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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

3 enero 2025Edición No. 36,730

Certificación

Certificación No. 932-2024 — Certificación de Resolución No. 932-2024 - Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua Potable del Municipio de Masaguara

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO, MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se crea como asociación de Servicio Comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y Mantenimiento del Sistema de Agua Potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector ‘Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será Junta Administradora de Agua Potable y se reconocerá con las siglas siguientes: JAAP del municipio Masaguara, departamento de Intibucá, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de dicho municipio, para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, Reglamento de Juntas Administradoras de Agua, Código de Salud, Ley General del Ambiente y demás Leyes aplicables, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes del municipio de Masaguara Centro.

Articulo 2

El domicilio legal será en el municipio de Masaguara, departamento de Intibucá y tendrá operación en dicho municipio proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se consideran componentes del sistema de agua potable los siguientes:

  • 1)

    La microcuenca que comprende el área de terreno delimitada y protegida,

  • 2)

    El acueducto que comprende las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable,

  • 3)

    Saneamiento que comprende las obras físicas para el saneamiento ambiental en cada uno de los hogares. Construido por la comunidad. CAPÍTULO II. DE LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES.

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular y normar el funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable (JAAP) y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema agua potable y saneamiento.

Articulo 5

La Organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.-

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.-

  • d)

    Solicitar capacitación y asesoría a las instituciones competentes según la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento.

  • e)

    Gestionar financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable y el saneamiento básico de la forma siguiente: 1) obtención del área de la microcuenca por medio de la compra, firma de convenios con dueños de terreno, 2) mejorando la infraestructura, 3) construyendo obras que ayuden a mejorar el saneamiento del Municipio.-

  • f)

    Vigilar porque la población use y maneje el agua adecuadamente y evitando el desperdicio del agua.

  • g)

    Gestionar la asistencia de técnica de SANAA necesaria para mantener adecuadamente el sistema.-

  • h)

    Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema, como ser: 1) Microcuencas. 2) Acueducto. 3) Saneamiento Básico. -

  • i)

    Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento básicos.

  • j)

    Vigilar que la población practique hábitos higiénicos y sanitarios en los hogares.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de pago de conexiones y tarifa mensual por pagos del servicio de agua potable y extraordinaria en concepto de cuotas como ser actividades sin fines de lucro discutidas y aprobadas por la asamblea de usuarios con su firma, respectiva en acta, categorización de la tarifa en base a: 1) Capacidad de pago, 2) Número de familia por vivienda, 3) Número de llaves adicionales, 4) Otras consideraciones establecidas por la junta directiva de acuerdo a la inversión que se requiera hacer al sistema de agua potable y saneamiento estimado por la misma.-

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.- c.-Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema, d.- Gestionar, canalizar y ejecutar recursos, financieros de entes nacionales e internacionales.- e.- Coordinar y asociarse con otras juntas (Asociación de Juntas Administradoras de Agua a nivel Municipal (AJAAM) e instituciones públicas y privadas para mantener y mejorar el sistema.- f.- Promover la integración del Municipio e involucrarla con el sistema.- g.- Conservar, vigilar, mantener y aumentar el área de la microcuenca cada año.- h.-Realizar cualquier actividad que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema de agua potable y saneamiento. CAPÍTULO III. DE LOS MIEMBROS, DE LAS CLASES DE MIEMBROS, DERECHOS Y OBLIGACIONES Y DE LOS MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua Potable “JAAP” tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores b) Activos: Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua Potable “JAAP”.- Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto,

  • b)

    Elegir y ser electos,

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva .- d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad de servicios, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio de agua que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros:

  • a)

    Conectarse en el acueducto y al sistema de saneamiento.

  • b)

    Hacer uso adecuado de los servicios sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.

  • c)

    Asistir puntualmente a las reuniones.

  • d)

    Participar en cualquiera de las comisión que se le asigne.

  • e)

    Vigilar por el buen estado de las partes del sistema. f.-Realizar labores de mantenimiento y mejoramiento del sistema cuando la junta los requiera. g.- Mantener limpio los solares, pilas, letrinas y la vivienda para prevenir las enfermedades. h.- Pagar una multa equivalente al valor de un día de trabajo por no asistir a las reuniones.- i.- Permitir la inspección de las instalaciones, letrinas, pilas a personal autorizado de la junta. j.- Pagar puntualmente la tarifa dentro de los primeros diez días del mes siguiente. k.- Pagar una multa establecida por la junta por el incumplimiento de las obligaciones. CAPÍTULO IV. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS ATRIBUCIONES; ASAMBLEA DE USUARIOS, JUNTA DIRECTIVAS Y COMITÉ DE APOYO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:

  • a)

    Asamblea de usuarios.-

  • b)

    Junta Directiva.-

  • c)

    comités de apoyo integrada por : 1) Comité de Operación y Mantenimiento.- 2).- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.- 3) Comité de Microcuencas.- 4) Comité de vigilancia.- DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

Es la máxima autoridad de la colonia a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Son funciones de la Asamblea de usuarios:

  • a)

    Elegir los miembros directos de la Junta los que coordinarán los comités-

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Aprobar los informes trimestrales de la ejecución del presupuesto vigente y del Plan Operativo Anual POA.-

  • d)

    Resolver la aprobación de sanciones para faltas graves de renovar o suspender cualquier miembro directivo propuesto o no propuesto por los demás miembros de la junta directiva.- DE LA CONVOCATORIA La convocatoria para toda asamblea se hará por escrito mediante carta personal entregados a cada miembro con quince (15) días calendario de anticipación por lo menos. La convocatoria la hará el Presidente con el Secretario(a) y contendrá la agenda de los puntos a tratar el lugar, fecha y hora de la reunión. DEL QUORUM. Para que una Asamblea Ordinaria y Extraordinaria en primera convocatoria se considere legalmente reunida, deberá estar representada por la mitad más uno de sus miembros y sus resoluciones será válidas por simple mayoría de votos DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Articulo 12

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua Potable, estará integrada por hombres y mujeres mayores de veintiún años electos por el voto mayoritario de la asamblea de usuarios o por los presentes en la reunión después de una espera de media hora para que se presenten los usuarios; deberá considerar la equidad de género y estará en funciones por un período de dos (2) años y podrá ser reelectos por una sola vez en periodo sucesivos, además podrán ser reelectos nuevamente en periodos alternos, ejercerán los cargos ad-honorem, para ser miembro de la Junta directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 del Reglamento de Juntas Administradoras de Agua de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros, cinco propietarios y dos vocales: 1) Un Presidente(a) .- 2) Un Vicepresidente(a); 3) Secretario(a) .- 4) Un Tesorero(a).- 5) Un Fiscal.- 6) Un Vocal Primero; y, 7) Un Vocal Segundo.

