Aviso — Modificación de Escritura y Estatutos - Seguros Lafise (Honduras), S.A.
- Publicación: 31 de enero de 2017
- Gaceta: 34,253
Texto completo
Al comercio y público en general, SE HACE SABER: Que mediante Instrumento Público No. 11 de fecha 27 de enero de 2017, autorizado por el Notario Conrado Ernesto Rodríguez Contreras y conforme lo autorizado por el Directorio del Banco Central de Honduras, mediante Resolución No. 319-8/2016de fecha 18 de agosto de 2016, la sociedad SEGUROS LAFISE (HONDURAS),SOCIEDAD ANÓNIMA,modificó las Cláusulas quinta y séptima de su Escritura de Constitución y Artículo5desus Estatutos Sociales, aumentando su capital social de CIENTO VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS (L.120,000,000.00) a CIENTO CUARENTA MILLONES DE LEMPIRAS (L.140,000,000.00), es decir, un incremento de VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.20,000,000.00), mediante capitalización de utilidades generadas al31de diciembre de 2015. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de enero de 2017. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 31 E. 2017 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: En fecha 26 de abril del año dos mil dieciséis (2016), el Abogado VIRGILIO ENRIQUE PERDOMO VALLADARES, mayor de edad, casado, Abogado, hondureño y de este domicilio, interpone demanda contra la EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA (ENEE), demanda de afirmativa ficta por estar apegada a derecho en donde se le ordene a la ENEE que elimine y cese el cobro de lo no debido a MICRO ENVASES, S. DE R.L. DE C.V; reconocer la situación jurídica individualizada de exceso o desviación de poder en perjuicio de MICRO ENVASES, S. DE R. L. DE CV; y que ordene la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos y garantías violadas con la especial condena en COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, 10 de enero de 2017. ABOG. JUAN ANTONIO MADRID GUZMÁN SECRETARIO 31 E. 2017.
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