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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

24 agosto 2018Edición No. 34,727

Acuerdo

Acuerdo No. 00417 — Autorización a Empresa QUEIROZ GALVAO para explotación de Banco de Préstamo de Materiales Banco Solubre

Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)

  1. 1.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  2. 2.

    Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

  3. 3.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los U D I-D EG T-U N AH diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

  4. 4.

    Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  5. 5.

    Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  6. 6.

    Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que ésta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

  7. 7.

    Que la normativa antes relacionada concede al Estado, a través de las entidades competente de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DEL CORREDOR LOGÍSTICO: CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN II: QUEBRACHAL, PUENTE SAN JUAN II Y SECCIÓN III: PUENTE SAN JUAN GOASCORÁN”, ubicado en el municipio de Aramecina, en el departamento de Valle, ejecutado por la Empresa QUEIROZ GALVAO.

  8. 8.

    Que en fecha 26 de septiembre del 2016, las Unidades Técnicas de Desarrollo Social Minero y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron Informe Técnico ITCD- 067-16, sobre la inspección realizada el 12 de septiembre del 2016, a un (01) Banco de Préstamo de Materiales, ubicado en el municipio de Aramecina, en el departamento de Valle; el cual será utilizado en el proyecto: “CONSTRUCCIÓN DEL CORREDOR LOGISTIC O: CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORAN SECCIÓN II: QUEBRACHAL, PUENTE SAN JUAN II Y SECCIÓN III: PUENTE SAN JUAN GOASCORAN”, asimismo las Unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología, emitieron la Norma Técnica No. NTBP-67-16, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los materiales.

Articulo 1

Autorizar a la Empresa QUEIROZ GALVAO en su carácter de EJECUTOR del Proyecto“CONSTRUCCIÓN DEL CORREDOR LOGISTIC O: CARRETERA VILLA U D I-D EG T-U N AH DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN II: QUEBRACHAL, PUENTE SAN JUAN II Y SECCIÓN III: PUENTE SAN JUAN GOASCORÁN”, para que proceda a la explotación y aprovechamiento de un (01) Banco de Préstamo de Materiales denominado Banco Solubre, ubicado en el municipio de Aramecina, en el departamento de Valle, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto, mismo que se detalla con sus respectivas localizaciones georreferenciales a continuación: Banco de Material No. 1 BANCO SOLUBRE Hoja Cartográfica No. 2657-II, ubicado en el Municipio de Aramecina, Departamento de Valle, con coordenadas UTM: 423397 1524014, 423553 1524006, 423549 1523964, 423521 1523893, 423423 1523872.

Articulo 2

La Empresa QUEIROZ GALVAO, deberán remitir a la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), un informe mensual de extracción de materiales junto con la copia de la Bitácora de Explotación de Materiales y la Bitácora Ambiental, donde se registren los volúmenes diarios de extracción debidamente firmada y sellada por la empresa supervisora del proyecto.

Articulo 3

La Empresa QUEIROZ GALVAO, al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá presentar un Plan de Cierre junto con la Solicitud del respectivo cierre ambiental de los Bancos de Préstamo de Materiales del Proyecto, ante la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), quien la remitirá al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Minería, su Reglamento y los Lineamientos Técnicos emitidos por INHGEOMIN, den por culminada la explotación de los Bancos de Materiales.

Articulo 4

Notificar el presente Acuerdo a la Unidad Municipal Ambiental de Aramecina y a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervisen el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión.

Articulo 5

Notificar a los Propietario de los inmuebles, el presente Acuerdo, a quienes se les hará saber que el no cumplimiento de lo dispuesto,dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública aprobada mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda.

Articulo 6

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUE: ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA JOSÉ LISANDRO SANCHEZ RODRIGUEZ SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

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Acuerdo

Acuerdo No. 00392 — Autorización a Empresa QUEIROZ GALVAO para explotación de tres Bancos de Préstamo de Materiales

Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)

  1. 1.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  2. 2.

    Que el Artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquie robra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratista, previa notificación al propietario.

  3. 3.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

  4. 4.

    Que el Artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  5. 5.

    Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  6. 6.

    Que el Artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental. U D I-D EG T-U N AH

  7. 7.

    Que la normativa antes relacionada concede al Estado, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos y en particular el Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DEL CORREDOR LOGÍSTICO, CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN II: QUEBRACHAL, PUENTE SAN JUAN II Y SECCIÓN III: PUENTE SAN JUAN GOASCORÁN”, ubicado en los municipios de Aramecina y Caridad, departamento de Valle, ejecutado por la Empresa QUEIROZ GALVAO.

Articulo 1

AutorizaralaEmpresaQUEIROZGALVAO,en su carácter de EJECUTOR del Proyecto“CONSTRUCCIÓN DEL CORREDOR LOGÍSTICO, CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN II: QUEBRACHAL, PUENTE SAN JUAN II Y SECCIÓN III: PUENTE SAN JUAN -GOASCORÁN”, para que proceda a la explotación y aprovechamiento de tres (03) Bancos de Préstamo de Materiales, ubicados en los municipios de Aramecina y Caridad, en el departamento de Valle, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto, mismo que se detallan con sus respectivas localizaciones georreferenciales a continuación: Banco de Material No. 1 Banco La Cañada 2 Hoja Cartográfica No. 2657-II Aramecina, ubicado en el municipio de Aramecina, departamento de Valle, con coordenadas UTM: 423549 1527027, 423682 1526907, 423679 1526859, 423646 1526785,4235131526823,4234591526845,4234221526885, 423404 1526925, 423395 1526986, 423413 1526969, 423427 1526960, 423442 1526958, 423470 1526967. Banco de Material No. 2 Río Goascorán 7 Hoja Cartográfica No. 2657-II, ubicado en el municipio de Caridad, departamento de Valle, con coordenadas UTM: 423976 1527747, 424039 1527641,4240281527620,4239771527578,4239471527560, 423922 1527546, 423893 1527538, 423852 1527538, 423814 1527545, 423796 1527554, 423775 1527571, 423730 1527588, 423710 1527598, 423689 1527585, 423669 1527576, 423648 1527662, 423630 1527552, 423602 1527543, 423581 1527551, 423562 1527554, 423549 1527542, 423509 1527518, 423477 1527505, 423448 1527493, 423430 1527482, 423413 1527474, 423362 1527531, 423390 1527525, 423447 1527554, 423491 1527584, 423523 1527581, 423549 1527602, 423590 1527623, 423647 1527636, 423686 1527641, 423698 1527668, 423729 1527682, 423756 1527675, 423781 1527643, 423790 1527627, 423834 1527631, 423904 1527653, 423944 1527679, 423964 1527744. Banco de Material No. 4 Río Goascorán 8 Hoja Cartográfica No. 2657-II, Aramecina ubicada en el municipio de Caridad, departamento de Valle, con coordenadas UTM: 424801 1530446, 424825 1530324, 424842 1530254, 424892 1530103, 424904 1530035, 424902 1529983, 424890 1529955, 424866 1529926, 424848 1529898, 424823 1529881, 424821 1529859, 424874 1529619, 424906 1529601, 424933 1529584, 424971 1529555, 424998, 1529493, 425007 1529464, 424986 1529414, 424957 1529352, 424945 1529311, 424927 1529299, 424913 1529281, 424910 1529246, 424880 1529176, 424877 1529137, 424857 1529067, 424842 1529023, 424819 1528939, 424808 1528892, 424802 1528830, 424820 1528748, 424843 1528691, 424864 1528585, 424861 1528530, 424867 U D I-D EG T-U N AH 1528471, 424885 1528373, 424909 1528289, 424925 1528225, 424959 1528146, 424922 1528130, 424875 1528125, 424842 1528186, 424811 1528273, 424787 1528350, 424792 1528434, 424774 1528530, 424771 1528630, 424753 1528709, 424764 1528745, 424756 1528767, 424749 1528833, 424756 1528899, 424771 1528958, 424790 1529031, 424834 1529156, 424892 1529340, 424918 1529391, 424944 1529428, 424944 1529457, 424951 1529479, 424959 1529490, 424929 1529527, 424900 1529546, 424867 1529568, 424852 1529590, 424801 1529674, 424790 1529715, 424775 1529873, 424785 1529904, 424806 1529924, 424823 1529941, 424844 1529962, 424858 1529980, 424864 1530039, 424864 1530069, 424840 1530101, 424811, 1530174, 424793 1530224, 424776 1530271, 424755 1530313, 424746 1530367, 424736 1530436.

Articulo 2

La Empresa QUEIROZ GALVAO, deberán remitir a la Unidad de Gestion Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), un informe mensual de extracción de materiales junto con la copia de la Bitácora de Explotación de Materiales y la Bitácora Ambiental, donde se registren los volúmenes diarios de extracción debidamente firmada y sellada por la empresa supervisora del proyecto.

Articulo 3

La Empresa QUEIROZ GALVAO, al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá presentar un Plan de Cierre junto con la Solicitud del respectivo cierre ambiental de los Bancos de Préstamos de Materiales del Proyecto, ante la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), quien la remitirá al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que estas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Minería, su Reglamento y los Lineamientos Técnicos emitidos por INHGEOMIN, den por culminada la explotación de los Bancos de Materiales.

Articulo 4

Notificar el presente acuerdo a las Unidades Municipales Ambientales de Aramecina y Caridad, del departamento de Valle y a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que estas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervisen el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión.

Articulo 5

Notificar a los propietario de los inmuebles, el presente Acuerdo, a quienes se les hará saber que el no cumplimineto de lo dispuesto dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda.

Articulo 6

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los siete (07) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016). COMUNÍQUESE ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA JOSÉ LISANDRO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Coprisao

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Acuerdo

Acuerdo No. 18-2018 — Delegación de facultades de Secretaría General de DARA a DORIS ALICIA MADRID LEZAMA

Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO)

  1. 1.

    Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y la adscribe a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

  2. 2.

    Que mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 22 de noviembre de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado creó la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), como una junta interventora del servicio aduanero, misma que fue ampliada en sus atribuciones como una junta de transición a la nueva Administración Aduanera contenida en el Código Tributario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 03 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017.

  3. 3.

    Que el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 reformado mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, dispone que la COPRISAO, como Junta Interventora y de Transición, tendrá bajo su autoridad directa a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), incluyendo el presupuesto asignado a ésta, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Para realizar estas funciones se le asignará a la COPRISAO un presupuesto propio para su funcionamiento dentro del presupuesto asignado a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).

