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17 de junio de 2019Vigente

Decreto Legislativo No. 51-2019 — Reforma al Artículo 2 del Decreto No. 71-2016 sobre Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional de Palmerola

Congreso Nacional

  • Decreto: 51-2019
  • Publicación: 17 de junio de 2019
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,972

Considerandos

Que es de interés nacional alcanzar niveles óptimos de los servicios aeroportuarios del país, promoviendo el desarrollo, apoyando y fomentando la realización de las actividades vinculadas al sector aeronáutico civil del Estado de Honduras, creando las condiciones y ejecutando las acciones necesarias para operar los servicios de transporte aéreo interno e internacional en forma ordenada, segura, eficiente y confiable.

Que el Congreso Nacional, mediante Decreto No. 71-2016 de fecha 2 de junio del año 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, Edición 34,060 de fecha quince de junio de dos mil dieciséis, aprobó el Contrato de Concesión parael“DISEÑO,CONSTRUCCIÓN,FINANCIAMIENTO, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE PALMEROLA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS”.

Que el Congreso Nacional según se establece en el Artículo 2 del Decreto No. 71-2016 de fecha 2 de Junio de 2016, autorizó al Estado de Honduras para que financiar a el proyecto hasta por la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 94/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO WILMER RAYNEL NEAL VELÁSQUEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 19 de abril de 2019 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS U D I-D EG T-U N AH de CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $46,220,000.00), lo que obliga al Estado de Honduras adoptar las acciones que permitan concluir las Obras a cargo del Concedente.

Que de conformidad con los resultados obtenidos en los procesos hasta la fecha realizados para contratar la ejecución de las Obras que en el Anexo 13 del Contrato de Concesión se establecen a cargo del Concedente, los Fondos otorgados por el Gobierno de España por medio del Programa de Conversión de la Deuda Honduras frente a España han resultado ser insuficientes para que el Estado de Honduras ejecute la totalidad de las obras a su cargo y como consecuencia de la actualización, aplicación y cumplimiento de las Normativas y Regulaciones Internacionales vigentes relacionadas a los aeropuertos (IATA, OACI, FAA), se requiere de un monto U D I-D EG T-U N AH la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, del Canon que recibe el Estado de Honduras por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, el financiamiento que pueda contratar la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y/o cualquier otra modalidad, para tal efecto se autoriza a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) la creación de la Partida Presupuestaria anual para el pago de las obligaciones que se puedan derivar de la ejecución del Proyecto, haciendo las transferencias al Fideicomiso constituido para tal fin. Para el presente Ejercicio Fiscal autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre objetos específicos del gasto o entre categorías de un mismo programa, siguiendo el procedimiento que a tal efecto establezca la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.- El Valor por los servicios prestados por la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) por ser una Institución autosostenible, será ingresado directamente a su fondo de inversión para la gestión y estructuración de sus procesos de contratación”.

Articulos

Articulo 1.-

Reformar el Artículo 2 del Decreto No. 71-2016 de fecha 2 de junio del año 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, Edición 34,060 de fecha quince de junio de dos mil dieciséis, contentivo del “CONTRATO DE CONCESIÓN PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, FINANCIAMIENTO, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL AEROPUERTO INTERNA- CIONAL DE PALMEROLA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS” en los términos siguientes: “ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Estado de Honduras para que financie el Proyecto hasta por un monto de CIENTO VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 94/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $122,331,054.94), el cual puede resultar de: la Partida Presupuestaria de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), los fondos provenientes del Programa de Conversión de Deuda de Honduras frente a España, la emisión de los bonos correspondientes por parte de (USD $76,111,054.94) monto del cual la cantidad de VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA DOS CON 30/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $22,854,932.30) provenientes de la partida presupuestaria de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), están destinados para Cofinanciar la ejecución de las obras obligatorias a cargo del Concesionario como se dispone en el Contrato de Concesión y la cantidad de CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTIDÓS CON 64/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $53,256,122.64) provenientes de los Fondos otorgados por el Gobierno de España por medio del Programa de Conversión de la Deuda Honduras frente a España, están destinadas para financiar las obras a cargo del Estado de Honduras en su condición de Concedente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los resultados obtenidos en los procesos hasta la fecha realizados para contratar la ejecución de las Obras que en el Anexo 13 del Contrato de Concesión se establecen a cargo del Concedente, los Fondos otorgados por el Gobierno de España por medio del Programa de Conversión de la Deuda Honduras frente a España han resultado ser insuficientes para que el Estado de Honduras ejecute la totalidad de las obras a su cargo y como consecuencia de la actualización, aplicación y cumplimiento de las Normativas y Regulaciones Internacionales vigentes relacionadas a los aeropuertos (IATA, OACI, FAA), se requiere de un monto U D I-D EG T-U N AH la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, del Canon que recibe el Estado de Honduras por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, el financiamiento que pueda contratar la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y/o cualquier otra modalidad, para tal efecto se autoriza a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) la creación de la Partida Presupuestaria anual para el pago de las obligaciones que se puedan derivar de la ejecución del Proyecto, haciendo las transferencias al Fideicomiso constituido para tal fin. Para el presente Ejercicio Fiscal autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre objetos específicos del gasto o entre categorías de un mismo programa, siguiendo el procedimiento que a tal efecto establezca la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.- El Valor por los servicios prestados por la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) por ser una Institución autosostenible, será ingresado directamente a su fondo de inversión para la gestión y estructuración de sus procesos de contratación”.

Articulo 2.-

Las cláusulas del Contrato de Concesión principal con sus respectivos adendas y acuerdos entre las partes, que se encuentren vigentes y que no se opongan a este Documento, mantienen su completa obligatoriedad y vigencia.

Articulo 3.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 11 de junio de 2019 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) ACUERDA. PRIMERO: Sustituir dentro de la estructura organizacional de la Dirección Nacional de Fuerzas Especiales, las siguientes dependencias: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH