Acuerdo No. 019-2026 — Publicación de Acuerdo COMIECO sobre actualización de Hoja de Ruta para incorporación de Panamá al Subsistema Económico
Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
- Decreto: 019-2026
- Publicación: 26 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
- Gaceta: 37,256
Considerandos
Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993.
Que de conformidad con los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico.
Que mediante Resolución No. 308-2013 (COMIECO-LXV), se dio por incorporado a la normativa de Acuerdo entrará en vigor el 26 de febrero de 2027 y será publicado por los Estados Parte…” SEGUNDO: El texto integrado del Acuerdo No.01-2026 (COMIECO-CXIII) se pondrá a disposición en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE), misma que puede ser consultada en la página web de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) www.siece.int. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta y un días del mes de julio de 2026. MELVIN E. REDONDO Comisionado Presidencial Oficina Presidencial de Comercio Exterior ETHEL ARELY NOLASCO ZUNIGA Secretaria General Oficina Presidencial de Comercio Exterior Acuerdo Ejecutivo No. 349-2026 la Integración Económica el Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica y, por Resolución No. 309-2013 (COMIECO-LXV) se dio por incorporada a la República de Panamá al Subsistema de Integración Económica.
Que durante el Foro de Reflexión del COMIECO, realizada en El Salvador el 6 de diciembre 2019, la República de Panamá se comprometió a elaborar y presentar una propuesta de cronograma de trabajo general para concluir los temas pendientes en su proceso de incorporación al Subsistema Económico.
Que en el mes de abril de 2021, la República de Panamá presentó, a consideración del Consejo, una propuesta de Hoja de Ruta para completar la Integración de Panamá al Subsistema Económico.
Que mediante el Acuerdo No. 01-2021 (COMIECO-XCVIII), del 17 de diciembre de 2021, se aprobó la Hoja de Ruta para completar la Integración de Panamá al Subsistema Económico.
Que el 25 de junio, la República de Panamá presentó una propuesta para actualizar la Hoja de Ruta para completar la Integración de Panamá al Subsistema Económico.
Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios;
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), en reunión realizada el 26 de junio de 2026, adoptó el Acuerdo No. 02-2026 (COMIECO-CXIII).
Articulos
del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala) el presente Acuerdo contentivo de las disposiciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) mediante el Acuerdo No.02-2026 (COMIECO- CXIII); que “… ACUERDA: 1. Aprobar la actualización de la Hoja de Ruta para la Incorporación de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, en la forma que aparece en el Anexo de este Acuerdo y que forma parte integral del mismo. 2. Lo no modificado por la actualización de la hoja de Ruta aprobada en el numeral 1 de este Acuerdo, se regirá por lo dispuesto en la Hoja de Ruta aprobada en el Acuerdo No. 01-2021 (COMIECO-XCVIII), del 17 de diciembre de 2021, en la medida de lo aplicable. 3. El presente Acuerdo Entrará en vigor a partir de esta fecha y será publicado por los Estados Parte…” SEGUNDO: El texto integrado del Acuerdo No.02-2026 (COMIECO-CXIII) se pondrá a disposición en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE), misma que puede ser consultada en la página web de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) www.siece.int. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta y un días del mes de julio de 2026. MELVIN E. REDONDO Comisionado Presidencial Oficina Presidencial de Comercio Exterior ETHEL ARELY NOLASCO ZUNIGA Secretaria General Oficina Presidencial de Comercio Exterior Acuerdo Ejecutivo No. 349-2026
Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. CREE-45-2026 — Aprobación del ajuste trimestral al costo base de generación y ajuste al pliego tarifario ENEE julio 2026 (Decreto CREE-45-2026, 2026)
- Decreto Ejecutivo No. 019-2026 — Procedimientos especiales y simplificados para importación temporal de bienes médicos en emergencia sanitaria (Decreto 019-2026, 2026)
- Acuerdo Ejecutivo No. 019-2026 — Nombramiento de Presidente del Banco Central de Honduras (Decreto 019-2026, 2026)
- Acuerdo Ejecutivo No. 019-2026 — Acuerdo de delegación para Lic. Manuel Portillo, Director de GRACO SPS para conocer expedientes de DRON (Decreto 019-2026, 2026)
- Acuerdo Ministerial No. 1402-2026 — Autorización para explotación y aprovechamiento de dos bancos de préstamo de materiales MIDENCE y BETO GUILLEN — Esta autorización permite a la empresa PRODECON extraer 40,000 metros cúbicos de material de dos bancos (Midence y Beto Guillén) en Choluteca para construir una carretera. La empresa debe proteger el ambiente, informar a comunidades cercanas, mantener registros de extracción y reforestar al terminar. Los dueños de terrenos no pueden impedir el acceso ni cobrar por los materiales. (Decreto 1402-2026, 2026)