  4. 4.

    Que conforme al Acta N°. 1, punto 5, del 24 de noviembre de 2016, se autorizó a la Presidenta de la Comisión para emitir los acuerdos de delegación que sean necesarios para los funcionarios de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).

  5. 5.

    Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior.

Articulo 1

Delegar en la ciudadana DORIS ALICIA MADRID LEZAMA, las facultades de la Secretaría General de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), entre ellas las de: 1. Suscribir las providencias de mero trámite, constancias, certificaciones, transcripciones y demás actuaciones que, de oficio o a petición de parte, impulsen el procedimiento administrativo. 2. Autorizar las resoluciones que suscriba la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras y la Subdirección U D I-D EG T-U N AH Adjunta, en el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos y aquellas que le hayan sido delegadas. 3. Efectuar las notificaciones, comunicaciones, citaciones y demás actuaciones de comunicación que son propias de la Secretaría General, conforme a la Ley General de la Administración Pública y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. 4. Realizar traslados o modificaciones presupuestarias y otros que sean responsabilidad de la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), dentro del presupuesto de la misma o de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), según lo establecido en el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, en el marco de la declaratoria de emergencia en el sistema aduanero nacional, por el período de tiempo mientras se institucionaliza la Administración Aduanera, creada mediante el Código Tributario.

Articulo 2

La ciudadana delegada es responsable del ejercicio de la función delegada y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables.

Articulo 3

Transcribir el presente Acuerdo a la ciudadana delegada. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. ENY YAMILETH BAUTISTA GUEVARA PRESIDENTE COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO Coprisao

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Acuerdo

Acuerdo No. 20-2018 — Delegación de facultades a Analistas de Notificación de DARA

Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO)

  1. 1.

    Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y la adscribe a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

  2. 2.

    Que mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 22 de noviembre de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado creó la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), como una junta interventora del servicio aduanero, misma que fue ampliada en sus atribuciones como una junta de transición a la nueva Administración Aduanera contenida en el Código Tributario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017.

  3. 3.

    Que el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo N°. PCM-083-2016 reformado mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, dispone que U D I-D EG T-U N AH la COPRISAO, como Junta Interventora y de Transición, tendrá bajo su autoridad directa a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), incluyendo el presupuesto asignado a ésta, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Para realizar estas funciones se le asignará a la COPRISAO, un presupuesto propio para su funcionamiento dentro del presupuesto asignado a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).

  4. 4.

    Que conforme al Acta N°. 1, punto 5, del 24 de noviembre de 2016, se autorizó a la Presidenta de la Comisión para emitir los acuerdos de delegación que sean necesarios para los funcionarios de la Dirección Adjunta de Rentas, Aduaneras (DARA).

  5. 5.

    Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior.

Articulo 1

Delegar en los ciudadanos CINTHIA JANETH ESPINAL FLORES,DILCIA YOLANI AGUILAR ANDURAY, ISIS JANETH SOSA MAIRENA y LILIAN DANERIS TORRES FLORES, Analistas de Notificación, las facultades de practicar y firmar los actos y actuaciones que correspondan a la Secretaría General de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), como ser: citaciones, emplazamientos, comunicaciones y notificaciones de los actos administrativos emitidos de oficio o a petición de parte, conforme a la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.

Articulo 2

Los ciudadanos delegados son respon- sables del ejercicio de las funciones delegadas y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables.

Articulo 3

Transcribir el presente Acuerdo a los ciudadanos delegados. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE ENY YAMILETH BAUTISTA GUEVARA PRESIDENTE COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO MARCO TULIO ABADIE AGUILAR SECRETARIO COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Agricultura y Ganadería

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Certificación

Certificación No. 237-2018 — Licencia de Distribuidor No Exclusivo para INFRA DE HONDURAS - AMIGO BEDS CORPORATION

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.), como . DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente SHENZHEN MINDRAY BIO-MEDICAL ELECTRONICS CO. LTD. (MINDRAY), de nacionalidad china; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 611-2018 de fecha 12 de julio del año 2018, mediante Carta de Autorización de fecha 04 de diciembre de 2017; fecha de vencimiento: hasta el 31 de diciembre del año 2018; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.071-2018. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta de julio del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 24 A. 2018. _____ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a Sociedad Mercantil INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente ADE GmbH & Co., de nacionalidad alemana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 531-2018 de fecha 28 de junio del año 2018, mediante Carta de Autorización de Distribuidor de fecha 17 de enero de 2018; fecha de vencimiento: hasta el 31 de diciembre del año 2019; ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, cinco de julio del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 24 A. 2018. SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente SCHREIBER GMBH., de nacionalidad alemana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; otorgada mediante Resolución Número 359-2018 de fecha 23 de abril del 2018, mediante Acuerdo de Distribución de fecha 15 de diciembre de 2017; fecha de vencimiento: hasta el 31 de diciembre del año 2019; ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, cuatro de mayo del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 24 A. 2018. _____ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a Sociedad Mercantil INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V., como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente COBAMS SRL, de nacionalidad italiana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 523-2018 de fecha 27 de junio del año 2018, mediante Carta de Autorización de Distribuidor de fecha 30 de noviembre de 2017; fecha de vencimiento: hasta el 31 de diciembre del año 2019; ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, dieciséis de julio del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 24 A. 2018. Sección “B”

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente AMIGO BEDS CORPORATION, de nacionalidad canadiense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 237-2018 de fecha 08 de marzo del 2018, mediante Acuerdo de Distribución de fecha 06 de diciembre de 2017; Fecha de Vencimiento: hasta el 31 de enero del año 2021; ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado venga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, quince de marzo del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 24 A. 2018. SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente AMIGO CORPORATION, de nacionalidad canadiense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 208-2018 de fecha 28 de febrero del 2018, mediante Acuerdo de Distribución de fecha 05 de enero de 2018; Fecha de Vencimiento: hasta el 31 de enero del año 2020; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.014-2018. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, catorce de marzo del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 24 A. 2018.

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Certificación

Certificación No. 0129-2018 — Licencia de Distribuidor No Exclusivo para INFRA DE HONDURAS - ResMed Corp

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Dirección General de Sectores Productivos

CONSTANCIA La infrascrita, Directora General de Sectores Productivos, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, HACE CONSTAR: Que en esta fecha se ha procedido a la inscripción en el Libro de Registro conforme al Régimen Especial de Representantes, Distribuidores y Agentes del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (RD-CAFTA), Tomo II, que al efecto lleva esta Dirección General, el cual literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR Nº 0129-2018, Nombre del Solicitante (Concesionario): INFRA DE HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (INFRA DE HONDURAS, S.A. DE C.V.); Domicilio: 3a avenida N.O. # 65 entre 9 y 10 calle, Bo. Las Acacias, San Pedro Sula, Honduras, C.A.; Fecha del Contrato o Carta: 08 de diciembre del 2017; Vigencia: Por tiempo definido hasta el 31 de diciembre del año 2018; Jurisdicción de la Distribución: En todo el territorio de la República de Honduras; Productos que Distribuirá: Para la importación, el registro ante las autoridades sanitarias del país, venta y los servicios de los productos que fabrican y/o distribuyen en el territorio de Honduras de los cuales se incluyen: Mascarillas (almohadillas nasales, mascarillas nasales, mascarillas pediátricas y mascarillas faciales);Equipos(Auto Set,CPAP,VPAP,ventilación no invasiva); Humidificadores; Accesorios para mascarillas, equipos, humidificadores y de ventilación, asimismo la empresa concedente manifiesta que garantizan que la concesionaria cuenta con su autorización y respaldo técnico para garantizar y prestar servicio técnico a sus productos en el territorio de Honduras, además, ResMed Corp. garantiza los productos frente a defectos materiales y de fabricación y proporciona servicios en función de las condiciones estándares de la política de garantía de ResMed Corp; Distribuidor Exclusivo: NO; Nombre del Concedente: ResMed Corp; Domicilio y Nacionalidad: 9001 Spectrum Center Blvd, San Diego CA 92123; estadounidense. Licencia inscrita el cuatro de junio del 2018. Para los fines que al interesado convengan, extiendo la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de junio del dos mil dieciocho. MARÍA EMELINDA LARA Director General 24 A. 2017. ________ ________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

