Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
30 de noviembre de 2019Vigente

Decreto Legislativo No. 50-2018 — Crear Aduana Mocalempa en la frontera Honduras-El Salvador

Congreso Nacional

  • Decreto: 50-2018
  • Publicación: 30 de noviembre de 2019
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,112

Considerandos

Que el Estado de Honduras debe ejercer soberanía en los territorios de su extensión, fortaleciendo el desarrollo con obras de infraestructura que beneficien las comunidades para el progreso y desarrollo colectivo de sus habitantes.

Que el Gobierno de la República de Honduras debe invertir en instalaciones aduaneras para mejorar las recaudaciones fiscales del Estado e ingresos producidos por los extranjeros que transitan por su territorio.

Que la Administración Aduanera le corresponde exigir y comprobar el cumplimiento de los elementos que determinan la obligación tributaria aduanera, derivados de la entrada, permanencia y salida de las mercancías y medios de transporte del territorio aduanero; atribución que esencialmente se realiza a través de las aduanas del país; por lo que en observancia a los requerimientos del comercio internacional y en aras de facilitar a los obligados tributarios al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, es de necesidad inminente la creación de una aduana en la frontera entre la República de Honduras y El Salvador, en la Mancomunidad de Mocalempa, departamento de Lempira.

Que mediante Decretos Ejecutivos PCM-083-2016 y PCM-007-2017, se crea la COPRISAO, como órgano interventor y de transición de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).

Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 205 Atribución 1) y 42) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes; así mismo, le corresponde autorizar puertos, crear y suprimir aduanas y zonas libres a iniciativa del Poder Ejecutivo.

Articulos

Articulo 1.-

Crear la Aduana Terrestre denominada “ADUANA MOCALEMPA”, que estará ubicada a inmediaciones del “PUENTE LA INTEGRACIÓN”, frontera entre la República de Honduras y la República de El Salvador, en la Mancomunidad de MOCALEMPA, departamento de Lempira.

Articulo 2.-

Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice las acciones presupuestarias y recursos financieros, a fin de que sean trasladados los fondos a la Administración Aduanera, para su construcción, así mismo, ésta asigne el personal administrativo y técnico requerido, así como el equipamiento para su funcionamiento a partir del Ejercicio Fiscal 2018.

Articulo 3.-

La Administración Aduanera es la responsable del buen funcionamiento de la Aduana y la aplicación y ejecución de las políticas aduaneras que faciliten y controlen el comercio internacional, lo cual redundará en la eficiente recaudación fiscal del Estado de Honduras.

Articulo 4.-

La Mancomunidad de MOCALEMPA a través de sus municipios miembros, deben proporcionar las facilidades territoriales y las contra partidas presupuestarias necesarias para la compra del terreno.

Articulo 5.-

Derogar el Decreto No. 161-2015, de fecha 17 de Diciembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,076, en fecha 4 de Julio del año 2016. U D I-D EG T-U N AH

Articulo 6.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de junio del año dos mil dieciocho. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 09 de agosto de 2018 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. ROCIO IZABEL TÁBORA Secretaría de Finanzas