Articulo 13

LA JUNTA DIRECTIVA tendrá las siguientes funciones: a.-Brindar informes trimestrales y presentarlo a la asamblea de usuario, sobre la ejecución del presupuesto y el seguimiento del Plan Operativo Anual “POA”, en el orden siguiente el primero en marzo el segundo en junio el tercero en septiembre y el cuarto en diciembre.- b.- Elaborar el presupuesto anual y el Plan Operativo Anual “POA” y presentarlo a la asamblea de usuario en el mes de enero.- c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.- d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en el municipio, e.- Depositar los fondos en una cuenta bancaria a nombre de la Junta Administradora de Agua Potable, con firmas del Presidente, Tesorero y el Fiscal; si los directivos consideran conveniente las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en el municipio.- f.- Asistir a las reuniones de la asociación de juntas administradoras de agua potable .- g.- Cancelar o superar el servicio de agua a los directivos y usuarios por el no cumplimiento de las leyes, Reglamentos, estatutos y acuerdos aprobados en sesiones de directiva o de asamblea o por poner en peligro la vida de los habitantes de el municipio al realizar prácticas que afecten la salud.- h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la micro cuenca.- i.-Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los usuarios como ser letrinas, pilas, solares y las viviendas que se encuentren en las condiciones higiénico sanitarias. j.-Nombrar los delegados de los comités lo mismo que el personal de trabajo de la junta como ser el fontanero y otro que estime conveniente siempre que no se necesite de una asesoría para su nombramiento.- k.- Informar a la asociación de juntas sobre las labores realizadas en la colonia, así como los problemas no resueltos.

Articulo 14

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su municipio, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente en forma ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria .- b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes y en forma extraordinaria, o cuando sea convocado por la (AJAAM) o u otra institución. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 15

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.-Comité de Operación y Mantenimiento.- b.- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.- c.- Comité de Microcuencas.- d.- Comité de vigilancia.

Articulo 16

Los comités de apoyo estarán integrados por un coordinador y delegados, nombrados uno por cada 15 usuarios o el número que la Junta Directiva estime conveniente, coordinados de la siguiente manera:

  • 1)

    El Vicepresidente coordinará el comité de Operación y Mantenimiento,

  • 2)

    El Vocal Primero coordinará el Comité Saneamiento y Educación de Usuarios,

  • 3)

    El Vocal Segundo coordinará el comité de microcuencas y los delegados podrán ser nombrados por la asamblea o por cada coordinador y ratificados por la directiva de acuerdo al trabajo a realizar, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna que oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembros de los comités de operación y mantenimiento y de microcuencas el Alcalde Auxiliar fontanero, al representante de la UMA, al Promotor de Salud y al personal comunitario de salud pública asignado de la zona como miembro del comité de Saneamiento y Educación de Usuarios. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Articulo 17

Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta, serán sus funciones:

  • a)

    Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.

  • b)

    Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente.

  • c)

    Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones.

  • d)

    Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta.-

  • e)

    Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados.-

  • f)

    Comprobar los gastos efectuados por la Junta.-

  • g)

    Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada.-

  • h)

    Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero.-

  • i)

    Vigilar la bodega.-

  • j)

    Estará formado por un coordinador que será el Fiscal y tendrá delegados nombrados por la asamblea o el coordinador y serán ratificados por la directiva, el número será de acuerdo a la magnitud del trabajo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 18

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua Potable estará formada por: 1) Presidente, 2) Vicepresidente, 3) Secretario, 4) Tesorero, 5) Un Fiscal, 6) Vocal Primero, 7) Vocal Segundo.

Articulo 19

SON ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE:

  • a)

    Convocar a sesiones .-

  • b)

    Abrir, presidir y cerrar las sesiones.- c.-Elaborar la agenda con el Secretario.- d.- Autorizar, aprobar y firmar con el Secretario las actas de las sesiones.- e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.- f.- Tendrá la representación legal de la Junta Administradora de agua Potable (JAAP).- g- Solicitar un informe por escrito a el fontanero y presentarlo a los directivos y usuarios.- h.- Firmar con el tesorero las salidas del dinero de tesorería de la junta, i.- Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias y de junta directiva con el Secretario.- j.- Responder solidariamente con el Tesorero del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

Articulo 20

SON ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva.-

  • b)

    Supervisará las comisiones que se asignen.-

  • c)

    Coordinar el comité de operación y mantenimiento.-

  • d)

    Nombrar los delegados del comité de operación y mantenimiento.

  • e)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.-

Articulo 21

SON ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.-

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero.-

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.-

  • d)

    Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias y de junta directiva con el Presidente.-

  • e)

    Llevar el registro de abonados.-

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta Administradora de Agua Potable (JAAP).-

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

  • h)

    Autorizar y aprobar y firmar las actas de sesiones junto con el Presidente.

  • i)

    Elaborar la agenda con el Presi ente.

Articulo 22

SON ATRIBUCIONES DEL TESORERO: Por ser el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indique ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.-

  • b)

    Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.-

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).-

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta Directiva, Municipalidad y la Asociación de Juntas Administradora de Agua a nivel Municipal (AJAAM) sobre el manejo económico y financiero (cuenta bancaria), gastos e inversiones lo mismo de las necesidades económicas que tiene la junta.-

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.-

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta con el Fiscal.-

  • g)

    Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondo.-

  • h)

    Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.-

  • i)

    Firmar las salidas egresos de la junta.-

  • j)

    Autorizar y aprobar con el Presidente todo documento que implique erogación de fondos.

Articulo 23

SON ATRIBUCIONES DEL FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.-

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.-

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos de los fondos o bienes de la junta.-

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorias que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.- e.-Coordinar el comité de vigilancia.- f.- Nombrar los delegados de vigilancia y someterlos a ratificación ante los directivos.- g.- Llevar el inventario de los bienes de la junta con el Tesorero.- h.- Cargarles los bienes de la junta a las personas que los tienen en su poder para uso o custodia y descargárselos cuando esto ya no los tengan esto se deberá hacer por medio con una nota donde se explica el estado el uso en que se utilizara el bien de la junta en un libro único donde firmará el que recibe el bien y el fiscal que lo entrega.-

Articulo 24

SON ATRIBUCIONES DE LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.-

  • b)

    El Vocal I coordinará el comité de Saneamiento y Educación de Usuarios.-

  • c)

    El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.-

  • d)

    Reemplazar a los miembros principales, excepto el presidente cuando estos estén ausenten, según su orden de precedencia.-

  • e)

    Nombrar los delegados de salud y de microcuenca. CAPÍTULO V. DEL PATRIMONIO

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora de Agua Potable podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, cobro de derecho por conexiones, multas, así como los intereses capitalizados.-

  • b)

    Con bienes muebles e inmuebles y trabajos que aportan los abonados.-

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.-

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora Agua Potable se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI. DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 27

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua Potable, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DIRIMIR CONTROVERSIAS

Articulo 28

Cualquier controversia o conflicto que se suscite entre los miembros y con los órganos de gobierno el mismo, se resolverá mediante el procedimiento de conciliación y arbitraje. CAPÍTULO VIII DE LA REFORMA DE ESTATUTOS

Articulo 29

Toda reforma o modificación de los presentes estatutos, deberá ser aprobada en Asamblea General Extraordinaria, por las dos terceras partes de los miembros asistentes, es decir por mayoría calificada, siguiendo el mismo procedimiento de su aprobación. CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 30

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 31

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán los que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.

Articulo 32

La presente resolución será inscrita en el Instituto de la Propiedad conforme al artículo 28 de la ley de Propiedad. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de - la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE MASAGUARA CENTRO MUNICIPIO DE MASAGUARA DEPARTAMENTO DE INTIBUCÁ, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F y S) HEIDY WALESKA BARAHONA ALACHÁN SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO JUSTICIA. (F y S) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de septiembre de dos mil Veinticuatro (2024). NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ACUERDO DE DELEGACIÓN DE FIRMA No. 406-2024 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2024

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Certificación

Certificación No. 606-2024 — Certificación de Resolución No. 606-2024 - Licencia de Distribuidor Exclusivo para Distribuidora Leterago, S.A.

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

Sección “B” CERTIFICACIÓN El Infrascrito Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVA, otorgada en la Resolución No.606-2024 de fecha 11 de julio del año 2024, en relación a la ADENDA NO.2 AL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN, otorgado por la empresa Concedente de fecha 03 de octubre del 2023, que LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la SOLICITUD DE LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO presentada por la abogada MELANY MARTÍNEZ RAMOS, en su condición de apoderada legal de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LETERAGO, S.A. con RTN 08019011354080 como distribuidor de la empresa concedente MEGA LABS SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad uruguaya. SEGUNDO:

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Edicto

Edicto — Aviso Título Supletorio - Solicitud de dominio de terreno en La Unión, Copán

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

PODER JUDICIAL AVISO TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor JOSE EVERARDO PEREZ CORTES, mayor de edad, unión libre, agricultor, hondureño, con domicilio en Azacualpa, municipio de La Unión, departamento de Copán y en tránsito por esta ciudad, con Identidad número 0412-1972-00122, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, del inmueble ubicado en: Un lote terreno ubicado en el lugar denominado aldea Las Pacayas, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, que consta de un área de CUATRO MANZANAS (4.00 MZS) de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad de Norma Idalia Alvarado Escobar; AL SUR, colinda con la propiedad de Salvador Miranda; Al ESTE, colinda con calle y propiedad de Salvador Miranda; AL O ESTE, colinda con la propiedad de Mario Rene Cortes, el cual está cultiva ndo café y cercado con alambre de púas. En vista que el terreno que le fue dado en compra realizada MIGUEL ANGEL PEREZ RODRIGUEZ, en fecha tres (03) días del mes de agosto del año dos mil nueve (2009), mediante documento privado de compraventa. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos SALVADOR MIRANDA ALVARADO, con Identidad número 0412- 1960-00172; JOSE MARIO PEREZ CORTEZ, con Identidad número 0412-1981-00119; y, NORMA IDALIA ALVARADO ESCOBAR, con Identidad número 0414- 1984-00141; quienes afirmarán ser cierto. Santa Rosa de Copán, 4 de noviembre del año dos mil 2024 ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 1729-2021 — Aviso de registro de plaguicida STAMONE 57 EC

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas

AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Raúl Romero Actuando en representación de la empresa: FMC LATINOAMERICA, S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: TAL STAR 10 EC Compuesto por los elementos: 10% BIFENTHRIN Grupo al que pertenece: Piretroide Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: FMC CORPORATION/ ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Tipo de Uso: Insecticida, Acaricida EXPSENASA: 2307-2426 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 25 de septiembre de Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

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Aviso

Aviso No. 1789-2020 — Aviso de registro de plaguicida BIOKIM BACILLUS THURINGIENSIS 6.4 WP

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Dirección Técnica de Sanidad Vegetal

AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER:que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: STAMONE 57 EC Compuesto por los elementos: 45.6% Propanil, 11.4% Clomazone Grupo al que pertenece: Anilide, Isoxazolidinone Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: UPL LIMITED./ INDIA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 1729-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., lunes 16 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: PENTAGONO 24 SL Compuesto por los elementos: 24% Oxamyl Grupo al que pertenece: Carbamato Clasificación toxicológica: 2 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL) Formulador y País de Origen: INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA S.A./ COSTA RICA Tipo de Uso: Insecticida, Nematicida EXPSENASA: 1947-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 18 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: CASA DEL GANADERO S. A. (CADELGA S. A.) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: OXAMY ONE 24 SL Compuesto por los elementos: 24% Oxamyl Grupo al que pertenece: Carbamato Clasificación toxicológica: 2 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL) Formulador y País de Origen: NINGBO SUNJOY AGROSCIENCE CO. LTD./ CHINA. Tipo de Uso: Insecticida, Nematicida. EXPSENASA: 17-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles, 18 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: AGRO LIFE SCIENCE CORPORATION Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: SAHEB 48 EC Compuesto por los elementos: 48% Chlorpyrifos Grupo al que pertenece: Organofosforado Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: AGRO LIFE SCIENCE CORPORATION./ INDIA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 417-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., jueves 19 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Carlos Alberto Chinchilla Martínez

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor RICARDO LEMUS ROMERO, quien es mayor de edad, casado, caficultor, hondureño, con domicilio en el lugar denominado Yaunera, jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, con Documento Nacional de Identificación número 0420-1975-00032, es dueño de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado El Zapote, jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, constante con un área de TRES PUNTO CUARENTA Y TRES MANZANAS (3.43 mzs) O DOS PUNTO TREINTA Y NUEVE HECTÁREAS (2.39 HAS) de extensión superficial, con las colindancias siguiente: AL NORTE, colinda con quebrada de por medio con el señor Manuel Alberto Paz Lemus; AL SUR, colinda con de Ricardo Lemus Romero; AL ESTE, colinda con terreno del señor Manuel Alberto Paz Lemus; AL OESTE, colinda con propiedad del señor Adelmo Paz Alvarado.Representa Abog. CARLOS ROBERTO ALVARADO CHINCHILLA. Santa Rosa de Copán, 22 de noviembre del 2024. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024 , 3 E. y 3 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2307-2426 — Aviso de renovación de plaguicida TALSTAR 10 EC

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas

AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: FLEXION 25 SL Compuesto por los elementos: 25% Fomesafen Grupo al que pertenece: Organoclorado Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL) Formulador y País de Origen: INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA S.A./ COSTA RICA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2016-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., martes 17 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: AVANCE 90 SP Compuesto por los elementos: 90% Methomyl Grupo al que pertenece: Carbamato Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo Soluble (SP) Formulador y País de Origen: SHANDONG HUAYANG PESTICIDE CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2041-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C.,viernes 13 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025

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Licitación

Licitación No. SEDS-LPN-GA-2025-009 — Contratación de Servicios para el Mantenimiento de Equipo Industrial de la Policía a Nivel Nacional

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS) CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL DE LA POLICÍA A NIVEL NACIONAL No. SEDS-LPN-GA-2025-009 La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS- LPN-GA-2024-009, a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL DE LA POLICÍA A NIVEL NACIONAL”.

  • 1)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales del presupuesto del año Fiscal 2025.

  • 2)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 3)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día 02 de diciembre de 2024, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en Instituciones del Sistema Financiero a Favor de la SEDS. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn.

  • 4)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 am del día 13 de enero del año 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 5)

    Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 10:00 am del día 13 de enero de 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 02 de diciembre de 2024 Dr. Héctor Gustavo Sánchez Velásquez Secretario de Estado en el despacho De Seguridad 3 E. 2025

    PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por la señora ANA LUZ CUELLAR PINEDA, quien es mayor de edad, unión libre, de oficios domésticos, hondureña con domicilio en la aldea El Salitrillo del municipio de Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, con DNI número: 0401-1981- 02201, es dueña de un lote de terreno, ubicado en el lugar conocido como El Salitrillo, del municipio de Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, constante con un área total de extensión superficial UN MIL TRESCIENTOS ONCE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (1,311.50 Mts2) equivalentes a UN MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y UNO PUNTO CERO TRES VARAS CUADRADAS (1,881.03 Vrs2); el cual tiene las siguientes medidas y colindancías: Del punto cero al punto uno mide dieciocho punto cero tres metros (18.03 Mts), colinda con Francisco Cuellar, del punto uno al dos mide veintiséis punto noventa y tres metros (26.93 Mts), colinda con Francisco Cuellar, del punto dos al punto tres mide diecinueve punto cero cero metros (19.00 Mts), colinda con Modesto Lara, del punto tres al punto cuatro mide dieciocho punto cero tres metros (18.03 Mts), colinda con Modesto Lara, del punto cuatro al punto cinco mide tres punto dieciséis metros (3.16 Mts), colinda con Modesto Lara, del punto cinco al punto seis mide diecisiete punto cero tres metros (17.03 Mts), colinda con José Ovilio Morales Melara, del punto seis al punto siete mide once punto cero cuatro metros (11.04 Mts), colinda con José Ovilio Morales Melara, del punto siete al punto ocho mide ocho punto cero seis metros (8.06 Mts), colinda con calle, del punto ocho al punto nueve mide once punto dieciocho metros (11.18 Mts), colinda con calle, del punto nueve al punto diez mide nueve punto ochenta y cinco metros (9.85Mts), colinda con calle, del punto diez al punto cero mide seis punto setenta y uno (6.71Mts), colinda con calle.-Representa el Abogado NASIR JOSUE PINEDA CRUZ. Santa Rosa de Copán, 19 de septiembre del 2024. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Santos Antonio Martínez Valladares

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado JINMY ARTURO SANCHEZ LEZAMA, actuando en su condición de representante legal del señor SANTOS ANTONIO MARTINEZ VALLADARES, mayor de edad, hondureño, agricultor, con Documento Nacional de Identificación número 0608-1940-00004, con domicilio en la Comunidad de Corral Viejo, San Marquitos, municipio de Morolica, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Lote de Terreno, ubicado en el Caserío CORRAL VIEJO, aldea: San Marquitos, municipio de Morolica, departamento de Choluteca, Mapa Final KF-33 Extensión del Predio 80 HAS, 94 AS, 85.75 CAS, de Naturaleza Jurídica y SITIO SAN MARQUITOS /PRIVADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, WILFREDO IZAGUIRRE, ENCAJONADA DE POR MEDIO CON WILFREDO IZAGUIRRE, RÍO CHOLUTECA DE POR MEDIO; OSCAR VALLADARES; SUR, VICENTE ESPINAL; ESTE, WILFREDO IZAGUIRRE, WALTER AMADO ESPINAL; OESTE, VICENTE ESPINAL, según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO: SAN MARQUITOS: DE NATURALEZA JURÍDICA PRIVADA. El presente lote antes descrito lo ha mantenido por medio de un documento todos estos años para constatar que él es dueño y está en posesión, es uno que data de los años 1800, debido a que sus antecedentes han tenido en posesión quieta, pacífica y no interrumpida y ha pasado de generación en generación su padre lo recibió de su madre la señora Maria Alfonsa Carrasco viuda de Martínez, en el año 1904 por medio de un documento elaborado ante los oficios del Juez de Paz y Notario por Ministerio de Ley Juan Bautista Rodríguez su padre el señor Antonio Martínez, al fallecer aproximadamente hace 36 años no realizando ningún trámite de traspaso de derechos por lo que la posesión la ha ejercido exclusivamente con auxilio de su familia, esposa e hijos en el cual realiza efectivamente actividades agrícolas y ganaderas como ser: cultivo de árboles frutales, siembra de granos básicos y pasto para el ganado, no existiendo otros poseedores pro-indivisos. Choluteca, 12 de noviembre del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio,agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: BIOQUIM CLORBAN 48 EC Compuesto por los elementos: Chorpyrifos 48% Grupo al que pertenece: Organofosforado Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA S.A./ COSTA RICA; UPL LIMITED./ INDIA. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 1601-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., martes 17 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E . 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio,agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en Representación de la empresa: SHANGHAI E-TONG CHEMICAL CO, LTD. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: SPINOSAD 48 SC Compuesto por los elementos: 48% Spinosad Grupo al que pertenece: Derivado de Microorganismos Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión Concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SHANGHAI E-TONG CHEMICAL CO, LTD./CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2136-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., jueves 19 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E . 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA,DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: FUNGITHANE 80 WP Compuesto por los elementos: 80% Mancozeb Grupo al que pertenece: Ditiocarbamato Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo Mojable (WP) Formulador y País de Origen: UPL LIMITED./ INDIA; INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA S.A./ COSTA RICA. Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2117-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., martes 17 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E . 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA,DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: NUGOR 40 EC Compuesto por los elementos: Dimethoate 40% Grupo al que pertenece: Organofosforado Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA S.A./ COSTA RICA. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 1895-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 4 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E . 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por la señora DILIA MARILU FRANCO CABALLERO, quien es mayor de edad, ama de casa, hondureña, con domicilio en El Corpus, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, con DNI número: 0412-1981-00158, es dueña de un lote de terreno, ubicado Palania, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, el cual posee un área de VEINTIOCHO PUNTO TRECE MANZANAS (28.13 MZS), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad de Jorge Aranda y herederos de Aníbal Rene Pérez; AL SUR, colinda con calle por medio con Ángel María Chinchilla; AL ESTE, colinda con Río Higuito; AL OESTE, colinda con calle pública que conduce hacia San Andrés Minas. Representa el Abogado CARLOS ROBERTO ALVARADO CHINCHILLA. Santa Rosa de Copán, 29 de octubre del 2024. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Melbin Mauricio Alvarado Alvarado

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL SANTA ROSA DE COPÁN REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor Melbin Mauricio Alvarado Alvarado, mayor de edad, hondureño, casado, comerciante, con Identidad Número 0406-1982-00373, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio del Inmueble, ubicado en el lugar denominado El Coyol, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, con un área total de ocho punto treinta y cuatro manzanas (8.34mzs), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: Al Norte, colinda con propiedad de Melbin Alvarado e Israel López; al Sur, colinda con calle pública; al Este, colinda con propiedad de Jorge Valenzuela; y, al Oeste, colinda con la propiedad de Juan de Dios Valenzuela y Sebastián Valenzuela, cercado con alambre de púas y cultivado con café, en vista de que adquirí el terreno antes mencionado por compra realizada a la señora Maria Consuelo Alvarado Claudino, por compra realizada a la señora Maria Consuelo, Maria Cluidino Alvarado. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de once años y en la que los testigos; ANA DOLORES ALVARADO LOPEZ, casado, comerciante, JULIO CESAR ALVARADO LOPEZ, casado agricultor; y, HÉCTOR ERICK POLANCO CONTRERAS, casado, comerciante, todos mayores de edad, hondureños, con Identidad Número 0406-1952-00074, 0406-1960-00045 y 0406-1980-00275, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 22 de noviembre del año dos mil 2024. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025 PODER JUDICIAL AVISO TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor JORGE LEONEL MEJIA ESTEVEZ, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con domicilio en Aldea de Capucas, municipio de San Pedro, departamento de Copán y de tránsito por esta ciudad, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio del Inmueble, ubicado en: Un terreno con un área de UNO PUNTO TREINTA Y SEIS MANZANAS (1.36 MZS), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la sucesión de Víctor Romero; ALSUR, colinda con calle por medio con Jesús Romero y de don Serafín Antonio Mejía; AL ESTE, colinda con el terreno del señor Serafín Antonio Mejía y el señor Joaquín Armando Mejía Estévez; AL OESTE, colinda con las propiedades de los señores Joaquín Armando Mejía Estévez y Erdulfo Romero; y, 2) un terreno que mide CERO PUNTO QUINCE DE MANZANAS (0.15 MZ), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la sucesión Jorge Leonel Estévez; AL SUR, colinda con Serafín Antonio Mejía; AL ESTE, colinda con el terreno del señor Jorge Leonel Mejía Estévez, calle por medio; AL OESTE, colinda con la propiedad del señor Serafín Antonio Mejía; ambos lotes de terreno están ubicados en el lugar conocido como Capucas, jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, en vista de que adquirir el terreno antes mencionado por compra realizada a la señora JUANA MARIA ESTEVEZ VENTURA, en fecha dieciséis (16) días del mes de febrero del año dos mil doce (2012), mediante documento privado de compraventa, dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años, y en la que los testigos SERAFIN ANTONIO MEJIA ESTEVEZ, con Identidad Número 0405-1962-00103; ROSA MARGARITA ESTEVEZ PINEDA, con Identidad Número 0405-1965-00097; y, JOSE EDGARDO MEJIA ESTEVEZ, con Identidad Número 0420-1973-00116; quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 4 de noviembre del año dos mil 2024. ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025

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Licitación

Licitación No. ENP-LPN-GA-UOP-06-2024 — Adquisición de (1) un montacarga con capacidad de 20,000 lbs. de carga para las operaciones de carga y descarga en el puerto de San Lorenzo, Valle

Empresa Nacional Portuaria

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA “ADQUISICIÓN DE (1) UN MONT A CARGA CON CAPACIDAD DE 20,000 LBS. DE CARGA PARA LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA EN EL PUERTO DE SAN LORENZO, VALLE” ENP-LPN-GA-UOP-06-2024

  • 1)

    La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional ENP-LPN-GA-UOP-06-2024 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE (1) UN MONT A CARGA CON CAPACIDAD DE 20,000 LBS. DE CARGA PARA LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA EN EL PUERTO DE SAN LORENZO, VALLE”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del 06 de diciembre de 2024, mediante solicitud escrita a la Lic. Lucila Del Cid López, Directora de la Unidad de Adquisiciones, en las oficinas de la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo No. 1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace de Tegucigalpa ubicada en el torre II, noveno piso, boulevard Juan Pablo II, a partir de la fecha, y en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn), cualquier consulta realizarla al correo electrónico licitaciones@enp.hn.

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 17 de enero de 2025 a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada.

  • 6)

    Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que hayan adquirido el documento de la presente licitación, siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del presente aviso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 03 de enero de 2025. DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-4019 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - GABAPHAR

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4019 Fecha de Presentación: 2023-06-22 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V. Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle, salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GABAPHAR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "DENOMINATIVO".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antiepiléptico y analgésico utilizado para dolor neuropático periférico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: BIOKIM BACILLUS BATHURINGIENSIS 6.4 WP Compuesto por los elementos: 6.4% Bacillus thuringiensis var. Kurstaki. Grupo al que pertenece: Microbiológico Clasificación toxicológica: IV Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Polvo Mojable (WP) Formulador y País de Origen: FUJIAN PUCHENG GREEN SHELL BIOLOGICAL PESTICIDE CO., LTD./ CHINA; INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANAS.A./ COSTA RICA. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 1789-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas Y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., martes 17 de septiembre de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-7957 — Registro de marca de fábrica MENCART

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-7957 Fecha de Presentación: 2023-12-13 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LATIN FARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Sede social en 4ta calle y segunda avenida "A" lote 18 "A", Amatitlan, Guatemala, Guatemala

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos nutricionales para seres humanos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2021-3354 — Registro de marca de fábrica LABORATORIOS TERAMED

Registro de la Propiedad Industrial

MENCART

Número de Solicitud: 2021-3354 Fecha de Presentación: 2021-07-02 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Teramed, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida Lamatepeq, calle Chaparrastique, No. 6, Urbanización Industrial Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Arkoulis

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término "LABORATORIOS".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Proteger productos farmacéuticos y medicinales, especialmente en medicamento para uso oftálmico, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antídotos, desintoxicantes, antialcohólicos, alcaloides, drogas contra el fumado, antineoplásicos, anticancerosos, antíneuríticos, antiartriticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmonares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antirraquiticos, antiarterioesclerosicos, hipolesterolémicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihermorroidales, antivaricosos, antifragilizadores capilares, gonocidas, glicocidos cardíacos, antihipertensivos, micardiotrópicos, vasodilatadores periféricos y celebrales, quimioterapéuticos, antibióticos antibacteriales, antimicóticos, sulfamídicos, antituberculosos, antilepróticos, antiprotozoos, antimaláricos, antivirales, antiparasitorios, dermatológicos, corticoesteroides, antiprufiticos, trofodérmicos, sustancias para hacer diagnósticos, radiocopacos, radioisótopos, suplemento dietéticos, desinfectantes, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos, anticoagulantes, antihemorrágicos, preparaciones para transfusiones enzimas, inhibidores de enzimas, hepatobiliares, desinfestantes hapatobiliares drogas y fitoterapéuticos. gastrointestinales, antiácidos, antidiarréicos, antihelmínticos, eméticos y antieméticos, antiulcerosos, caminativos, antiflatulentos, digestivos, antidíspérsicos, laxantes, purgantes, geriátricos, ginecólogos, antidesmenorréicos, oxitóxicos, galactogosos, uterotonicoshemostáticos, uterinos, antisépticos, antiflogisticos vaginales, drogas antifertilidad y lúteo líricos, inmunodepresores, inmunoactivadores, anabólicos, antiasténicos, energéticos, antidiabéticos, catabólicos, antiobesidad, anoréxicos, reguladores del metabolismo, neurológicos centrales y periféricos, parasimpaticomiméticos, antiepilépticos contra el mal de parkinson, seda tivos hipnóticos, neurológicos, antiprolactinicos, tranquilizadores antidepresivos, antisicóticos, timo analépticos, psicotónicos, neurotrópicos homeopáticos, hormonas, opoterapéuticos, estrógenos, progestogenos, contraceptivos, andrógenos, antihormonas, drogas para la terapia otorrinolaringológica, sueros y vacunas, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, poli vitaminas, excipientes para drogas, productos para problemas cardíacos de uso sublingual, con excepción de: "Sustancias dietéticas para uso médico, alimento para bebé", de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 LABORATORIOS TERAMED