Marcas de Fábrica

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Aviso

Aviso No. 19275-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIPPON STEEL Logo (Clase 12)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19275-18 2/ Fecha de presentación: 04-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NIPPON STELL & SUMITOMO METAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL Logo 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motores AC o motores DC para vehículos terrestres [sin incluir “sus partes”]; parches adhesivos de goma para reparar tubos o ruedas; transportadores aéreos; aparato aeronáutico; aviones; bolsas de aire [dispositivos de seguridad para automóviles]; instalaciones de aire acondicionado para aviones; aviones y sus partes y accesorios; vehículos de colchón de aire; todo para material rodante; todos los bienes, vehículos, barcos y otros aparatos y suplementos y sus accesorios; alarmas antirrobo para vehículos; dispositivos antirrobo para vehículos; aparatos para la locomoción por tierra, aire o agua y sus partes de repuestos no incluidos en otras partes; cigüeñales de vehículos; automóviles y sus partes y accesorios; cajas de grasa para locomotoras; revistas del eje; ejes; ejes (partes de material rodante y accesorios); ejes para ruedas de vehículos de tierra; ejes para vehículos; coches para bebé; remolques de bicicleta; bicicletas y sus partes y accesorios; cuerpos (de carros de ferrocarril); bogíes vagones (partes de material rodante y accesorios); bogíes; bogíes para vehículos de ferrocarril; pastillas de freno para vehículos; segmentos de freno para vehículos; zapatos de freno para vehículos; frenos [para vehículos terrestres]; frenos [elementos de máquinas no para vehículos terrestres]; frenos para vehículos; amortiguador para material rodante ferroviario; cables para carros; árbol de levas; acoplador de coche camión; coches camión; carruajes y sus partes y accesorios; carros; chasis [de carros ferroviarios]; unidades de equipo de comando (partes de material rodante y accesorios); bielas para vehículos terrestres, que no sean partes de motor; acoplador y equipo de proyecto; acoplador para automóviles; acopladores; equipo de acoplamiento y de proyecto; cadenas de acoplamiento para material rodante; acoplamientos para vehículos terrestres; sigílales; equipo actual de colección [para carros ferroviarios]; equipos de proyecto incluidos todos en la clase 12 siendo partes y accesorios de material rodante; ejes de transmisión; unidades de engranajes para conducir; engranajes para conducir; cinturones de cuero eléctricos para vehículos; aparato unidad de compromiso (partes de material rodante y accesorios); bridas para los neumáticos de las ruedas ferroviarias; carretillas elevadoras; equipo y acoplador de pifió y equipo de proyecto; cajas de equipo para vehículos terrestres; unidades de equipo; equipo para vehículos terrestres; equipo y pifió; coches de mano; correa de mano [de carros ferroviarios]; intercambiadores de calor para vehículos terrestres; carruajes tirados por caballos; circuitos hidráulicos para vehículos; cámaras de aire para llantas; ballestas; cinturones de cuero para transporte; elementos de máquina para vehículos terrestres; máquinas y suplementos; ruedas de metal para material rodante y neumáticos de plomo para su uso; vagonetas mineras (carruajes); entrenadores de motor; motocicletas; motores primarios no eléctricos para vehículos terrestres [sin incluir “sus partes”]; para caídas; partes y accesorios para mercancía ferroviaria y carros de pasajero- principalmente camiones ferroviarios, ruedas, ejes y unidades de ejes de ruedas; partes y accesorios para vehículos; bici taxis; anillos de pistón; elementos de conversión de fuerza; ejes de hélices; coches de extracción para la minería; coches de empuje para la minería; acoplamientos de ferrocarril; vagones de ferrocarril; material rodante de ferrocarril y sus partes y accesorios; engranajes de reducción para vehículos terrestres; aparato de control de relajación e instrumentos para los diferentes niveles entre los vagones de ferrocarril y las plataformas de estación; rickshaws; vehículos de carretera y sus partes; cohetes; material rodante y sus partes y accesorios; material rodante para ferrocarril; teleféricos para cargo a manipulación de la carga; cinturones de transmisión de fuerza rotativa conectan do máquinas y ventiladores de enfriamiento de radiador [para vehículos terrestres]; discos de rotor; cubiertas de asiento para vehículos; ejes o husillos, cubiertas, acoplamientos o conectores, transmisiones de fuerza y engranajes [para vehículos terrestres]; barcos; cascos de barcos y sus partes incluidos en clase 12; equipo de dirección para barcos; amortiguadores y amortiguadores muelles [para vehículos terrestres]; amortiguadores para vehículos ferroviarios y automóviles; amortiguadores muelles para vehículos; trineos (vehículos); ruedas sólidas laminadas (partes de material rodante y accesorios); vehículos espaciales; conjuntos de eje con rotores; fuentes; fuentes para material rodante; fuentes para vehículos; estabilizadores; bandas de acero; llantas de acero para ruedas de material rodante; neumáticos de acero (partes de material rodante y accesorios); marcos de popa y ejes; amortiguadores de suspensión para vehículos; muelles de suspensión; sistemas de suspensión y sus accesorios; llantas de automóviles (y todos los bienes mencionados para vehículos); motores de tracción; aparato de tracción o de enganche (partes de material rodante y accesorios); tractores; trenes y sus partes y sus accesorios; transistores [electrónicos]; ejes de transmisión para vehículos de tierra; camiones; vehículos de motor de dos ruedas y sus partes y accesorios; trenes de rodaje [de carros de ferrocarril]; trenes de rodaje para vehículos; carro borracho para descarga [para inclinar vagones de ferrocarril]; ejes de válvula; acopladores de vehículo; resortes de suspensión de vehículo; ruedas de vehículo; vehículos, aparato para locomoción por tierra, agua o aire, partes y sus accesorios; vehículos, barcos y otras máquinas de cargar y aparatos y sus partes; vehículos, partes estructurales y sus componentes; barcos y sus partes y accesorios; bicicletas de agua; centros de ruedas (partes de material rodante y accesorios); llantas; unidades de ejes de rueda; carretillas; silla de ruedas; ruedas; ruedas de carros ferroviarios. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso — Publicación de solicitud de marca de servicio - Artículo 88 Ley de Propiedad Industrial

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 19278-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIPPON STEEL CORPORATION (Clase 12)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19278-18 2/ Fecha de presentación: 04-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NIPPON STELL & SUMITOMO METAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL CORPORATION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motores AC o motores DC para vehículos terrestres [sin incluir “sus partes”]; parches adhesivos de goma para reparar tubos o ruedas; transportadores aéreos; aparato aeronáutico; aviones; bolsas de aire [dispositivos de seguridad para automóviles]; instalaciones de aire acondicionado para aviones; aviones y sus partes y accesorios; vehículos de colchón de aire; todo para material rodante; todos los bienes, vehículos, barcos y otros aparatos y suplementos y sus accesorios; alarmas antirrobo para vehículos; dispositivos antirrobo para vehículos; aparatos para la locomoción por tierra, aire o agua y sus partes de repuestos no incluidos en otras partes; cigüeñales de vehículos; automóviles y sus partes y accesorios; cajas de grasa para locomotoras; revistas del eje; ejes; ejes (partes de material rodante y accesorios); ejes para ruedas de vehículos de tierra; ejes para vehículos; coches para bebé; remolques de bicicleta; bicicletas y sus partes y accesorios; cuerpos (de carros de ferrocarril); bogíes vagones (partes de material rodante y accesorios); bogíes; bogíes para vehículos de ferrocarril; pastillas de freno para vehículos; segmentos de freno para vehículos; zapatos de freno para vehículos; frenos [para vehículos terrestres]; frenos [elementos de máquinas no para vehículos terrestres]; frenos para vehículos; amortiguador para material rodante ferroviario; cables para carros; árbol de levas; acoplador de coche camión; coches camión; carruajes y sus partes y accesorios; carros; chasis [de carros ferroviarios]; unidades de equipo de comando (partes de material rodante y accesorios); bielas para vehículos terrestres, que no sean partes de motor; acoplador y equipo de proyecto; acoplador para automóviles; acopladores; equipo de acoplamiento y de proyecto; cadenas de acoplamiento para material rodante; acoplamientos para vehículos terrestres; sigílales; equipo actual de colección [para carros ferroviarios]; equipos de proyecto incluidos todos en la clase 12 siendo partes y accesorios de material rodante; ejes de transmisión; unidades de engranajes para conducir; engranajes para conducir; cinturones de cuero eléctricos para vehículos; aparato unidad de compromiso (partes de material rodante y accesorios); bridas para los neumáticos de las ruedas ferroviarias; carretillas elevadoras; equipo y acoplador de pifió y equipo de proyecto; cajas de equipo para vehículos terrestres; unidades de equipo; equipo para vehículos terrestres; equipo y pifió; coches de mano; correa de mano [de carros ferroviarios]; intercambiadores de calor para vehículos terrestres; carruajes tirados por caballos; circuitos hidráulicos para vehículos; cámaras de aire para llantas; ballestas; cinturones de cuero para transporte; elementos de máquina para vehículos terrestres; máquinas y suplementos; ruedas de metal para material rodante y neumáticos de plomo para su uso; vagonetas mineras NIPPON STEEL CORPORATION (carruajes); entrenadores de motor; motocicletas; motores primarios no eléctricos para vehículos terrestres [sin incluir “sus partes”]; para caídas; partes y accesorios para mercancía ferroviaria y carros de pasajero- principalmente camiones ferroviarios, ruedas, ejes y unidades de ejes de ruedas; partes y accesorios para vehículos; bici taxis; anillos de pistón; elementos de conversión de fuerza; ejes de hélices; coches de extracción para la minería; coches de empuje para la minería; acoplamientos de ferrocarril; vagones de ferrocarril; material rodante de ferrocarril y sus partes y accesorios; engranajes de reducción para vehículos terrestres; aparato de control de relajación e instrumentos para los diferentes niveles entre los vagones de ferrocarril y las plataformas de estación; rickshaws; vehículos de carretera y sus partes; cohetes; material rodante y sus partes y accesorios; material rodante para ferrocarril; teleféricos para cargo a manipulación de la carga; cinturones de transmisión de fuerza rotativa conectan do máquinas y ventiladores de enfriamiento de radiador [para vehículos terrestres]; discos de rotor; cubiertas de asiento para vehículos; ejes o husillos, cubiertas, acoplamientos o conectores, transmisiones de fuerza y engranajes [para vehículos terrestres]; barcos; cascos de barcos y sus partes incluidos en clase 12; equipo de dirección para barcos; amortiguadores y amortiguadores muelles [para vehículos terrestres]; amortiguadores para vehículos ferroviarios y automóviles; amortiguadores muelles para vehículos; trineos (vehículos); ruedas sólidas laminadas (partes de material rodante y accesorios); vehículos espaciales; conjuntos de eje con rotores; fuentes; fuentes para material rodante; fuentes para vehículos; estabilizadores; bandas de acero; llantas de acero para ruedas de material rodante; neumáticos de acero (partes de material rodante y accesorios); marcos de popa y ejes; amortiguadores de suspensión para vehículos, muelles de suspensión; sistemas de suspensión y sus accesorios; llantas de automóviles (y todos los bienes mencionados para vehículos); motores de tracción; aparato de tracción o de enganche (partes de material rodante y accesorios); tractores; trenes y sus partes y sus accesorios; transistores [electrónicos]; ejes de transmisión para vehículos de tierra; camiones; vehículos de motor de dos ruedas y sus partes y accesorios; trenes de rodaje [de carros de ferrocarril]; trenes de rodaje para vehículos; carro borracho para descarga [para inclinar vagones de ferrocarril]; ejes de válvula; acopladores de vehículo; resortes de suspensión de vehículo; ruedas de vehículo; vehículos, aparato para locomoción por tierra, agua u aire, partes y sus accesorios; vehículos, barcos y otras máquinas de cargar y aparatos y sus partes; vehículos, partes estructurales y sus componentes; barcos y sus partes y accesorios; bicicletas de agua; centros de ruedas (partes de material rodante y accesorios); llantas; unidades de ejes de rueda; carretillas; silla de ruedas; ruedas; ruedas de carros ferroviarios. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18. 12/ Reservas:

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Aviso

Aviso — Publicación por Registrador de la Propiedad Industrial - FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS

Registro de la Propiedad Industrial

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

1/ Solicitud: 19273-18 2/ Fecha de presentación: 04-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NIPPON STELL & SUMITOMO METAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL Logo 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 6 8/ Protege y distingue: Columnas de metal para anuncios; rueda de al e ación; al e ación de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para los electrodos de la batería; aleaciones de metales comunes; aleaciones de metales no ferrosos; aleaciones, resistentes al calor, al ácido y a la corrosión; aluminio; papel aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclajes; angulares; válvulas de ángulo [de metal, no elementos de máquina]; cable de atena; metal de antifricción; metal de antifricción para aleaciones de acero yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales de metal para peces; válvulas de control automático [de metal, no elementos de máquina] ; válvulas de bola [de metal, no elementos de máquina] ; balas de acero; bandas de metal para los propósitos de atar; barras; barras para barandillas de metal; faros de metal no luminosos; campanas; campanas para animales; palanquillas; enlaces de metal; contenedores de metal; flores (metalurgia); pernos de metal; auges; botellas (contenedores de metal) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes de metal para la construcción; tubos de ramifica ción de metal; cobre y sus aleaciones; hoja de latón, tiras, barras; latón en bruto o semielaborados; aleaciones para soldadura; bronces (obras de arte); tableros de metal para la contrucción; materiales de metal para la construcción; materiales para la construcción, tubos y tuberías (que no son tubos de caldera o partes o máquinas) todos incluidos en la clase 6. Paneles de metal para la construcción; construcciones de metal, construcciones de metal] transportables; boyas; válvulas de mariposa (de metal, no elementos de máquina); empales de cable de metal, no eléctricos; cables y alambres (no eléctricos); latas de metal; cubiertas de metal para pozos de petróleo; hierro fundido (no incluido en otras clases); hierro fundido en bruto o semielaborado; acero fundido; ruedas de metal; piezas de fundición; piezas de fundición, láminas, polvo y artículos semielaborados de titanio, laminados, es tirados, extruidos o sus aleaciones; techos de metal; cadenas (excepto cadenas de conducir para vehículos); cadenas para perros; chimeneas de metal; cromo; placas y hojas con revestimiento de acero; revestimiento de metal; clips de metal para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; grifería [de metal, no elementos de máquina]; bobinas; chapas de acero laminadas en frío y bobinas; collares de metal para tubos de sujeción; tubos de metal de recogida; columnas de metal; indicadores comunes de metal para vehículos; indicadores comunes personales de metal; obras de arte comunes de metal; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semielaborados; metales comunes en bruto o semielaborados, no incluidos en otras clases; contenedores de metal;contenedores de metal para gas comprimido o aire líquido; contenedores de metal para combustible líquido; contenedores de metal para almacenamiento; contenedores de metal para almacenar ácidos; contenedores de metal para transporte; cobre y sus aleaciones; lámina de cobre, tiras, barras; cobre en bruto o semielaborado; chavetas; acoplamiento; barreras de protección de metal para caminos; tubos de drenaje de metal; rejillas de metal; rollos de hierro fundido de dúctil; conductos y tuberías de metal para instalaciones de calefacción interna; codos de metal para las tuberías; hojas de eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (rieles); accesorios de metal para construcción; accesorios de metal para muebles; accesorios de metal para ventanas; accesorios de tubería de metal; bridas de metal; bridas de metal (collares); intermitente de metal para construcción; baldosas de metal; piezas de forja; fundición y yunques de acero; moldes de fundición de metal; marco de trabajo para la pre fabricación; marcos de metal para la construcción; marco de trabajo de metal para la construcción, placas y láminas de acero de corte libre; edificios enteramente metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; vigas de metal; juntas de metal; soldadura de oro; rejas de metal; lápidas de metal; rejillas de metal; barandillas para calle de ciudad; barandillas de metal; tubos de alcantarilla de metal; canaletas de metal; esposas; equipo y artículos ferreteros; equipo de metal; herramientas de equipo; chapa gruesa; barras huecas de acero; aro de hierro; aro de acero; herraduras; chapas y bobinas de acero; indio; contenedores de metal para empaque industrial; lingotes de metal común; lingotes de metales, no de metales preciosos; hierro; minerales de hierro; hojas de hierro; losas de hierro; tira de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semielaborado; ferretería; ferretería, artículos pequeños de equipo de metal; hierros y acero; vigas de metal; cruces de metal para tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semielaborado; revestimientos de metal (construcción); palés de metal de carga y descarga; cerraduras; cerraduras de metal, excepto las eléctricas; trabajos de cerrajería; pezones lubricantes; cinturones de sujeción de máquina de metal; magnesio; tapas de alcantarilla de metal; colector; colectores de metal para las tuberías; materiales de metal para formas cuniculares de líneas férreas permanentes; materiales metálicos para líneas férreas; botella de metal para válvulas de compresión de aire y líquido; conducto de metal para cables y tuberías; cilindros de metal para aire comprimido; bridas metálicas; placa de base de metal para edificios; marcos de metal para embalaje para propósitos de transporte y para almacenamiento de tuberías; accesorios de metal de carpintería; uniones de metal para tuberías; pestillos de metal de las puertas; tapas y tapones de metal (para contenedores de empaque industrial); materiales de metal para la construcción de edificios o para estructura; materiales de metal para esqueletos o marcos para edificios o construcción; moldes metálicos para la formación de productos de cementos que no son partes de máquinas; tubos de metal y tuberías; tubos de metal y tuberías para caldera, semielaborado; poleas de metal; poleas de metal, muelles y válvulas (que no incluye elementos de máquina); hojas de metal para uso de edificio; tapones de metal (para contenedores de empaque industrial); tumbas de metal; alambres de metal;

    cables de varillas de metal; tuberías metálicas de al e ación, hojas metálicas y esmaltadas para cubiertas; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas metálicas para contenedores; cápsulas metálicas para gas comprimido; manguera metálica para aspiradoras; portadores de llave metálicos; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas de natación; tubos y tuberías metálicas de todo tipo, incluyendo tuberías de gas y cubiertas para pozos de petróleo; teclas metálicas de liquidación; metales y semielaborados de los mismos que no pertenecen a otra clase; metales y sus aleaciones; metales en forma de polvo; instrumentos meteorológicos de metal; mineras; equipo misceláneo de metal; pilotes diversos de metal; tubos diversos de acero; molibdeno; bitas de amarre de metal, moldes; clavos y to mil los; níquel; niobio; cables no eléctricos y alambres de metal común; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas de metal, tuercas (de metal); tuercas y tornillos hechos de metal; oleoducto minerales; minerales de metal común; minerales de metal excepto sodio, potasio y calcio, no incluido en combustible; otros productos hechos de materiales metálicos de extrusión sin acero no preciosos; contenedores de metal para empacar; parti ciones para uso de oficina; parti ciones de metales; clavijas de metal; tubos de tubería de metal; petróleo y tubería de cubierta; pilotes de metal; pilares de metal para construcciones; accesorios de tubería; juntas de tuberías de metal; manguitos de tuberías de metal; tuberías de metal; tubos y tuberías (que no son partes de máquinas y/o calderas); tubos y tuberías de metal; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, que no son partes de máquinas o partes de instalaciones para enfriar, calentar y destilar; tubos de metal; tubos de metal para instalaciones de calefacción central; tuberías de metal; tuberías de metal, no incluidas en materiales de metal para edificios o construcción; clavos de metal (equipo de montañismo); placas; tapones de metal; postes de metal; vallas metálicas; vallas metálicas para líneas eléctricas; gallinero de metal; casas metálicas pre diseñadas y otras construcciones; secciones metálicas pre diseñadas y paneles de los mismos, estuches de metal para la pre fabricación de montajes de edificios; estuches de metal para la pre fabricación de montajes de edificios para esqueletos o marcos; accesorios de metal; accesorios de metal para puentes; traviesas de ferrocarril de metal; rieles y otros materiales metálicos para vías de tren; rieles de metal; férreas de metal; puntos de ferrocarril; durmientes de ferrocarril de metal; interruptores de ferrocarril; aleaciones de tierras raras para imanes; materiales refractorios de construcción de metal; material de refuerzo de metal para edificios; material de refuerzo de metal para cinturones e máquina; material de refuerzo de metal para tubos; material de refuerzo de metal para concreto; depósitos de metal; señales de tráfico de metal (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura fuerte; varillas metálicas para soldadura; materiales laminados y fundidos para la construcción; aceros laminados; cubiertas de techo; intermitentes de techo de metal; techo de metal; cuerdas de metal; cajas de seguridad; taquillas de seguridad; moldes de arena de metal; to mil los de metal; tapones de metal; productos de segunda de hierro y acero; acero semiacabado; semi productos de acero; objetos con forma de acero (no incluidos en otras clases); formas, hoja; barras laterales; planchas de chapa; tabl estacas de metal; tabl estacas; hojas y placas de metal; hojas y rayas; clavos de zapatos; encofrado de metal para concreto; paneles de señalización de metal, no luminosos ni mecánicos; carteles de metal; al e ación de plata, estaño; soldadura de plata; sutura de plata; losas; mangas ( equipo de metal); alambre de soldadura de metal; muelles (equipo de metal); muelles y válvulas (que no son parte de máquinas); muelles para muebles [equipo de metal]; e sp u e las; bobinas de acero inoxidable; acero; acero (laminado) para las operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero, no incluidos en otras clases; barras de acero; flores de acero; edificios de acero; cables de acero; marcos de acero; marco de acero para pre fabricación; vigas de acero para uso en edificios; material de acero; acero o agua metálica y tubo de gas; paletas de acero; paneles de acero para piso; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para caldera, semielaborados; tubos de acero para partes de bolsa de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas [productos semielaborados]; placas de acero; postes de acero; postes de acero y tubos para componentes de bolsa de aire; rieles de acero; formas de acero; hojas de acero; láminas de acero; flejes de acero; postes cónicos de acero; rueda de acero; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero en bruto o semi bruto; aceros para automóviles; aceros para cobertores; aceros para calderas; aceros para uso estructural de máquina; aceros para recipiente a presión; aceros para uso estructural en barco; aceros, resistentes al calor, al ácido y a la erosión; estribos de metales; escudo metálico en forma de tapón o tapa para la protección de las partes del to mil lo de tuberías; pemios de metal; correas de metal manejar cargas; tiras; tanques de metal; tantalio; hilo de metal para propósitos de amarrar; estaño; láminas de acero sin estaño y bobinas; papel de estaño; hojalata; envases de hojalata; hojalatería y utensilios de cocina; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga; cajas vacías de herramientas de metal; construcciones transportables de metal; trampas para animales salvajes; protectores de metal para árboles; enrejados de metal; tubos y tuberías de acero; tubos de metal; tungsteno; metales comunes en bruto o parcialmente brutos y aleaciones; válvulas de metal, otras que no sean partes de máquina; vanadio; bancos de vicio de metal; banco de vicio; revestimiento de pared de metal para la construcción; forros de pared de metal para la construcción; tacos de metal; tuberías de agua de metal; trampas para animales salvajes; redes de cable y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones comunes de metal excepto fusibles; alambre de metal para soldadura, cable de acero; trabajos de arte de metal común; bandas de envoltura o unión de metal; zinc y sus aleaciones; hojas de acero recubiertas de zinc; circonio. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 51070-17 — Solicitud de registro de marca de fábrica AJ y logo

