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17 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2025-00557 — Demanda contenciosa administrativa contra Administración Aduanera de Honduras por nulidad de Acuerdo de Cancelación

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2025-00557
  • Publicación: 17 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,248
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un trabajador demanda a la Administración Aduanera de Honduras para anular su despido, argumentando que fue ilegal. Solicita ser reintegrado a su puesto, recibir salarios atrasados y beneficios desde su desvinculación. El juzgado contencioso administrativo debe resolver si el acuerdo de cancelación fue dictado conforme a derecho.

Texto completo

Que en fecha siete (07) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la abogada María Margarita Aguilar Redondo, en su condición de representante procesal del señor Darwin Jeovany Reyes Lagos, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2025-00557, "... se declara la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación número ADUANAS-DE-GNGTH-062-2025, de fecha 07 de julio del 2025, notificado en fecha 09 de julio del 2025, emitido por la Administración Aduanera de Honduras, por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro al cargo que ha venido desempeñando su representado, o a otro de igual o mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus respectivos incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de su despido, hasta la fecha en que se materialice el reintegro en el cargo del cual fue despedido de manera ilegal e injusticia.- Que se declare la nulidad del acto mediante el cual se hubiere nombrado un sustituto en el cargo de su representado. Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación". ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 17 S. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 17 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,248 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Notas

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