Acuerdo No. 05-2021 — Modificación al Artículo 17 del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales
Directorio del Banco Central de Honduras
1.
Que el Directorio del BCH, mediante Acuerdo No.09/2020 del 18 de junio de 2020 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 18 de junio de 2020, reformó el Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales.
2.
Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión No.187/07-5-2021,celebrada el7demayo de 2021, aprobó las modificaciones al Reglamento de Negociación de Valores con el propósito de especificar el tipo de ofertas de compra que se aceptarán cuando el BCH efectúe subastas de reporto inverso.
Articulo 1
Este Reglamento tiene por objeto regular las operaciones de compra y venta de valores gubernamentales, representados por anotación en cuenta, en adelante valores, que realice el Banco Central de Honduras (BCH) con estos instrumentos, a través de subastas públicas, negociaciones directas o cualquier otra modalidad que establezca el Directorio del BCH.
Articulo 2
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por: Banco Central de Honduras (BCH): Institución encargada de formular y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. Casa de Bolsa:Sociedad anónima organizada y registrada en el Registro Público del Mercado de Valores conforme con la Ley de Mercado de Valores, para realizar de manera habitual la intermediación de valores y actividades directamente relacionadas con éstas. Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA): Comisión del BCH encargada, entre otros, de proponer al Directorio las características y condiciones de emisión, colocación y negociación de los valores que emita el BCH con fines de estabilización monetaria. Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS): Entidad que ejerce la supervisión, vigilancia y control de las instituciones bancarias públicas y privadas, aseguradoras, reaseguradoras, sociedades financieras, asociaciones de ahorro y préstamo, almacenes generales de depósito, bolsas de valores, puestos o casas de bolsa, casas de cambio, fondos de pensiones e institutos de previsión, administradoras públicas y privadas de pensiones y jubilaciones y cualesquiera otras que cumplan funciones análogas a las señaladas en su propia ley. Comité Técnico de Liquidez (CTL): Comité encargado de asesorar en lo concerniente a las operaciones de mercado abierto. Comité de Subasta: Comité del Banco Central de Honduras (BCH)encargado de llevar a cabo los eventos de subasta pública de valores que realice el BCH. Depositaria de Valores del BCH (DV-BCH): Sistema del BCH que se dedica a la prestación de servicios de custodiar, compensar y liquidar valores públicos debidamente autorizados. Departamento de Operaciones Monetarias del BCH (DOM): Ejecuta operaciones de compra- venta de valores y da seguimiento a las medidas de política monetaria oficiales de acuerdo con los mecanismos y las directrices de la COMA. Facilidades Permanentes de Crédito (FPC): Operación de crédito en moneda nacional a un día plazo (Overnight), utilizadas por el BCH para inyectar liquidez de corto plazo a las instituciones del sistema financiero nacional. Fecha de Negociación:Día en el quese acuerda la venta o compra de los valores. Fecha Valor: Día en el que se liquida la venta o compra de los valores. Instituciones del Sistema Financiero: Bancos públicos o privados, asociaciones de ahorro y préstamo, sociedades financieras y cualesquiera otras que se dediquen de forma habitual y sistemática a las actividades indicadas en la Ley del Sistema Financiero,previa autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros(CNBS). Método de Adjudicación: Procedimiento de adjudicación de valores en subasta que dependerá de la modalidad de la tasa de interés (precio). Modalidad de Tasa de Interés: Se refiere a si las ofertas de venta o compra de valores deben expresarse a una tasa de interés fija (precio fijo) o a tasa de interés múltiple (precio múltiple). Negociación Directa:Operación de negociación de valores fuera de subasta donde el emisor fija el precio o tasa de interés al cual se comprará o venderá determinados valores. Oferta Competitiva: Oferta en las subastas en la que el participante directo propone el monto nominal y el precio o la tasa de interés o de rendimiento al que desea comprar determinados valores. Oferta de Compra: Postura o propuesta de compra de valores presentada al BCH en formato electrónico directamente por los inversionistas o a través de intermediarios de valores autorizados. Oferta de Venta: Postura o propuesta de venta de valores presentada al BCH en formato electrónico por las instituciones del sistema financiero nacional. Oferta no Competitiva: Oferta en la que el participante propone el plazo de inversión y el monto a invertir. Solamente se aceptará una (1) oferta no competitiva por inversionista para cada tipo de valores ofrecidos en subasta. Operaciones de Mercado Abierto: Instrumento de Política Monetaria que consiste en la compra o venta de valores que el BCH realiza para aumentar o disminuir la cantidad de dinero en la economía, con el propósito de incidir en la oferta de dinero y en las tasas de interés de corto plazo. Ofertas a Tasa de Interés Fija (Precio Fijo): Cuando los inversionistas ofrecen el monto que desean negociar con el BCH a una tasa especificada previamente. Ofertas a Tasa de Interés Múltiple (Precio Múltiple): Cuando los inversionistas ofrecen el monto a negociar y la tasa de interés o el precio que desean obtener en la transacción. Permuta de Valores: Negociación en la cual los inversionistas intercambian valores con el emisor, antes de su vencimiento, por otros con distintas condiciones financieras. Registro Público del Mercado de Valores: Registro a cargo de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, el cual se encuentra a disposición del público y en el que se inscriben los participantes del mercado de valores, emisiones de valores de oferta pública, prospectos de emisión, acciones emitidas por sociedades, fondos mutuos y de inversión. Reporto de Valores: Es una operación temporal, por medio de la cual una entidad financiera autorizada vende valores al BCH con el compromiso de recomprar dichos valores en un plazo determinado y a un precio preestablecido en la fecha de negociación. El precio de recompra será determinado por el mismo precio pactado más un premio en beneficio del BCH. Reportado: El que vende la propiedad de sus valores y se obliga a comprarlos al reportador en el plazo y precio de recompra convenido. Reportador: El que compra la propiedad de los valores y se obliga a transferirlos al reportado en el plazo y precio de recompra convenido. Reporto Inverso: Es una operación temporal, mediante la cual una entidad financiera autorizada compra valores al BCH con el compromiso de este último de recomprarlos en un plazo convenido y a un precio y una tasa premio preestablecido en beneficio del reportador en la fecha de negociación. Subasta: Evento de carácter público mediante el cual el BCH negocia valores gubernamentales. Tasa de Interés o de Rendimiento de Corte de la Subasta de Compra de Valores: Es la tasa mínima de rendimiento que el BCH está dispuesto a aceptar al comprar los valores. Tasa de Interés o de Rendimiento de Corte de la Subasta de Venta de Valores: La tasa máxima de rendimiento que el BCH está dispuesto a aceptar al vender los valores. Tasa Premio: Tasa de interés que se pacta como premio en una operación de reporto. Tipo de Subasta:Serán de compra o de venta de valores. Valores Gubernamentales: Valores emitidos en moneda nacional o en moneda extranjera por el BCH, por la Secretaría de Finanzas u otra entidad del Sector Público,avalados por el Gobierno Central. Venta Definitiva: Transferencia de la titularidad de valores derivada de una negociación en el mercado primario o mercado secundario. Venta Temporal: Transferencia temporal de la titularidad de valores derivada de una operación de reporto. CAPÍTULO II DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LAS OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO
Articulo 3
La COMA fijará los criterios y procedimientos bajo los cuales se regularán las operaciones de mercado abierto a que hace referencia este Reglamento.
Articulo 4
La Gerencia del BCH suscribirá contratos con entidades autorizadas para la intermediación de valores por cuenta ajena o por cuenta propia. Sin perjuicio de lo señalado en la Ley del Mercado de Valores, el BCH podrá establecer requisitos adicionales a este respecto, mediante resolución de carácter general.
Articulo 5
El Comité Técnico de Liquidez y el Comité de Subasta facilitarán las labores técnicas y administrativas que requieran la preparación y realización de las subastas.
Articulo 6
En las subastas que convoque el BCH podrá participar como observador el Tribunal Superior de Cuentas, quien acreditará su representante. CAPÍTULO III DE LOS MECANISMOS DE NEGOCIACIÓN, CUSTODIA Y TIPOS DE SUBASTAS
Articulo 7
El BCH podrá vender y comprar, en forma definitiva o temporal, valores mediante subastas o a través de negociaciones directas. Los valores negociados se mantendrán en custodia en la DV-BCH. Cuando las operaciones se realicen mediante reportos, las mismas deberán ajustarse a las disposiciones aplicables del Título IV de este Reglamento y otras que para tal propósito emita el Directorio del BCH.
Articulo 8
El BCH podrá realizar subastas a tasa de interés fija (precio fijo) o a tasa de interés múltiple (precio múltiple).
Articulo 9
Por recomendación de la COMA, el Directorio del BCH, mediante resolución de carácter general y de conformidad con lo establecido en la Ley del BCH, podrá autorizar la realización de subastas de negociación de valores orientadas a distintos mercados o participantes.
Articulo 10
La COMA podrá autorizar la negociación directa de valores emitidos por el BCH bajo las condiciones de plazos y a la tasa de interés establecida en la Normativa Complementaria de este Reglamento. TÍTULO II DE LAS SUBASTAS DE VENTA Y NEGOCIACIONES DIRECTAS DE VALORES CAPÍTULO I DE LOS PARTICIPANTES
Articulo 11
En las subastas de venta de valores que realice el BCH podrán participar como inversionistas las personas naturales y jurídicas, residentes o no residentes, que presenten sus ofertas de compra utilizando los servicios de las entidades autorizadas para la intermediación de valores gubernamentales inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores y que hayan suscrito el Convenio de Intermediación con el BCH. Cuando las casas de bolsa, las instituciones del sistema financiero y las instituciones públicas de previsión social y demás entes del sector público realicen inversiones para tenencia de su propia cartera, podrán presentar sus ofertas de compra en forma directa, sin perjuicio de que también puedan hacerlo por la vía de la intermediación. Los intermediarios autorizados no podrán utilizar el nombre de terceros para comprar valores para su propia cartera. En las subastas de reportos inversos solamente podrán participar las instituciones del Sistema Financiero, quienes lo harán de manera directa. CAPÍTULO II DE LOS MONTOS Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES A NEGOCIAR
Articulo 12
La COMA, de conformidad con los lineamientos del Directorio del BCH, determinará las características y montos que pretende negociar en las subastas de venta de valores de las operaciones de mercado abierto.
