Decreto Legislativo No. 9-2020 — Aprobación de Contrato de Fideicomiso para Proyecto Residencias Morazán
Congreso Nacional
- Decreto: 9-2020
- Publicación: 7 de marzo de 2020
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,194
Considerandos
Que de conformidad con los Artículos 178 y 179 de la Constitución de la República “Se reconoce a los hondureños el derecho de vivienda digna. El Estado formulará y ejecutará programas de vivienda de interés social”. Asimismo, el Artículo 179 del mismo cuerpo legal establece que “El Estado promoverá, apoyará y regulará la creación de sistemas y mecanismos para la utilización de los recursos internos y externos a ser canalizados hacia la solución del problema habitacional”.
Que el Artículo 181 de la Constitución de la República establece: “Créase el Fondo Hondureño de Inversión Social para la Vivienda, cuya finalidad será el desarrollo habitacional en las áreas urbana y rural. Una ley especial regulará su organización y funcionamiento”.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 040-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.35,034, de fecha 28 de agosto de 2019 y al amparo de lo establecido en el Artículo 40 de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones, se decretó de interés nacional y prioritario el proyecto de viviendas sociales “Residencias Morazán”, el cual contempla la construcción de aproximadamente diez mil (10,000) viviendas bajo un esquema multifamiliar, de carácter social, facilitando el acceso a la vivienda digna, mediante acceso a crédito y a los subsidios del Estado. El proyecto consiste en el desarrollo de una macro urbanización destinada en su mayoría a la vivienda para personas con ingresos de 1 a 2 o más salarios mínimos, con el objetivo de que los habitantes puedan disponer de todos los servicios y equipamientos urbanos para satisfacer sus necesidades primarias. “Residencias Morazán” busca contribuir a la reducción del déficit habitacional del sector impulsando la construcción de viviendas accesibles conforme a las condiciones económicas de la población, permitiendo con esto aportar al patrimonio familiar y contribuir a la reducción de la pobreza.
Que el Poder Ejecutivo, conforme al Artículo 49 de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones y al Decreto Ejecutivo PCM 040-2019, para el U D I-D EG T-U N AH ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 desarrollo del proyecto “Residencias Morazán” hizo formal invitación a los bancos que estén acreditados para operar en Honduras bajo la regulación y supervisión de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) para presentar sus ofertas para prestar sus servicios como fiduciarios del Fideicomiso Administración para el desarrollo del proyecto de vivienda denominado “Residencias Morazán” de acuerdo a los Términos de Referencia de este proceso. En fecha 13 de diciembre de 2019 se adjudicó el concurso a favor de Banco Lafise (Honduras), Sociedad Anónima.
Que conforme al Artículo 6 del Decreto Ejecutivo PCM 040-2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.35,034, en fecha 28 de agosto de 2019, se obtuvo la autorización del Presidente de la República en Consejos de Ministros para la suscripción del contrato de fideicomiso antes referido.
Que conforme al Artículo 205 numeral 19 de la Constitución de la República es atribución aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de gobierno de la República.
Texto completo
DECRETO No. 9-2020 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER LEGISLATIVO Decretos Nos. 9-2020, 11-2020, 12-2020, 21-2020 COPECO Acuerdos Nos. 001-2019, 002-2019 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Acuerdos Nos. 21-2020, 79-2019 AVANCE A. 60 Sección B Avisos Legales B. 1 - 8
EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Artículos 178 y 179 de la Constitución de la República “Se reconoce a los hondureños el derecho de vivienda digna. El Estado formulará y ejecutará programas de vivienda de interés social”. Asimismo, el Artículo 179 del mismo cuerpo legal establece que “El Estado promoverá, apoyará y regulará la creación de sistemas y mecanismos para la utilización de los recursos internos y externos a ser canalizados hacia la solución del problema habitacional”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 181 de la Constitución de la República establece: “Créase el Fondo Hondureño de Inversión Social para la Vivienda, cuya finalidad será el desarrollo habitacional en las áreas urbana y rural. Una ley especial regulará su organización y funcionamiento”. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 040-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.35,034, de fecha 28 de agosto de 2019 y al amparo de lo establecido en el Artículo 40 de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones, se decretó de interés nacional y prioritario el proyecto de viviendas sociales “Residencias Morazán”, el cual contempla la construcción de aproximadamente diez mil (10,000) viviendas bajo un esquema multifamiliar, de carácter social, facilitando el acceso a la vivienda digna, mediante acceso a crédito y a los subsidios del Estado. El proyecto consiste en el desarrollo de una macro urbanización destinada en su mayoría a la vivienda para personas con ingresos de 1 a 2 o más salarios mínimos, con el objetivo de que los habitantes puedan disponer de todos los servicios y equipamientos urbanos para satisfacer sus necesidades primarias. “Residencias Morazán” busca contribuir a la reducción del déficit habitacional del sector impulsando la construcción de viviendas accesibles conforme a las condiciones económicas de la población, permitiendo con esto aportar al patrimonio familiar y contribuir a la reducción de la pobreza. CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo, conforme al Artículo 49 de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones y al Decreto Ejecutivo PCM 040-2019, para el
ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
desarrollo del proyecto “Residencias Morazán” hizo formal invitación a los bancos que estén acreditados para operar en Honduras bajo la regulación y supervisión de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) para presentar sus ofertas para prestar sus servicios como fiduciarios del Fideicomiso Administración para el desarrollo del proyecto de vivienda denominado “Residencias Morazán” de acuerdo a los Términos de Referencia de este proceso. En fecha 13 de diciembre de 2019 se adjudicó el concurso a favor de Banco Lafise (Honduras), Sociedad Anónima. CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 6 del Decreto Ejecutivo PCM 040-2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.35,034, en fecha 28 de agosto de 2019, se obtuvo la autorización del Presidente de la República en Consejos de Ministros para la suscripción del contrato de fideicomiso antes referido. CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 205 numeral 19 de la Constitución de la República es atribución aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de gobierno de la República. POR TANTO, D E C R E T A: