Aviso No. 2015-013695 — Solicitud de registro de marca de fábrica INTERCEPT PHARMACEUTICALS
Registraduría de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2015-013695
- Publicación: 3 de enero de 2017
- Órgano emisor: Registraduría de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,229
- Categoria: Mercantil
Texto completo
[1] Solicitud: 2015-013695 [2] Fecha de presentación: 08/04/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR [4] Solicitante: INTERCEPT PHARMACEUTICALS, INC. [4.1] Domicilio: 450 W. 15TH STREET, SUITE 505, NEW YORK, NEW YORK 10011, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE
- B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 86458500 [5.1] Fecha: 19/11/2014 [5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [5.3] Codigo País: US
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: INTERCEPT PHARMACEUTICALS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas usadas para tratar la hepática crónica y enfermedades intestinales.
- D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 D. 2016 y 3 E. 2017. INTERCEPT PHARMACEUTICALS
Sección B Avisos Legales
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ejecutivo No. SEDIS-005-2015 — Aprobación del Manual de Operación para la Implementación Articulada de la Estrategia Plataforma de Gestión Vida Mejor — Este acuerdo aprueba el manual operativo para la estrategia "Plataforma de Gestión Vida Mejor", que coordina acciones de múltiples instituciones públicas para reducir pobreza e inclusión social. Beneficia a hogares desfavorecidos mediante la integración de programas de protección social. Entra en vigor tras su publicación. (Decreto SEDIS-005-2015, 2015)
- Acuerdo 544-2011 Instructivo para Regular Sorteos, Rifas, Eventos Públicos y Similares — Esta ley establece que cualquier persona que realice rifas, sorteos, eventos públicos como conciertos o circos con fines de lucro debe registrarse ante la Dirección General del Régimen Departamental y obtener permisos previos. Los organizadores deben pagar el 15% de sus ingresos brutos como contribución al Estado, cuyos fondos se destinan a programas sociales para niñez, adultos mayores y personas con discapacidad. (Decreto 177-2010, 2010)
- Resolución No. GE-176/15-03-2016 — Autorización para la cancelación del cierre de la Oficina de Representación de Banco Agrícola, S.A. (Decreto GE-176/15-03-2016, 2016)
- Estatutos de la Junta Administradora del Acueducto Rural de las aldeas Volcancitos y Cóncavo, municipio de Pespire, departamento de Choluteca
- Aviso No. 2015-013694 — Solicitud de registro de marca de fábrica INTERCEPT PHARMACEUTICALS Y DISEÑO (Decreto 2015-013694, 2017)