Articulo 13
La COMA podrá autorizar subastas de venta de valores con fecha valor del día del evento o de días subsiguientes, estableciendo la hora límite para la recepción de las ofertas de compra y de la liquidación de los valores adjudicados. CAPÍTULO III DE LA CONVOCATORIA
Articulo 14
La convocatoria de las subastas de venta de valores deberá publicarse con anticipación, a través de la página Web del BCH u otros medios de comunicación electrónicos o escritos. Dependiendo de las características específicas de las subastas, en estas convocatorias se podrá proporcionar la siguiente información:
a)
Los inversionistas autorizados a participar en la subasta.
b)
El tipo de subasta.
c)
Los montos a subastar.
d)
Las tasas de interés máximas a aceptarse en las subastas, cuando proceda.
e)
El método de adjudicación de la subasta.
f)
La fecha de emisión, negociación y vencimiento de los valores.
g)
Lugar, fecha y hora límite para la recepción de las ofertas de compra.
h)
Fecha valor de la subasta.
i)
Medio de presentación de las ofertas.
j)
Lugar, fecha y hora de la subasta.
k)
Plazo al vencimiento de los valores.
l)
Monto mínimo a ser aceptado por cada oferta de compra.
m)
Cualquier otra información adicional considerada pertinente. CAPÍTULO IV DE LAS OFERTAS DE COMPRA DE VALORES GUBERNAMENTALES
Articulo 15
Previo a participar en la subasta de valores los inversionistas deberán estar registrados e identificados con la información requerida en la DV-BCH. En el caso de las personas naturales y jurídicas que utilizan el servicio de intermediación de una casa de bolsa deberán efectuar su registro por medio de éstas. Las ofertas de compra de valores serán presentadas en el horario establecido en la convocatoria de la subasta y por los medios electrónicos correspondientes e incluirán como mínimo lo siguiente:Nombre(s)y apellido(s), razón o denominación social del inversionista, denominación social del intermediario de valores, tipo y monto de los valores a comprar,el precio que se ofrece pagar expresado con seis (6) decimales o la tasa de interés o rendimiento al vencimiento requerida, según proceda. Para las inversiones realizadas por medio de los intermediarios de valores, corresponde a estos últimos identificar plenamente a sus clientes, realizar la debida diligencia y demás obligaciones para la prevención y detección del delito de lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. En el caso de las operaciones realizadas en forma directa,dicha responsabilidad recae en el Banco Central de Honduras.
Articulo 16
Las ofertas de compra de valores serán irrevocables cuando se haya alcanzado la hora límite de recepción indicada en la convocatoria de la subasta y surtirán los efectos más amplios que en derecho correspondan.
Articulo 17
Las ofertas de compra en las subastas podrán ser competitivas o no competitivas. En las competitivas el participante presenta para cada valor el monto nominal a comprar y el precio o la tasa de interés o de rendimiento,o tasa premio al que desea comprar dichos valores. En las subastas de reportos inversos las ofertas solamente podrán hacerse en forma competitiva. En las ofertas no competitivas el participante propone el plazo de inversión y el monto a invertir de conformidad con el monto mínimo y máximo y cuya oferta será adjudicada de acuerdo con lo establecido en la Normativa Complementaria de este Reglamento. Únicamente se aceptará la presentación de una oferta por participante por cada valor ofrecido en la subasta.
Articulo 18
Cuando la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas o el BCH, con recursos de los fondos o proyectos bajo su respectiva administración, participen directa o indirectamente como inversionistas en las subastas de venta de valores, podrán hacerlo únicamente mediante la presentación de ofertas no competitivas y no estarán sujetos a los montos mínimos y máximos para las ofertas no competitivas determinados en la normativa complementaria de este Reglamento.
Articulo 19
Las ofertas de compra de valores en las monedas autorizadas por el Directorio deberán presentarse en los montos nominales y montos mínimos de inversión que se establezcan en la normativa complementaria de este Reglamento. CAPÍTULO V CALIFICACIÓN DE OFERTAS DE COMPRA, DEL PRECIO O TASA DE CORTE, ADJUDICACIÓN DE LOS VALORES
Articulo 20
En las subastas a tasa múltiple, las tasas de rendimiento o precios de corte y la tasa premio serán determinadas por el CTL siguiendo los lineamientos de la COMA. El CTL comunicará al Comité de Subasta la tasa de rendimiento, o precio de corte o tasa premio y monto a asignar a cada plazo en cada subasta.
Articulo 21
En las subastas a tasa de interés fija (precio fijo) o tasa premio fija, la adjudicación de las ofertas aceptadas se realizará a la tasa previamente anunciada, de acuerdo con el procedimiento siguiente:
a)
Se verificará la existencia de fondos para cubrir el valor a pagar por cada oferta.
b)
Cuando el monto aprobado para cada plazo de valores sea mayor al total de las ofertas aceptadas a cada plazo, se adjudicarán todas.
c)
Si el monto total demandado es mayor que el monto a adjudicarse,éste se distribuirá proporcionalmente entre las ofertas aceptadas.
Articulo 22
En las subastas de venta a tasa de interés múltiple (precio múltiple) o tasa premio múltiple, las ofertas se adjudicarán a las tasas o precios demandados por el comprador de acuerdo con el procedimiento siguiente:
a)
Las ofertas aceptadas se ordenarán de forma ascendente respecto a la tasa de rendimiento o de premio demandada o descendente de precio para cada plazo.
b)
Se verificará la existencia de fondos para cubrir el valor a pagar por cada oferta.
c)
Los valores se adjudicarán en primer término a las ofertas que demanden las menores tasas de rendimiento o mayores precios.
d)
Se adjudicarán todas las ofertas aceptadas cuando el monto aprobado por cada plazo sea mayor al total de las ofertas que demanden tasas de rendimiento o tasas premio inferiores o iguales a la tasa de corte establecida.
e)
Cuando el monto aprobado resulte insuficiente para atender la demanda de valores,primero se distribuirá el monto, adjudicando al 100% las ofertas con las menores tasas de rendimiento, precios o tasas premio siempre que estas sean menores a la tasa de corte, hasta agotar el monto aprobado; luego, si resultare un remanente del monto aprobado, éste se adjudicará proporcionalmente entre las ofertas presentadas a las tasas de rendimiento,precios o tasas premio menores o iguales a la tasa de corte.
Articulo 23
Siempre que se disponga de un monto sobrante después de adjudicadas las ofertas competitivas, las ofertas no competitivas se adjudicarán con base en el precio promedio ponderado de las ofertas competitivas adjudicadas para valores con características similares.En caso de que la suma de las ofertas no competitivas supere el sobrante, éste se distribuirá en forma proporcional entre las ofertas presentadas.
Articulo 24
Una subasta de venta de valores se declarará desierta cuando no se presenten participantes. La subasta se declarará fracasada cuando las ofertas presentadas no cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento o cuando sólo se reciban ofertas de compra no competitivas. CAPÍTULO VI NEGOCIACIONES DIRECTAS
Articulo 25
Cuando de manera posterior a una subasta un inversionista se presente para comprar valores mediante negociación directa, el BCH se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud de compra. En el caso de ser aceptada la solicitud, el monto y la tasa a la cual se venderán dichos valores será determinada de conformidad con los criterios que se establezcan enla Normativa Complementaria de este Reglamento. TÍTULO III DE LAS SUBASTAS DE COMPRA Y NEGOCIACIÓN DIRECTA DE VALORES GUBERNAMENTALES CAPÍTULO I DE LOS PARTICIPANTES
Articulo 26
Con fines de política monetaria y de estabilidad financiera, el BCH podrá efectuar compras anticipadas de valores en forma definitiva o temporal mediante subastas o negociaciones directas. En dichos eventos sólo podrán participar las instituciones del sistema financiero nacional,quienes presentarán sus ofertas o solicitudes de venta de manera directa. CAPÍTULO II DE LOS MONTOS Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES A NEGOCIAR
Articulo 27
La COMA, de conformidad con los lineamientos del Directorio del BCH, determinará las características y montos que pretende negociar en las subastas de compra de valores de las operaciones de mercado abierto.
Articulo 28
La COMA podrá autorizar la realización de subastas de compra de valores con fecha valor del día de la realización de la subasta o de los días subsiguientes, estableciendo la hora límite para la liquidación de los valores comprados. CAPÍTULO III DE LA CONVOCATORIA
Articulo 29
La convocatoria de las subastas de compra de valores deberá publicarse con anticipación, a través de la página Web del BCH u otros medios de comunicación electrónicos o escritos. Dependiendo de las características específicas de las subastas, en estas convocatorias se podrá proporcionar la siguiente información: Las entidades que podrán participar en la subasta.
a)
El tipo de subasta.
b)
El monto que el BCH pretende comprar.
c)
Características de los valores a negociar.
d)
Las tasas de interés mínimas a aceptarse en las subastas, cuando proceda.
e)
El método de adjudicación de la subasta.
f)
Lugar,fecha y hora límite para la recepción de las ofertas de venta.
g)
Medio de presentación de las ofertas.
h)
Fecha valor de la subasta.
i)
Monto mínimo a ser aceptado por cada oferta de venta.
j)
Cualquier otra información adicional considerada pertinente. CAPÍTULO IV DE LAS OFERTAS DE VENTA DE LOS VALORES GUBERNAMENTALES
Articulo 30
Previo a participar en la subasta de valores los inversionistas deberán estar registrados e identificados con la información requerida por la DV-BCH. Las ofertas de venta de valores presentadas en el horario establecido en la convocatoria de la subasta y por los medios electrónicos correspondientes incluirán como mínimo lo siguiente: Razón o denominación social del inversionista,monto de los valores ofrecidos, el precio expresado con seis(6)decimales o la tasa de interés o tasa premio y la cuenta a la cual debe efectuársele el crédito.
Articulo 31
Las ofertas de venta de valores que presenten los inversionistas serán irrevocables cuando se haya alcanzado la hora límite de recepción indicado en la convocatoria de la subasta y surtirán los efectos más amplios que en derecho correspondan. Las subastas de compra definitiva de valores se podrán realizar bajo la modalidad de tasa de interés fija(precio fijo)o a tasa de interés múltiple (precio múltiple) y las ofertas solamente podrán hacerse en forma competitiva. Se aceptarán aquellas ofertas de venta competitivas por el valor total o parcial de valores registrados en la DV- BCH, haciendo referencia a su correspondiente número de anotación en cuenta. Únicamente se aceptará la presentación de una oferta por participante por cada valor a comprar en la subasta. Las subastas de reportos se podrán realizar bajo la modalidad de tasa premio fija o tasa premio múltiple.
Articulo 32
Los montos mínimos de las ofertas de venta de valores deberán ser presentados de acuerdo con lo establecido en la Normativa Complementaria de este Reglamento.
Articulo 33
El BCH sólo comprará en subasta aquellos valores que formen parte de la cartera de la institución oferente y que se encuentren registrados a su nombre en la DV-BCH. CAPÍTULO V CALIFICACIÓN DE OFERTAS DE VENTA, DEL PRECIO O TASA DE CORTE Y ACEPTACIÓN DE LOS VALORES
Articulo 34
En las subastas la tasa múltiple o precio múltiple, las tasas de interés de corte y la tasa premio serán determinadas por el CTL siguiendo los lineamientos de la COMA. El CTL comunicará al Comité de Subasta la tasa de rendimiento o precio de corte y monto a comprar por cada plazo en cada subasta de venta de valores al BCH y en las subastas de reporto comunicará la tasa premio de corte.
Articulo 35
Los valores a comprarse en subasta a tasa múltiple por parte del BCH se comprarán en primer término a los inversionistas que soliciten los menores precios o presenten las mayores tasas, siempre que los mismos no resulten superiores al precio de corte o inferiores a la tasa de rendimiento de corte establecida para la subasta.
Articulo 36
La adjudicación de las ofertas de venta aceptadas se hará en la forma siguiente:
a)
Sólo se aceptarán las ofertas cuya tasa de rendimiento sea igual o mayor a la tasa de rendimiento a la que originalmente se compraron los valores, a su precio equivalente calculado en la fecha de compra por parte del BCH.
b)
Las ofertas aceptadas se ordenarán en forma descendente respecto a las tasas ofrecidas, o sea, en forma ascendente respecto a los precios ofrecidos.
c)
El BCH comprará los valores según el método de adjudicación que establezca la COMA, hasta cubrir el monto a comprar en cada subasta, siguiendo los mismos procedimientos enumerados en el Artículo 22 de las subastas de venta de valores.
d)
En las subastas de reporto sólo se aceptarán las ofertas cuya tasa premio sea igual o superior a la tasa mínima que establezca el CTL siguiendo los lineamientos de la COMA.
Articulo 37
Cuando el monto de valores ofrecido en venta definitiva o temporal por un inversionista sea superior al monto que el BCH compre en subasta a ese inversionista,el DOM asignará al inversionista un nuevo Registro de Valores Representados por Anotación en Cuenta, con las mismas características del original, por el remanente no comprado.
Articulo 38
Una subasta de compra de valores se declarará desierta cuando no se presenten participantes. La subasta se declarará fracasada cuando las ofertas de venta no cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. CAPÍTULO VI NEGOCIACIONES DIRECTAS
Articulo 39
En situaciones excepcionales y velando por el normal funcionamiento del sistema financiero, se podrán realizar compras definitivas de valores mediante negociación directa a las instituciones del sistema financiero, donde el BCH se reserva el derecho de autorizar o rechazar las solicitudes presentadas. La realización de estas negociaciones será autorizada por la COMA, las que se informarán a través de los canales oficiales de comunicación. El monto y tasa o precio a los cuales se comprarán dichos valores serán determinados de conformidad con los criterios que se establezcan en la Normativa Complementaria de este Reglamento. TÍTULO IV DE LAS OPERACIONES DE REPORTO DE VALORES GUBERNAMENTALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 40
El BCH podrá realizar operaciones de reporto y reporto inverso con valores, mediante los procedimientos de subasta establecidos en los Títulos IIy III de este Reglamento. Asimismo, podrá negociar directamente con instituciones del sistema financiero nacional reportos de valores,ajustándose a los términos y condiciones establecidas en el presente Reglamento.
Articulo 41
Los reportos y los reportos inversos negociados mediante subasta o en forma directa se realizarán efectuando la transferencia en propiedad de los valores objeto de compra, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la DV- BCH relacionado con las transferencias de valores, debiendo el comprador retornar al vendedor la propiedad de los mismos al vencimiento del reporto, contra el reintegro de los valores pagados y conforme con las condiciones pactadas.
Articulo 42
El monto de un reporto o de un reporto inverso se establecerá aplicándole un descuento al valor nominal o al valor presente de los valores reportados. Dicho descuento será establecido en la Normativa Complementaria de este Reglamento.
Articulo 43
Las tasas de interés que se aplicarán en los reportos y reportos inversos negociados mediante subasta se determinarán de conformidad con lo establecido en el Capítulo V de los Títulos II y III de este Reglamento, según corresponda; mientras que las tasas de interés aplicables en los reportos y reportos inversos negociados directamente se sujetarán a lo dispuesto en la Normativa Complementaria de este Reglamento.
Articulo 44
El precio final que deberá cancelar el vendedor al vencimiento de un reporto o reporto inverso estará determinado por la siguiente fórmula: PRV = PIA [1+TI(PL/360)] Donde: PRV = Precio de reembolso al vencimiento; PIA= Precio inicial de compra equivalente al valor presente neto después de aplicado el descuento; TI = Tasa premio para el reportador; PL = Plazo de la operación.
Articulo 45
Las instituciones que deseen realizar operaciones de reporto de valores con el BCH de forma directa deberán:
a)
Comunicar al DOM el nombre y las firmas de las personas autorizadas para ingresar estas operaciones.
b)
Presentar a través de las personas autorizadas la solicitud utilizando los medios autorizados por el BCH.
c)
Autorizar para que se acredite o debite su cuenta corriente única y de valores en el BCH. Las operaciones serán autorizadas en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH) por medio de la Subgerencia Técnica del BCH, específicamente por el “Departamento de Operaciones Monetarias”. CAPÍTULO II DE LAS OPERACIONES DE REPORTO DE VALORES MEDIANTE NEGOCIACIÓN DIRECTA
Articulo 46
Las solicitudes de operaciones de reporto de valores mediante negociación directa serán ingresadas en el sistema DV- BCH y deberán contener, al menos, la denominación social de la institución solicitante, las características de los valores objeto de la operación,monto y el término fijado para el vencimiento de la misma.
Articulo 47
Los montos y plazos mínimos y máximos,así como la tasa premio que se aplicará a los reportos de valores en negociación directa serán establecidos por el Directorio, a propuesta de la COMA, en la Normativa Complementaria de este Reglamento y las mismas se informarán oportunamente al sistema financiero. TÍTULO V DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO I DE LA COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LAS NEGOCIACIONES
Articulo 48
El BCH comunicará a los participantes por cualquier medio autorizado por la COMA los montos de los valores adjudicados y,encaso de no haber sido favorecidos, los motivos del rechazo.
Articulo 49
Los resultados consolidados de las subastas se publicarán en la página Web del BCH o en su caso por los medios de comunicación establecidos por la COMA, después del cierre del proceso de negociación. Dependiendo del tipo de subasta, se podrá proporcionar la información siguiente:
a)
Los montos subastados, los montos demandados y adjudicados para cada tipo y emisor de los valores ofrecidos en subasta.
b)
La tasa de rendimiento promedio ponderada de la subasta.
c)
Las tasas de rendimiento máximas y mínimas ofrecidas en la subasta.
d)
La tasa de rendimiento de corte aceptada en la subasta de venta o mínima en la subasta de compra.
e)
Cualquier otra información que la COMA considere conveniente. Los resultados de las operaciones de reporto de valores negociadas directamente serán publicados en la página Web del BCH o en su caso por los medios de comunicación establecidos por la COMA.
Articulo 50
El medio de pago para la liquidación de las transacciones de valores será con débito a cuenta corriente única en el BCH. CAPÍTULO II DE LAS PRIMAS, DESCUENTOS, COMISIONES Y GASTOS
Articulo 51
Cuando la entidad emisora de los valores negociados no sea el BCH, las primas, descuentos, comisiones, retribuciones y gastos por cualquier servicio serán acreditados o debitados, según proceda, a la cuenta de la entidad emisora.
Resolución No. 246-5/2021 — Modificación de la Normativa Complementaria del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales - Reporto Inverso
Directorio del Banco Central de Honduras
1.
Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país y organizar y reglamentar el funcionamiento del sistema de pagos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes; asimismo, el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH), mediante el Acuerdo No.09/2020 del 18 de junio de 2020, reformó el Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales,el cual tiene por objeto regular las operaciones de compra y venta de valores gubernamentales representados por anotación en cuenta.
