Decreto Ejecutivo No. 208-2017 — Transferencias presupuestarias interinstitucionales
Secretaría de Finanzas
- Decreto: 208-2017
- Publicación: 12 de mayo de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
- Gaceta: 34,336
Considerandos
Que la Administración Centrali- zada y Descentralizada requiere mecanismos más ágiles a efecto de prestar los servicios públicos de la mejor manera posible en el marco de la Ley.
Que el Artículo 15 reformado de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Presidente de la República puede auxiliarse de un funcionario del más alto rango de las Secretarías de Estado para coordinar todo lo relativo a la conducción estratégica de la Administración Pública.
Que mediante Decreto Ejecutivo 031-2015, el señor Presidente de la República acuerda de- legar en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presi- dente Constitucional de la República, su sanción.
Que mediante Decreto Legisla- tivo No.266-2013 del 16 de diciembre de 2013, publica- do en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública, definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la formulación, Coordina- ción, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas.
Que las Disposiciones Gene- rales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2017, establece que con el fin de regular las asignaciones del subgrupo 12000 Personal no Permanente, prohíbe las ampliaciones por modificaciones presupuestarias para este subgrupo, por lo que con el fin de mantener el monto aprobado en esta asignación presupuestaria dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, se están realizando traslados interinstitucionales de aumento y disminución dentro del subgrupo 12000 Personal no Permanente.
Que la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, mediante Oficio No.SP-022- 2017 de fecha 11 de enero de 2017, requiere modificar las asignaciones contempladas dentro del grupo del gasto 10000 Servicios Personales, para financiar creaciones de plazas autorizadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, cuyo financiamiento es con las asignaciones presupuestarias consignadas en el subgrupo 12000 Personal por contrato, dentro del presupuesto aprobado a dicha Secretaría de Estado por un monto de L.4,094,400.00 (CUATRO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS).
Que el Instituto Nacional de la Juventud mediante Oficio No.010-SE-INJ-2017 de fecha 18 de enero de 2017, solicita modificar las asignaciones contempladas dentro del grupo del gasto 10000 Servicios Personales, para financiar creaciones de plazas autoriza- das por la Secretaría de Estado en el Despacho de Fi- nanzas, cuyo financiamiento es con las asignaciones presu- puesta rias consignadas en el subgrupo 12000 Personal por Contrato dentro del presupuesto aprobado a dicho Instituto por un monto de L.1,122,100.00 (UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS).
Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno mediante Oficio No.CGG-900-2017 de fecha 05 de abril de 2017, U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes La Gaceta solicita modificar las asignaciones contempladas dentro del grupo del gasto 10000 Servicios Personales para fi- nanciar la ampliación de los renglones presupuestarios del subgrupo 12000 Personal por Contrato y en vista que la disponibilidad de fondos con que cuenta esa Secretaría de Estado se encuentra consignada en el subgrupo 11000 Personal Permanente, estos valores se transferirían a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia y al Instituto Nacional de Juventud para financiar la crea cio- nes de las plazas requeridas y el financiamiento con que cuentan esa Instituciones en la asignación del subgrupo 12000 Personal por Contrato se transferirán a la Secreta- ría de Estado de Coordinación General de Gobierno, por un monto de L.5,216,500.00 (CINCO MILLONES DOS- CIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS).
Que es potestad del Presidente de la República de acuerdo a lo establecido en el Artículo 37, Numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Pre- supuesto, realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarías de Estado, con el fin de obtener una ejecución nstitución GA UE Fte. Org. Prg. 280 1 1 11 1 1 280 1 2 11 1 1 280 1 2 11 1 11 280 1 4 11 1 11 280 1 4 11 1 11 280 1 4 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 12 280 1 S 11 1 13 . . A. eficiente y efectiva entre los órganos y actividades esta ta- les.
Articulos
Transferir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, la cantidad de CINCO MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.5,216,500.00), mediante traslado interinstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia e Instituto Nacional de la Juventud, a la asignaciones presupuestarias siguientes: Spg. Pry. Aob. Obj. Monto o o 1 12910 117,118.00 o o 2 12100 666,700.00 o o 2 12420 SS,SS9.00 o o 1 12100 379,S67.00 o o 1 12420 31,631.00 o o 1 12910 428,734.00 o o 1 12100 S9,000.00 o o 1 12420 4,917.00 o o 1 12910 283,004.00 o o 2 12100 327,2S4.00 o o 2 12420 27,272.00 o o 2 12910 127,834.00 o o 3 12100 147,SOO.OO o o 3 12420 12,292.00 o o 3 12910 127,834.00 U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes Institución GA UE Fte. Org. Prg. Spg. Pry. Aob. Obj. Monto 280 1 6 11 1 13 o o 1 12100 133,734.00 280 1 6 11 1 13 o o 1 12420 11,145.00 280 1 6 11 1 13 o o 1 12910 177,000.00 280 1 6 11 1 13 o o 2 12100 1,093,467.00 280 1 6 11 1 13 o o 2 12420 91,123.00 280 1 6 11 1 13 o o 2 12910 177,000.00 280 1 6 11 1 13 o o 3 12100 161,267.00 280 1 6 11 1 13 o o 3 12420 13,439.00 280 1 6 11 1 13 o o 3 12910 112,100.00 280 1 6 11 1 13 o o 4 12910 188,604.00 280 1 6 11 1 13 o o 5 12100 127,834.00 280 1 6 11 1 13 o o 5 12420 5,737.00 280 1 6 11 1 13 o o 5 12910 127,834.00 Total Transferencia 5,216,500.00 A. . . U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes La Gaceta
Transferir a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.4,094,400.00), mediante traslado interins- titucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, a las asignaciones presupuestarias siguientes: nstitución GA UE Fte. Org. Prg. Spg. Pry. Aob. Obj. Monto 30 1 1 11 1 1 o o 1 11100 840,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 11S10 70,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 11S20 70,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 11600 28,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 11710 113,400.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 117SO 11,086.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 11100 330,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 11S10 27,SOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 2 11S20 27,SOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 2 11600 11,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 11710 44,SSO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 2 117SO S,S43.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 11100 264,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 11S10 22,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 11S20 22,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 11600 8,800.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 11710 3S,640.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 117SO S,S43.00 30 1 1 11 1 1 o o S 11100 1,S90,000.00 30 1 1 11 1 1 o o S 11S10 132,SOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o S 11S20 132,SOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o S 11600 49,360.00 30 1 1 11 1 1 o o S 11710 214,6SO.OO 30 1 1 11 1 1 o o S 117SO 38,828.00 Total Transferencia 4,094,400.00 . . A. U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes Artículo 3.- Transferir al Instituto Nacional de la Juventud la cantidad de UN MILLON CIENTO VEINTIDOS MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (L.1,122,100.00), mediante traslado interinstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, en las asignaciones presupuestarias siguientes: Institución GA UE Fte. Org. Prg. Spg. Pry. Aob. Obj. Monto 26 01 1 11 1 11 o o 1 11100 880,000.00 26 01 1 11 1 11 o o 1 11510 73,335.00 26 01 1 11 1 11 o o 1 11520 33,335.00 26 01 1 11 1 11 o o 1 11710 118,800.00 26 01 1 11 1 11 o o 1 11750 16,630.00 Total Transferencia 1,122,100.00
Las Transferencias descritas en los artículos anteriores serán financiadas de las asignaciones presupuestarias siguientes: Institución GA UE Fte. Org. Prg. Spg. Pry. Aob. Obj. Monto 26 1 1 11 1 11 o o 1 12100 962,100.00 26 1 1 11 1 11 o o 1 12410 80,000.00 26 1 1 11 1 11 o o 1 12420 80,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 12100 709,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 12410 so,ooo.oo 30 1 1 11 1 1 o o 1 12420 so,ooo.oo 30 1 1 11 1 1 o o 1 12SSO 20,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 1 24710 170,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 12100 300,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 12410 22,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 12420 22,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 2 12SSO 1S,OOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 3 12100 200,000.00 30 1 1 11 1 1 o o 3 12410 1S,OOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 3 12420 1S,OOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o 3 12SSO s,ooo.oo 30 1 1 11 1 1 o o S 12100 1,3SOAOO.OO 30 1 1 11 1 1 o o S 12410 100,000.00 30 1 1 11 1 1 o o S 12420 100,000.00 30 1 1 11 1 1 o o S 12SSO 21,000.00 30 1 29 11 1 19 o o 1 12100 800,000.00 30 1 29 11 1 19 o o 1 12410 6S,OOO.OO 30 1 29 11 1 19 o o 1 12420 6S,OOO.OO 280 1 1 11 1 1 o o 1 11100 932,187.00 280 1 2 11 1 1 o o 2 11100 1,341,S72.00 280 1 4 11 1 11 o o 1 11100 1,667,000.00 280 1 S 11 1 12 o o 1 11100 1,27S,741.00 Total Transferencia 10,433,000.00 A. . . U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes La Gaceta
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice las transferencias presupuestarias Interinstitucionales establecidas en el presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. El A. JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO Secretario de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno Acuerdo de Delegación 031-2015 del25 de Noviembre del2015 CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJON Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, por Ley Acuerdo Delegación No.196 de fecha 17 de Abril La le ofrece los siguientes servicios: LIBROS TARJETAS DE PRESENTACIÓN FOLLETOS CARATULAS DE ESCRITURAS TRIFOLIOS CALENDARIOS FORMAS CONTINUAS EMPASTES DE LIBROS AFICHES REVISTAS. FACTURAS U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización C~___________ F_E_D_E_E_R_RA __ T_A __________~)