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 51070-17 2/ Fecha de presentación: 11/12/17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Ajinomoto Co., Inc. 4.1/ Domicilio: 15-1, Kyobashi 1-chome, Chiyod-ku, Tokyo, JAPÓN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 2017-107769 2017-107770 5.1 Fecha: 18-08-2017 18-08-2017 5.2 País de Origen: JAPÓN 5.3 Código País: JP

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AJ y logo 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color rojo brillante que se muestra en el ejemplar de la marca. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Condimentos; condimentos que tienen glutamato monosódico como su ingrediente principal; potenciadores del sabor; condimentos mixtos; sales de cocina; salsa de tomate (cátsup); salsa de tomate; mayonesa; aderezos para ensaladas; salsa [condimentos]; salsas premezcladas; salsa de ostras; salsa teriyaki; vinagre; marina da; salsa de chile; salsas de carne; salsa de soya; azúcar; edulcorantes naturales; jarabe dorado (de la caña de azúcar); semillas procesadas para usar como condimento o especia; especia; mostaza; pimienta; algas marinas [condimento]; café; café instantáneo; bebidas a base de café; bebidas de café con leche; café artificial; granos de café tostados; cacao; bebidas a base de cacao; té; bebidas a base de té; ablandadores de carne para uso doméstico; preparaciones de cereales; arroz procesado; crutones; barras de cereal; migas de pan; copos de maíz tostados; macarrones; avena; fideos; fideos instantáneos; fideos fritos [yakisoba]; pastas; bolas de masa hervida; rollitos de primavera; buñuelos chinos al vapor [shumai, cocinados]; sushi; ravioles; bolas de arroz; risotto; bibimbap [plato coreano que consiste principalmente de arroz cocido con verduras y carne de res]; gratén; lasaña; doria (plato japonés que consiste principalmente de arroz, mantequilla amarilla y que contiene un tipo de carne o mariscos y vegetales); pilaf; arroz salteado; comidas preparadas a base de fideos; gachas; samosas; enchiladas; productos de confitería; galletas saladas; flan; helado; pan y bollos; sándwiches; baozi [bollos rellenos]; hamburguesas; pizza; perros calientes; pasteles (tartas) de carne; tacos; burritos; tortillas; mezclas para hacer panqueques; mezclas para hacer helados; mezclas para hacer sorbetes; harina; harina de trigo para alimentos; harina de tapioca; preparaciones saborizantes para alimentos, que no sean de aceites esenciales; saborizantes para alimentos, que no sean aceites esenciales; saborizantes para bebidas, que no sean aceites esenciales; saborizantes de café; vainillina [sustituto de vainilla]; salsa para pastas; polvo para hornear; levadura. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso No. 52533-17 — Solicitud de registro de marca de servicio INSIGHT

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 52533-17 2/ Fecha de presentación: 19/12/17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ICON, S.R.L. 4.1/ Domicilio: Via G. Di Vittorio, 11, 40057 CADRIANO DI GRANOR O LO EMILIA (BO), ITALIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INSIGHT 6.2/ Reivindicaciones: La marca conside de las letras “IN” escritas en letras mayúsculas en una fuente negrita y con un grosor considerable comparado con las demás letras dentro de la denominación. Le siguen le letras “SIGHT”, las cuales están escritas en letras mayúsculas y en una fuente delgada. Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar. ________ 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de consultoría empresarial, publicidad, publicidad en internet, publicidad y propaganda provistos vía la televisión, radio o correo; presentación de productos y servicios en internet de preparación del cabello, preparaciones para el cuidado del cabello, baños de aceite para el cuidado del cabello, acondicionador de cabello, cera para el cabello, tintes para el cabello, cosméticos para el cabello; cremas para el cabello, blanqueadores para usar en el cabello, preparaciones blanqueadoras para el cabello; emolientes capilares, geles para usar en el cabello, humectantes para el cabello, laca para el cabello, kit de ondas permanentes para el cabello; lociones para el cabello, brillos para el cabello, máscara para el cabello, aceites y pomadas para el cabello, preparaciones de tratamiento para el cabello, preparaciones para el estilizado, el color e ad o y el ondulado el cabello, preparaciones para el cuidado y el estilizado del cabello, acondicionadores para el cabello, cosméticos para el cuidado del cabello, neutralizador es para el cabello, preparaciones para colorear el cabello, preparaciones para decolorar y eliminar el tinte del cabello, preparaciones limpiadoras del cabello, brillo para el cabello, relajantes y preparaciones de aclara miento para el cabello, mousses para el cabello, champús para el cabello, espesantes para el cabello, aerosoles para el cabello, spray para estilizar el cabello, color para el cabello, colorantes cosméticos, champús, preparaciones para el teñido del cabello, tónico capilar, tratamientos acondicionadores del cabello, tratamientos de cera para el cabello, tratamientos disciplinarios para el cabello, preparaciones medicadas para el cuidado del cabello, lociones preparaciones medicadas para el cabello, preparaciones farmacéuticas para el cuidado del cabello, productos sanitarios para uso médico, estimulantes del crecimiento del cabello para fines médicos, preparaciones medicinales para el crecimiento del cabello, preparaciones para el tratamiento de piojos y tintes médicos para el cabello; gestión empresarial; servicios de mercadeo; venta mayorista y minorista, incluyendo vía el internet, de preparación del cabello, preparaciones para el cuidado del cabello, baños de aceite para el cuidado del cabello, acondicionador de cabello, cera para el cabello, tintes para el cabello, cosméticos para el cabello; cremas para el cabello, blanqueadores para usar en el cabello, preparaciones blanqueadoras para el cabello; emolientes capilares, geles para usar en el cabello, humectantes para el cabello, laca para el cabello, kit de ondas permanentes para el cabello; lociones para el cabello, brillos para el cabello, máscara para el cabello, aceites y pomadas para el cabello, preparaciones de tratamiento para el cabello, preparaciones para el estilizado, el color e ad o y el ondulado el cabello, preparaciones para el cuidado y el estilizado del cabello, acondicionadores para el cabello, cosméticos para el cuidado del cabello, neutralizador es para el cabello, preparaciones para colorear el cabello, preparaciones para decolorar y eliminar el tinte del cabello, preparaciones limpiadoras del cabello, brillo para el cabello, relajantes y preparaciones de aclara miento para el cabello, mousses para el cabello, champús para el cabello, espesantes para el cabello, aerosoles para el cabello, spray para estilizar el cabello, color para el cabello, colorantes cosméticos, champús, preparaciones para el teñido del cabello, tónico capilar, tratamientos acondicionadores del cabello, tratamientos de cera para el cabello, tratamientos disciplinarios para el cabello, preparaciones medicadas para el cuidado del cabello, lociones preparaciones medicadas para el cabello, preparaciones farmacéuticas para el cuidado del cabello, productos sanitarios para uso médico, estimulantes del crecimiento del cabello para fines médicos, preparaciones medicinales para el crecimiento del cabello, preparaciones para el tratamiento de piojos y tintes médicos para el cabello; servicios de mercadeo por internet; subastas provistas en el internet; administración de empresas; asesoramiento empresarial relacionado al franquiciado; asistencia de gestión comercial en relación con franquicias; asesoramiento empresarial relacionado con la comercialización; servicios de comercialización; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-7-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 4076-2018 — Solicitud de registro de marca de servicio TERCETO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 4076-2018 2/ Fecha de presentación: 24-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ALIANZA GOURMET, S. DE R.L. (GRUPO ALGO). 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TERCETO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: BENIGNO BANEGAS.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas:

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Aviso — Publicación por Registrador de la Propiedad Industrial - CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ

Registro de la Propiedad Industrial

Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. ________ 1/ Solicitud: 4215-2018 2/ Fecha de presentación: 25-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SERVICIOS MULTIPLES ANCORA, S. DE R.L. DE C.V. (ANCORA). 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: S & G 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: BENIGNO BANEGAS.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2018. 12/ Reservas:

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Aviso

Aviso — Publicación por Registrador de la Propiedad Industrial - MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA

Registro de la Propiedad Industrial

Abogado MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. ________ [1] Solicitud: 2017-042453 [2] Fecha de presentación: 11/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GRUPO AMERICA, S. DE R.L. O AMERICA COSMETICS, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MALIBU [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: BENIGNO BANEGAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de noviembre del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas.