2.
Que mediante Resolución No.201-6/2020 del 18 de junio de 2020, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 19 de junio de 2020, el Directorio del BCH aprobó las reformas a la Normativa Complementaria del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales,con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento del sistema de pagos.
Resolución No. 247-5/2021 — Modificación de la Normativa Complementaria a las Transferencias de Valores Originadas por Reportos entre Participantes de la DV-BCH
Directorio del Banco Central de Honduras
1.
Que corresponde al Banco Central de Honduras (BCH) formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, así como, organizar y reglamentar el funcionamiento del sistema de pagos de conformidad con las disposiciones legales vigentes, en coordinación con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
2.
Que el Directorio del BCH, mediante Resolución No.59-2/2017 del 16 de febrero de 2017, aprobó la Normativa Complementaria a las Transferencias de Valores Originadas por Reportos entre Participantes de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), en la que se regula que las operaciones de crédito en moneda nacional que se realicen entre las instituciones del sistema financiero (préstamos interbancarios) puedan ser garantizadas mediante la figura del reporto, utilizando la plataforma de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH) o mediante garantía fiduciaria.
3.
Que el Directorio del BCH, mediante Resolución No.19-1/2019 del 17 de enero de 2019, autorizó la implemen- tación de la Mesa Electrónica de Dinero (MED) como un mecanismo de negociación de liquidez para las instituciones del sistema financiero; asimismo,aprobó reformas a la Normativa Complementaria a las Transferencias de Valores Originadas por Reportos entre Participantes de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH),con el propósito de normar las operaciones negociadas en la MED y los préstamos interbancarios con garantías fiduciarias.
4.
Que el Directorio del BCH, mediante Resolución No.293-10/2020 del 2 de octubre de 2020, autorizó realizar operaciones de crédito en moneda extranjera mediante la figura de reporto utilizando la plataforma de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH).
5.
Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión No.187/07-5-2021, celebrada el 7 de mayo de 2021, recomendó a este Directorio modificar la Normativa Complementaria a las Transferencias de Valores Originadas por Reportos entre Participantes de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), con el propósito de permitir la venta temporal de los valores utilizados como colaterales por el reportado en un plazo inferior a la fecha de recompra.
Licitación No. 25/2021 — Contratación de póliza de seguro contra incendio y líneas aliadas para viviendas del Plan de Asistencia Social
Banco Central de Honduras
AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA No.25/2021 Banco Central de Honduras EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), comunica a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.25/2021, para la contratación de una póliza de seguro contra incendio y líneas aliadas para proteger la infraestructura y el contenido de las viviendas financiadas por el Plan de Asistencia Social del Banco Central de Honduras, localizadas en diferentes lugares del país, por el período de cuatro (4) años, comprendido del 27 de enero de 2022 a partir de las doce cero uno ante meridiano (12:01 A.M.) al 26 de enero de 2026 hasta las doce de la media noche (12:00 A.M.). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, en la Capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@ bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón Roberto Zúniga del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja en Comayagüela, MDC, hasta el 19 de julio de 2021, a las 10:00A.M., hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados anteriormente. En tanto dure la emergencia sanitaria decretada por el Coronavirus, los oferentes que asistan al acto de recepción y apertura de ofertas, deberán cumplir con los lineamientos de bioseguridad establecidos. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C, 28 de mayo de 2021. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 7 J. 20212
Certificación No. 32099/19 — Registro de Marca de Servicio - DISEÑO ESPECIAL - Travel Reservations
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 32099/19 2/ Fecha de presentación: 26/07/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Travel Reservations, S.R.L. 4.1/ Domicilio: Ruta 8, Km. 17.500 edificio Synergía, Oficina 101 Uruguay. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Todo ello relacionado con la organización de viajes, de transporte, reservas de plazas de viaje, servicios de transporte de personas o mercancías de un lugar a otro (por ferrocarril, carretera, agua o aire), servicios de organización de viajes prestados por agencias de turismo, visitas turísticas, recepción y atención de turistas (acompañamiento de viajeros), servicios de información sobre viajes o transporte de personas; servicios de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte, provisión de información sobre el arribo y partidas de vuelos. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-08-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 6821/20 — Registro de Marca de Fábrica TETRA PAK DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 6821/20 2/ Fecha de presentación: 12/febrero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Tetra Laval Holdings & Finance, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenue Général-Guisan 70, CH-1009 Pully, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TETRA PAK DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón (cartón), cartón y productos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases; material de embalaje y embalaje parcial o totalmente de papel, cartón, cartón o plástico; recipientes de embalaje y material de embalaje hecho de papel o de papel re cubierto con material plástico; bolsas, sacos, bolsas, bandejas, botellas y hojas para el envasado y almacenamiento de alimentos y productos líquidos o semi líquidos; materiales plásticos para embalaje (no incluidos en otras; clases); película de plástico para envolver; papel laminado, cartón o cartón para embalaje, distribución, envoltura y almacenamiento de alimentos y productos líquidos; impresos; material de instrucción y enseñanza (excepto aparatos). 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-03-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021. 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón (cartón), cartón y productos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases; material de embalaje y embalaje parcial o totalmente de papel, cartón, cartón o plástico; recipientes de embalaje y material de embalaje hecho de papel o de papel re cubierto con material plástico; bolsas, sacos, bolsas, bandejas, botellas y hojas para el envasado y almacenamiento de alimentos y productos líquidos o semi líquidos; materiales plásticos para embalaje (no incluidos en otras; clases); película de plástico para envolver; papel laminado, cartón o cartón para embalaje, distribución, envoltura y almacenamiento de alimentos y productos líquidos; impresos; material de instrucción y enseñanza (excepto aparatos). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-06-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 7645/20 — Registro de Marca de Fábrica TETRA FINO
Registro de la Propiedad Industrial
TETRA TOP 1/ Solicitud: 7645/20 2/ Fecha de presentación: 14/febrero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: TETRA LAVAL HOLDINGS & FINANCE, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenue Général-Guisan 70, CH-1009 Pully, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TETRA FINO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón (cartón), cartón y productos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases; material de embalaje y embalaje parcial o totalmente de papel, cartón, cartón o plástico; recipientes de embalaje y material de embalaje hecho de papel o de papel re cubierto con material plástico; bolsas, sacos, bolsas, bandejas, botellas y hojas para el envasado y almacenamiento de alimentos y productos líquidos o semi líquidos; materiales plásticos para embalaje (no incluidos en otras; clases); película de plástico para envolver; papel laminado, cartón o cartón para embalaje, distribución, envoltura y almacenamiento de alimentos y productos líquidos; impresos; material de instrucción y enseñanza (excepto aparatos). 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-06-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 6, 12 M. y 7 J. 2021. TETRA FINO Marcas de Fábrica
Aviso No. 2018-042515 — Solicitud de registro de marca de fábrica TETRA FINO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-042515 [2] Fecha de presentación: 09/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS, S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de Las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Medicamentos oncológicos, incluyendo tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 2019-43159 — Registro de Marca de Fábrica ACTUP Y DISEÑO - INTEROC CUSTER
Registro de la Propiedad Industrial
NEUTRO PINE Número de Solicitud: 2019-43159 Fecha de presentación: 2019-10-17 Fecha de emisión: 23 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: INTEROC CUSTER, S.A. Domicilio: San José, Costa Rica, San Rafael de Alajuela, del cruce de Panasonic, 1 Km Sur y 900m. Oeste, Ofibodega Milano, Local No. 23, Costa Rica.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA
E)
CLASE INTERNACIONAL ( 1 )
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACTUP Y DISEÑO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Productos químicos par la industria, agricultura; abonos para el suelo de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 2018-046979 — Registro de Señal de Propaganda ALIMENTAMOS TODO LO QUE ERES - KELLOGG COMPANY
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-046979 [2] Fecha de presentación: 07/11/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A)
TITULAR [4] Solicitante: KELLOGG COMPANY. [4.1] Domicilio: ONE KELLOGG SQUARE, BATTLE CREEK, MICHIGAN, USA, 49016-3599, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 2047399 [5.1] Fecha: 14/05/2018 [5.2] País de Origen: MÉXICO [5.3] Codigo Pais: MX
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALIMENTA MOS TODO LO QUE ERES [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: ALIMENTA MOS TODO LO QUE ERES Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre;salsas (condimentos) especias; hielo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero del año 2020. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será utilizada con el Registro No. 142922 denominada KELLGG'S. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 49088/19 — Registro de Marca de Fábrica SUPER GUAU Y DISEÑO - DR. PETS FOODS
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 49088/19 2/ Fecha de presentación: 09/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: DR. PETS FOODS, S.A. 4.1/ Domicilio: San Francisco, Calle 74E, edificio Midtown SF 74, piso 17, Oficina 1705, Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUPER GUAU Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos alimenticios para animales, bebidas para animales. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-010761 — Solicitud de registro de marca de fábrica TOLAMID
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-010761 [2] Fecha de presentación: 07/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CIPLA LIMITED. [4.1] Domicilio: Cipla House, Peninsula Business Park, Ganpatrao Kadam Marg, Lower Parel, Mumbai - 400013, Maharashtra, India. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: INDIA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOLAMID [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones médicas y farmacéuticas para el tratamiento del VIH y el Sida.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de Noviembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021. TOLAMID
Aviso No. 8793/19 — Solicitud de registro de marca de servicio Urban Storage & Diseño
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 8793/19 2/ Fecha de presentación: 22/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HECTOR ANCHIA GARBANZO. 4.1/ Domicilio: San Rafael de Escazu, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Urban Storage & Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de almacenamiento. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/junio/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 9161/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica VORIZEN
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 9161/19 2/ Fecha de presentación: 26/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VORIZEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-03-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 18-50359 — Solicitud de registro de marca de fábrica LANTERA
Registrador de la Propiedad Industrial
VORIZEN 1/ Solicitud: 18-50359 2/ Fecha de presentación: 28-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LANTERA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 LANTERA 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema respiratorio; agentes antineopláticos e inmunomoduladores. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 8169/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica BEMPEZET
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 8169/19 2/ Fecha de presentación: 19/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEMPEZET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-03-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 7738/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica MEETION Y DISEÑO
Registrador de la Propiedad Industrial
BEMPEZET 1/ Solicitud: 7738/19 2/ Fecha de presentación: 15/02/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: SHENZHEN MEETION TECH, CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 3F/2A of Third Phase, Yangbei Industrial Park, Huangtian, Xixiang Street, Bao'An Distritc, Shenzhen, China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEETION Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Cubiertas para teléfonos inteligentes, fundas para teléfonos inteligentes, bastones para selfie, gafas, cargadores para baterías eléctricas, acopladores (equipos de procesamiento de datos), dispositivos periféricos de computadora, teclados de computadora, aparatos de teléfono, auriculares. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-06-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24258-2019 — Solicitud de registro de marca de servicio DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24258-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios prestados por personas o por establecimiento cuyo fin esencial es preparar y procurar alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restauración (alimentación); servicios de restaurantes, cafés, cafeterías, bares, restaurantes de autoservicios, así como los servicios prestados procurando al alojamiento, el albergue, el hospedaje y la comida en hoteles, pensiones, hostales u otros establecimientos que aseguren un hospedaje temporal; servicios de hotelería, servicios de reserva de alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de viaje o corredores. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: Se protege en su fomra conjunta y no por separado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 21 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24261-2019 — Solicitud de registro de marca de servicio MULTIVACACIONES DECAMERON Y DISEÑO
