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12 de agosto de 2020Vigente Descargar PDF original

Decreto Legislativo No. 72-2020 — Construcción de hospital en Santa Cruz de Yojoa

Congreso Nacional

  • Decreto: 72-2020
  • Publicación: 12 de agosto de 2020
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Salud

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley autoriza la construcción de un hospital en Santa Cruz de Yojoa para mejorar la atención médica de la población local, que actualmente solo tiene 7 centros básicos y debe trasladarse a San Pedro Sula para casos graves. El hospital beneficiará también a municipios cercanos y descongestionar otros centros asistenciales de la zona norte.

Considerandos

Que la Constitución de la República en su Artículo 1 establece que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.

Que el municipio de Santa Cruz de Yojoa y todas sus aldeas, sólo cuenta con siete (7) centros asistenciales para recibir atención primaria básica y ambulatoria, los cuales cuentan con personal profesional limitado y estándares mínimos de equipamiento y suministros, por lo que, para poder satisfacer sus necesidades hospitalarias de salud, se ven en la necesidad de trasladarse hasta la ciudad de San Pedro Sula.

Que la construcción de un hospital en Santa Cruz de Yojoa, vendría a descongestionar de pacientes los demás centros asistenciales de la zona norte del país y beneficiaría tanto a los habitantes del municipio de Santa Cruz de Yojoa, como a los pobladores de los municipios aledaños.

Que se ha identificado dentro de la jurisdicción de Santa Cruz de Yojoa, un terreno de aproximadamente tres (3) manzanas de extensión, propiedad de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), obtenido

Texto completo

DECRETO No. 72-2020 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 1 establece que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social. CONSIDERANDO: Que el municipio de Santa Cruz de Yojoa y todas sus aldeas, sólo cuenta con siete (7) centros asistenciales para recibir atención primaria básica y ambulatoria, los cuales cuentan con personal profesional limitado y estándares mínimos de equipamiento y suministros, por lo que, para poder satisfacer sus necesidades hospitalarias de salud, se ven en la necesidad de trasladarse hasta la ciudad de San Pedro Sula. CONSIDERANDO: Que la construcción de un hospital en Santa Cruz de Yojoa, vendría a descongestionar de pacientes los demás centros asistenciales de la zona norte del país y beneficiaría tanto a los habitantes del municipio de Santa Cruz de Yojoa, como a los pobladores de los municipios aledaños. CONSIDERANDO: Que se ha identificado dentro de la jurisdicción de Santa Cruz de Yojoa, un terreno de aproximadamente tres (3) manzanas de extensión, propiedad de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), obtenido