Vigente
Decreto No. 307-2013 | 18 de junio de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,973

Decreto Ejecutivo PCM-026-2019 mediante el cual se autoriza la contratación de apoyo técnico especializado para el Centro Cívico Gubernamental

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Resumen

Este decreto autoriza la contratación de consultores especializados en logística y tecnología de información para apoyar la operación del Centro Cívico Gubernamental. Los consultores ayudarán en el traslado de instituciones públicas, capacitación de servidores públicos e infraestructura tecnológica. Los gastos se cubrirán con recursos disponibles del fideicomiso del proyecto.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, siendo entre otras, una de sus atribuciones emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.
  2. 2.Que con fundamento a lo establecido en los Artículos 11 y 17 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y las leyes.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-062-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,313 en fecha veintiséis (26) de diciembre del año dos mil trece (2013) y Decreto Legislativo No. 307- 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No.33,424 en fecha 12 de mayo del 201, se aprobó el CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO “CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL”, suscrito entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) y el Banco LAFISE (HONDURAS), S.A.
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,625 en fecha (07) de enero de (2015), se declara de interés nacional y prioritario el proyecto de inversión denominado “Centro Cívico Gubernamental”, en aplicación a los Artículos 32, 40 y 49 de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada.
  5. 5.Que en fecha 01 de febrero del 2016 se adjudicó el contrato de Alianza Público Privada para la prestación de los Servicios y el Diseño, Financiamiento, Demolición, Construcción, Equipamiento, Operación, Explotación y Mantenimiento de las Instalaciones del Centro Cívico Gubernamental, al Inversionista Operador Privado GIA+A. S.A de C.V., iniciando con la suscripción del mismo el 20 de abril del 2016.
  6. 6.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-014-2017, publicado en Diario Oficial La Gaceta Número 34,356 de fecha 5 de junio del año 2017, Artículo 2, se crea la Unidad Ejecutora encargada de la operación y puesta en marcha de las Obras Complementarias a cargo del Estado de Honduras, así como del seguimiento y facilitación de la administración del presupuesto, ejecución y cumplimiento del Contrato por parte del Estado de Honduras y del Inversionista Operador Privado, la cual estará adscrita al Fideicomiso para la Administración del Proyecto Centro Cívico Gubernamental, suscrito entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) en su condición de Fideicomitente y Banco LAFISE, S.A. en su condición de fiduciario, con autonomía de funcionamiento dentro del marco de sus atribuciones, al cual se deberán transferir los montos de asignaciones correspondientes a Obras Complementarias, Obras Adicionales provenientes del Fidecomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) o demás necesarios para su funcionamiento.
  7. 7.Que a los efectos indicados en el Considerando anterior y siendo que la operación del Centro Cívico Gubernamental está próxima a iniciar, surge la necesidad de contratar apoyo técnico especializado en los temas de logística para el translado y habitabilidad de las Instituciones Participantes asi como en temas técnicos operativos en tecnologías de información para el Proyecto del “Centro Cívico Gubernamental”.
  8. 8.Que el Contrato de Alianza Público Privada supra aludido en el Considerando que precede, establece en la Cláusula Décima Séptima, numeral 17.3 referente a las Obligaciones principales de la Contratante durante la etapa de construcción, literal e) Que el Gobierno de Honduras deberá realizar las Obras complementarias que responden a las necesidades Operativas y Logísticas que se deben desarrollar en el Predio “A” dispuesto para el Centro Cívico Gubernamental, de tal forma que vengan a dinamizar los procesos operativos y viales con los que debe contar este importante proyecto de restauración gubernamental del Estado.

Articulos

Articulo 1

Autorizar al Comité Técnico del Fideicomiso de Administración del “Centro Cívico Gubernamental”, a contratar los servicios de: I) Un consultor especializado o varios, según corresponda, en temas de logística, planificación y procesos para apoyar a La Contratante y a dicho Comité en el traslado y habitabilidad del “Centro Cívico Gubernamental” con el fin de: a) Apoyar en el proceso de formación y capacitación de servidores públicos previo, durante y posterior al traslado al “Centro Cívico Gubernamental”; b) Asesorar en temas de coordinación e implementación de las acciones de traslado, logística y habitabilidad de las instituciones participantes del Proyecto del Centro Civico Gubernamental (CCG); y, c) Demás funciones que pudieran resultar de la implementación de las dos actividades anteriores; II) Contratar los servicios de un consultor especializado o varios, según corresponda, en temas técnico operativo en Tecnologías de Información para que apoye y asesore el desarrollo de las labores de gestión y supervisión de la infraestructura y servicios tecnológicos del Proyecto del “Centro Cívico Gubernamental”. Los honorarios de ambos servicios serán cubiertos con los recursos disponibles no comprometidos del patrimonio del Fideicomiso del “Centro Cívico Gubernamental”, previa aprobación del Comité Técnico.

Articulo 2

. Autorizar al Comité Técnico del Fideicomiso de Administración del “Centro Cívico Gubernamental” a contratar los diseños y la supervisión de: i) Las Obras Complementarias a cargo del Estado de Honduras; y, ii) Las Obras Complementarias exteriores y viales a cargo del Estado de Honduras y demás obligaciones contraídas mediante Contrato Alianza Público Privada para la ejecución del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental” (Contrato APP). Estas contrataciones serán cubiertas con los Recursos Disponibles fideicometidos destinados a financiar la ejecución y construcción de las Obras Complementarias del Contrato APP, según Decreto Ejecutivo Número PCM - 018-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34,931 de fecha veintinueve (29) de abril del año dos mil diecinueve (2019).

Articulo 3

Derogar el Decreto Ejecutivo Número PCM- 014-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Número 34,356, en fecha cinco (5) de junio del año 2017.

Articulo 4

El presente Decreto Ejecutivo debe entrar en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL. ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO

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