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Certificación No. 2022-5835 — Registro de marca de fábrica BOTRAN XL SOUR BLAST

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5835 Fecha de Presentación: 2022-09-30 Fecha de emisión: 24 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTRAN XL SOUR BLAST

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "BOTRAN XL SOUR BLAST" únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad los términos por separado. No se protege la palabra "WATERMELON" presente en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) tal como ron con sabor a sandía, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación No. 2023-3699 — Registro de marca de fábrica FREESUB

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3699 Fecha de Presentación: 2023-06-09 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: YIWU SUNMETA DIGITAL GRAPHIC CO., LTD. Domicilio: BUILDING 3, BUILDING 5, XINPAN ROAD, SHANGXI TOWN, YIWU CITY, ZHEJIANG PROVINCE, CHINA, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FREESUB

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Máquinas de estampado, máquinas de planchar, máquinas eléctricas de planchado y prensado de ropa, máquinas de estampado en caliente, máquinas de bronceado sobre material, máquinas de corte computarizadas, máquinas de estampado, prensas de impresión, máquinas de impresión en relieve, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-6770 — Registro de marca de fábrica BOTRAN XL COLORS FRESA & KIWI

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6770 Fecha de Presentación: 2023-10-24 Fecha de emisión: 25 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CB ENTERPRISE, INC. Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands, Islas Vírgenes Británicas.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTRAN XL COLORS FRESA & KIWI

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad sobre las palabras fresa, kiwi y Colors.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (Excepto cerveza) con sabor a fresa y kiwi de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 2023-6769 — Registro de marca de fábrica BOTRAN XL COLORS MANGO & PIÑA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6769 Fecha de Presentación: 2023-10-24 Fecha de emisión: 25 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante:CB ENTERPRISE,INC. Domicilio: OMC Chambers, Wickhams Cay 1, Road Town, Tortola, British Virgin Islands, Islas Vírgenes Británicas.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTRAN XL COLORS MANGO & PIÑA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad sobre las palabras Mango, Piña y Colors.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (Excepto cerveza) con sabor a mango y piña, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-6768 — Registro de marca de fábrica Valsar Amlo H MK

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6768 Fecha de Presentación: 2023-10-24 Fecha de emisión: 24 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante:TQ BRANDSS.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 Barrio San Nicolás, Cali-Valle del Cauca, Panamá

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ________

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano para el sistema cardiovascular, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 Valsar Amlo H MK

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Certificación

Certificación No. 2022-5681 — Registro de marca de fábrica LABORATORIOS TERAMED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5681 Fecha de Presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Teramed S.A. de C.V. Domicilio: Avenida Lamatepeq, Calle Chaparrastique, No. 6, Urbanización Industrial Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, República de El Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización venta y distribución de productos cosméticos y farmacéuticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Fidel Antonio Medina Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 LABORATORIOS TERAMED

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Certificación

Certificación No. 2023-6806 — Registro de marca de fábrica VENADO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6806 Fecha de Presentación: 2023-10-25 Fecha de emisión: 13 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Licorera Zacapaneca, S.A. Domicilio: Kilómetro 126.5, Ruta al Atlántico Santa Cruz Río Hondo Zacapa, Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VENADO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación VENADO y su apariencia, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Ron, bebidas espirituosas de ron y bebidas espirituosas destiladas hechas a base de caña de azúcar, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-643 — Registro de nombre comercial DETODO EXPRESS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-643 Fecha de Presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 8 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V. Domicilio: Km 1 Carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la venta de artículos para el hogar, productos alimenticios, limpieza e higiene personal, maquillaje, cosméticos y artículos de belleza, artículos escolares, artículos de jardinería, artículos para fiestas, juguetes y artículos de recreación, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025 DETODO EXPRESS

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Certificación

Certificación No. 2024-735 — Registro de marca de fábrica Little ones

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-735 Fecha de Presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V. Domicilio: Km 1 Carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (21)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Little ones

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bañeras portátiles para bebés, calienta biberones no eléctricos, cepillos para peinar el cabello, cepillos para lavar la vajilla o limpiar pepes, cepillos de dientes, cubos de basura para pañales, difusores de enchufe repelentes de mosquitos, dispensadores de bebidas calientes no eléctricos, ollas no eléctricas para cocinar al vapor, peines para bebés, platos para bebés, recipientes térmicos para alimentos y bebidas, soportes de bañeras portátiles para bebés, utensilios cosméticos para bebés, vaporeras no eléctricas, vasos para bebés, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-736 — Registro de marca de fábrica Little ones

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-736 Fecha de Presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V. Domicilio: Km 1 Carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (24)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Little ones

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Colchas, edredones, fundas, mantas de cama, mosquiteros, muselina, paños de cocina, pañuelos de bolsillo de materias textiles, protectores de cuna, sábanas, sacos de dormir para bebés, toallas de materias textiles, de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-5710 — Registro de emblema PILI LUNA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-5710 Fecha de Presentación: 2023-09-06 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: EMBLEMA

  • A)

    TITULAR Solicitante: VOS HONDURAS S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: El presente emblema se encuentra vinculado con el Nombre Comercial "PILI LUNA", solicitud 2023-5709.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado al diseño, fabricación y comercialización de productos artesanales, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-2552 — Registro de marca de fábrica FORTIMENTE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2552 Fecha de presentación: 2023-04-26 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: A INVERSIONES S.A.C. Domicilio: Corpac Nro. 200, Provincia del Callao, Prov. Const. Del Callao, Callao, Perú.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORTIMENTE

  • G)

    ____________

  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FORTIMENTE" en su conjunto, así como la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de forma separada a las palabras que la conforman.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bocadillos hechos a base de carne seca; bocadillos hechos a base de frutas deshidratadas; bocadillos hechos a base de frutas, verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas; bebidas tipo malteadas a base de leche; bocadillos a base de quesos curados; bocadillos a base de carnes tipo embutidos curados, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-2553 — Registro de marca de fábrica FORTIMENTE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2553 Fecha de presentación: 2023-04-26 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: A INVERSIONES S.A.C. Domicilio: Corpac Nro. 200, Provincia del Callao, Prov. Const. Del Callao, Callao, Perú.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORTIMENTE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FORTIMENTE" en su conjunto, así como la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de forma separada a las palabras que la conforman.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos alimenticios de origen vegetal; los cereales preparados para la alimentación humana, por ejemplo: Los copos de avena, los chips de maíz, la cebada mondada, el bulgur, el muesli, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-3070 — Registro de marca de fábrica SPORLYTE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3070 Fecha de presentación: 2023-05-16 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Grupo Embotelladora Atic S.A. Domicilio: Av de La Vega 1, edificio 2, Planta 5, Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (32)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SPORLYTE