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Aviso — Publicación por Registrador de la Propiedad Industrial - CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY

Registro de la Propiedad Industrial

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 10 y 25 S. 2018. MALIBU 1/ Solicitud: 43737-17 2/ Fecha de presentación: 18 octubre, 2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO AMERICA, S. DE R.L. O AMERICA COSMETICS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLUE RAIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: BENIGNO BANEGAS.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 43736-17 — Solicitud de registro de marca de fábrica DERMATECH

Registro de la Propiedad Industrial

BLUE RAIN 1/ Solicitud: 43736-17 2/ Fecha de presentación: 18 octubre 2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO AMERICA, S. DE R.L. O AMERICA COSMETICS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DERMATECH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustncias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: BENIGNO BANEGAS.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-044949 — Solicitud de registro de marca de fábrica AQUATEMP

Registro de la Propiedad Industrial

DERMATECH [1] Solicitud: 2017-044949 [2] Fecha de presentación: 26/10/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GRUPO AMERICA, S. DE R.L. O AMERICA COSMETIC, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: BENIGNO BANEGAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de diciembre del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 10 y 25 S. 2018. AQUATEMP

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Aviso

Aviso No. 20031-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAPUCAS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20031-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA CAFETALERA CAPUCAS LIMITADA. 4.1/ Domicilio: ALDEA CAPUCAS, MUNICIPIO DE SAN PEDRO, DEPARTAMENTO DE COPÁN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAPUCAS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café en sus diferentes presentaciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUIS ENRIQUE AMAYA REYES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso

Aviso No. 20030-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica CAPUCAS Y DISEÑO clase 01

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 20030-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COOPERATIVA CAFETALERA CAPUCAS LIMITADA. 4.1/ Domicilio: ALDEA CAPUCAS, MUNICIPIO DE SAN PEDRO, DEPARTAMENTO DE COPÁN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAPUCAS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes orgánicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUIS ENRIQUE AMAYA REYES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso

Aviso No. 17-47057 — Solicitud de registro de marca de servicio Giro Protegido Banco Azteca

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-47057 2/ Fecha de presentación: 10-11-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE 4.1/ Domicilio:Av. Ferrocarril de Río Frío No. 419A10, Col. Industrial del Moral, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Giro Protegido Banco Azteca 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de publicidad. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 10 S. 2018. Giro Protegido Banco Azteca

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Aviso

Aviso No. 18410-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica FAMILY CHOICE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18410-18 2/ Fecha de presentación: 27-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INTER COSMO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FAMILY CHOICE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel toalla, servilletas, papel higiénico, papel de cocina, pañuelos de papel desechables. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018. _________

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Aviso

Aviso No. 2018-020017 — Solicitud de registro de marca de fábrica CASA & CAMPO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-020017 [2] Fecha de presentación: 09/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES CASA Y CAMPO, S. DE R. L. [4.1] Domicilio: ALDEA LOS LAURELES, SANTA CRUZ DE YOJOA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CASA & CAMPO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, frutas, verduras, hortalizas, legumbres frescas, productos lácteos, aceites y grasas comestibles.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA ISABEL COTO AGUILAR. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso — Publicación de solicitud de marca de fábrica - Artículo 88 Ley de Propiedad Industrial

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de junio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 2018-013765 — Solicitud de registro de nombre comercial WISH BOUTIQUE

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-013765 [2] Fecha de presentación: 23/03/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SADIA GERALDINA VIDES MORALES. [4.1] Domicilio: PLAZA ALTA VISTA, LOCAL #5, 24 CALLE, 11 Y 12 AVENIDA, SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WISH BOUTIQUE [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de zapatos, ropa, lociones, relojes, todo en prendas de vestir.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: WALTER DAVID RODRÍGUEZ GÓMEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de julio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas.

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Aviso — Publicación por Registrador de la Propiedad Industrial - NOEMÍ ELIZABETH LAGOS

Registro de la Propiedad Industrial

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018. _________ 1/ Solicitud: 18-13764 2/ Fecha de presentación: 23-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SADIA GERALDINA VIDES MORALES. 4.1/ Domicilio: Plaza Alta vista, Local #5, 24 Calle, 11 y 12 avenida, San Pedro Sula. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KULTER PREMIUM COLLECTION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Walter David Rodríguez Gómez.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-05-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 2018-13993 — Solicitud de registro de marca de fábrica D'ZIGSAG

Registrador(a) de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-13993 2/ Fecha de presentación: 02-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BELESA REPRESENTACIONES, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: D’ZIGSAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: OSWALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018. D’ZIGSAG

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Aviso No. 13999-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica KIKIRIKI

Registrador(a) de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 13999-18 2/ Fecha de presentación: 2-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BELESA REPRESENTACIONES, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KIKIRIKI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: OSWALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018. KIKIRIKI

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Aviso No. 19274-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIPPON STEEL Logo

Registrador(a) de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19274-18 2/ Fecha de presentación: 04-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante:NIPPON STEEL& SUMITOMO METAL CORPORATION 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL Logo 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Generadores [alternadores] AC; motores AC y DC [sin incluir aquellos para vehículos terrestres pero incluyendo partes para; cualquier motor AC y DC]; actuadores para vehículos aéreos; máquinas aeronáuticas; motores aeronáuticos; implementos agrícolas; aparato de separación de aire; máquinas de aspiración de aire; todos los accesorios para foto-tipo e impresión en relieve; plantas de amoníaco; máquinas de re cocido; dispositivos anti-polución para motores; aparato para vestir para metalurgia; aparato para dar un tratamiento decapado en la superficie de metal; aparato para metalurgia de mecanizado; aparato para enchapado de estaño en la superficie de metal; acabados de asfalto; cigüeñales de automóviles y ejes de levas; ejes para máquinas; dragaminas de azada trasera e hidro excavadoras; barras y placas de cobre; barras y placas de zinc; cobertores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; cobertores para ejes de transmisión, variadores beier; variadores beier- cyclo;reductores de velocidad o variadores;cinturones para transportadores; cinturones para máquinas; cinturones para motores; plegado ras; soplado ras; tubos de caldera [partes de máquina]; frenos [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; hojas de latón; recuperadores de rueda de cangilones; carburadores de but a no; alimentadores de carburador; carburadores; máquinas de fundición para metales no ferrosos; plantas de cemento; centrifugadoras [máquinas]; centrifugadoras siendo separadores centrífugos; alimentadores de cadena para molinos esféricos; aparato para sintetizar químicos oxidantes; máquinas y aparatos para procesar químicos; clamshell; clasificador; clasificador para clasificar sólidos suspendidos en líquidos siendo una máquina; instalaciones de preparación de carbón y mineral; tiras en frío de molinos para metales no ferrosos; máquinas de aire comprimido; bombas de aire comprimido; compresores (máquinas); condensadores (vapor) [partes de máquinas]; instalaciones de condensación para procesar químicos; aparatos y máquinas de construcción; máquinas continuas de ruedas; plantas continuas de sin te rización; aparato de control para máquinas y motores; mecanismos de control para máquinas de metalurgia, construcción y máquinas de carga y descarga; convertidores; convertidores para trabajos de acero; transportadores y equipo auxiliar rollo de cobre para la estampación textil; hojas de cobre; acoplamientos que no sean para vehículos terrestres; grúas y sus partes y accesorios; cigüeñales; manivelas [partes de máquinas]; arrastrador; para grúas; trituradora; trituradora para minas; trituradoras para metalurgia, construcción carga y descarga y procesamiento de químicos; rollos de trituración y viviendas rodillo; aparato de separación criogénica; cortadores; máquinas cortadoras para metalurgia y construcción; unidades de ciclo; ciclo reductor (máquina); cajas de cilindro; generadores DC; máquinas de tro quelado y de impactos; buscadores (máquinas); máquinas de lavadoras de platos para propósitos domésticos; línea de arrastre; máquinas de drenaje para construcción; equipos de perforación, flotantes o no flotantes; torres de perforación; baterías [partes de máquinas]; cepillos dínamo; máquinas de procesamiento de circuito eléctrico; mezcladores eléctricos de comidas [para propósitos domésticos]; máquinas eléctricas y aparatos para pulir superficie de metal; máquinas eléctricas de pulido de cera para propósitos domésticos; bobina dora eléctrica; máquinas de fabricación de alambre y cable eléctrico; motores electrónicos; aparato de recuperación de etano; máquinas de excavación y sus partes; colector de escape para máquinas; tubos de escape para motores y máquinas; extrusoras• ventiladores y maquinaria para soplar; alimentador; aparato alimentador para calderas de motor; laminado res de películas; filtros; máquinas de acabado para metalurgia; bridas; máquinas de flotación; para industrias químicas, planta de sin te rización, ácido sulfúrico, planta de fabricación, planta de fabricación de sal; para construcción escalera excavadora; para fabricación de metal, prensa, corte; para minar, planta mineral; prensas de forja; aparato de licuefacción de gas; aparato de separación de gas; gasificadores; equipo y acoplamiento de piñón y equipo de proyecto y refacciones no incluidas en otras clases; caja de cambios; generadores de electricidad; rectificadoras; guías para máquinas de metalurgia; herramientas de mano que no sean manuales; manejo de equipo para calentar hornos y pozos; intercambiadores de calor para máquinas de procesamiento de químicos; intercambiadores de calor para plantas [partes de máquinas]; aparato de licuefacción de helio; máquinas hemming; recipientes de alta presión; lavadoras de alta presión; dispositivos de sujeción para herramientas de máquinas de metalurgia; controlador hidráulico para máquinas y motores; abridores y cerrado res hidráulicos de puertas [partes de máquinas]; prensas hidráulicas; bombas hidráulicas; bombas hidráulicas para máquinas industriales; válvulas hidráulicas; aparato de recuperación de hidrógeno; impulsor de eje; incubadoras; incubadoras para huevos; equipo infinitamente variable y otras partes y accesorios para máquinas de fuerza; máquinas de extrusión de película de inflación; buggies lingotes; máquinas de moldeo por inyección de soplado; escaleras grande excavadoras implementos agrícolas de tamaño largo; nivel a dores; imanes de levantamiento; cinturones de camiones grúa; equipo de grabado con panel de cristal líquido; aparato para lavar con panel de cristal líquido; carburadores LNG; aparatos y máquinas para carga y descarga; carburadores LPG; componentes de máquina de acoplamiento y transmisión (excepto para vehículos terrestres); acoplamientos de máquinas y correaje (excepto para vehículos); elementos de máquina (no para vehículos terrestres); maquinaria de todo tipo y partes de maquinaria, excepto máquinas agrícolas y hortícolas y sus partes incluidas en clase 7; máquinas y aparatos para la industria electrónica; máquinas y herramientas de máquina; múltiple (escape-) para máquinas; planta de fabricación; prensas mecánicas; MEMS (sistemas mecánicos micro electro) equipo de revestimiento; MEMS (sistemas mecánicos micro electro) equipo de grabado; máquinas de metal de dibujo; herramientas de máquinas de metalurgia; máquinas de metalurgia; molino; máquinas de fresado; mina de coche; aparato de transporte de mina; planta mineral; mezcladores; máquinas manejadas por motor para la industria de químicos; motores (excepto para vehículos terrestres); motores, eléctricos excepto para vehículos terrestres; máquinas de moldear para metalurgia; moldes (partes de máquinas); silenciadores para motores; condensadores naturales de gas (partes de máquinas); motores náuticos; motores primarios no eléctricos, no para vehículos terrestres [que no sean molinos de agua y de aire]; toberas y palas para turbinas; enfriadores de aceite para motores aeronáuticos; máquinas de refinamiento de aceite; otra maquinaria o equipo; otra maquinaria de procesamiento de metal;