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24261-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MULTI VACACIONES DECAMERON Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios relacionados con el transporte de personas o mercancías de un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y los servicios necesariamente relacionados con esos transportes; servicios relacionados con el alquiler de vehículos de transporte; los servicios que consisten en informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes prestados por intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a las tarifas, los horarios y los medios de transporte, organización de excursiones, viajes, cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros; reservas para los viajes; transporte de viajeros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24265-2019 — Solicitud de registro de marca de servicio DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24265-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Seivicios cuyo fin esencial es el entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo, la educación y la formación de los individuos; actividades deportivas y culturales; servicios de discotecas; organización y dirección de conferencias, congresos, seminarios y simposios; organización y realización de ferias, eventos o exposiciones con fines culturales o educativos; juegos de suerte y azar; servicios de casino, explotación de casinos y salas de juego; servicios de juegos disponibles en línea a través de una red informática; parques de atracciones y diversiones, servicios de jardines y parques zoológicos, organización de fiestas y recepciones. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: Se protege en su fomra conjunta y no por separado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24262-2019 — Solicitud de registro de marca de servicio DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24262-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios relacionados con el transporte de personas o mercancías de un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y los servicios necesariamente relacionados con esos transportes; servicios relacionados con el alquiler de vehículos de transporte; los servicios que consisten en informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes prestados por intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a las tarifas, los horarios y los medios de transporte, organización de excursiones, viajes, cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros; reservas para los viajes; transporte de viajeros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 45946/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45946/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/ 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Plantones y semillas para plantar, productos agrícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar, granos y semillas en bruto o sin procesar no incluidos en otras clases, frutas frescas y semillas de hortalizas; plantas y flores naturales. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 45944/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
CLIMATE SMART TECHNOLOGY 1/ Solicitud: 45944/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes y productos químicos para uso en agricultura, multi micro nutrientes fertilizantes, nutrientes orgánicos para el crecimiento de las plantas, aditivos químicos para fungicidas, a ditivos químicos para insecticidas, conservantes de flores, productos químicos para el sector forestal, fósforo. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 45947/19 — Solicitud de registro de marca de servicio CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
CLIMATE SMART TECHNOLOGY 1/ Solicitud: 45947/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales. administración comercial, trabajo de oficina. servicios de venta minorista o mayorista en línea de productos relacionados con el campo, la fabricación y comercialización de agroquímicos, semillas y otros productos relacionados con la agricultura, productos químicos industriales, productos químicos intermedios y productos químicos especializados y soluciones de protección de cultivos. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Aviso No. 45945/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45945/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, rodenticidas, preparados para matar las malas hierbas y destruir bichos. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 45949/19 — Solicitud de registro de marca de servicio CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
CLIMATE SMART TECHNOLOGY 1/ Solicitud: 45949/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Fernando Godoy USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: La Marca se prote en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos do nominativos que la conforman. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 21 J. y 7 J. 2021. CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Aviso No. 45948/19 — Solicitud de registro de marca de servicio CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45948/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/ 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLIMATE SMART TECHNOLOGY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; orientación profesional [asesoramiento sobre educación o formación]. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-2019 12/ Reservas: La Marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada a los elementos do nominativos que la conforman. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. CLIMATE SMART TECHNOLOGY
Aviso No. 2018-001519 — Solicitud de registro de marca de fábrica CORONA Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-001519 [2] Fecha de presentación: 11/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: CORONA INDUSTRIAL, S.A.S. [4.1] Domicilio: CALLE 100 No. 8A-55, TORRE C PISO 9, BOGOTA, Colombia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CORONA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 19 [8] Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos, tuberías de agua no metálicas, tuberías de desagüe no metálicas, tuberías forzadas no metálicas, válvulas no metálicas ni de materias plásticas para tuberías de agua, sifones de desagüe no metálicos ni de materias plásticas, tanques de agua, piso, azulejos para revestir paredes y baldosas, revestimientos de pared y piso, pisos, techos, cemento.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2020. [12] Reservas: Se protege el color Azul Pantone 300C. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KALLEY Y DISEÑO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Ollas arroceras eléctricas; sanducheras; tostahomos; cocinas a vapor, estufas a gas y eléctricas; freidoras eléctricas; hornos a gas y eléctricos; hornillos de carbón vegetal; marmitas eléctricas; ollas a presión eléctricas y ollas eléctricas, sartenes; carros termos de bandejas, calientaplatos, aire acondicionado, bombillos, focos y bombillos ahorradores de energía, aire acondicionado; accesorios, repuestos y elementos relacionados con el citado producto, aparatos dispositivos y equipos de enfriamiento; aparatos, equipos y máquinas de refrigeración-contenedor de refrigeración; cámaras y gabinetes de refrigeración; congeladores; refrigeradores; aparatos y máquinas de hielo; enfriadores de aire, ventiladores, microondas, congeladores, cafetera, tostadora de pan, horno tostador, sartenes, ollas a presión, secadores de pelo, planchas para el pelo, aparatos de dispensador o distribución de agua, aparatos de calefacción, aparatos para cocinar perros calientes, palomitas de maíz (crispetera) y chocolate (fuente de chocolate), de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 22 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 45942/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica UPDT
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 45942/19 2/ Fecha de presentación: 08/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: UPL LIMITED. 4.1/ Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, INDIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: India
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UPDT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes y productos para uso en agricultura; fertilizantes multimicronutrientes; nutrientes orgánicos para el crecimeinto de las plantas; aditivos quimicos para fungicidas; aditivos quimicos para insecticidas; productos para conservar las flores, productos quimicos para la silvicultura, fósforo. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. UPDT
Aviso No. 2019-018785 — Solicitud de registro de marca de fábrica SMART CLIMATE AGRICULTURE
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-018785 [2] Fecha de presentación: 06/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: UPL LTD. [4.1] Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HITGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI-400-051, India. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: INDIA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Fertilizantes y productos químicos para uso en agricultura, multimicronutrientes fertilizantes, nutrientes orgánicos para el crecimiento de las plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos químicos para insecticidas, conservantes de flores, productos químicos para el sector forestal, fósforo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de enero del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. SMART CLIMATE AGRICULTURE
Aviso No. 44357-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica SPEED STICK ACTIVE CITRUS
Registrador de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 44357-19 2/ Fecha de presentación: 25-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmotive Company. 4.1/ Domicilio: 300 Park Avenue, New York 10022, United State of America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo. 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SPEED STICK ACTIVE CITRUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Desodorantes y antitranspirantes de uso personal. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 20-16788 — Solicitud de registro de marca de fábrica THIS RANDOM FIVE
Registrador de la Propiedad Industrial
SPEED STICK ACTIVE CITRUS 1/ Solicitud: 20-16788 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation. 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS RANDOM FIVE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 16791-2020 — Solicitud de registro de marca de fábrica TIMELESS TIME BLUE
Registrador de la Propiedad Industrial
THIS RANDOM FIVE 1/ Solicitud: 16791-2020 2/ Fecha de presentación: 10-junio-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation. 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TIMELESS TIME BLUE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 TIMELESS TIME BLUE 8/ Protege y distingue: Tabaco, cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. _______ 1/ Solicitud:
Aviso No. 20-16790 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica THIS RANDOM FIVE
Registro de la Propiedad Industrial
20-16790 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation. 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Republica de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS SILVER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2020-16787 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica THIS MOJITO+
Registro de la Propiedad Industrial
THIS SILVER 1/ Solicitud: 2020-16787 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation. 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Repúblic of Korea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS MOJITO+ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-10-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. THIS MOJITO+
Aviso No. 2021-185 — Solicitud de registro de Marca de Servicio KWIK STOP
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-185 Fecha de presentación: 2021-01-14 Fecha de emisión: 21 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR Solicitante: DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, S. DE R.L. (DYCOMER). Domicilio: 1 Calle 25 avenida, Colonia Trejo, San Pedro Sula, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY SAGASTUME
E)
CLASE INTERNACIONAL ( 35 )
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KWIK STOP
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización de todo tipo de productos de tabaco, cigarros electrónicos, repuestos, filtro, así - como productos comestibles de todo tipo , de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 11313/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica PEDIAWIN
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 11313/19 2/ Fecha de presentación: 11/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: 0 Avenida "C" 2-55, Colonia Najarito, Zona seis (6) Villa Nueva, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PEDIAWIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéutico as y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietética para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-04-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 48200/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica FABULOSO NATURAL ESSENTIALS
Registro de la Propiedad Industrial
PEDIAWIN 1/ Solicitud: 48200/19 2/ Fecha de presentación: 22/ noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmotive Company. 4.1/ Domicilio: 300 Park Avenue, New York, New York 10022, United State of America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo. 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FABULOSO NATURAL ESSENTIALS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 FABULOSO NATURAL ESSENTIALS 8/ Protege y distingue: Limpiadores para todo uso; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y abrasivas; detergente lavaplatos; preparaciones para el ciudad o de la ropa; acondicionadores y suavizantes de telas. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 48980/19 — Solicitud de registro de Marca de Servicio REKUBRE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 48980/19 2/ Fecha de presentación: 29/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES, F.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REKUBRE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Compra y venta de todo tipo de materiales de construcción, decoración, cerámicas, adhesivos, texturizados, pulidos, arena, grava. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-12-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2020-023654 — Solicitud de registro de Marca de Servicio CANVAS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2020-023654 [2] Fecha de presentación: 22/10/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR [4] Solicitante: CANALES VARIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: 12 calle, 2-25 zona 10, edificio Avia, Nivel 17, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CANVAS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de distribución, promoción y comercialización al por mayor o al detalle de todo tipo de productos de consumo masivo, incluyendo alimentos, suplementos nutricionales, productos de limpieza, higiene y desinfección e inocuidad, productos de cuidado personal y cosméticos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de diciembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2018-035736 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica LESIA
