Decreto Legislativo No. 184-2016 — Reforma a la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Ex Funcionarios en Riesgo Extraordinario
Congreso Nacional
- Decreto: 184-2016
- Publicación: 17 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 34,292
Considerandos
Que la Constitución de la República consagra en su Artículo 59 que la persona humana es el fin supremo de la Sociedad y del Estado.Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla,por lo que le corresponde implementar programas de protección especial, orientados a salvaguardar los derechos de: la vida, la integridad y la seguridad de los empleados y funcionarios del Estado que se encuentren en riesgo ordinario y extraordinario.
Que mediante Decreto No.323- 2013 del 15 de Enero de 2014, se crea la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Ex Funcionarios en Riesgo Extraordinario, la cual tiene como objeto establecer el marco jurídico que regula la implementación de las medidas de protección especial para las personas naturales que presten o hayan prestado sus servicios al Estado y,que como consecuencia directa de sus decisiones y actuaciones inherentes a su cargo, estén expuestos a riesgos extraordinarios y amenazas reales contra su integridad o la de su núcleo familiar.El cual únicamente ha sufrido reforma mediante el Decreto No.93-2014 del 16 de Octubre de 2014.
Que mediante Decreto No.21-2016 del 7 deAbril de 2016 se declaró Situación de Emergencia por Seguridad Nacionale Interés Público el proceso de Depuración de la Policía Nacional por un período de doce (12) meses y, en base al Artículo 3 de este Decreto se nombró una Comisión Especial para el proceso de depuración y transformación de la Policía Nacional de Honduras.
Que a raíz de la labor para la cual fue creada la Comisión Especial para el proceso de depuración y transformación de la Policía Nacional de Honduras, sus integrantes han sido víctimas de amenazas a muerte, intimidacion es y seguimientos a sus familiares.
Que es necesario reformar la Ley de Protección Especial de Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario,a efecto que se incluyan dentro de los programas de protección,a los miembros que integran la Comisión Especial para el proceso de depuración y transformación de la Policía Nacional de Honduras, quienes en el ejercicio de las funciones A. 4 U D I -D EG T-U N AH LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 propias de su cargo, se encuentran en riesgos y pueden estar inmersos en una situación de riesgo extraordinario.
Que de acuerdo a la Atribución 1) del Artículo 205 de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional:crear,decretar,interpretar,reformar y derogar las leyes.
Articulos
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE U D I -D EG T-U N AH MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de febrero de 2017 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JULIÁN PACHECO SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD