Vigente
Decreto No. UMAPS-LPN-11-2024 | 30 de enero de 2025 | Poder Ejecutivo
Licitación No. UMAPS-LPN-11-2024 — Aviso de Ampliación de Fecha de Recepción de Documentos y Apertura de Ofertas Económicas - Suministro de Georradares
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Resumen
UMAPS amplía hasta el 10 de febrero de 2025 el plazo para que empresas presenten ofertas para suministrar dos georradares que localicen tuberías en redes de agua potable y alcantarillado. Las ofertas serán válidas hasta el 9 de junio de 2025 y deben entregarse en el Departamento de Contratos y Licitaciones antes de las 10:00 am.
Texto completo
AVISO DE AMPLIACIÓN DE FECHA DE
RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE
OFERTAS ECONÓMICAS DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
República de Honduras
Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento
(UMAPS)
UMAPS-LPN-11-2024
La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS),
informa a las empresas interesadas que operan legalmente en
el país y a las que han adquirido el Pliego de Condiciones de
la Licitación Pública Nacional No.UMAPS-LPN-11-2024
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO
DE DOS (2) GEORRADARES DE PENETRACIÓN
TERRESTRE, PARA LOCALIZACIÓN DE TUBERÍAS
Y ELEMENTOS HIDRÁULICOS DE LAS REDES DE
AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO SANITARIO
Y PLUVIAL DE LA UMAPS; que se amplía la fecha de
recepción y apertura de ofertas prevista para el 30 de enero
de 2025; la cual se traslada para el 10 de febrero de 2025,
las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección
Departamento de Contratos y Licitaciones, ubicado en la
Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, Bulevar
Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa,
M.D.C., a más tardar a las 10:00 am.
TOMAR NOTA QUE SE MODIFICA LO ESTABLECIDO
EN EL PLIEGO DE CONDICIONES RESPECTO A
LA VALIDEZ DE LAS OFERTAS Y GARANTÍA DE
MANTENIMIENTO DE OFERTA Y LA FECHA DE
RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS ASÍ:
• El período de validez de las ofertas y de la garantía de
Mantenimiento de Oferta será del 10 de febrero de 2025
al 9 de junio de 2025.
• Fecha de recepción de documentos y apertura de ofertas
económicas: 10 de febrero de 2025.
Comayagüela, M.D.C., 13 de enero de 2025.
ING. ARTURO TROCHEZ OVIEDO
30 E. 2025
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de
febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este
Juzgado el señor HECTOR ARNALDO CASTELLANOS
INESTROZA, incoando demanda contencioso-administrativa vía
procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso
número 0801-2023-00285, en contra del Estado de Honduras a
través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE
TERRESTRE, contraída a solicitar “se interpone demanda de
procedimiento especial en materia de personal para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por
no ser conforme a derecho, constituido por el acuerdo tácito de
despido contenido en la nota de fecha 31 de enero del 2023, así
como de la acción de cancelación por despido no.686 emitidas
por el Estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de
Transporte Terrestre (IHTT).- Declarar la ilegalidad del mismo
por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento
jurídico, por exceso y desviación de poder.- Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada por despido ilegal e
injusto.- Y como medidas para el pleno restablecimiento de mi
derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva
el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedido
del cargo de oficial jurídico que ocupaba en la oficina central del
Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), al momento
de ser despedido. Que se me paguen los salarios dejados de
percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se produzca
mi reintegro.- Que se me incorpore en el sistema de previsión de
los empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo desde el inicio
de la relación laboral según lo mandan el artículo 2 numerales 1),
2) y 12), artículos 4 y 5 tercer párrafo y artículo 38 de la ley del
INJUPEMP.- Se ordene conceder el goce y pago de las vacaciones
correspondientes al periodo 2021-2022 en virtud que me fueron
pagadas pero no se me concedió el goce. Se ordene conceder el
pago de los quinquenios que me correspondan durante el transcurso
del juicio de acuerdo a la antigüedad laboral y el ajuste por el ipc
(bono de canasta básica) desde el inicio de la relación laboral.- Se
ordene el pago y otorgamiento de las vacaciones de conformidad
con la ley desde el inicio de la relación laboral ya que solo me
otorgaban un día al mes o sea doce días al año sin importar la
antigüedad laboral.- Reconocimiento y pago de los incrementos
salariales que han sido concedidos por el gobierno a todos los
empleados públicos durante el tiempo de la relación, sin perjuicio
de aquellos y los demás derechos que se produzcan durante la
secuela del juicio.- Gastos y costas del juicio. Se confiere poder.
Se acompañan Documentos probatorios.- Documentos anexos”.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
30 E. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS
FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS
QUÍMICAS
Al comercio, agroindustria y público en general y para
efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que
en esta dependencia se ha presentado la solicitud de:
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A
BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS.
El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar
Actuando en representación de la empresa: BELLROD S.
DE R.L
Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS
FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
De nombre Comercial: DUAL-PI 40 SC
Ingrediente activo: 35% Tricyclazole, 5% Kasugamycin
Grupo al que pertenece: Triazolobenzotiazol, Antibiótico
Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC)
Clasificación toxicológica: 4
Estado Físico: Líquido
Formulador y País de Origen: BELLROD S. DE R.L /
HONDURAS
Tipo de Uso: Fungicida
EXPSENASA: 2409-3232
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello
con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este
AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior
al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria
Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto
Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL
REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS
FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023
PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de
Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica
de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso
para publicación.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., jueves, 16 de enero de 2025
Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento
Regulatorio de Insumos Agrícolas
30 E. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de agosto
del año 2023 comparece el señor Angelo Luciano Carmelo Cesi
Rizzo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso
No.0801-2023-00942, contra el Estado de Honduras, a través de
la Secretaría de Desarrollo Económico, se interpone demanda en
materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de
un acto administrativo de carácter particular de cancelación por
no estar dictado conforme a derecho.- Reconocimiento de una
situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se ordene 1) El pago de las pretensiones e indemnizaciones
laborales de ley; y, a título de daños perjuicios el pago de los
salarios de percibir desde la fecha de la cancelación hasta aquella
en que quede firme la sentencia respectiva; más el reconocimiento
de derechos adquiridos como ser décimo tercer y décimo cuarto
mes, vacaciones ya aumentos generales y otros en ausencia.- Se
anexan documentos.- Petición.- Poder; en relación al Acuerdo de
Cancelación No. 044-2023 de fecha 02 de agosto del 2023.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
30 E. 2025
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