronal al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) e Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), que se generen durante la sustentación del juicio. Se acompañan documentos. Se denuncia notificación defectuosa. Se otorga poder. Costas del Juicio. Manifiesto mi intención de cumplir con los requisitos que manda la Ley." "En relación al Acuerdo de Cancelación N° ADUANAS-DE-GNGTH-173-2026, de fecha veinte de marzo del año dos mil veintiséis y notificado en fecha veinticuatro de marzo del año dos mil veintiséis". ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 22 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de junio del 2026.

Notas

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