  • G)

    ____________

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas desalcoholizadas; bebidas refrescantes sin alcohol; bebidas a base de arroz y de soja, que no sean sucedáneos de la leche; bebidas energéticas, bebidas isotónicas, bebidas enriquecidas con proteínas para deportistas; esencias y extractos de frutas sin alcohol para elaborar bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-4561 — Registro de marca de fábrica CHOCOCOA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4561 Fecha de presentación: 2023-07-18 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: A INVERSIONES SAC Domicilio: Corpac Nro. 200, Provincia del Callao, Prov. Const. Del Callao, Perú.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHOCOCOA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao, chocolate y sucedáneos, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-989 — Registro de marca de fábrica CLONOMAB

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-989 Fecha de presentación: 2024-02-14 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Exeltis Healthcare, S.L. Domicilio: Avda. Miralcampo, 7-P.I. Miralcampo, 19200 AZUQUECA DE HENARES (GUADALAJARA), España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ____________

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos bio similares oncológicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 CLONOMAB

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Certificación

Certificación No. 2024-986 — Registro de marca de fábrica ASUMLEA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-986 Fecha de presentación: 2024-02-14 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Exeltis Healthcare, S.L. Domicilio: Avda. Miralcampo, 7 - P.I. Miralcampo, 19200 AZUQUECA DE HENARES (GUADALAJARA), España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos bio similares para el tratamiento de enfermedades óseas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 ASUMLEA

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Certificación

Certificación No. 2022-6806 — Registro de marca de fábrica DOTERRA BREATHE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-6806 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DŌTERRA HOLDINGS, LLC. Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ____________

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites esenciales para uso corporal; aceites de baño que no sean medicinales; aceites para el cuerpo para nutrir la piel; aceites exfoliantes para la piel; aceites para la nutrición de la piel; aceites de masaje para la relajación; aceites para el cabello; loción para la piel; perfumes; aceites esenciales para aromatizar el aire; kit cosmético para la nutrición del rostro y la piel; barra de vapor perfumada para inhalar, que no sea para uso médico; mezcla de aceites esenciales para inhalar en forma de barra que no es para uso médico, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025 DOTERRA BREATHE

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Certificación

Certificación No. 2023-8066 — Registro de marca de fábrica SF

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-8066 Fecha de presentación: 2023-12-19 Fecha de emisión: 8 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PT SELAMAT SEMPURNA Tbk Domicilio: JI. Kapuk Kamal No. 88, Jakarta Utara, Indonesia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SF

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Sistema de filtración para automóviles, incluyendo filtros de aceite, aire, combustible e hidráulicos; sistema de filtración para maquinaria pesada e industria incluyendo filtros de aceite, aire, combustible e hidráulicos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-2426 — Registro de nombre comercial KOOVER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2426 Fecha de presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: CASA STONE, S. DE R.L. Domicilio: Avenida Circunvalación frente a Cafeteo, 20 metros antes del Teatro Saybe, San Pedro Sula, Cortés, CP 21112, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    KOOVER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Distribución, comercialización y venta de productos para grifería, lavados, lavatrastos, duchas, bañeras, pisos de cerámica y porcelana to, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-454 — Registro de nombre comercial SAN JUAN TEXTILES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-454 Fecha de presentación: 2024-01-24 Fecha de emisión: 13 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: SAN JUAN TEXTILES, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Dentro del Parque Industrial San Juan Innovation Park, Sector Los Caraos, Choloma, Cortés, CP 21112, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    SAN JUAN TEXTILES

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Certificación

Certificación No. 2024-453 — Registro de marca de servicio SAN JUAN TEXTILES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-453 Fecha de presentación: 2024-01-24 Fecha de emisión: 13 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SAN JUAN TEXTILES, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Dentro del Parque Industrial San Juan Innovation Park, Sector Los Caraos, Choloma, Cortés, CP 21112, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (40)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAN JUAN TEXTILES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar protección de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Confección de ropa, teñido, impermeabilización de ropa, monograma de ropa, ignifugación de ropa, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-6111 — Registro de marca de servicio DOÑA MELY

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6111 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 6 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Hermanitos Álvarez Carbajal S. de R. L. de C.V. Domicilio: Barrio Cabañas, Avenida La Rosa, dos cuadras al sur del Mercado Concepción, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, CP 504, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Gabriela Jaqueline Quiroz

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA MELY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MELY" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Huevos de gallina de granja, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D. 2024 y 3 E. 2025 G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar protección de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la confección de ropa, teñido, impermeabilización de ropa, monograba de ropa, ignifugación de ropa, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-4125 — Registro de marca de fábrica Dorzolol PF

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4125 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 6 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TQ BRANDS S.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 Barrio San Nicolás, Cali-Valle del Cauca, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    Dorzolol PF

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Dorzolol PF" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano en el tratamiento del glaucoma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D.,2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4124 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Dorzolol PF

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4124 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 6 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TQ BRANDS S.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 Barrio San Nicolás, Cali-Valle del Cauca, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    Dorzolam PF

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Dorzolam PF" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano en el tratamiento del glaucoma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D., 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-6978 — Solicitud de registro de marca de fábrica - DALEXIDOL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6978 Fecha de presentación: 2023-11-02 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS SILANES, S.A. DE C.V. Domicilio: Avenida Paseo de Las Palmas 340, 3er piso, colonia Lomas de Chapultepec, V Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11,000, Ciudad de México, México, Ciudad de México, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    DALEXIDOL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento del dolor, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D., 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4128 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Oftamox UD

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4128 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 15 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: TQ BRANDS S.A. Domicilio: Calle 23 número 7-39 Barrio San Nicolás, Cali-Valle del Cauca, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Saraí Maruoso Arkoulis Caballero

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

    Oftamox UD

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Oftamox UD" en su forma conjunta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano para el tratamiento de las conjuntivitis bacterianas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2,17 D., 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1174 — Solicitud de registro de marca de fábrica - BARTON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1174 Fecha de presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Inversiones Luz de María, S.A. de C.V. Domicilio: Cantón El Pedregal, entre el kilómetro cuarenta y siete y el kilómetro cuarenta y ocho de la carretera que conduce a La Herradura, del Municipio de El Rosario, departamento de La Paz, El Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BARTON

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “BARTON” y su apariencia en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Papel higiénico, servilletas y toallas de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1175 — Solicitud de registro de marca de fábrica - SOLARE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1175 Fecha de presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Inversiones Luz de María, S.A. de C.V. Domicilio: Cantón El Pedregal, entre el kilómetro cuarenta y siete y el kilómetro cuarenta y ocho de la carretera que conduce a La Herradura, del Municipio de El Rosario, departamento de La Paz, El Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SOLAR E

