Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
1 de octubre de 2018needs_review

Resolución Judicial No. 002-SP-2018 — Nulidad de resolución administrativa por vicios procedimentales y de contenido

Secretaría de Estado de la Presidencia

  • Decreto: 002-SP-2018
  • Publicación: 1 de octubre de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado de la Presidencia
  • Gaceta: 34,758

Texto completo

2) la nulidad total de la resolución número 002-SP-2018 de la fecha del 26 de febrero del 2018, emitida por la Secretaría de Estado de la Presidencia; todo en virtud de infringir el ordenamiento jurídico, resoluciones dictadas prescindiendo de el Procedimiento establecido, con infracción del párrafo segundo del artículo 35 de la Ley del Procedimiento Administrativo (LPA) y el exceso de poder porque se alterar on los hechos y el derecho invocado fue apreciado incorrectamente, lo que se constituye un vicio inherente a la causa o contenido del acto, produciendo infracción al artículo número 25 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en consecuencia del segundo párrafo del artículo 35 de la ley porque los actos no se sustentan en los hechos y antecedentes que le sirvan de causa y por error de derecho en la causa o motivo al haber invocado incorrectamente normas jurídicas inaplicables para justificar la emisión del acto administrativo impugnado, ocasionando la infracción del artículo 25 de la Ley de Procedimiento Administrativo e incurriendo la administración en desviación de poder por haberse ejercido utilizando potestades administrativas con fines distintos a los fijados por la ley, actos que contrarían a lo dispuesto en el artículo 8, numerales 3) y 4) de la Ley General de la Administración Pública (LGAP). Se ejerce la acción para que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento.- Admisión.-Publicaciones.- Emplazamientos.- Audiencia preliminar.- Pruebas.- Conclusiones.- Se acompañan documentos.- Se señala el procedimiento administrativo como el lugar donde obra los originales.- Anexos.- Costas. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 1 O. 2018.

Notas

Cargando…