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-035736 [2] Fecha de presentación: 15/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS, S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000 Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LESIA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, suplementos alimenticios para personas o animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: Mediante certificado de traspaso resolucion No. 1228, de fecha 30 de julio de 2019, se realizó el traspaso a favor de MEGA LABS, SA, según Registro No.151062, tomo 554, folio 146, clase 5, habiéndose realizado el traspaso desaparece el abstáculo que impedía el registro de la marca LESIA. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 1752/20 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica BASKETTO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
LESIA 1/ Solicitud: 1752/20 2/ Fecha de presentación: 13/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: RAELI YOLANDA AMADOR UMANZOR 4.1/ Domicilio: Colonia Kennedy, tercera entrada, Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BASKETTO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica la frase GIFT CO. 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Cajas y recipientes para embalaje, hecho de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24264-2019 — Solicitud de registro de Marca de Servicio DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24264-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 _________ 8/ Protege y distingue: Seivicios cuyo fin esencial es el entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo, la educación y la formación de los individuos; actividades deportivas y culturales; servicios de discotecas; organización y dirección de conferencias, congresos, seminarios y simposios; organización y realización de ferias, eventos o exposiciones con fines culturales o educativos; juegos de suerte y azar; servicios de casino, explotación de casinos y salas de juego; servicios de juegos disponibles en línea a través de una red informática; parques de atracciones y diversiones, servicios de jardines y parques zoológicos, organización de fiestas y recepciones. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/6/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 7, 21 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24257-2019 — Solicitud de registro de Marca de Servicio MULTIVACACIONES DECAMERON Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24257-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MULTI VACACIONES DECAMERON Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios prestados por personas o por establecimiento cuyo fin esencial es preparar y procurar alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restauración (alimentación); servicios de restaurantes, cafés, cafeterías, bares, restaurantes de autoservicios, así como los servicios prestados procurando al alojamiento, el albergue, el hospedaje y la comida en hoteles, pensiones, hostales u otros establecimientos que aseguren un hospedaje temporal; servicios de hotelería, servicios de reserva de alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de viaje o corredores. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-06-2019 12/ Reservas: Se protege en su conjunto y no por separado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 7, 21 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24263-2019 — Solicitud de registro de Marca de Servicio MULTIVACACIONES DECAMERON Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 24263-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MULTI VACACIONES DECAMERON Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Seivicios cuyo fin esencial es el entretenimiento, la diversión, el esparcimiento, el recreo, la educación y la formación de los individuos; actividades deportivas y culturales; servicios de discotecas; organización y dirección de conferencias, congresos, seminarios y simposios; organización y realización de ferias, eventos o exposiciones con fines culturales o educativos; juegos de suerte y azar; servicios de casino, explotación de casinos y salas de juego; servicios de juegos disponibles en línea a través de una red informática; parques de atracciones y diversiones, servicios de jardines y parques zoológicos, organización de fiestas y recepciones. 8.1/ Página Adicional
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-06-2019 12/ Reservas: Se protege en su fomra conjunta y no por separado. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 7, 21 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2020-016795 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica TIMELESS TIME RED
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2020-016795 [2] Fecha de presentación: 10/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: KT & G CORPORATION [4.1] Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, República de Corea [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TIMELESS TIME RED [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Tabaco; cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos, pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco, encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021 TIMELESS TIME RED
Aviso No. 2020-23207 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica FOFO
Registro de la Propiedad Industrial
Solicitud: 2020-23207 Fecha de presentación: 2020-09-28 Fecha de Emisión: 18 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: ASTHILDUR OSK EINARSDOTTIR Domicilio: Lomas del Mayab, calle Atlántida, casa #2937, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL ADOLFO PINEDA PADILLA
E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FOFO
G)
H)
Reservas / Limitaciones
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Equipos para el tratamiento de información y ordenadores. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 2019-45943 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica ZEBA
Registro de la Propiedad Industrial
Solicitud: 2019-45943 Fecha de presentación: 2019-11-08 Fecha de Emisión: 4 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: UPL LIMITED Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HIGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI - 400 051, India.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo
D)
APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY
E)
CLASE INTERNACIONAL (1)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZEBA G. H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes y productos químicos para uso en agricultura; fertil antes con multi micronutrientes; nutrientes orgánicos para el crecimiento de las plantas; aditivos químicos para fungicidas; aditivos químicos para insecticidas; conservantes de flores, productos químicos para la silvicultura; fósforo, recubrimientos de semillas; preparaciones para enmendar suelos; geles de enraizamientos; recubrimientos radiculares; recubrimientos de raíces de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 41324/19 — Solicitud de registro de Marca de Servicio NAMUTEK y diseño
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 41324/19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: COSIC Comercialización de Sistemas Inalámbricos de Comunicación S.A. 4.1/ Domicilio: Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum I, Edificio E, primer piso, Costa Rica 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NAMUTEK y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/02/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 46652-19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 46652-19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmolive Company. 4.1/ Domicilio: 300 Park Avenue, New York, New York, 10022, United States of America 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: Tipo de Signo:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores Rojo, Blanco y Azul 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Dentífricos; pasta de dientes; gel dental; enjuague bucal 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04/12/2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 19-23916 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica PARAFEN
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 19-23916 2/ Fecha de presentación: 06-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Guardado, Sociedad Anónima de Capital Variable (Guardado, S.A. de C.V.) 4.1/ Domicilio: Colonia Militar, Pasaje Martínez, entre 1a. y 2a, Avenida Sur, No. 412, Zona 5, Barrio San Jacinto, San Salvador, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARAFEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico especialmente un analgésico antiinflamatorio y anti térmico. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/6/19 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2018-048857 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica TRAMEFENAK FD
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-048857 [2] Fecha de presentación: 19/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: GUARDADO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Colonia Militar, Pasaje Martínez, entre 1a y 2a, Avenida Sur, No. 412, zona 5, Barrio San Jacinto, San Salvador, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALVADOR.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRAMEFENAK FD [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos especialmente un antiespasmódico muscular.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de junio, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. PARAFEN
Aviso No. 2019-14093 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica DAYTONA BIKES Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 2019-14093 2/ Fecha de presentación: 29/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: CORPORACIÓN JCEVCORP CIA.LTDA. 4.1/ Domicilio: MIGUEL NARVAEZ S/N Y CARLOS TOSI, Cuenca - Ecuador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DAYTONA BIKES Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motocicletas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 24260-2019 — Solicitud de registro de Marca de Servicio DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 24260-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON ALL INCLUSIVE HOTELS & RESORTS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios relacionados con el transporte de personas o mercancías de un lugar a otro por vía terrestre férrea, aérea o marítima y los servicios necesariamente relacionados con esos transportes; servicios relacionados con el alquiler de vehículos de transporte; los servicios que consisten en informaciones referentes a los viajes y reservas de pasajes prestados por intermediarios y agencias de turismo; informaciones relativas a las tarifas, los horarios y los medios de transporte, organización de excursiones, viajes, cruceros y visitas turísticas: acompañamiento de viajeros; reservas para los viajes; transporte de viajeros.. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2019 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta y no por separado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 40419/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica MODIMUNE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 40419/19 2/ Fecha de presentación: 25/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: MEGA LABS, S.A 4.1/ Domicilio: Ruta 101 km, 23,500, Parque de las Ciencias, Edificio Megapharma, Piso 3, 14.000, Canelones Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MODIMUNE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.| 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. MODIMUNE
Aviso No. 4175/20 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica MIAUFY Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
TRAMEFENAK FD
1/ No. Solicitud: 4175/20 2/ Fecha de presentación: 28/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: DR. PETS FOODS, S.A. 4.1/ Domicilio: San Francisco, calle 74E, Edificio Midtown SF74, piso 17, oficina 1705, ciudad de Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MIAUFY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño. 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos alimenticios y bebidas para animales. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/03/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 36505/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica FANTERMET
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 36505/19 2/ Fecha de presentación: 27/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Zodiac International Corporation. 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FANTERMET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. FANTERMET
Aviso No. 36504/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica EXADIA ICLOS
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 36504/19 2/ Fecha de presentación: 27/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: MEGA LABS, S.A. 4.1/ Domicilio: Ruta 101 km, 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Megapharma, piso 3, 14.000, Canelones Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXADIA ICLOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; EXADIA ICLOS emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 36503/19 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica DOLVENZIA
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 36503/19 2/ Fecha de presentación: 27/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: MEGA LABS, S.A. 4.1/ Domicilio: Ruta 101 km, 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Megapharma, piso 3, 14.000, Canelones Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOLVENZIA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021. DOLVENZIA
Aviso No. 24259-2019 — Solicitud de registro de Marca de Servicio DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 24259-2019 2/ Fecha de presentación: 07-06-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: HOTELES DECAMERON COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carretera 1 No. 10-10- Boca grande Cartagena, Colombia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DECAMERON EXPLORER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios prestados por personas o por establecimiento cuyo fin esencial es preparar y procurar alimentos y bebidas para el consumo; servicios de restauración (alimentación); servicios de restaurantes, cafés, cafeterías, bares, restaurantes de autoservicios, así como los servicios prestados procurando al alojamiento, el albergue, el hospedaje y la comida en hoteles pensiones, hostales u otros establecimientos que aseguren un hospedaje temporal; servicios de hotelería, servicios de reserva de alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de viaje o corredores. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-06-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-020619 — Solicitud de registro de Nombre Comercial LABORATORIOS MÉDICOS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-020619 [2] Fecha de presentación: 15/05/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS MEDICO S. DE R. L. [4.1] Domicilio: Colonia Rubén Dario, calle Arturo López Rodezno, 2040, atrás de Ashomplafa, Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LABORATORIOS MÉDICOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Servicios médicos de análisis clínicos y de anatomía patológica.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: INGRID VALESKA CAMPOS MUÑOZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto, del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J.2021.
