Decreto Ejecutivo PCM-073-2017 mediante el cual se instruye al Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza Extrema para transferir fondos destinados a la adquisición y distribución de textos escolares
Resumen
Este decreto ordena transferir 232 millones de lempiras del Fondo de Solidaridad y Protección Social al Ministerio de Educación para comprar y distribuir libros de texto en escuelas públicas de educación básica y media durante 2018. Beneficia a estudiantes de familias de bajos ingresos garantizando acceso a materiales educativos necesarios.
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 11) y 30) de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley, y dirigirla política económica y financiera del Estado.
- 2.Que bajo la protección del Artículo 3 de la Convención Sobre los Derechos del Niño que dispone que los Estados partes reconocen el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, los Estados deberán tomar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar, interponiendo el interés superior de los niños, niñas y adolescentes para que puedan gozar de una educación de calidad.
- 3.Que mediante Acuerdo 049-SEP-2017 se autorizó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para contratar por la vía del procedimiento de Licitación Privada por razones de urgencia, la adquisición y distribución de textos escolares para educación básica y media para el año lectivo que iniciará en 2018, por un monto de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO LEMPIRAS (L. 232, 279,175.00).
- 4.Que mediante Decreto Legislativo 278-2013, contentivo de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, de fecha 26 de diciembre de 2013 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de diciembre de 2013, se crea en su Artículo 43 el Fondo de Solidaridad y Protección AMEN REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C,13 DENOVIEMBREDELZ017 No: 34,190 MEX Social para la Reducción de la Pobreza Extrema, el cual es destinado para garantizar la continuidad y ampliación de beneficiarios del Programa Bono Vida Mejor y otros proyectos y programas sociales impulsados por la Presidencia de la República o la Secretaría de Estado que designe el Consejo de Ministros.
- 5.Que la adquisición y distribución de textos escolares para la educación básica y media serelaciona con los objetivos del fideicomiso del Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza Extrema, a través de las políticas y proyectos de inversión que ejecuta la Presidencia de la República con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de la población hondureña.
Articulos
Articulo 1
Instruir al Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Solidaridad y Protección Social parala Reducción de la Pobreza Extrema”, para que transfiera hasta DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA YNUEVE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO LEMPIRAS (L. 232,279,175.00) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, para el financiamiento del procedimiento de licitación privada autorizado mediante Acuerdo Ejecutivo 049-2017.
Articulo 2
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Kan a. MARÍA DOLORES AGUERO LARA DELIA RIVAS LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN SALUD INTERNACIONAL MIGUEL ANTONIO ZÚNIGA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA RUTILIA DEL SOCORRO CALDERON SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGIA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS A.M