Acuerdo Ejecutivo No. SEDIS-005-2015 — Aprobación del Manual de Operación para la Implementación Articulada de la Estrategia Plataforma de Gestión Vida Mejor
Resumen
Este acuerdo aprueba el manual operativo para la estrategia "Plataforma de Gestión Vida Mejor", que coordina acciones de múltiples instituciones públicas para reducir pobreza e inclusión social. Beneficia a hogares desfavorecidos mediante la integración de programas de protección social. Entra en vigor tras su publicación.
Considerandos
- 1.Que según lo establecido en los artículos Número 235 y 245 de la Constitución de la República de Honduras, la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para el beneficio del pueblo, el Presidente de la República, quien tiene entre sus atribuciones dirigir la política económica y financiera, así como la administración general del Estado y velar por la seguridad y el bienestar del pueblo hondureño. CONSIDERANDO: Mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2014 se crea el Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social y su coordinador será responsable de alinear las instituciones del sector, a fin de que la planificación y presupuesto permitan lograr las metas y garantizar su seguimiento.
- 2.Que en el Plan Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social se establece que el Sub- sector de Protección e Inclusión Social tiene la rectoría e implementación de la Política de Protección Social (PPS), contribuyendo de esta manera a la reducción gradual y progresiva de la pobreza extrema, vulnerabilidad, exclusión y riesgo social de la población.
- 3.Que la Política de Protección Social aprobada mediante Decreto Ejecutivo PCM-008- 2012 plantea el abordaje integral de la acción pública y un modelo de gestión pública basado en la complementariedad e integralidad de las acciones, así como la consolidación de las relaciones y comunicación entre los niveles central y local.
- 4.Que la plataforma de gestión Vida Mejor coordinada por la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, requiere esfuerzos de enlace Interinstitucional e intersectorial, que permitan armonizar los objetivos y metas en función del desarrollo integral de los hogares participantes, los cuales se enmarcan en el modelo de gestión de la PPS.
- 5.Que la actual administración plantea como una de sus metas prioritarias alcanzar una sociedad más justa, con igualdad de oportunidades, en donde toda la población hondureña cuente con mejores índices de Desarrollo Humano mediante la mejora en las condiciones de vida de los hogares más desfavorecidos de la sociedad nacional.
Articulos
Articulo 1
Aprobar en todas y cada una de sus partes el “Manual de Operación para la Implementación Articulada de la Estrategia Plataforma de Gestión Vida Mejor y su Vinculación de la Normativa Nacional”, que corre agregado al presente Acuerdo y forma parte de éste. ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce de febrero del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL NYDIA GUADALUPE MEJÍA VAQUERO SECRETARIA GENERAL DE LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL _______ Aviso de Licitación Pública República de Honduras SECRETARÍA DEAGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) DIRECCIÓN DE CIENCIAYTECNOLOGÍA AGROPECUARIA(DICTA) LPN DICTA-SAG/PROYECTO PAPA S ANA EN HONDURAS/ICDF LPN-001-2015 1. La Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, invita a las empresas legalmente constituidas, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional DICTA-SAG/PROYECTO PAPA SANA EN HONDURAS/ICD)F LPN- 001-2015 a presentar ofertas selladas para la Adquisición de equipo de transporte de carga con sistema de refrigeración para traslado de papa. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene totalmente con recursos obtenidos mediante donación del Fondo Internacional de Cooperación para el Desarrollo de la República de China Taiwan, conocida por sus siglas en inglés Taiwan-ICDF. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita en el departamento de Administración y Finanzas; número telefónico: 2239-3390 en la siguiente dirección Col. Loma Linda, avenida la FAO, edificio DICTA de 9:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a viernes, previo el pago de la cantidad no reembolsable de L. 100.00. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisi- ciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección colonia Loma Linda, avenida la FAO, edificio DICTA a más tardar a las 11:00 A.M., el miércoles 25 de marzo de 2015. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:00 P.M., el mismo día de la recepción. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por un porcentaje mínimo equivalente al 2% del precio de la oferta y una vigencia mínima de 60 días a partir de la presentación de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 10 de marzo de 2015. ING. FRANCISCO JEOVANY PÉREZ DIRECTOR EJECUTIVO DICTA 28 M. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 12 -- UDI -DEGT-UNAH 0501-2014-01250-LCV CERTIFICACIÓN EL INFRASCRITO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ESTA SECCIÓN JUDICIAL CERTIFICA LA SENTENCIA QUE LITERALMENTE DICE: JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, veintiocho (28) de enero del dos mil quince (2015). VISTA: Para dictar sentencia en la solicitud de Herencia Yacente, que antecede, presentada por el Abogado JULIO CESAR RUBIO SANTOS, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada BANCO ATLANTIDA, S.A., para que previo los trámites legales se declare Yacente la Herencia, de todos los bienes, derechos y acciones dejados por el causante la señora JULIA HENRIQUEZ HERCULES.