Vigente
Decreto No. UMAPS-LPN-11-2024 | 30 de enero de 2025 | Poder Ejecutivo

Licitación No. UMAPS-LPN-11-2024 — Aviso de Ampliación de Fecha de Recepción de Documentos y Apertura de Ofertas Económicas - Suministro de Georradares

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

UMAPS amplía hasta el 10 de febrero de 2025 el plazo para que empresas presenten ofertas para suministrar dos georradares que localicen tuberías en redes de agua potable y alcantarillado. Las ofertas serán válidas hasta el 9 de junio de 2025 y deben entregarse en el Departamento de Contratos y Licitaciones antes de las 10:00 am.

Texto completo

AVISO DE AMPLIACIÓN DE FECHA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE OFERTAS ECONÓMICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) UMAPS-LPN-11-2024 La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS), informa a las empresas interesadas que operan legalmente en el país y a las que han adquirido el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública Nacional No.UMAPS-LPN-11-2024 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE DOS (2) GEORRADARES DE PENETRACIÓN TERRESTRE, PARA LOCALIZACIÓN DE TUBERÍAS Y ELEMENTOS HIDRÁULICOS DE LAS REDES DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DE LA UMAPS; que se amplía la fecha de recepción y apertura de ofertas prevista para el 30 de enero de 2025; la cual se traslada para el 10 de febrero de 2025, las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento de Contratos y Licitaciones, ubicado en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, Bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 am. TOMAR NOTA QUE SE MODIFICA LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES RESPECTO A LA VALIDEZ DE LAS OFERTAS Y GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y LA FECHA DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS ASÍ: • El período de validez de las ofertas y de la garantía de Mantenimiento de Oferta será del 10 de febrero de 2025 al 9 de junio de 2025. • Fecha de recepción de documentos y apertura de ofertas económicas: 10 de febrero de 2025. Comayagüela, M.D.C., 13 de enero de 2025. ING. ARTURO TROCHEZ OVIEDO 30 E. 2025 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor HECTOR ARNALDO CASTELLANOS INESTROZA, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2023-00285, en contra del Estado de Honduras a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE, contraída a solicitar “se interpone demanda de procedimiento especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, constituido por el acuerdo tácito de despido contenido en la nota de fecha 31 de enero del 2023, así como de la acción de cancelación por despido no.686 emitidas por el Estado de Honduras a través del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT).- Declarar la ilegalidad del mismo por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por despido ilegal e injusto.- Y como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba al momento de ser despedido del cargo de oficial jurídico que ocupaba en la oficina central del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), al momento de ser despedido. Que se me paguen los salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se produzca mi reintegro.- Que se me incorpore en el sistema de previsión de los empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo desde el inicio de la relación laboral según lo mandan el artículo 2 numerales 1), 2) y 12), artículos 4 y 5 tercer párrafo y artículo 38 de la ley del INJUPEMP.- Se ordene conceder el goce y pago de las vacaciones correspondientes al periodo 2021-2022 en virtud que me fueron pagadas pero no se me concedió el goce. Se ordene conceder el pago de los quinquenios que me correspondan durante el transcurso del juicio de acuerdo a la antigüedad laboral y el ajuste por el ipc (bono de canasta básica) desde el inicio de la relación laboral.- Se ordene el pago y otorgamiento de las vacaciones de conformidad con la ley desde el inicio de la relación laboral ya que solo me otorgaban un día al mes o sea doce días al año sin importar la antigüedad laboral.- Reconocimiento y pago de los incrementos salariales que han sido concedidos por el gobierno a todos los empleados públicos durante el tiempo de la relación, sin perjuicio de aquellos y los demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Gastos y costas del juicio. Se confiere poder. Se acompañan Documentos probatorios.- Documentos anexos”. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 30 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: BELLROD S. DE R.L Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS De nombre Comercial: DUAL-PI 40 SC Ingrediente activo: 35% Tricyclazole, 5% Kasugamycin Grupo al que pertenece: Triazolobenzotiazol, Antibiótico Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: BELLROD S. DE R.L / HONDURAS Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2409-3232 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., jueves, 16 de enero de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 30 E. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,753 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de agosto del año 2023 comparece el señor Angelo Luciano Carmelo Cesi Rizzo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00942, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, se interpone demanda en materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de cancelación por no estar dictado conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene 1) El pago de las pretensiones e indemnizaciones laborales de ley; y, a título de daños perjuicios el pago de los salarios de percibir desde la fecha de la cancelación hasta aquella en que quede firme la sentencia respectiva; más el reconocimiento de derechos adquiridos como ser décimo tercer y décimo cuarto mes, vacaciones ya aumentos generales y otros en ausencia.- Se anexan documentos.- Petición.- Poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No. 044-2023 de fecha 02 de agosto del 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 30 E. 2025 _______

Leyes relacionadas