VigenteCategoria: Constitucional
Decreto No. 10-2023 | 22 de mayo de 2023 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,234

Decreto Legislativo No. 10-2023 — Otorgar Condecoración del Congreso Nacional a Linda María de los Ángeles Coello

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este decreto del Congreso Nacional de Honduras otorga la Medalla de Oro y Pergamino Especial a Linda María de los Ángeles Coello en reconocimiento por su trabajo humanitario con familias vulnerables a través de la Fundación CEPUDO desde 2006. La condecoración se entregará en una sesión solemne del Congreso para honrar su labor en salud, educación, vivienda y apoyo a mujeres, niños y jóvenes en condiciones de pobreza.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 155 de la Constitución de la República, el Estado reconoce y protege la libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra y en su Artículo 162, reconoce que el carácter informativo y formativo, la docencia tienen una función social y humana que determina para el educador responsabilidades científicas y morales frente a sus discípulos, a la institución en que labore y a la sociedad.
  2. 2.Que el Artículo 5 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención De Belém do Pará”, expresa que: “Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Los Estados Partes reconocen que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio de esos derechos.”, asimismo el Artículo 8 en su literal “e” establece la obligación de los Estados Partes en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para fomentar y apoyar programas de educación gubernamental y del sector privado destinados a concientizar al público sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer, los recursos legales y la reparación que corresponda.
  3. 3.Que es deber del Estado reconocer, promover y apoyar públicamente a las defensoras en toda su diversidad e implementar iniciativas para resaltar su trabajo que realizan con enfoque de género, en el cual enfrentan desafíos y riesgos en el ejercicio de sus actividades.
  4. 4.Que la obra humanitaria y altruista de la señora LINDA MARÍA DE LOS ÁNGELES -- 1 of 36 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL COELLO, se ha hecho manifiesta en importantes acciones positivas ejecutadas por la organización sin fines de lucro “FUNDACIÓN CEPUDO”, que desde su creación en el año 2006, ha logrado montar una plataforma de servicios sociales dedicados a promover la calidad de vida y dignidad de miles de familias pobres de Honduras en temas de salud, vivienda, albergue, saneamiento, capacitación, educación, suministro de alimentos, cuidados paliativos, apoyo a las mujeres en situación de vulnerabilidad, a los niños, niñas y jóvenes, en el desarrollo de proyectos productivos agropecuarios y artesanales, cuidado de ancianos, donaciones, entre otros.
  5. 5.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1), de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1

Otorgar a la ciudadana hondureña LINDA MARÍA DE LOS ÁNGELES COELLO “LINDA COELLO”, en nombre del pueblo hondureño, la Condecoración del Congreso Nacional consistente en “Medalla de Oro y Pergamino Especial”, por su destacada labor humanitaria y de altruismo a favor de niños y niñas, jóvenes, mujeres y hombres en condiciones de vulnerabilidad, por medio de la Fundación CEPUDO y la Fundación FOOD FOR THE POOR.

Articulo 2

La entrega de la Condecoración relacionada en el Artículo anterior se hará en Sesión Solemne del Congreso Nacional en la fecha que determine su Junta Directiva.

Articulo 3

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los ocho días del mes de marzo de dos mil veintitrés. -- 2 of 36 -- LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA SILVIA BESSY AYALA FIGUEROA SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. TEGUCIGALPA, M.D.C., 17 de marzo de 2023. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 3 of 36 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 4 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 22 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,234 Sección “B” ESTATUTO UNIVERSIDAD CATOLICA DE HONDURAS “2023 AÑO ACADÉMICO “JORGE HADDAD QUIÑONEZ”

Leyes relacionadas

Decreto Legislativo No. 23-2023 — Ratificación del Decreto Ejecutivo PCM-10-2023 sobre suspensión de garantías constitucionales
El Congreso Nacional aprueba la suspensión de ciertos derechos constitucionales (garantías) por 45 días en Honduras para combatir la criminalidad organizada, especialmente la extorsión. Esta medida permite a la policía y fuerzas de seguridad detener sospechosos en municipios específicos del país, respetando derechos humanos internacionales.
Decreto 23-2023 | 2023
Resolución No. 413-10/2023 — Saldos y límites transaccionales mensuales de billeteras electrónicas
Decreto 413-10/2023 | 2023
Decreto Legislativo No. 44-2023 — Ratificación del Decreto Ejecutivo PCM-33-2023 sobre suspensión de garantías constitucionales
El Congreso Nacional aprobó la suspensión de seis garantías constitucionales por 45 días (del 5 de julio al 19 de agosto de 2023) para que la policía y fuerzas armadas puedan detener a sospechosos de crímenes organizados, especialmente extorsión, en ciudades como Tegucigalpa y San Pedro Sula. Esta medida busca combatir la violencia criminal mediante restricciones temporales de derechos como la libertad de circulación y de asociación.
Decreto 44-2023 | 2023
Resolución No. CD-90-10/2023 — Aprobación del Reglamento de Créditos de Unidades Habitacionales para Servidores Públicos Permanentes del BANHPROVI
Esta resolución crea un reglamento que permite a los empleados permanentes del BANHPROVI acceder a créditos para vivienda con tasa de interés del 4% anual. El crédito financia la compra, construcción o mejora de viviendas, con plazos hasta 30 años y montos según ingresos. Beneficia a servidores públicos permanentes del banco que cumplan requisitos de antigüedad laboral y capacidad de pago.
Decreto CD-90-10/2023 | 2023
Diario Oficial La Gaceta No. 36,160, Decreto No. PCM 10-2023
Este decreto suspende temporalmente ciertos derechos constitucionales (libertad de movimiento, expresión y reunión) por 45 días en municipios específicos de Honduras para combatir la delincuencia organizada y la extorsión. La Policía Nacional y fuerzas militares pueden detener a personas sospechosas de crímenes, aunque deben identificarse e informar los motivos.
Decreto 156-2022 | 2023