    aparato para procesar ozonólisis; máquinas de pelar para metalurgia; partes y accesorios para locomotoras de ferrocarril; partes para motores primarios no eléctricos para vehículos terrestres; partes para motor de fuerza y equipo relacionado; millas de tubería; pistones; transportadores neumáticos; acoplamientos de fuerza; prensas (máquinas para propósitos de procesamiento de químicos); prensas para metalurgia; tanque de presión y partes de máquinas; dados de impresión; máquinas de impresión; diafragmas de bombas; bombas [partes de máquinas y motores]; radiadores [enfriamiento] para motores; cameros (máquinas); equipo de reducción que no sea para vehículos terrestres; estabilizadores de camino; robots para trabajo de metal; rollos y rollos de viviendas (partes de máquinas); rollos y rollos de viviendas; cilindros de rodar de molinos; molinos de rodar; molinos de rodar y sus partes y accesorios; rollos para molinos de rodar; planta de fabricación de sal; flotador de pantalla; pantallas; molinos de rodar de sección; máquinas de fabricación de semi conductor y sistemas; separadores; pulverizadores de aguas residuales; máquinas de coser; acoplamientos o conectores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; unidades de eje; ejes o husillos [no para vehículos terrestres]; tijeras; equipo para barco y piñones; amortiguadores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; pala; servicio de transporte [partes de máquinas]; silenciadores para motores; aparato para depósito de la película de dióxido de silicón; sin te rización de plantas; enfriadores de placa; tomos silencios (partes de máquina); fuentes [partes de máquinas]; apiladores; recuperadores de pila; arrancadores para motores aeronáuticos; arrancadores para motores; acumuladores de vapor [partes de máquina]; calderas de máquina de vapor; barras de perforación de acero, también cónico; convertidores de fabricación de acero; grúas de molino de acero; líneas procesadoras de hoja de acero; dirección; marcos de popa y ejes; alisado res; plantas de ácido sulfúrico; compresores; plantas de resina sintética; roscado res; herramientas e instrumentos y sus partes para la fabricación de metal; engranajes transferidos; ejes de transmisión, menos para vehículos terrestres; transmisiones para máquinas; transmisiones menos para vehículos terrestres; máquinas de recorte para metalurgia; aparato de irradiación de luz ultravioleta para procesamiento de agua; des cargadores, cargadores y su equipo relacionado; aspiradoras para propósitos domésticos; válvulas [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; vibradores (máquinas) para uso industrial; aparato para lavar; máquinas para lavar para propósitos domésticos; máquinas de compactación de residuos; máquinas y aparatos de residuos; máquinas de trituración de residuos; trituradoras de desperdicios (máquinas); calentadores de agua [partes de máquinas]; aparatos de soldadura, operadores de gas; máquinas de soldadura, eléctricas; grúas de rueda; molinos de alambrón; máquinas de tejer. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 19277-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIPPON STEEL CORPORATION

Registrador(a) de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19277-18 2/ Fecha de presentación: 04-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante:NIPPON STEEL& SUMITOMO METAL CORPORATION 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL CORPORATION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Generadores [alternadores] AC; motores AC y DC [sin incluir aquellos para vehículos terrestres pero incluyendo partes para; cualquier motor AC y DC]; actuadores para vehículos aéreos; máquinas aeronáuticas; motores aeronáuticos; implementos agrícolas; aparato de separación de aire; máquinas de aspiración de aire; todos los accesorios para foto-tipo e impresión en relieve; plantas de amoníaco; máquinas de re cocido; dispositivos anti-polución para motores; aparato para vestir para metalurgia; aparato para dar un tratamiento decapado en la superficie de metal; aparato para metalurgia de mecanizado; aparato para enchapado de estaño en la superficie de metal; acabados de asfalto; cigüeñales de automóviles y ejes de levas; ejes para máquinas; dragaminas de azada trasera e hidro excavadoras; barras y placas de cobre; barras y placas de zinc; cobertores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; cobertores para ejes de transmisión, variadores beier; variadores beier- cyclo;reductores de velocidad o variadores;cinturones para transportadores; cinturones para máquinas; cinturones para motores; plegado ras; soplado ras; tubos de caldera [partes de máquina]; frenos [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; hojas de latón; recuperadores de rueda de cangilones; carburadores de but a no; alimentadores de carburador; carburadores; máquinas de fundición para metales no ferrosos; plantas de cemento; centrifugadoras [máquinas]; centrifugadoras siendo separadores centrífugos; alimentadores de cadena para molinos esféricos; aparato para sintetizar químicos oxidantes; máquinas y aparatos para procesar químicos; clamshell; clasificador; clasificador para clasificar sólidos suspendidos en líquidos siendo una máquina; instalaciones de preparación de carbón y mineral; tiras en frío de molinos para metales no ferrosos; máquinas de aire comprimido; bombas de aire comprimido; compresores (máquinas); condensadores (vapor) [partes de máquinas]; instalaciones de condensación para procesar químicos; aparatos y máquinas de construcción; máquinas continuas de ruedas; plantas continuas de sin te rización; aparato de control para máquinas y motores; mecanismos de control para máquinas de metalurgia, construcción y máquinas de carga y descarga; convertidores; convertidores para trabajos de acero; transportadores y equipo auxiliar rollo de cobre para la estampación textil; hojas de cobre; acoplamientos que no sean para vehículos terrestres; grúas y sus partes y accesorios; cigüeñales; manivelas [partes de máquinas]; arrastrador para grúas; trituradora; trituradora para minas; trituradoras para metalurgia, construcción carga y descarga y procesamiento de químicos; rollos de trituración y viviendas rodillo; aparato de separación criogénica; cortadores; máquinas cortadoras para metalurgia y construcción; unidades NIPPON STEEL CORPORATION

    de ciclo; ciclo reductor (máquina); cajas de cilindro; generadores DC; máquinas de tro quelado y de impactos; buscadores (máquinas); máquinas de lavadoras de platos para propósitos domésticos; línea de arrastre; máquinas de drenaje para construcción; equipos de perforación, flotantes o no flotantes; torres de perforación; baterías [partes de máquinas]; cepillos dínamo; máquinas de procesamiento de circuito eléctrico; mezcladores eléctricos de comidas [para propósitos domésticos]; máquinas eléctricas y aparatos para pulir superficie de metal; máquinas eléctricas de pulido de cera para propósitos domésticos; bobina dora eléctrica; máquinas de fabricación de alambre y cable eléctrico; motores electrónicos; aparato de recuperación de etano; máquinas de excavación y sus partes; colector de escape para máquinas; tubos de escape para motores y máquinas; extrusoras; ventiladores y maquinaria para soplar; alimentador; aparato alimentador para calderas de motor; laminado res de películas; filtros; máquinas de acabado para metalurgia; bridas; máquinas de flotación; para industrias químicas, planta de sin te rización, ácido sulfúrico, planta de fabricación, planta de fabricación de sal; para construcción escalera excavadora; para fabricación de metal, prensa, corte; para minar, planta mineral; prensas de forja; aparato de licuefacción de gas; aparato de separación de gas; gasificadores; equipo y acoplamiento de piñón y equipo de proyecto y refacciones no incluidas en otras clases; caja de cambios; generadores de electricidad; rectificadoras; guías para máquinas de metalurgia; herramientas de mano que no sean manuales; manejo de equipo para calentar hornos y pozos; intercambiadores de calor para máquinas de procesamiento de químicos; intercambiadores de calor para plantas [partes de máquinas]; aparato de licuefacción de helio; máquinas hemming; recipientes de alta presión; lavadoras de alta presión; dispositivos de sujeción para herramientas de máquinas de metalurgia; controlador hidráulico para máquinas y motores; abridores y cerrado res hidráulicos de puertas [partes de máquinas]; prensas hidráulicas; bombas hidráulicas; bombas hidráulicas para máquinas industriales; válvulas hidráulicas; aparato de recuperación de hidrógeno; impulsor de eje; incubadoras; incubadoras para huevos; equipo infinitamente variable y otras partes y accesorios para máquinas de fuerza; máquinas de extrusión de película de inflación; buggies lingotes; máquinas de moldeo por inyección de soplado; escaleras excavadoras. implementos agrícolas de tamaño largo; nivel a dores; imanes de levantamiento; cinturones de camiones grúa; equipo de grabado con panel de cristal líquido; aparato para lavar con panel de cristal líquido; carburadores LNG; aparatos y máquinas para carga y descarga; carburadores LPG; componentes de máquina de acoplamiento y transmisión (excepto para vehículos terrestres); acoplamientos de máquinas y correaje (excepto para vehículos); elementos de máquina (no para vehículos terrestres); maquinaria de todo tipo y partes de maquinaria, excepto máquinas agrícolas y hortícolas y sus partes incluidas en clase 7; máquinas y aparatos para la industria electrónica; máquinas y herramientas de máquina; múltiple (escape-) para máquinas; planta de fabricación; prensas mecánicas; MEMS (sistemas mecánicos micro electro) equipo de revestimiento; MEMS (sistemas mecánicos micro electro) equipo de grabado; máquinas de metal de dibujo; herramientas de máquinas de metalurgia; máquinas de metalurgia; molino; máquinas de fresado; mina de coche; aparato de transporte de mina; planta mineral; mezcladores; máquinas manejadas por motor para la industria de químicos; motores (excepto para vehículos terrestres); motores eléctricos excepto para vehículos terrestres; máquinas de moldear para metalurgia; moldes (partes de máquinas); silenciadores para motores; condensadores naturales de gas (partes de máquinas); motores náuticos; motores primarios no eléctricos, no para vehículos terrestres [que no sean molinos de agua y de aire]; toberas y palas para turbinas; enfriadores de aceite para motores aeronáuticos; máquinas de refinamiento de aceite; otra maquinaria o equipo; otra maquinaria de procesamiento de metal; aparato para procesar ozonólisis; máquinas de pelar para metalurgia; partes y accesorios para locomotoras de ferrocarril; partes para motores primarios no eléctricos para vehículos terrestres; partes para motor de fuerza y equipo relacionado; millas de tubería; pistones; transportadores neumáticos; acoplamientos de fuerza; prensas (máquinas para propósitos de procesamiento de químicos); prensas para metalurgia; tanque de presión y partes de máquinas; dados de impresión; máquinas de impresión; diafragmas de bombas; bombas [partes de máquinas y motores]; radiadores [enfriamiento] para motores; cameros (máquinas); equipo de reducción que no sea para vehículos terrestres; estabilizadores de camino; robots para trabajo de metal; rollos y rollos de viviendas (partes de máquinas); rollos y rollos de viviendas; cilindros de rodar de molinos; molinos de rodar; molinos de rodar y sus partes y accesorios; rollos para molinos de rodar; planta de fabricación de sal; flotador de pantalla; pantallas; molinos de rodar de sección; máquinas de fabricación de semi conductor y sistemas; separadores; pulverizadores de aguas residuales; máquinas de coser; acoplamientos o conectores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; unidades de eje; ejes o husillos [no para vehículos terrestres]; tijeras; equipo para barco y piñones; amortiguadores [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; pala; servicio de transporte [partes de máquinas]; silenciadores para motores; aparato para depósito de la película de dióxido de silicón; sin te rización de plantas; enfriadores de placa; tornos silencios (partes de máquina); fuentes [partes de máquinas]; apiladores; recuperadores de pila; arrancadores para motores aeronáuticos; arrancadores para motores; acumuladores de vapor [partes de máquina]; calderas de máquina de vapor; barras de perforación de acero, también cónico; convertidores de fabricación de acero; grúas de molino de acero; líneas procesadoras de hoja de acero; dirección; marcos de popa y ejes; alisado res; plantas de ácido sulfúrico; compresores; plantas de resina sintética; roscado res; herramientas e instrumentos y sus partes para la fabricación de metal; engranajes transferidos; ejes de transmisión, menos para vehículos terrestres; transmisiones para máquinas; transmisiones menos para vehículos terrestres; máquinas de recorte para metalurgia; aparato de irradiación de luz ultravioleta para procesamiento de agua; des cargadores, cargadores y su equipo relacionado; aspiradoras para propósitos domésticos; válvulas [elementos de máquina no para vehículos terrestres]; vibradores (máquinas) para uso industrial; aparato para lavar; máquinas para lavar para propósitos domésticos; máquinas de compactación de residuos; máquinas y aparatos de residuos; máquinas de trituración de residuos; trituradoras de desperdicios (máquinas); calentadores de agua [partes de máquinas]; aparatos de soldadura, operadores de gas; máquinas de soldadura, eléctricas; grúas de rueda; molinos de alambrón; máquinas de tejer. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 19276-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIPPON STEEL CORPORATION - Clase 6

