Decreto-Ejecutivo-01-2023
Poder Ejecutivo
- Decreto: Ejecutivo-01-2023
- Publicación: 30 de enero de 2023
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 36,142
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este decreto autoriza a la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno a contratar directamente servicios de comunicación especializados, como publicidad en medios, contenidos publicitarios y estudios de opinión, sin pasar por procesos de licitación. Beneficia al gobierno para ejecutar su estrategia comunicacional de forma ágil y transparente.
Considerandos
Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir acuerdos y decretos conforme a ley (artículos 235 y 245 numerales 2) y 11)).
Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 023-2022 de fecha 16 de Septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en su edición 36,031, se creó la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República, como un órgano de la Administración Central adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE).
Que la Ley de Contratación del Estado establece los supuestos en los que podrá realizarse la contratación directa de bienes y servicios, señalando que procede la misma cuando se trate de trabajos científicos, técnicos o artísticos especializados (artículo 63 numeral 6)).
Que dentro de las funciones de la Dirección General de Información y Prensa se encuentra suscribir contratos para la contratación de pautas publicitarias, con medios de comunicación convencionales o alternativos, sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, todo bajo las normas de la estrategia de la comunicación del Gobierno de la República y la contratación servicios de producción de insumos o contenidos publicitarios y materiales de comunicación y prensa.
Que la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República requiere EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL para su correcto funcionamiento realizar la contratación de bienes y servicios técnicos y artísticos especializados, con la debida diligencia, oportunidad y mérito, atendiendo las condiciones de la oferta de espacios publicitarios y servicios de producción de contenidos en los medios de comunicación del país.
Articulos
Autorizar a la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE), para que pueda realizar la contratación directa para la adquisición y el suministro de servicios técnicos y artísticos especializados en materia de comunicación, necesarios para el correcto funcionamiento de la Dirección, específicamente para la contratación de:
- a)
Pauta publicitaria con medios de comunicación, convencionales o alternativos, sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, todo bajo las normas de la estrategia de comunicación del Gobierno de la República;
- b)
La contratación de servicios de elaboración de insumos o contenidos publicitarios y materiales de comunicación y prensa del Gobierno de la República; y,
- c)
La contratación de monitores, mediciones, encuestas, asesorías, estudios de opinión u otros medios técnicos en materia de comunicación.
El presente Decreto se limita de manera exclusiva a las contrataciones de servicios contemplados dentro de las facultades y atribuciones de la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República.
Las actuaciones y la documentación correspondiente, realizadas al amparo del presente Decreto, serán remitidas al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir de su fecha, debiendo publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de Enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA ANGÉLICA LIZETH ALVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA, POR LEY
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