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26 de agosto de 2019Vigente

Decreto Legislativo No. 66-2019 — Ampliación de personal para MIAMBIENTE+ y modificación presupuestaria

Congreso Nacional

  • Decreto: 66-2019
  • Publicación: 26 de agosto de 2019
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,032

Considerandos

Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales y Ambiente, fue creada mediante Decreto No. 218-96 de fecha 17 de diciembre de 1996 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de diciembre de 1996, en Gaceta No.28,148 como un ente de la Administración Pública Centralizado, dependencia del Poder Ejecutivo.

Que según el Decreto No.218-96, de fecha 17 de diciembre de 1996 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 30 de diciembre de 1996 con No.28,148 en su Artículo 29, se establece que a esta Secretaría de Estado le concierne la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección y aprovechamiento de los recursos hídricos, las fuentes nuevas y renovables de energía, todo lo relativo a la generación y transmisión de energía hidroeléctrica y geotérmica, así como a la actividad minera y a la exploración y explotación de hidrocarburos; lo concerniente a la coordinación y evaluación de las políticas relacionadas con el ambiente, los ecosistemas, el sistema nacional de área naturales protegidas y parques nacionales y la protección de la flora y fauna, así como los servicios de investigación y control de la contaminación en todas sus formas.

Texto completo

EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales y Ambiente, fue creada mediante Decreto No. 218-96 de fecha 17 de diciembre de 1996 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de diciembre de 1996, en Gaceta No.28,148 como un ente de la Administración Pública Centralizado, dependencia del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que según el Decreto No.218-96, de fecha 17 de diciembre de 1996 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 30 de diciembre de 1996 con No.28,148 en su Artículo 29, se establece que a esta Secretaría de Estado le concierne la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la protección y aprovechamiento de los recursos hídricos, las fuentes nuevas y renovables de energía, todo lo relativo a la generación y transmisión de energía hidroeléctrica y geotérmica, así como a la actividad minera y a la exploración y explotación de hidrocarburos; lo concerniente a la coordinación y evaluación de las políticas relacionadas con el ambiente, los ecosistemas, el sistema nacional de área naturales protegidas y parques nacionales y la protección de la flora y fauna, así como los servicios de investigación y control de la contaminación en todas sus formas. CONSIDERANDO: Que la