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22 de septiembre de 2026Vigente

Decreto Legislativo No. 182-2026 — Aprobación de Modificación No. 2 del Contrato de Suministro de Póliza de Seguro de Vehículos de la Secretaría de Infraestructura y Transporte

Congreso Nacional

  • Decreto: 182-2026
  • Publicación: 22 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 37,252
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto aprueba una ampliación del contrato de seguros para vehículos de la Secretaría de Infraestructura y Transporte por 70 días adicionales, aumentando el costo total en L.124,225.12. El nuevo monto del contrato llega a L.780,700.78 (46.68% más que el original), y requería aprobación del Congreso porque las modificaciones acumuladas superan el 25% permitido legalmente.

Considerandos

Que los Artículos 245, numeral 11 y 246 de la Constitución de la República de Honduras establecen que el Poder Ejecutivo tiene la atribución de organizar, dirigir y supervisar la Administración Pública y que corresponde a la Ley determinar la creación, fusión, transformación o supresión de las entidades de la Administración Pública, en observancia estricta del principio de legalidad y del interés general que debe guiar toda actuación del Estado.

Que mediante el Decreto Ejecutivo PCM-05-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, Edición No.35,892 de fecha 6 de Abril de 2022, se creó la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), como institución responsable de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, programas y proyectos de infraestructura y transporte a nivel nacional.

Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), en el ejercicio de sus competencias legales e institucionales, suscribió el Contrato de Suministro No.SIT-SUM-001-2024 denominado “ADQUISIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO D E V E H Í C U L O S D E L A S E C R E TA R Í A D E INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)”, con el propósito de garantizar la protección del patrimonio estatal y la continuidad de las operaciones institucionales mediante la cobertura de la flota vehicular.

Que mediante Modificación No.1 de fecha 30 de Diciembre de 2024 y Modificación No.2 de de los vehículos institucionales y a salvaguardar los intereses patrimoniales del Estado.

Que la continuidad de la cobertura asegurativa de los vehículos institucionales constituye una medida de protección patrimonial que contribuye a reducir la exposición financiera del Estado frente a los riesgos propios de la operación de su flota vehicular.

Que de conformidad con los artículos 121, 122 y 123 de la Ley de Contratación del Estado, las modificaciones contractuales deben observar los límites, requisitos y procedimientos establecidos en la legislación aplicable, correspondiendo al Congreso Nacional ejercer la competencia de aprobación cuando las modificaciones acumuladas excedan el porcentaje legalmente establecido.

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Que el monto original del contrato asciende a QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS (L.532,250.54) y que las modificaciones contractuales acumuladas ascienden a DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON VEINTICUATRO CENTAVOS (L.248,450.24) representando un incremento acumulado equivalente al CUARENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y OCHO POR CIENTO (46.68%) respecto del monto original del contrato.

Que como consecuencia de las modificaciones contractuales acumuladas, el nuevo monto total del contrato asciende a SETECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (L.780,700.78).

Que el Artículo 123 de la Ley de Contratación del Estado establece que toda modificación contractual debe estar debidamente fundamentada y que cuando las modificaciones acumuladas excedan el veinticinco por ciento (25%) del monto inicial del contrato, requieren aprobación del Congreso Nacional.

