Aviso No. 2018-004557 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica YVES ROCHER COSMETICA VEGETAL
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2018-004557
- Publicación: 15 de octubre de 2019
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 35,073
- Categoria: Mercantil
Texto completo
[1] Solicitud: 2018-004557 [2] Fecha de presentación: 26/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR [4] Solicitante: LABORATOIRES DE BIOLOGIE VÉGÉTALE YVES ROCHER. [4.1] Domicilio: La Croix des Archers, 56200 La Gacilly, Francia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA
- B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Cosméticos; jabones; desodorante para uso personal; perftunerías y productos de perfumería; productos para perfumar la casa excepto vaporizadores; aceites esenciales; preparaciones cosméticas para el cuidado del cuerpo y de la cara; preparaciones cosméticas para el baño y la ducha; preparaciones de maquillaje; preparaciones para eliminar el maquillaje; preparaciones para el afeitado y para después del afeitado; preparaciones solares; preparaciones para el tratamiento, el cuidado y el embellecimiento del cabello; productos cosméticos para el cuidado de los pies y de las manos; cosméticos para el cuidado de las uñas; dentífricos.
- D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBI. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de julio del año 2019. [12] Reservas: No se reivindican las palabras “COMESTICA VEGETAL”, en la denominación de la referida marca. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 31 O, y 15 N. 2019. YVES ROCHER COSMETICA VEGETAL
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ejecutivo No. 001-2025 — Puesta a disposición del Alto Mando de las Fuerzas Armadas al Consejo Nacional Electoral — La Presidenta pone las Fuerzas Armadas bajo el mando del Consejo Nacional Electoral desde el 8 de febrero hasta la declaratoria de elecciones. Esto permite que el CNE use el Ejército, Fuerza Aérea y Fuerza Naval para custodiar, transportar y vigilar materiales electorales. Esta medida garantiza la seguridad del proceso electoral y el libre ejercicio del voto. (Decreto 001-2025, 2025)
- Decreto Legislativo No. 30-2023 — Aprobación del Contrato de Reconstrucción del Puente en la Carretera Nacional No.1 denominado Guacirope — Este decreto aprueba un contrato entre Honduras y la empresa japonesa Hazama Ando Corporation por 2,014 millones de yenes para reconstruir el puente Guacirope en la carretera nacional No. 1. La obra será financiada con una donación de Japón y debe completarse antes del 15 de marzo de 2025, beneficiando el transporte y la economía local. (Decreto 30-2023, 2023)
- Decreto Legislativo — Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados — Esta ley regula la fabricación, venta, importación y uso de armas de fuego, municiones y explosivos en Honduras. Establece licencias para personas que quieran portar armas, reparar equipos, organizar eventos de caza y manejar explosivos industriales, además de crear requisitos de seguridad y registros obligatorios para proteger a la población.
- Decreto Legislativo — Ley de Armas de Fuego - Artículos 59 a 82 (continuación)
- Acuerdo Ministerial No. 2196-A-2013 — Cancelación de personalidad jurídica de asociaciones civiles incumplidas (Decreto 2196-A-2013, 2014)