Aviso No. 2024-1512 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - MOLINOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2024-1512
- Publicación: 26 de agosto de 2025
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,926
- Categoria: Mercantil
Texto completo
FORTALEZA Número de Solicitud: 2024-1512 Fecha de Presentación: 2024-03-04 Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: MOLINOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: San Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador, El Salvador
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
- E)
CLASE INTERNACIONAL (30)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Harina de trigo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 A. y 10 S. 2025 RINOCERONTE
Leyes relacionadas
- Resolución No. GEE-603/30-08-2024 — Autorización de reforma de Estatutos Sociales de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ATLÁNTIDA, S.A. (AFP ATLÁNTIDA) (Decreto GEE-603/30-08-2024, 2024)
- Decreto Ejecutivo PCM 27-2024 mediante el cual se crea el Sistema Integral de Garantía de Derechos de la Niñez y Adolescencia en Honduras (SIGADENAH) — Este decreto aprueba la Política Nacional de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia 2024-2033, que establece tres objetivos estratégicos: sobrevivir en ambiente sano, acceder a educación de calidad y vivir sin violencia. Ordena a todas las instituciones del gobierno implementar esta política para proteger y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes en Honduras. (Decreto 27-2024, 2024)
- Acuerdo-JD-001-16-11-2023 — Esta norma establece los requisitos y procedimientos para que firmas de auditoría y auditores independientes se registren ante CONSUCOOP y auditen cooperativas pequeñas (menores a US$1 millón). Define las incompatibilidades, sanciones por incumplimiento, y obliga a las cooperativas a contratar auditores registrados, publicar sus estados financieros auditados y rotar auditores cada tres años. (Decreto JD-001-16-11-2023, 2023)
- Resolución — Norma para el Registro y Contratación del Trabajo de los Auditores Externos de Cooperativas supervisadas por CONSUCOOP
- MjU0ODEwMA==(1) (Decreto 387-2005, 2025)