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20 de octubre de 2026Vigente

Decreto Legislativo No. 210-2026 — Declaratoria de Interés Nacional de Pavimentación del Tramo Carretero Jutiapa a Balfate, Corredor Esmeralda

Congreso Nacional

  • Decreto: 210-2026
  • Publicación: 20 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 37,274
  • Categoria: Transporte

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley declara de interés nacional la pavimentación de 16 kilómetros de carretera entre Jutiapa y Balfate en Colón, conocida como Corredor Esmeralda. Ordena al gobierno realizar estudios técnicos y ambientales, luego incluir los costos en el presupuesto 2027 para ejecutar la obra y mejorar el turismo, comercio e inversión de la región.

Considerandos

Que la Constitución de la República de Honduras establece como finalidad especial del Estado promover el bienestar económico y social de la población, así como propiciar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del territorio nacional mediante la inversión pública estratégica.

Que corresponde al Congreso Nacional aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y autorizar la asignación de recursos para proyectos de infraestructura que contribuyan al crecimiento económico, la competitividad y la integración regional.

Que la carretera que conecta a Jutiapa con Balfate y se extiende hasta Río Esteban, constituye un eje vial prioritario para el Departamento de Colón, por su impacto en el turismo, la agroindustria, el comercio y la atracción de inversión, formando parte del denominado “Corredor Esmeralda”.

Que resulta necesario instruir al ente competente en materia de infraestructura vial para que realice los estudios técnicos, ambientales y de factibilidad correspondientes, así como la planificación presupuestaria necesaria, a fin de determinar los recursos requeridos para la ejecución ordenada y eficiente del Proyecto.

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Declarar de interés nacional y prioridad estratégica la PAVIMENTACIÓN DEL TRAMO CARRETERO JUTIAPA A L C E N T R O D E B A L FAT E , D E N O M I N A D O “ I N I C I O D E L FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 11 de septiembre de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. __________

Articulo 5.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO JUAN JOSÉ ZERÓN GONZÁLEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de septiembre de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA CORREDOR ESMERALDA”, por su importancia para el desarrollo económico, turístico y social del Departamento de Colón, con una longitud de dieciséis (16) kilómetros.

Articulo 2.-

Se ordena a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) para que, con carácter prioritario, realice los estudios técnicos, ambientales y de factibilidad, así como la planificación integral del Proyecto, determinando el monto requerido para su ejecución.

Articulo 3.-

Ordenar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) que con base en los estudios y la planificación correspondiente, realice las acciones presupuestarias necesarias para incorporar los recursos requeridos para la ejecución del Proyecto en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2027, conforme a la disponibilidad financiera y a la normativa presupuestaria aplicable.

Articulo 4.-

La obra a que hace referencia el presente Decreto será ejecutada en una (1) etapa: 1) Primera Etapa: Pavimentación de aproximadamente dieciséis (16) kilómetros desde el Municipio de Jutiapa hasta el Centro Urbano del Municipio de Balfate.

Notas

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