Aviso No. 2016-31098 — Solicitud de Registro de Emblema PRIDE YARN
Registrador de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2016-31098
- Publicación: 7 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Registrador de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,283
- Categoria: Mercantil
Texto completo
G ACTIVE 1/ No. Solicitud: 2016-31098 2/ Fecha de presentación: 01-07-2016 3/ Solicitud de registro de: EMBLEMA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: PRIDE YARN, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: Km. 5 Autopista a Puerto Cortés, zona libre Honduras, edificio #12, Choloma, Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes: HONDURAS
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMBLEMA (PRIDE YARN) 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: Un establecimiento dedicado a la fabricación, manufactura, comercialización, exportación, importación, distribución, compra y venta de todo tipo de hilaza, hilos, telas de fibras naturales y sintéticas, y sus derivados, compraventa, distribución, importación, exportación y transporte de maquinaria, equipo, muebles, materia prima, desperdicios y cualquier otro que tenga relación con el rubro textil. La compra y venta de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos y demás títulos valor, participar como accionista o miembro de otra sociedad de otra naturaleza; dar y recibir cantidades de dinero con o sin garantía de cualquier clase; construcción en inmuebles propios o ajenos; y en general realizar cualquier tipo de operaciones mercantiles y celebrar todo acto o contrato que las leyes permitan, incluyendo dentro de regímenes especiales que le permitan gozar de los beneficios fiscales de que gozan los inversionistas nacionales y extranjeros, ya sea como propietaria o usuaria dentro de Zonas Libres o cualquier régimen especial vigente o que en el futuro se autorice por el gobierno de Honduras con todos los derechos y obligaciones que confiere la Ley que regule la materia.- Representación de casas comerciales o de marcas y franquicias nacionales o extranjeras, colocación en el mercado local y extranjero del servicio o producto prestado o elaborado, en fin a la ejecución de toda clase de actividades comerciales, industriales, técnicas y financieras lícitas relativa a los fines de la sociedad. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-01-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 F., 7 y 22 M. 2017.
Sección B Avisos Legales
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