Aviso
Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa contra el Estado de Honduras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
Por este, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo consede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Contencioso Administrativo, a los interesados a efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que uno de febrero del año dos mil diecinueve, el Abogado ENRIQUE ROMERO BANEGAS, actuando en Apoderado Judicial del Sindicato Nacional de Obreros del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Similares (SITRASANAAYS) y sus afiliados 1) Martín Reyes Castillo 1804-1971-02870; 2) Julio Váslez Suazo 1107-1964-01903, y otros.- Interpone contra el Estado de Honduras, representado legalmente pogada LIDIA ESTELA CARDONA PADILLA, en su calidad de Procuradora General de la República de Honduras, demanda en materia ordinaria para que en definitiva se declare la nulidad por no ser conforme o el acto administrativo impugnado consistente en la Resolución 084-2017 del 27 de junio del 2017 y su confirmatoria 137-2018 del 20 de noviembre del 2018, emitidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; notificada esta última el 4 de diciembre del 2018, por informe a derecho e informe el ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de la situación jurídica particular utilizada y para su pleno restablecimiento se adopte como necesario: a) Mantener la plena validez y legalidad del acto notificación de infracciones del 24 de noviembre notificada al SANAA por la Inspectora del Trabajo Sandra Rivera.- b) Mantener la plena validez y legalidad de No. II-15042308017360d del 13 de febrero del atilda por la Inspección General del Trabajo, en la misma mantiene la validez, legalidad conforme a derecho g notificación de infracciones de fecha 24 de noviembre y la sanción pecuniaria impuesta al centro de trabajo Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (.) en la persona de su Directora Interna, señora Nívida lández Aguería, por el valor de cinco mil lempiras exactos (00,00), 3) fin de que se cancele el valor en la Tesorería de la República por no haber hecho efectivo el pago del salarial del año 2014, bajo la obligación constitucional de Honduras a través de la citada Secretaría del Estado, de los contratos individuales y colectivos, celebrados entre trabajadores.- Condena en costas.- San Pedro, tes; 22 de marzo del año 2019.
NCIADO JUAN ANTONIO MADRID GUZMAN SECRETARIO