Aviso No. 768-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica Canon U.S.A. Inc. - MEGA TANK Y DISEÑO
Registro de Propiedad Industrial
- Decreto: 768-2019
- Publicación: 12 de agosto de 2019
- Órgano emisor: Registro de Propiedad Industrial
- Gaceta: 35,020
- Categoria: Mercantil
Texto completo
BASKETWRAP 1/ Solicitud: 768-2019 2/ Fecha de presentación: 08-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: Canon U.S.A. Inc. 4.1/ Domicilio: One Canon Park Melville, NY, 11747, Estados Unidos de Norteamérica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEGA TANK Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Publicaciones impresas; papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidos en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 A. y 11 S. 2019.
Leyes relacionadas
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 145-2022 — Aprobación de Convenio PRONADERS-171-2021 para Fortalecimiento de Infraestructura Comunitaria en Lempira y otros instrumentos jurídicos — Este decreto aprueba tres instrumentos jurídicos: un convenio para construir un mercado en Lempira por L. 70 millones, una modificación de contrato de consultoría para proyectos de energía renovable, y una enmienda para ampliar sistemas fotovoltaicos a más hogares rurales. Los fondos provienen del Estado para mejorar infraestructura y acceso a electricidad en comunidades pobres. (Decreto 145-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. null — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2022 — Esta ley establece el presupuesto de ingresos y gastos de Honduras para 2022. Autoriza endeudamiento, asigna ingresos propios a instituciones públicas para sus operaciones, regula cómo se gastan los fondos, y permite flexibilidad en el uso de créditos internos y externos para reactivación económica post-COVID. (Decreto null, 2022)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)