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5 de agosto de 2026Vigente

Decreto Legislativo No. 142-2026 — Autorización de modificaciones presupuestarias mediante traslado interno para SEMUJER

Congreso Nacional

  • Decreto: 142-2026
  • Publicación: 5 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 37,212

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto autoriza a SEFIN a trasladar 26 millones de lempiras dentro del presupuesto de SEMUJER, reduciendo transferencias a Santa Bárbara e incrementando fondos para servicios de consultoría y supervisión de construcciones. Beneficia a SEMUJER para fortalecer su gestión institucional sin aumentar el presupuesto total.

Considerandos

Que la Constitución de la República de Honduras, en su Artículo 205,Atribución 32), establece como facultad exclusiva del Congreso Nacional, aprobar anualmente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y resolver sobre su modificación.

Que el Artículo 364 de la Constitución de la República de Honduras, prohíbe terminantemente realizar pagos fuera de las asignaciones votadas en el Presupuesto, obligando a que cualquier traslado entre grupos de gasto sea autorizado por el Poder Legislativo para garantizar la legalidad del gasto público.

Que mediante el Decreto Ejecutivo Número PCM 05-2022, se creó la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER), órgano rector responsable de coordinar y evaluar la programación del Presupuesto Nacional con enfoque de género, siendo necesario dotarla de los instrumentos financieros para maximizar su impacto positivo en favor de los derechos de las mujeres.

Que el Decreto Ejecutivo Número PCM 23-2023 define la competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) para impulsar la transversalización de género en toda la Administración Pública y supervisar que la inversión nacional sea sensible al género, tal como lo exige el Artículo 215 de las Disposiciones Generales del Presupuesto 2026.

Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) es el órgano rector del Sistema de Administración Financiera, responsable de registrar y supervisar la ejecución operativa de los presupuestos aprobados.

Que si bien el Artículo 163 de las Disposiciones Generales del Presupuesto, para el Ejercicio Fiscal 2026 (Decreto No. 62-2026) establece como norma general que los recursos de transferencias con beneficiario específico no pueden ser trasladados a favor de un beneficiario diferentenireasignadosaunfindistinto,resulta imperativo para el Estado establecer mecanismos excepcionales que permitan la reasignación estratégica de fondos. En consecuencia, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la presente modificación, es necesario facultar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que autorice el traslado interno de Veintiséis Millones de Lempiras (L.26,000,000.00) asignados a la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER), disminuyendo los recursos destinados originalmente a transferencias de capital para el beneficiario 2601, con el fin de aumentar las partidas de servicios de consultoría y supervisión de construcciones, optimizando la gestión institucional sin alterar el techo presupuestario total aprobado para el presente año.

Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que realice las modificaciones presupuestarias mediante traslado Interno del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, asignado a la Institución 406 Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) para el Ejercicio Fiscal 2026, con el fin de efectuar la Disminución mediante el traslado de fondos del Grupo de Gasto 50000 Transferencias Objeto del Gasto 55170 Transferencias de Capital a Gobiernos Locales con beneficiario de Transferencia 2601 Santa Bárbara, por el monto de VEINTISÉIS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.26,000,000.00), en la estructura presupuestaria siguiente: INST. GA UE FTE ORGA. PROG. SUBPRG. PROY. Act./Obra OBJETO BENEFIC. DESCRIPCION DE CUENTAS MONTO 0406 001 003 11 701 11 0 0 4 55170 2601 Transferencias de Capital a Gobiernos Locales 26,000,000.00

Articulo 2.-

Se Autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que realice la modificación presupuestaria mediante traslado Interno del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, asignado a la Institución 406 Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) para el Ejercicio Fiscal 2026, con el fin de efectuar el aumento mediante el traslado de fondos, las estructuras presupuestarias siguientes: INST. GA UE FTE ORGA. PROG. SUBPRG. PROY. Act./Obra OBJETO BENEFIC. DESCRIPCION DE CUENTAS MONTO 0406 001 003 11 701 11 0 0 4 24710 00 Servicios De Consultoría De Gestión Administrativa Y Financiera 10,000,000.00 0406 001 003 11 701 11 0 0 4 47220 00 Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes en Dominio Público 16,000,000.00 TOTAL 26,000,000.00 Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) para que, a través de su Gerencia Administrativa, proceda a la reprogramación física y financiera de sus objetivos y resultados en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI).

Articulo 3.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Por Tanto: Ejecútese