Que de conformidad con los dictámenes técnicos y presupuestarios emitidos por las dependencias competentes de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), la modificación contractual responde a una necesidad real y debidamente justificada, orientada a evitar la interrupción de la cobertura de seguros Y T R A N S P O R T E ( S I T ) ” , suscrita en fecha 10 de marzo de 2025, entre la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT), representada por el MSc. Ing. Octavio José Pineda Paredes, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT) y la Sociedad Mercantil SEGUROS CONTINENTAL S.A., representada por la señora Dunia Elizabeth Rodríguez Mercadal, en su condición de Representante Legal, mediante la cual se amplió el plazo contractual por un período de SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO, por un monto adicional de CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO LEMPIRAS CON DOCE CENTAVOS (L.124,225.12), la cual literalmente dice: MODIFICACIÓN No.2 CONTRATO D E S U M I N I S T R O N o . S I T- SUM-001-2024. AMPLIACIÓN AL CONTRATO DE “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”.- SUSCRITO E N T R E L A S E C R E T A R Í A D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT) Y LA EMPRESA SEGUROS CONTINENTAL S.A.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDO NACIONAL. Nosotros O C T AV I O J O S É P I N E D A PAREDES, hondureño, mayor de edad, soltero, con Documento Nacional de Identificación No.0801199024191 y de este domicilio, actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No.11-2024, Barrio La Bolsa, Comayagüela Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, por una parte y por otra la señora DUNIA ELIZABETH R O D R I G U E Z M E R C A D A L , hondureña, mayor de edad, casada, con Documento Nacional de Identificación (DNI) No.08011968003119, teléfono fijo: (504) 2239-9446, móvil No. (504) 9439-6431; correo electrónico: dunia.rodriguez@segcon.hn ; con domicilio legal en el Edificio Nova Prisa primer nivel 3 avenida SO, San Pedro Sula, Departamento de Cortés, Honduras (Las notificaciones realizadas a la dirección domiciliaria y/o correos electrónicos, surtirán los efectos legales respectivos); actuando en su condición de Representante Legal de la Empresa Mercantil Denominada: “SEGUROS CONTINENTAL S.A.” con Registro Tributario de la Empresa No.05019003078193, en adelante “EL EJECUTOR”, hemos acordado en suscribir la presente MODIFICACIÓN No.2 para la MODIFICACIÓN AL CONTRATO que se regirá de acuerdo a las condiciones siguientes: ANTECEDENTES: En fecha ocho (8) de marzo del 2024 suscribimos EL CONTRATO y en fecha treinta (30) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) suscribimos la MODIFICACIÓN No.1 para la “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”. Con FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDOS NACIONALES por la cantidad de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS (L.532,250.54). E n t r e l a S E C R E TA R Í A D E I N F R A E S T R U C T U R A Y T R A N S P O R T E “ S I T ” y e l Contratista DUNIA ELIZABETH RODRIGUEZ MERCADAL, en su condición de Representante legal de “SEGUROS CONTINENTAL S.A.”.

Que, en virtud de lo anterior, se acuerda la ampliación del monto del contrato en un valor proporcional a SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO adicionales, garantizando que la póliza de seguros continúe vigente y que los vehículos institucionales cuenten con la protección necesaria.

Que, en la ejecución del Contrato y Modificación No.1 celebrado entre la SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE “SIT”YLAEMPRESA SEGUROS CONTINENTAL S.A., se han presentado circunstancias imprevistas que han afectado el desarrollo de las actividades previstas dentro del plazo contractual para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones pactadas y los objetivos del contrato. En ese sentido y conforme a los establecido en el Artículo 132 de las Disposiciones Generales del Presupuesto 2025, el cual dispone que:

Articulos

Articulo 1.-

A P R O B A C I Ó N D E L A MODIFICACIÓN No.2. Aprobar en todas y cada una de sus partes la “MODIFICACIÓN No.2 AL CONTRATO DE SUMINISTRO No. SIT-SUM-001-2024, RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS D E L A S E C R E T A R Í A D E I N F R A E S T R U C T U R A fecha 10 de Marzo de 2025, se amplió la vigencia contractual para asegurar la continuidad de la cobertura de seguros de la flota vehicular institucional, derivado de circunstancias administrativas y operativas debidamente justificadas. CONSIDERANDO: Que el monto original del contrato asciende a QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS (L.532,250.54) y que las modificaciones contractuales acumuladas ascienden a DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON VEINTICUATRO CENTAVOS (L.248,450.24) representando un incremento acumulado equivalente al CUARENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y OCHO POR CIENTO (46.68%) respecto del monto original del contrato. CONSIDERANDO: Que como consecuencia de las modificaciones contractuales acumuladas, el nuevo monto total del contrato asciende a SETECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (L.780,700.78). CONSIDERANDO: Que el Artículo 123 de la Ley de Contratación del Estado establece que toda modificación contractual debe estar debidamente fundamentada y que cuando las modificaciones acumuladas excedan el veinticinco por ciento (25%) del monto inicial del contrato, requieren aprobación del Congreso Nacional. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los dictámenes técnicos y presupuestarios emitidos por las dependencias competentes de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), la modificación contractual responde a una necesidad real y debidamente justificada, orientada a evitar la interrupción de la cobertura de seguros

