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Decreto No. 008-2012 | 28 de marzo de 2012 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 32,784

Aprobar la Política de Protección Social

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Resumen

Este decreto aprueba la Política de Protección Social de Honduras, que busca mejorar las condiciones de vida de personas en pobreza y vulnerabilidad. Beneficia a ciudadanos pobres, excluidos y en riesgo social al crear oportunidades para que generen bienestar y se integren activamente en la sociedad.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República de Honduras fortalece y perpetúa un estado de derecho que asegure una sociedad justa que propicie las condiciones para la plena realización del hombre como persona humana, fin supremo de la sociedad y del Estado, ratificando que la dignidad del ser humano es inviolable y que todos tenemos la obligación de respetar y protegerla.
  2. 2.Que Honduras es un Estado que se fundamenta en un ordenamiento juridico acorde a una democracia representativa, participativa e incluyente, que busca mejorar la calidad y las condiciones de vida, individuales y colectivas, de toda la ciudadania.
  3. 3.Que Honduras ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que establece que los Estados Partes se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres, igual titulo a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el mencionado instrumento.
  4. 4.Que la Convención Americana de Derechos Humanos ratificada por Honduras el 05 de mayo de 1977 estipula que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado.
  5. 5.Que el Objetivo de la Visión de País y Plan de Nación aspira a una Honduras educada, sana y con sistemas consolidados de previsión y protección social.
  6. 6.Que es resultado del trabajo coordinado entre instituciones de Gobierno y Sociedad Civil, que retomando los esfuerzos de consulta y construcción de una política de protección social coherente y adaptada a la realidad de los sujetos de atención de la misma que partir del año 2007, pasando por la conformación del Comité Técnico de Protección Social, lo cual ha dado como resultado un documento de Política de Protección Social, validado y respaldado por las instituciones públicas y los organismos de la sociedad civil en representación de los sujetos de atención de la Politica.

Articulos

Articulo 1

Aprobar la Política de Protección Social anexa al presente Decreto, y que tiene como objetivo "generar gradual y progresivamente condiciones sociales que contribuyan al bienestar personal y colectivo, así como a la potenciación de las habilidades y capacidades para el ejercicio pleno de los derechos de las personas en situación de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, exclusión y riesgo social, a fin de crear y ampliar sus oportunidades de generación de bienestar, riqueza familiar y colectiva logrando su inclusión activa en la sociedad".

Articulo 2

Para asegurar la ejecución de la presente Política, el Comité Técnico de Protección Social, coordinado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, y conformado intersectorialmente por la Sociedad Civil y el Gobierno deberá iniciar la construcción del Plan Estratégico de Implementación de la misma, en consonancia a las disposiciones de la Visión de País y Plan de Nación, asegurando la vinculación entre las diversas políticas en materia social existentes, la articulación de programas y proyectos tanto públicos como privados, el ordenamiento de las intervenciones, el registro y la focalización de los sujetos de atención, en materia de protección social, el monitoreo y la auditoría social de las acciones derivadas de la Política.

Articulo 3

El presente Decreto es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ocho (8) días del mes de marzo del año dos mil doce (2012). CARLOS AFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACION MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION ARTURO BENDAÑA PINEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARIA ANTONIETA GUILLEN VASQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARIA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL MIREYA AGÜERO TREJO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES, POR LEY MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL HECTOR GUILLERMO GUILLEN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JOSE ADONIS LAVAIRE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO MIGUELANGEL GAMEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA FELICITO AVILA ORDOÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO REGALADO WEIZEMELUIT SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA RIGOBERTO CUELLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNANDEZ ALVARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL JULIO CESAR RAUDALES SECRETARIO TECNICO DE PLANIFICACION Y COOPERACION EXTERNA TULIO MARIANO GONZALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES NELLY KARINA JEREZ CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO MARCO ANTONIO MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUVENTUD ANA A. PINEDA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS LUIS GREEN MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE PUEBLOS INDIGENAS Y AFROHANUREÑOS CESAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO MIGUEL EDGARDO MARTINEZ MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDURÉÑO DE INVERSION SOCIAL MARIA ANTONIETA BOTTO MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER MARIA ELENA ZEPEDA MINISTRA DIRECTORA DEL PROGRAMA DE ASIGNACION FAMILIAR CARLOS RENE ROMERO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERVACION Y DESARROLLO FORESTAL, AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE, POR LEY CONFIRMADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY GENERAL LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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