Aviso No. 0801-2026-00641 — Aviso de Demanda de Nulidad de Acto Administrativo de Fanny Yessenia Matute Chávez contra Instituto de la Propiedad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2026-00641
- Publicación: 21 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 37,251
- Categoria: Notarial y Registral
Resumen
Un juez de Honduras tramita una solicitud para otorgar un título de propiedad a Rubén Humberto Rosales sobre un terreno en Olancho que ha poseído pacíficamente durante más de 10 años sin interrupción. Este proceso permite que personas sin documentos formales de propiedad puedan obtener legalmente el título de sus tierras mediante pruebas de posesión prolongada.
Texto completo
Sección “B” AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Seccional Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que en fecha (24) de junio del año dos mil veintiséis, se presentó a este juzgado la Abogada IRMA LETICIA CASTELLANOS PINEDA, en su condición de Apoderada Legal de RUBEN HUMBERTO ROSALES, solicitando ADJUDICACIÓN DE TÍTULO SUPLETORIO DE UN (1) LOTE DE TERRENO, ubicado en la Aldea de La Empalizada, Municipio de Juticalpa, Departamento de Olancho, que tiene un área de (21.51mzs) equivalente a (14.997 has), (149,973.23mts/2) y (215,100.00vrs/2), terreno que colinda de la forma siguiente: AL NORTE, colinda con HÉCTOR MARTÍNEZ, JORGE ERAZO, CARLOS ORDOÑEZ carril de por medio; AL SUR, LUIS AGUILAR, AL ESTE, GUILLERMO ISAZI; AL OESTE, calle de por medio teniendo su cuadro de construcción de la siguiente manera: Coordenadas: Estación: P1-P2, X(16P): 590894, Y:1621497, Rumbo Sur, Distancia (metros): 441.33; Estación: P2-P3, X(16P):5912941, Y:1621664, Rumbo Sur, Distancia (metros): 163.66; Estación: P3-P4, X(16P): 591223, Y:1621821, Rumbo Sur, Distancia (metros): 68.44; Estación: P4-P5, X(16P): 591281, Y:1621840, Rumbo Sur, Distancia (metros): 43.64; Estación: P5-P6, X(16P):591327, Y:1621871, Rumbo Este, Distancia (metros): 30.99; Estación: P6-P7, X(16P): 591322, Y:1621901, Rumbo Este, Distancia (metros): 29.71; Estación: P7-P8, X(16P): 591311, Y:1621918, Rumbo Este, Distancia (metros): 80.00; Estación: P8-P9, X:591251, Y:1621971, Rumbo Norte, Distancia (metros): 51.00, Estación: P9-P10, X: 591208, Y:1621945, Rumbo Norte, Distancia (metros): 55.43; Estación: P10-P11, X: 591167, Y:1621904, Rumbo Norte, Distancia (metros): 141.89; Estación: P11-P12, X:591032, Y: 1621851, Rumbo Norte, 138.98, Estación: P12-P13, X:590901, Y:1621812, Rumbo Norte, Distancia (metros): 214.95; Estación: P13-P1, X:590701, Y:1621765, Rumbo: Oeste, Distancia (metros): 326.15; dicho inmueble lo ha poseído de forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de 10 años, no existen herederos proindiviso y no es ejidal, ni nacional y carecen Título de Índole Inscribible en el Instituto de la Propiedad Respectivo.- Se ofrece Información Testifical de los señores: RUDY JAQUELINE MARTINEZ PAZ, RUFINO JOSUE GOMEZ CRUZ, MARIA ELISA MATUTE MATUTE. Exp: 154-2025 Juez (7). Juticalpa, 29 de junio del año dos mil veintiséis ABG. RINA YADIRA TORRES CAMPO SECRETARIA 21 J., 21 A. y 21 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CORTÉS
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Modificación No. 3 al Contrato de Construcción - Ampliación de Intersección Anillo Periférico-Calle Los Alcaldes
- Acuerdo — Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y el Gobierno de Honduras sobre Condiciones de Ejecución del Proyecto de Gestión Resiliente del Corredor Vial CA-13
- Acuerdo Ejecutivo No. 332-2026 — Autorización para suscribir Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (Decreto 332-2026, 2026)
- Acuerdo Ejecutivo No. 002-SRECI-DSM-2026 — Nulidad del Acuerdo Ministerial 001-SG-2025 sobre Reglamento de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales — El Presidente anula completamente el Acuerdo Ministerial 001-SG-2025 sobre el nuevo Reglamento de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, porque violaba un reglamento presidencial de 1998 de mayor jerarquía. Los pasaportes emitidos fuera de las categorías permitidas quedan sin validez, y quienes los recibieron serán notificados para devolverlos en 30 días. Solo permanecen válidos los reglamentos presidenciales de 1998. (Decreto 002-SRECI-DSM-2026, 2026)
- Resolución GEE No.069/05-03-2026 mediante la cual se autoriza a Banco de América Central Honduras, S.A. (BAC Credomatic) el aumento de capital social — La Comisión Nacional de Bancos y Seguros autoriza a BAC Credomatic aumentar su capital social en 300 millones de lempiras (de 7.2 a 7.5 mil millones), usando ganancias acumuladas. El banco debe publicar esta decisión en periódicos y actualizar sus documentos de constitución en el Registro Mercantil en 15 días.