Aviso No. 0101-2018-254-2 LFV — Aviso de Solicitud de Constitución de Patrimonio Familiar
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de La Ceiba, Atlántida
- Decreto: 0101-2018-254-2 LFV
- Publicación: 4 de abril de 2019
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de La Ceiba, Atlántida
- Gaceta: 34,913
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE LA CEIBA, ATLÁNTIDA AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de La Ceiba, departamento de Atlántida, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha treinta de noviembre del año dos mil dieciocho se presentó ante este Despacho la Solicitud de Constitución de Patrimonio Familiar expediente número 0101-2018-254- 2 LFV promovida por la señora MARY ANN HUNTER ANDERSON, mayor de edad, soltera, hondureña, sobre dos bienes inmuebles registrado a nombre del señor EDILBERTO GUTIERREZ AVILA, ubicado en la colonia Pizzati de la ciudad de La Ceiba, Atlántida. La Ceiba, Atlántida, 25 de febrero del 2019. ANA XIOMARA MURILLO H. SECRETARIA ADJUNTA 4 A. 2019. garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. CUARTO: Que la Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada ASOCIACIÓN DE DESARROLLO RUTA COMUNITARIA, queda sujeta a los principios de democracia participativa en el sentido interno, así como en temas de transparencia y rendición de cuentas frente a sus miembros y a la población en general cuando perciban o manejen bienes o fondos públicos en general, deben rendir cuentas ante el órgano competente de conformidad con el artículo 3 inciso 4) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. QUINTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEXTO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. SÉPTIMO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) para que emita la correspondiente inscripción.- NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 4 A. 2019.
________ San Miguelito, departamento de Intibucá, miércoles 3 de abril de 2019.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo No. 63-2026 — Aprobación de modificaciones a contratos estratégicos de infraestructura del Distrito Central (Decreto 63-2026, 2026)
- Acuerdo Legislativo — Aprobación de Contrato No. 0459/GLA/AMDC/2021 - Rehabilitación de Carpeta Existente Bulevar Fuerzas Armadas — El Congreso aprueba un contrato de L. 208,248,800.59 entre la Alcaldía del Distrito Central y la constructora ECO para rehabilitar y ampliar el Boulevard Fuerzas Armadas en tres tramos, incluyendo repavimentación, ampliación de carriles, drenaje y puentes. Las obras deben completarse en 300 días calendario, con multas por retrasos y garantías de cumplimiento requeridas.
- Contrato No. 2251 — Contrato de Préstamo - Operación de Política de Desarrollo (Decreto 2251, 2020)
- Decreto Legislativo No. 49-2015 — Aprobación del Contrato No. 040-2011 de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE y Biogás y Energía, S.A. — Este decreto aprueba un contrato entre la empresa estatal ENEE y Biogás y Energía, S.A. para que esta última venda electricidad generada con biogás durante 20 años. ENEE pagará precios fijos basados en costos de mercado, beneficiando a consumidores con energía renovable más barata que la de combustibles fósiles. (Decreto 49-2015, 2015)
- Decreto No. 8-2019 mediante el cual se exonera a la Municipalidad de San Ignacio, Departamento de Francisco Morazán, del pago de tasas, impuestos arancelarios y otros gravámenes para la compra de maquinaria agrícola — Este decreto exonera a la Municipalidad de San Ignacio del pago de impuestos, aranceles y tasas para importar maquinaria agrícola (tractor, rastra y arado) por un valor de 1.36 millones de lempiras. La maquinaria debe incorporarse al inventario municipal para su administración conforme a ley. (Decreto 8-2019, 2019)