Aviso No. 41325/19 — Solicitud de registro de Marca de Servicio NAMUTEK y diseño
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 41325/19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: COSIC Comercialización de Sistemas Inalámbricos de Comunicación, S.A. 4.1/ Domicilio: Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum 1, Edificio E, primer piso, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NAMUTEK y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos, servicios de análisis e investigación industriales, diseño y desarrollo de equipos informáticos y software. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28/2/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-018784 — Solicitud de registro de marca de fábrica de pesticidas e insecticidas
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-018784 [2] Fecha de presentación: 06/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: UPL LTD. [4.1] Domicilio: UPL HOUSE, 610 B/2, BANDRA VILLAGE, OFF WESTERN EXPRESS HTGHWAY, BANDRA (EAST), MUMBAI-400051, India. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: INDIA.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, rodenticidas, preparados para matar las malas hierbas y destruir bichos.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de enero, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J.2021.
Aviso No. 19/33166 — Solicitud de registro de marca de servicio DALE! Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 19/33166 2/ Fecha de presentación: 02/08/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: AVAL SOLUCIONES DIGITALES, S.A. 4.1/ Domicilio: CL 36 7 47 P OS L 2 Bogotá, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DALE! Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindia los colores PANTONE RED 032C, RGB 247/50/83, CMYK 0/3/93/76/0, ROJO Y NEGRO 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-02-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-020620 — Solicitud de registro de nombre comercial LABORATORIOS MÉDICOS
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-020620 [2] Fecha de presentación: 15/05/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS MEDICO S. DE R. L. [4.1] Domicilio: Colonia Rubén Dario, calle Arturo López Rodezno, 2040, atrás de Ashomplafa, Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS.
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LABORATORIOS MÉDICOS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Entidad Mercantil dedicada a prestar servicios médicos de análisis clínicos y de anatomía patológica.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: INGRID VALESKA CAMPOS MUÑOZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero, del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J.2021. LABORATORIOS MÉDICOS SMART CLIMATE AGRICULTURE
Aviso No. 2019-046650 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Colgate-Palmolive
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-046650 [2] Fecha de presentación: 13/11/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: COLGATE - PALMOLIVE COMPANY [4.1] Domicilio: 300 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK, 10022, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Dentífricos; pasta de dientes; gel dental; enjuague bucal.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de diciembre del año 2019 [12] Reservas: Se reivindican los colores Azul, Verde, Rojo y Blanco. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 46651-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Colgate-Palmolive
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 46651-19 2/ Fecha de presentación: 13-11-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmolive Company 4.1/ Domicilio: 1800 Park Avenue, New York, New York, 10022, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Reservas de los colores Rojo, Gris, Blanco y Azul. 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Dentífricos; pasta de dientes; gel dental; enjuague bucal. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-12-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 20-16789 — Solicitud de registro de marca de fábrica THIS RED
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 20-16789 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS RED 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021 THIS RED
Aviso No. 20-16783 — Solicitud de registro de marca de fábrica THIS CHANGE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 20-16783 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THIS CHANGE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/12/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021 THIS CHANGE
Aviso No. 20-16794 — Solicitud de registro de marca de fábrica TIMELESS TIME GREEN
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 20-16794 2/ Fecha de presentación: 10-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: KT & G Corporation 4.1/ Domicilio: 71, Beotkkot-gil, Daedeok-gu, Daejeon, Republic of Korea 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TIMELESS TIME GREEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; cigarrillos; cigarros; puros; tabaco para inhalar; papel para cigarrillos; pipas para tabaco; filtros para cigarros; cajetillas para cigarros que (no sean de metales preciosos); bolsas para tabaco; encendedores de cigarrillos (que no sean de metales preciosos); fósforos; limpiadores de pipas para pipas de tabaco; ceniceros (que no sean de metales preciosos) para fumadores; cortadores de puros. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/11/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021 TIMELESS TIME GREEN
Aviso No. 2020-018951 — Solicitud de registro de marca de fábrica FABULOSO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2020-018951 [2] Fecha de presentación: 01/07/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: COLGATE - PALMOLIVE COMPANY [4.1] Domicilio: 300 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK, 10022, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FABULOSO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Jabón antibacterial, desinfectante para manos, limpiadores desinfectantes, toallas antibacteriales.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 41323/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica NAMUTEK y diseño
Registro de la Propiedad Industrial
FABULOSO 1/ No. Solicitud: 41323/19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: COSIC Comercialización de Sistemas Inalámbricos de Comunicación S.A. 4.1/ Domicilio: Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Forum I, Edificio E, primer piso, Costa Rica 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NAMUTEK y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos de procesamiento de pagos electrónicos, software de pagos, terminales de pago electrónico, aplicaciones de software, interfaces. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20/8/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 2018-050013 — Solicitud de registro de marca de fábrica DAYMSABANA CORE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2018-050013 [2] Fecha de presentación: 27/11/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: DESARROLLO AGRICOLA Y MINERO S.A. (DAYMSA) [4.1] Domicilio: Paseo de la Independencia, 21-3 , Zaragoza, España [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DAYMSABANA CORE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos para la destrucción de animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, plaguicidas de uso agrícola, comercial y doméstico.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO GODOY SAGASTUME USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de diciembre del año 2018 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KALLEY Y DISEÑO
G)
H)
Reservas / Limitaciones
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Licuadoras, exprimidores de jugo, batidoras para uso doméstico, lavadoras de ropa y aspiradoras, procesador de alimentos, presas, pelador de frutas, mezcladoras, lavadoras, aspiradoras, máquinas para preparar comida de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 19047/20 — Solicitud de registro de marca de fábrica PALMOLIVE
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 19047/20 2/ Fecha de presentación: 01/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmolive Company 4.1/ Domicilio: 300 Park Avenue, New York, New York, 10022, United States of America 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: Tipo de Signo: Denominativa
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PALMOLIVE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Jabón antibacterial, desinfectante para manos, limpiadores desinfectantes, toallas antibacteriales. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28/9/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021 PALMOLIVE
Aviso No. 2021-147 — Solicitud de registro de marca de fábrica SELFIEGRAFI
Registro de la Propiedad Industrial
Solicitud: 2021-147 Fecha de presentación: 2021-01-12 Fecha de Emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR Solicitante: INTER TRADE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: San Salvador, El Salvador
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA
E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SELFIEGRAFI
G)
H)
Reservas / Limitaciones
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 23062/20 — Solicitud de registro de marca de servicio INSIGNE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ No. Solicitud: 23062/20 2/ Fecha de presentación: 18/septiembre/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A)
TITULAR 4/ Solicitante: INTER TRADE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: San Salvador, República de El Salvador 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INSIGNE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 40 8/ Protege y distingue: Servicio de tratamiento de materiales, entre ellos: bordado, estampados, grabado, impresión de patrones, serigrafía, aplicación de acabados. Servicios de fabricación por encargo detallados anteriormente. 8.1/ Página Adicional:
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/12/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso No. 2021-604 — Solicitud de registro de marca de fábrica COMISAJUL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2021-604 Fecha de presentación: 2021-02-09 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A)
TITULAR Solicitante: COOPERATIVA MIXTA SAN JUANCITO LIMITADA (COMISAJUL) Domicilio: BARRIO EL CENTRO, ALDEA DE LA VILLA DE SAN JUANCITO, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, Honduras.
B)
PRIORIDAD:
C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
D)
APODERADO LEGAL SAMUEL ANTONIO INESTROZA MURILLO
E)
CLASE INTERNACIONAL (30)
F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COMISAJUL
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones: Se le da protección a la palabra “COMISAJUL”, sin reivindicar nungún elemento denominativo y númerico que aparece en la etiqueta.
J)
Para Distinguir y Proteger: CAFE de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 J. y 7 J. 2021
Aviso — Servicios ofrecidos por EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS.
