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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

5 agosto 2025Edición No. 36,908

Aviso

Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa ordinaria

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) compareció ante este juzgado el Abogado CRISTIAN JAVIER LAINEZ BLANCO, incoando demanda Contencioso Administrativa vía procedimiento ordinario, con orden de ingreso número 0801-2024-00702, en contra del ESTADO DE HONDURAS A TRAVES DE LA » contraída a solicitar "Se interpone demanda ordinaria para que se declare la nulidad total de un acto administrativo de carácter particular-por no ser dictado conforme a derecho violentando preceptos legales contenidos en reglamento de sanciones al ser aplicado a instituciones supervisadas de la CNBS) y Constitución de la República.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada.- Y como medida necesaria para el restablecimiento del derecho de mi representada se condene al Estado de Honduras por medio de la a la restitución de la multa impue: mi representada por ser dictada arbitrariamente y contraria a derecho.- Costas procesales.- Que se abra juicio a prueba para proponer y evacuar medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Poder". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO SA. 2025 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO

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Aviso

Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa por silencio administrativo

Poder Judicial

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del. artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de enero del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Gladys Ondina Matamoros Arias, Representante Procesal de la señora Reyna Patricia Villatoro Cruz, con orden de ingreso número 0801-2021-00121, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando demanda ordinaria de carácter particular para que se reconozca mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo y decrete haber operado afirmativa ficta que tiene carácter de eficaz y ha producido todos los efectos legales de la Resolución favorable que se pidió.- En consecuencia que se ordene a la demandada haga efectivo el pago de los salarios congelados desde el mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018) hasta diciembre del año dos mil diecinueve (2019) según el reclamo administrativo presentado ante la Secretaría de Seguridad en fecha dieciséis de junio del año 2018.- Más los intereses legales.- Más el reconocimiento de la antigiiedad como policía.- Y que se restablezcan y se paguen las aportaciones y reserva laboral en el Instituto de Previsión Militar.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 5 A. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA DEPARTAMENTO DE OLANCHO AVISO DE TÍTULO DE PROPIEDAD DE UN BIEN INMUEBLE POR TÍTULO SUPLETORIO

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Aviso

Aviso — Aviso de solicitud de título de propiedad por título supletorio

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho, al público en general y para efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha quince (15) del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). la señora MARINA CONCEPCION AGUILAR MERCADAL, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 1501-1962-01212; solicitó TÍTULO DE PROPIEDAD POR TITULO SUPLETORIO, de un terreno que se describe así:"Un lote de terreno ubicado en El Sitio conocido como Prados Tulin, de La Alden Tulin, municipio de Juticalpa, departamento de Olancho; colindando AL NORTE, con propiedad de CYC Distribuciones; AL SUR, con propiedad del señor Oscar Saúl Aguilar Mercadal; AL ESTE, con carril de por medio y propiedad del señor José Leonel Aguilar Zelaya y propiedad del señor Héctor Aguilar Galeano; y, AL OESTE, con propiedad de la señora Marina Concepción Aguilar Mercadal. Haciendo un ÁREA TOTAL DE SIETE MIL TRESCIENTOS PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (7,300.39 Mts2.). Que el inmueble descrito le pertenece porque lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de VEINTE AÑOS consecutivos.- Se ofrece información testifical de las señoras MARIA JOSE SARMIENTO SANTOS; LESBIA ROSEMARY MURILLO PONCE y YANIRA ELENA VASQUEZ BANEGAS, hondureñas, con domicilio en esta Ciudad de Juticalpa, Olancho. Juticalpa, Olancho, 04 de junio del año 2025 BLANCA DANUBIA ZAPATA Secretaria 5A. 2025 5. EN

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