Y T R A N S P O R T E ( S I T ) ” , suscrita en fecha 10 de marzo de 2025, entre la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT), representada por el MSc. Ing. Octavio José Pineda Paredes, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT) y la Sociedad Mercantil SEGUROS CONTINENTAL S.A., representada por la señora Dunia Elizabeth Rodríguez Mercadal, en su condición de Representante Legal, mediante la cual se amplió el plazo contractual por un período de SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO, por un monto adicional de CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO LEMPIRAS CON DOCE CENTAVOS (L.124,225.12), la cual literalmente dice: MODIFICACIÓN No.2 CONTRATO D E S U M I N I S T R O N o . S I T- SUM-001-2024. AMPLIACIÓN AL CONTRATO DE “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”.- SUSCRITO E N T R E L A S E C R E T A R Í A D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT) Y LA EMPRESA SEGUROS CONTINENTAL S.A.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDO NACIONAL. Nosotros O C T AV I O J O S É P I N E D A PAREDES, hondureño, mayor de edad, soltero, con Documento Nacional de Identificación No.0801199024191 y de este domicilio, actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No.11-2024, Barrio La Bolsa, Comayagüela Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, por una parte y por otra la señora DUNIA ELIZABETH R O D R I G U E Z M E R C A D A L , hondureña, mayor de edad, casada, con Documento Nacional de Identificación (DNI) No.08011968003119, teléfono fijo: (504) 2239-9446, móvil No. (504) 9439-6431; correo electrónico: dunia.rodriguez@segcon.hn ; con domicilio legal en el Edificio Nova Prisa primer nivel 3 avenida SO, San Pedro Sula, Departamento de Cortés, Honduras (Las notificaciones realizadas a la dirección domiciliaria y/o correos electrónicos, surtirán los efectos legales respectivos); actuando en su condición de Representante Legal de la Empresa Mercantil Denominada: “SEGUROS CONTINENTAL S.A.” con Registro Tributario de la Empresa No.05019003078193, en adelante “EL EJECUTOR”, hemos acordado en suscribir la presente MODIFICACIÓN No.2 para la MODIFICACIÓN AL CONTRATO que se regirá de

acuerdo a las condiciones siguientes: ANTECEDENTES: En fecha ocho (8) de marzo del 2024 suscribimos EL CONTRATO y en fecha treinta (30) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) suscribimos la MODIFICACIÓN No.1 para la “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”. Con FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDOS NACIONALES por la cantidad de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS (L.532,250.54). E n t r e l a S E C R E TA R Í A D E I N F R A E S T R U C T U R A Y T R A N S P O R T E “ S I T ” y e l Contratista DUNIA ELIZABETH RODRIGUEZ MERCADAL, en su condición de Representante legal de “SEGUROS CONTINENTAL S.A.”. CONSIDERANDO (1): Que, en virtud de lo anterior, se acuerda la ampliación del monto del contrato en un valor proporcional a SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO adicionales, garantizando que la póliza de seguros continúe vigente y que los vehículos institucionales cuenten con la protección necesaria. CONSIDERANDO (2): Que, en la ejecución del Contrato y Modificación No.1 celebrado entre la SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE “SIT”YLAEMPRESA SEGUROS CONTINENTAL S.A., se han presentado circunstancias imprevistas que han afectado el desarrollo de las actividades previstas dentro del plazo contractual para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones pactadas y los objetivos del contrato. En ese sentido y conforme a los establecido en el Artículo 132 de las Disposiciones Generales del Presupuesto 2025, el cual dispone que: ARTÍCULO 132.- Cuando no se hubiere finalizado el proceso de licitación requerido para la suscripción de un nuevo contrato, la autoridad superior podrá autorizar mediante resolución motivada, la modificación del contrato vigente, en iguales condiciones y hasta un plazo máximo de tres (3) meses que sólo podrá extenderse por tres (3) meses más; en caso de que el nuevo proceso de licitación se haya declarado desierto o fracasado conforme Ley. POR TANTO, AMBAS PARTES CONVIENEN: Con fundamento en los Artículos 119 Numeral 2, 121, 122 y 123 de la Ley de Contratación del Estado realizar la presente MODIFICACIÓN No.2 al referido CONTRATO DE SUMINISTRO No. SIT-SUM-001-2024 del Proyecto: “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”. Conforme a