Aviso No. 2248/20 — Solicitud de registro de marca de fábrica LEAL Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 2248/20 2/ Fecha de presentación: 16/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: LEAL GLOBAL HOLDING, S.A. 4.1/ Domicilio: Edificio P.H., Plaza 2000, piso 16, calle 50, Apartado Postal 0816-01098, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LEAL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aplicación descargable para dispositivos móviles diseñada para acumular y redimir puntos; soportes de registro magnéticos, electrónicos y digitales; equipos de procesamiento de datos; ordenadores; software; procesadores de datos; dispositivos de almacenamiento de datos; programas informáticos de procesamiento de datos; receptores móviles de datos; software de búsqueda de datos; software de gestión de bases de datos; aparatos electrónicos de recepción, transmisión y almacenamiento inalámbricos de datos y mensajes.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-06-2020. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 19366-2019 — Solicitud de registro de marca de fábrica HEPTADIN
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 19366-2019 2/ Fecha de presentación: 08-05-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: Antiguo Cuscatlán, La Libertad, La Libertad, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HEPTADIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/5/19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 15213-2020 — Solicitud de registro de marca de fábrica ORLY Y ETIQUETA
Registro de la Propiedad Industrial
HEPTADIN 1/ Solicitud: 15213-2020 2/ Fecha de presentación: 28-04-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: BLENASTOR C.A. 4.1/ Domicilio: Calle Benjamín Carrion E9-194 y Alfredo Luna Tobar, Con o coto, Ecuador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ORLY Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican todos los colores. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza, cepillos de diente.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 25863-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ARLYT
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 25863-19 2/ Fecha de presentación: 18-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: MEGA LABS S.A. 4.1/ Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARLYT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Lentes de contacto; lentes de todo tipo (gafas); estuches de transporte y contenedores para lentes de contacto, estuches para gafas y lentes de contacto; lentes antirreflectantes; lentes correctoras; lentes de aproximación; lentes ópticas; lentes para anteojos; lentes para autofotos; lentes para caretas de protección facial; lentes para gafas; obturadores de lentes.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28/6/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 19-27547 — Solicitud de registro de marca de fábrica TEROVAL
Registro de la Propiedad Industrial
ARLYT 1/ Solicitud: 19-27547 2/ Fecha de presentación: 27-06-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: Zodiac International Corporation 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEROVAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, aliementos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-07-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021. TEROVAL
Para Distinguir y Proteger: Papel, cartón (cartón), cartón y productos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases; material de embalaje y embalaje parcial o totalmente de papel, cartón, cartón o plástico; recipientes de embalaje y material de embalaje hecho de papel o de papel re cubierto con material plástico; bolsas, sacos, bolsas, bandejas, botellas y hojas para el envasado y almacenamiento de alimentos y productos líquidos o semi liquidos; materiales plásticos para embalaje (no incluidos en otras clases); película de plástico para envolver; papel laminado, cartón o cartón para embalaje, distribución, envoltura y almacenamiento de alimentos y productos líquidos; impresos; material de instrucción y enseñanza (excepto aparatos). Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2020-022729 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROCK SPACE Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2020-022729 [2] Fecha de presentación: 26/08/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: SHENZHEN RENQING EXCELLENT TECHNOLOGY CO., LTD. [4.1] Domicilio: 104, No. 5, Longfu Industrial Zone, Huarong Road, Tongsheng, Community, Dalang Street, Longhua District, Shenzhen, China [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROCK SPACE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Dispositivos periféricos de computadora; aplicaciones de software de computadora, descargables; películas protectoras, adaptadas para pantallas de ordenador; fundas para asistentes digitales personales [PDA]; fundas para tabletas, ordenadores; Smart Glass es (aparatos de procesamiento de datos); stands adaptados para teléfono móvil; enrutador inalámbrico USB; fundas para teléfonos móviles; enrutadores de red; enrutadores inalámbricos; micrófonos; auriculares de auriculares de; auriculares inalámbricos para teléfonos inteligentes; cancelación de ruido de auriculares; gabinetes para altavoces; palos para selfies [monopie de mano]; cámaras; cable USB para teléfono móvil; cable con revestimiento de plástico; cables para transmisión de sonido e imagen; cable USB de conectores de [electricidad]; eléctrico de enchufes; gafas de cargadores de batería para teléfonos móviles; fuentes de alimentación portátiles de batería [recargables]
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rodrigo Jose Cano Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de diciembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 19019/20 — Solicitud de registro de nombre comercial CEMENTOS ALIADO Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
1/ Solicitud: 19019/20 2/ Fecha de presentación: 01/julio/20 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A)
TITULAR 4/ Solicitante: PROYECTOS MESOAMERICA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad y departamento de San Salvador, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: El Salvador
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CEMENTOS ALIADO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Servirá para identificar una empresa dedicada a la elaboración, producción, fabricación, venta, comercialización y distribución de cemento y concreto; productos químicos destinados para la industria; adhesivos, pegamentos o aglutinantes para uso industrial; aditivos para cemento y concreto; productos para impermeabilizar o conservar el cemento y concreto; agregados para construcción, cemento y concreto; materiales de construcción no metálicos, tales como: cemento, concreto, hormigón, mortero, piedra, cal, arena, grava, yeso, loseta, tabiques, ladrillo, tejas, mosaicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción; tubos de cemento; mezclas para juntas de cemento; pizarras de mortero de cementos; revestimientos de cemento; asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas y monumentos, no metálicos. Igualmente, se dedicará a la prestación de servicios de gestión de negocios comerciales y administración comercial, tales como: compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de los productos anteriormente relacionados; servicios de desarrollo, proyección, planeación, consultoría y establecimiento de proyectos así como servicios proporcionados por arquitectos, ingenieros o químicos en el ámbito de la fabricación y el tratamiento de materiales de construcción como el concreto y el hormigón; así como en el campo de la construcción y la ingeniería civil, servicios de análisis, informes e investigación industrial, estudio de proyectos técnicos, peritajes químico experticias de evaluaciones químicas, diseño y control de calidad industrial y planificación urbana.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-10-2020. 12/ Reservas: Nombre Comercial no protege diseño ni color. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROCK SPACE Y DISEÑO
G)
H)
Reservas/Limitaciones:
I)
Reivindicaciones:
J)
Para Distinguir y Proteger: Trituradoras [máquinas] para uso industrial; mezcladoras de; prensas de frutas eléctricas para uso doméstico, instalaciones de extracción de polvo con fines de limpieza; impresoras 3D, tallador asistido por computadora; máquina de grabado por computadora; máquinas y aparatos para limpieza eléctrico; instalaciones de lavado para vehículos, aspiradoras; accesorios de aspiradora difusión de perfumes y desinfectantes; aparatos de lavado; aspiradora inalámbrica; caucho, máquinas de corte; máquinas de corte; cortadoras [máquinas]; equipos de corte (piezas de máquinas); robots industriales; cuchillos eléctricos de; máquinas para cortar vidrio de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-017807 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIKKOS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-017807 [2] Fecha de presentación: 26/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: AL INT E ALIMENTOS INTEGRALES, S.A. [4.1] Domicilio: DE CO PLAZA 50 METROS AL NORTE, PARQUE INDUSTRIAL, GUACHIPELIN, SAN JOSÉ, COSTA RICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NIKKOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Aviso No. 2019-016436 — Solicitud de registro de marca de fábrica TRAV
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-016436 [2] Fecha de presentación: 11/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: TRAVEL RESERVATIONS S.R.L [4.1] Domicilio: RUTA 8, KM. 17.500, EDIFICIO SYNERGIA, OFICINA 101, ZONAMERICA (91600) MONTEVIDEO, URUGUAY [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Software; software para computadoras; software para dispositivos móviles; aplicaciones para dispositivos móviles.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2019. [12] Reservas: Se reivindica los colores del diseño: Pantone 2126C. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 2019-014014 — Registro de Marca de Fábrica VATONER
Registro de la Propiedad Industrial
[1] Solicitud: 2019-014014 [2] Fecha de presentación: 28/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION [4.1] Domicilio: CALLE 50, TORRE GLOBAL PLAZA, 6 PISO, PANAMÁ, PANAMÁ [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VATONER [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, sistema digestivo y metabolismo.
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 2019-19112 — Registro de Marca de Fábrica Fensolvi
Registro de la Propiedad Industrial
VATONER 1/ Solicitud: 2019-19112 2/ Fecha de presentación: 07-05-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION 4.1/ Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Fensolvi 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.
D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla
E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10/6/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.
Certificación No. 2019-007155 — Registro de Marca de Fábrica CHOCO KRISPIS Y DISEÑO
Registro de la Propiedad Industrial
FENSOLVI [1] Solicitud: 2019-007155 [2] Fecha de presentación: 12/02/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A)
TITULAR [4] Solicitante: KELLOGG COMPANY [4.1] Domicilio: One Kellogg Square, Battle Creek, Michigan, USA, 49016-3599, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHOCO KRISPIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Alimentos procesados a base de cereales para ser utilizados para el desayuno, refrigerios o ingredientes para preparar otros alimentos; cereales listos para comer; cereales procesados; cereales para el desayuno; preparaciones hechas de cereales y otros productos alimenticios derivados del cereal para ser utilizados para el desayuno, refrigerios o ingredientes para preparar comida; refrigerios a base de cereales; barras de cereales; galletas [dulces o saladas]; muffins ingleses (magdalenas); galletas saladas [crackers].
D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rodrigo José Cano Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 1 de julio del año 2019. [12] Reservas: En virtud de que las sociedades mercantiles KELLOGG COMPANY Y KELLOGG DE CENTROAMERICA, S.A. pertenecen al mismo Grupo Empresarial. Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 J. 2021.