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “SOLAR E” y su apariencia en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Papel higiénico, servilletas y toallas de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4560 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CHOCOCOA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4560 Fecha de presentación: 2023-07-18 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: A INVERSIONES, SAC Domicilio: Corpac Nro. 200, Provincia del Callao, PROV. CONST. DEL CALLAO, Perú.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHOCOCOA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Leche, quesos, yogur y otros productos lácteos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2020-20044 — Solicitud de registro de marca de fábrica - PIKARAMAYA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2020-20044 Fecha de presentación: 2020-07-14 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES Domicilio: Lomas del Guijarro, edificio Orion, local 105-106, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PIKARAMAYA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones a base de cacao; productos de pastelería y confitería a base de cacao, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-1116 — Solicitud de registro de marca de fábrica - D-PREXTABS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1116 Fecha de presentación: 2023-02-23 Fecha de emisión: 24 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S. DE R. L. Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, AVENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL DAVID FERNANDO ZAMORA REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN D-PREXTABS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antipsicótico para el tratamiento de la esquizofrenia y la bipolar idad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-406 — Solicitud de registro de marca de servicio - FASTOP

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-406 Fecha de presentación: 2024-01-22 Fecha de emisión: 13 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: DICOL S.A. Domicilio: KILÓMETRO 4, CARRETERA A DANLI, ALDEA VILLA VIEJA, CONTIGUO A POSTA POLICIAL, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DAVID FERNANDO ZAMORA REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FASTOP

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Gestión y administración de negocios; gestión y administración de tiendas de conveniencia, supermercados y mini markets, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso No. 2024-407 — Solicitud de registro de marca de fábrica - LALO CAFE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-407 Fecha de presentación: 2024-01-22 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DICOL S.A. Domicilio: KILÓMETRO 4, CARRETERAA DANLI, ALDEA VILLA VIEJA, CONTIGUO A POSTA POLICIAL, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DAVID FERNANDO ZAMORA REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LALO CAFE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra “CAFE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café; cacao; café molido; café en grano; sucedáneos del café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-408 — Solicitud de registro de marca de servicio - LALO CAFE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-408 Fecha de presentación: 2024-01-22 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: DICOL S.A. Domicilio: KILÓMETRO 4, CARRETERA A DANLI, ALDEA VILLA VIEJA, CONTIGUO A POSTA POLICIAL, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DAVID FERNANDO ZAMORA REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LALO CAFE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se protege el uso exclusivo del término “CAFE”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Restaurante; cafetería, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1474 — Solicitud de registro de marca de servicio - BANASUPRO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1474 Fecha de presentación: 2024-03-01 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS - BANASUPRO Domicilio: Ciudad Kennedy, Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL HENRY ALEXANDER FUENTES MEJIA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BANASUPRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “BANASUPRO”, sin otorgar protección de los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos de la canasta básica, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1475 — Solicitud de registro de marca de servicio - AHORRO FERIAS DEL PUEBLO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1475 Fecha de presentación: 2024-03-01 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS - BANASUPRO Domicilio: BOULEVARD KENNEDY, ENTRADA COLONIA LAS PALMAS, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL HENRY ALEXANDER FUENTES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AHORRO FERIAS DEL PUEBLO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AHORRO FERIAS DEL PUEBLO”, sin dar protección a las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos de la canasta básica, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1476 — Solicitud de registro de marca de servicio - AGROSUPRO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1476 Fecha de presentación: 2024-03-01 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS - BANASUPRO Domicilio: BOULEVARD KENNEDY, ENTRADA COLONIA LAS PALMAS, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL HENRY ALEXANDER FUENTES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AGROSUPRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AGROSUPRO” como un solo término, no se otorga protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos agrícolas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1477 — Solicitud de registro de marca de servicio - SUPROMOVIL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1477 Fecha de presentación: 2024-03-01 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS - BANASUPRO Domicilio: BOULEVARD KENNEDY, ENTRADA COLONIA LAS PALMAS, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL HENRY ALEXANDER FUENTES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUPROMOVIL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SUPROMOVIL” como un solo término, no se otorga protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos de la canasta básica, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso No. 2023-5317 — Solicitud de registro de nombre comercial - BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-5317 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S.A. Domicilio: BARRIO LEMPIRA 3ra. AVE. 9 Y 10 CALLES, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL NINFA ROSA SUAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a todas las operaciones bancarias permitidas a los bancos del sistema financiero, intermediación financiera, realización habitual y sistemática de operaciones de financiamiento a terceros con recursos captados del público en forma de depósitos, préstamos u otras obligaciones, microfinanzas, fideicomisos, tarjetas de crédito y débito, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 17 D. 2024, 3 y 20 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-5336 — Solicitud de registro de marca de servicio - BCAFE Móvil

Registro de la Propiedad Industrial

BANHCAFE Número de Solicitud: 2023-5336 Fecha de presentación: 2023-08-22 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S.A. Domicilio: BARRIO LEMPIRA 3ra. AVE. 9 Y 10 CALLES, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL NINFA ROSA SUAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación BCAFE Móvil en su conjunto sin dar exclusividad de MÓVIL de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Facilitación de acceso a contenidos mediante sitios web y portales para facilitar el acceso a plataformas de comercio electrónico en internet, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 17 D. 2024, 3 y 20 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-5356 — Solicitud de registro de marca de servicio - BANHCAFE Online

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-5356 Fecha de presentación: 2023-08-22 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S.A. Domicilio: BARRIO LEMPIRA 3ra. AVE. 9 Y 10 CALLES, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL NINFA ROSA SUAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (38)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BANHCAFE Online

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de Online de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Facilitación de acceso a contenidos mediante sitios web y portales para facilitar el acceso a plataformas de comercio electrónico en internet, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 17 D. 2024, 3 y 20 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - DESLOPHAR

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4018 Fecha de Presentación: 2023-06-22 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ANPHAR S. A. DE C. V. Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle, salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DESLOPHAR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "DENOMINATIVO".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para aliviar la fiebre del heno y alergia, incluyendo estornudos, secreción nasal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 D. 2024 y 3 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-6840 — Solicitud de registro de marca de servicio - INDUPUERTA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-6840 Fecha de presentación: 2024-10-21 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Jesus Edgardo Galeano Caceres Domicilio: Barrio El Salto, Kilómetro 102, Campamento municipio del departamento de Olancho, CP 08002, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL OSCAR DAVID CARRIL LOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (40)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INDU PUERTA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación INDU PUERTA como un solo término.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindican los colores y grafía tan y como se muestra en la etiqueta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de fabricación de puertas, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 E. y 4 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-2278 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NEUMOFLU

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2278 Fecha de presentación: 2023-04-18 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Medi products, S.A. Domicilio: Organizada en Guatemala, C.A. y Domicilio en Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto Farmacéutico antitusivo, expectorante y antihistamínico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador Legal 3, 20 E. y 4 F. 2025 NEUMOFLU LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del con tenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

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