las condiciones siguientes: PRIMERA: Se acuerda incrementar el monto total del contrato en una cantidad proporcional a los SETENTA (70) DÍAS CALENDARIO de cobertura del seguro, asegurando la continuidad del servicio sin interrupciones. Siendo el monto total por la cantidad de CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO LEMPIRAS con 12/100 CENTAVOS (L.124,225.12). El cual se describe continuación: Este cuadro permite visualizar de manera clara los componentes del precio total de la póliza. SEGUNDO: Con base en lo anterior y c o n f o r m e a l a C L Á U S U L A S E X T A : V I G E N C I A D E L CONTRATO; establecida en el CONTRATO DE SUMINISTRO No. SIT-SUM-001-2024, así como las disposiciones legales aplicables, se resuelve aprobar la ampliación del plazo contractual por un período de SETENTA (70) DÍAS. Ambas partes acuerdan formalizar esta extensión mediante la suscripción de una modificación al contrato original, que entrará en vigencia a partir de su firma. TERCERO: Ambas partes convenimos que el presente MODIFICACIÓN No.2 se regirá por los términos aquí consignados y en lo no previsto, se estará a lo dispuesto en las estipulaciones del contrato original. CUARTO: Todas las demás cláusulas del Contrato Original se mantienen inalterables quedando subsistentes y válidas. En fe lo cual y de común acuerdo, firmamos, para constancia, la MODIFICACIÓN No.2 al referido CONTRATO DE SUMINISTRO No.SIT-SUM-001-2024 del Proyecto: “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE LA SECRETARÍA D E I N F R A E S T R U C T U R A Y TRANSPORTE (SIT)”. En la Ciudad de Comayagüela Municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025). (F. S.) MSC. ING OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE R.T.N. No.08019022385492 (F. S.) DUNIA ELIZABETH RODRIGUEZ MERCADAL REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS CONTINENTAL, S.A. R.T.N. 05019003078193 DESCRIPCIÓN MONTO Prima neta L. 107,891.41 Impuesto L. 16,183.71 Emisión L. 150.00 PRIMA TOTAL L. 124,225.12

Articulo 2.-

AUTORIZACIÓN DEL NUEVO M O N T O C O N T R A C T U A L . Autorizar el nuevo monto total del CONTRATO DE SUMINISTRO No.SIT-SUM-001-2024, por la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (L.780,700.78), el cual resulta de la suma del monto original del Contrato y las modificaciones contractuales acumuladas, representando estas últimas un incremento equivalente al CUARENTA Y SEIS PUNTO SETENTA Y OCHO POR CIENTO (46.68%) del monto original del Contrato.

Articulo 3.-

Autorizar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) para efectuar los pagos derivados de la Modificación No.2 aprobada mediante el presente Decreto, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria y financiera existente, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales y de la legislación aplicable.

Articulo 4.-

La ejecución de las obligaciones e c o n ó m i c a s d e r i v a d a s d e l a Modificación No.2 queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera correspondiente, así como al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables a la ejecución del gasto público.

Articulo 5.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 2 de septiembre de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 22 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,252 Sección “B” Universidad Nacional de Ciencias Forestales (UNACIFOR)

Notas

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