- SON PARTES: El Abogado JULIO CESAR RUBIO SANTOS, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo número “01365”, como Apoderado Legal sustituto de la Sociedad Mercantil denominada BANCO ATLANTIDA S.A., y la señora Fiscal del Despacho la Abogada ADELA MELARA MEJIA, en representación del Ministerio Público. PRIMERO: Que con fecha seis (06) de marzo del año dos mil catorce, el Abogado JULIO CESAR RUBIO SANTOS, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada BANCO ATLANTIDA, S.A., presentó ante este despacho solicitud para que se declare Yacente la Herencia dejada por la señora JULIA HENRIQUEZ HERCULES también conocida como JULIA HENRRIQUEZ HERCULES. SEGUNDO: En providencia de fecha 02 de abril, a petición del Ministerio Público se le solicitó al compareciente que se notificara a los llamados a suceder a la señora JULIA HENRIQUEZ HERCULES también conocida como JULIA HENRRIQUEZ HERCULES, para que manifestaran si aceptaban o no los bienes dejados por su madre y que acreditara mediante notas marginales del Instituto de la Propiedad si existía liberación de hipoteca o traspaso de tradición de dominio por herencia. TERCERO: En fecha 09 de abril del 2014, la receptora del despacho se constituyó en el domicilio del señor OSCAR TORRES HENRRIQUEZ (hijo del causante) para efectos de notificarle si acepta o no ser heredero de la señora JULIA HENRIQUEZ HERCULES también conocida como JULIA HENRRIQUEZ HERCULES, el cual manifestó que acepta pero que no se han declarado herederos con sus hermanos ya que uno de ello es Abogado y quedó de hacer el trámite. En fecha 29 de mayo del 2014 se presentó certificación íntegra del asiento número 68 del tomo 6135 del Instituto de la Propiedad, de la cual se desprende en sus notas marginales la existencia de primera hipoteca a favor del BancoAtlántida, S.A., inscrita bajo el número 34 del tomo 6170 de fecha 5/3/2009. CUARTO: En fecha 03 de octubre del 2014, se publicó en el Diario Tiempo el aviso de solicitud de Curador Ad litem en el expediente de mérito, asimismo dicho aviso se publicó en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 07 de noviembre del 2014. FUNDAMENTOS DE DERECHO: PRIMERO: En los actos de jurisdicción voluntaria, el Código Procesal Civil en su artículo 919 determina que, mientras no se apruebe una ley de jurisdicción voluntaria, continuarán en vigor las disposiciones del Código de Procedimientos Civiles de 1906, relativas al libro IV “Actos Judiciales no Contenciosos”, así como los actos de esta naturaleza que se encuentran regulados fuera de ese texto legal que no hayan sido previstos en este Código. SEGUNDO: La facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los Juzgados y Tribunales. Los Jueces de Letras conocerán en primera instancia: 1)... 2) De los actos de jurisdicción voluntaria (Artículos 1 y 40 Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales). TERCERO: El artículo 1187 del Código Civil dispone que si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere aceptado la herencia o una cuota de ella el juez a instancia del cónyuge sobreviviente, cualquiera de los parientes dependientes del difunto o de otra persona interesada en ello o de oficio declara Yacente la Herencia. En el caso de autos la causante falleció el 28 de agosto del 2012 y el señor OSCAR TORRES HENRRIQUEZ , en fecha 09 de abril del 2014 manifestó que hasta esta fecha no se habían declarado herederos de la causante. PARTE DISPOSITIVA: POR TANTO: Este Juzgado de Letras Civil de la sección judicial de San Pedro Sula, Cortés; EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; FALLA: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada el Abogado JULIO CESAR RUBIO SANTOS, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada BANCO ATLANTIDA, S.A., por lo tanto se declara Yacente la Herencia dejada por la señora JULIA HENRIQUEZ HERCULES también conocida como JULIA HENRRIQUEZ HERCULES. MANDA: Que se hagan las inscripciones prevenidas por la Ley que se publique este fallo en un diario del departamento y por carteles fijados en tres de los parajes más frecuentados de la ciudad y en el Diario Oficial La Gaceta; que se extienda la Certificación de estilo a los interesados o a su Apoderado Legal, una vez que presenten los ejemplares de su publicación, se proceda el nombramiento de Curador, y que se archiven las presentes diligencias en la Secretaría del Despacho. Extendida en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los trece días del mes de febrero del año dos mil quince. ERICK WALTERIO MAJANO CAMPOS SECRETARIO ADJUNTO 28 M. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 12 -- UDI -DEGT-UNAH (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. Teléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. 1) Publicación Resolución. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 12 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Sección “B” C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, Certifica la Resolución que literalmente dice: “