Acuerdo No. 12-2017 — Delegación de potestades a José Marcos Alvarado Reyes como Secretario General de DARA
Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO)
- Decreto: 12-2017
- Publicación: 7 de septiembre de 2017
- Órgano emisor: Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO)
- Gaceta: 34,437
Considerandos
Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y la adscribe a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
Que mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 22 de noviembre de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado creó la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), como una junta interventora del servicio aduanero, misma que fue ampliada en sus atribuciones como una junta de transición a la nueva Administración Aduanera contenida en el Código Tributario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017.
Que el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 reformado mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, dispone que la COPRISAO, como Junta Interventora y de Transición, tendrá bajo su autoridad directa a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), incluyendo el presupuesto asignado a ésta, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Para realizar estas funciones se le asignará a la COPRISAO un presupuesto propio para su funcionamiento dentro del presupuesto asignado a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
Que conforme al Acta N°. 1, Punto 5, del 24 de noviembre de 2016, se autorizó a la Presidenta de la Comisión para emitir los acuerdos de delegación que sean necesarios para los funcionarios de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior.
Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y la adscribe a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
Que mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 22 de noviembre de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado creó la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), como una junta interventora del servicio aduanero, misma que fue ampliada en sus atribuciones como una junta de transición a la nueva Administración Aduanera contenida en el Código Tributario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017.
Que la COPRISAO debe ejecutar todas las acciones para el apoyo de las ejecutorias de la DARA, particularmente en el seguimiento y cumplimiento de asuntos de importancia para la institución y los usuarios de este servicio público.
Que conforme al Acta N°. 1, Punto 5, del 24 de noviembre de 2016, se autorizó a la Presidente de la Comisión para emitir los acuerdos de delegación que sean necesarios para los funcionarios de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior.
Articulos
Delegar en el ciudadano JOSÉ MARCOS ALVARADO REYES, Secretario General, las facultades de la Secretaría Adjunta de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), entre ellas las de: 1. Suscribir las providencias de mero trámite, constancias, certificaciones, transcripciones y demás actuaciones que, de oficio o a petición de parte, impulsen el procedimiento administrativo. 2. Autorizar las resoluciones que suscriba la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras y la Subdirección Adjunta, en el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos y aquellas que le hayan sido delegadas. 3. Efectuar las notificaciones, comunicaciones, citaciones y demás actuaciones de comunicación que son propias de la Secretaría General, conforme a la Ley General de la Administración Pública y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.
El ciudadano delegado es responsable del ejercicio de la función delegada y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables.
Transcribir el presente Acuerdo a la ciudadana delegada. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. ENY YAMILETH BAUTISTA GUEVARA PRESIDENTE COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO MARCO TULIO PADILLA MENDOZA SECRETARIO COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO U D I-D EG T-U N AH General de la Administración Pública. 3, 4, y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo;60,numeral8del Reglamento de Organización. Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; el Decreto Ejecutivo número PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 22 de noviembre de 2016, y del Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017. ACUERDA: