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2 de marzo de 2017Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 138-2017 — Transferencia de fondos a la Procuraduría General de la República para pago de demanda de Latty & Howell

Secretaría de Finanzas

  • Decreto: 138-2017
  • Publicación: 2 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
  • Gaceta: 34,279

Considerandos

Que la Administración Centralizada y Descentralizada requiere mecanismos más ágiles a efecto de prestar los servicios públicos de la mejor manera posible en el marco de la Ley.

Que el Artículo 15 reformado de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Presidente de la República puede auxiliarse de un funcionario del más alto rango de las Secretarías de Estado para coordinar todo lo relativo a la conducción estratégica de la Administración Pública.

Que mediante Decreto No.266-2013 del 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas.

Que la Sociedad Mercantil Latty & Howell, S. de R.L. C.V., tiene motivos racionales y suficientes para litigar, pudiendo estimarse la cuantía de su reclamación en una cantidad que oscila entre 25 a 30 Millones de Dólares; no obstante, a los efectos de poner fin al procedimiento mediante un mecanismo conciliatorio, se acordó el monto de US$ 4,617,359.50 como el valor de transacción, lo cual redunda en Economía Procesal y en ahorro de los Recursos del Estado.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.016-2017 de fecha 31 de enero de 2017, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que en nombre y representación del Estado de Honduras, llegue a un acuerdo a fin de atender pago del reclamo interpuesto por la Sociedad LATTY & HOWELL, S. de R.L. de C.V., e instruye a la Secretaría de Finanzas a realizar la transferencia correspondiente a la Procuraduría General de la República. El financiamiento será tomado de las asignaciones presupuestarias consignadas en otras Instituciones de la Administración Central hasta por un monto total de L.72,247,732.00 (SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS).

Que es potestad del Presidente de la República de acuerdo a lo establecido en el artículo 37, numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto, realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarías de Estado, Instituciones Descentralizadas y entre ambas, con el fin de obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales. U D I -D EG T-U N AH

Que mediante Decreto Ejecutivo 031-2015, el señor Presidente de la República acuerda delegar en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República, su sanción.

Articulos

Articulo 29.-

de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas. CONSIDERANDO: Que la Sociedad Mercantil Latty & Howell, S. de R.L. C.V., tiene motivos racionales y suficientes para litigar, pudiendo estimarse la cuantía de su reclamación en una cantidad que oscila entre 25 a 30 Millones de Dólares; no obstante, a los efectos de poner fin al procedimiento mediante un mecanismo conciliatorio, se acordó el monto de US$ 4,617,359.50 como el valor de transacción, lo cual redunda en Economía Procesal y en ahorro de los Recursos del Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.016-2017 de fecha 31 de enero de 2017, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que en nombre y representación del Estado de Honduras, llegue a un acuerdo a fin de atender pago del reclamo interpuesto por la Sociedad LATTY & HOWELL, S. de R.L. de C.V., e instruye a la Secretaría de Finanzas a realizar la transferencia correspondiente a la Procuraduría General de la República. El financiamiento será tomado de las asignaciones presupuestarias consignadas en otras Instituciones de la Administración Central hasta por un monto total de L.72,247,732.00 (SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS). CONSIDERANDO: Que es potestad del Presidente de la República de acuerdo a lo establecido en el artículo 37, numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto, realizar las adecuaciones presupuestarias entre Secretarías de Estado, Instituciones Descentralizadas y entre ambas, con el fin de obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales. U D I -D EG T-U N AH CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo 031-2015, el señor Presidente de la República acuerda delegar en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República, su sanción. POR TANTO: En aplicación de los artículos 245, numerales 11,19 y 30 de la Constitución de la República, 11, 15, 29 y 117 reformados de la Ley General de la Administración Pública, 37 numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto. ACUERDA:

Articulo 1.-

Transferir a la Procuraduría General de la República la cantidad de L.72,247,732.00 (SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS), como pago parcial de la Demanda el cual será incorporado en la estructura presupuestaria siguiente: INSTITUCION 200 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA PROGRAMA 11 ASESORIA Y REPRESENTACION LEGAL DEL ESTADO SUBPROGRAMA 00 PROYECTO 00 ACTIVIDAD 1 SERVICIOS DE REPRESENTACION LEGAL DEL ESTADO GERENCIA ADMINSITRATIVA: 01 GERENCIA CENTRAL UNIDAD EJECUTORA:01 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA 20000 SERVICIOS NO PERSONALES 27000 11 001 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS Y GASTOS JUDICIALES 27500 11 001 GASTOS JUDICIALES L.72,247,732.00 TOTAL AMPLIACIÓN……………… L.72,247,732.00

Articulo 2.-

El monto establecido en el numeral anterior será financiado de las estructuras presupuestarias siguientes:

Articulo 3.-

Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que operativice el presente Acuerdo.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO Acuerdo de Delegación 031-2015 del 25 de Noviembre del 2015 WILFREDO RAFAEL CERRATO Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales