Aviso No. 21964-19 — Solicitud de registro de marca de servicio MONHSA
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 21964-19
- Publicación: 7 de octubre de 2019
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 35,067
- Categoria: Mercantil
Texto completo
1/ Solicitud: 21964-19 2/ Fecha de presentación: 24-05-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: MONTACARGAS, S.A. DE C.V. (MONTASA) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONHSA MONHSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Alquiler de montacargas, elevadores y repuestos para los antes mencionados. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/7/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 4, 19 S. y 7 O. 2019.
Leyes relacionadas
- Reglamento — Reglamento para la Administración de Recursos Humanos de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) — Este reglamento establece las normas que deben cumplir los empleados de CONVIVIENDA (institución de vivienda y asentamientos). Fija horarios de trabajo (8 horas diarias), regula licencias, vacaciones, puntualidad, derechos y sanciones. Afecta a todos los empleados de la institución en Honduras.
- Reglamento — Reglamento para la Administración de Recursos Humanos de CONVIVIENDA
- Resolución No. 1143-2015 — Ampliación de Potencia de 19,500 Kw a 30,750 Kw en Licencia Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Ojo de Agua — Esta resolución autoriza aumentar la capacidad de generación eléctrica del proyecto hidroeléctrico Ojo de Agua de 19,500 a 30,750 kilowatios. La empresa debe cumplir con medidas ambientales específicas, presentar informes anuales de control ambiental siguiendo un formato establecido, y mantener consulta con gobiernos locales. Beneficia al productor de energía hidroeléctrica en Olancho y Colón. (Decreto 1143-2015, 2016)
- Resolución No. 253-2026 — Licencia de Distribuidor Exclusivo a JUAN N. KAWAS Y CIA, SUCS S.A. para productos GONZÁLES BYASS S.A. (Decreto 253-2026, 2026)
- Resolución No. 278-2026 — Licencia de Distribuidor Exclusivo para INVERSIONES AD, S.A. DE C.V. (Decreto 278-2026, 2026)