Registrador(a) de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19276-18 2/ Fecha de presentación: 04/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante:NIPPON STEEL& SUMITOMO METAL CORPORATION 4.1/ Domicilio: 6-1, Marunouchi 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIPPON STEEL CORPORATION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 6 8/ Protege y distingue: Columnas de metal para anuncios; rueda de al e ación; al e ación de acero para la construcción y soportes de acero; aleaciones para los electrodos de la batería; aleaciones de metales comunes; aleaciones de metales no ferrosos; aleaciones, resistentes al calor, al ácido y a la corrosión; aluminio; papel aluminio; tubos de aluminio; alambre de aluminio; aluminio y sus aleaciones; placas de anclaje; anclajes; angulares; válvulas de ángulo [de metal, no elementos de máquina]; cable de antena; metal de antifricción; metal de antifricción para aleaciones de acero; yunques; armadura de placas; arrecifes artificiales de metal para peces; válvulas de control automático [de metal, no elementos de máquina]; válvulas de bola [de metal, no elementos de máquina]; balas de acero; bandas de metal para los propósitos de atar; barras; barras para barandillas de metal; faros de metal no luminosos; campanas; campanas para animales; palanquillas, enlaces de metal; contenedores de metal; flores (metalurgia); pernos de metal; auges; botellas (contenedores de metal) para gas comprimido o aire líquido; cajas de metal común; soportes de metal para la construcción; tubos de ramifica ción de metal; cobre y sus aleaciones; hoja de latón, tiras, barras; latón, en bruto o semielaborados; aleaciones para soldadura; bronces (obras de arte); tableros de metal para la construcción; materiales de metal para la construcción; materiales para la construcción, tubos y tuberías (que no son tubos de caldera o partes o máquinas) todos incluidos en la clase 6. Paneles de metal para la construcción; construcciones de metal; construcciones de metal transportables; boyas; válvulas de mariposa (de metal, no elementos de máquina); empales de cable de metal, no eléctricos; cables y alambres (no eléctricos); latas de metal; cubiertas de metal para pozos de petróleo; hierro fundido (no incluido en otras clases); hierro fundido en bruto o semielaborado; acero fundido; ruedas de metal; piezas de fundición; piezas de fundición, láminas, polvo y artículos semielaborados de titanio, laminados, es tirados, extruidos o sus aleaciones; techos de metal; cadenas (excepto cadenas de conducir para vehículos); cadenas para perros; chimeneas de metal; cromo, placas y hojas con revestimiento de acero; revestimiento de metal; clips de metal para cables y tuberías; cierres de metal para contenedores; grifería [de metal, no elementos de máquina] bobinas; chapas de acero laminadas en frío y bobinas; collares de metal para tubos de sujeción; tubos de metal de recogida; columnas de metal; indicadores comunes de metal para vehículos; indicadores comunes personales de metal; obras de arte comunes de metal; metales comunes y sus aleaciones; metales comunes en bruto o semielaborados; metales comunes en bruto o semielaborados, no incluidos en otras clases; contenedores de metal; contenedores de metal para gas comprimido o aire líquido; contenedores de metal para combustible líquido; contenedores de metal para almacenamiento; contenedores de metal para almacenar ácidos; contenedores de metal para transporte; cobre y sus aleaciones; lámina de cobre, tiras, barras; cobre en bruto o semielaborado; chavetas; acoplamiento; barreras de protección de metal para caminos; tubos de drenaje de metal; rejillas de metal; rollos de hierro fundido de dúctil; conductos y tuberías de metal para instalaciones de calefacción interna; codos de metal para las tuberías; hojas de eléctricas de acero; aceros de extrusión; platos de pescado (rieles); accesorios de metal para construcción; accesorios de metal para muebles; accesorios de metal para ventanas; accesorios de tubería de metal; bridas de metal; bridas de metal (collares); intermitente de metal para construcción; baldosas de metal; piezas de forja; fundición y yunques de acero; moldes de fundición de metal; marco de trabajo para la pre fabricación; marcos de metal para la construcción; marco de trabajo de metal para la construcción; placas y láminas de acero de corte libre; edificios enteramente metálicos; láminas y rollos galvanizados; cilindros de gas; vigas de metal; juntas de metal; soldadura de oro; rejas de metal; lápidas de metal; rejillas de metal; barandillas para calle de ciudad; barandillas de metal; tubos de alcantarilla de metal; canaletas de metal; esposas; equipo y artículos ferreteros; equipo de metal; herramientas de equipo; chapa gruesa; barras huecas de acero; aro de hierro; aro de acero; herraduras; chapas y bobinas de acero; indio; contenedores de metal para empaque industrial; lingotes de metal común; lingotes de metales, no de metales preciosos; hierro; minerales de hierro; hojas de hierro; losas de hierro; tira de hierro; alambre de hierro; hierro en bruto o semielaborado; ferretería; ferretería, artículos pequeños de equipo de metal; hierros y acero; vigas de metal; cruces de metal para tuberías; llaves; plomo; plomo en bruto o semielaborado; revestimientos de metal (construcción); palés de metal de carga y descarga; cerraduras; cerraduras de metal, excepto las eléctricas; trabajos de cerrajería; pezones lubricantes; cinturones de sujeción de máquina de metal; magnesio; tapas de alcantarilla de metal; colector; colectores de metal para las tuberías; materiales de metal para formas cuniculares de líneas férreas permanentes; materiales metálicos para líneas férreas; botella de metal para válvulas de compresión de aire y líquido; conducto de metal para cables y tuberías; cilindros de metal para aire comprimido; bridas metálicas; placa de base de metal para edificios; marcos de metal para embalaje para propósitos de transporte y para almacenamiento de tuberías; accesorios de metal de carpintería; uniones de metal para tuberías; pestillos de metal de las puertas; tapas y tapones de metal (para contenedores de empaque industrial); materiales de metal para la construcción de edificios o para estructura; materiales de metal para esqueletos o marcos para edificios o construcción; moldes metálicos para la formación de productos de cementos que no son partes de máquinas; tubos de metal y tuberías; tubos de metal y tuberías para caldera, semielaborado; poleas de metal; poleas de metal, muelles y válvulas (que no incluye elementos de máquina), hojas de metal para uso de edificio; tapones de metal (para contenedores de empaque industrial); tumbas de metal; alambres de metal; cables de varillas de metal; tuberías metálicas de al e ación; hojas metálicas y esmaltadas NIPPON STEEL CORPORATION

    para cubiertas; barriles metálicos; contenedores metálicos; tapas metálicas para contenedores; cápsulas metálicas para gas comprimido; manguera metálica para aspiradoras; portadores de llave metálicos; señales viales metálicas no luminosas ni mecánicas; tuberías metálicas; piscinas metálicas de natación; tubos y tuberías metálicas de todo tipo, incluyendo tuberías de gas, y cubiertas para pozos de petróleo; teclas metálicas de liquidación; metales y semielaborados de los mismos que no pertenecen a otra clase; metales y sus aleaciones; metales en forma de polvo; instrumentos meteorológicos de metal; mineras; equipo misceláneo de metal; pilotes diversos de metal; tubos diversos de acero; molibdeno; bitas de amarre de metal; moldes; clavos y to mil los; níquel; niobio; cables no eléctricos y alambres de metal común; metales no ferrosos y sus aleaciones; boquillas de metal; tuercas (de metal); tuercas y tornillos hechos de metal; oleoducto; minerales; minerales de metal común; minerales de metal excepto sodio, potasio y calcio, no incluido en combustible; otros productos hechos de materiales metálicos de extrusión sin acero no preciosos; contenedores de metal para empacar; parti ciones para uso de oficina; parti ciones de metales; clavijas de metal; tubos de tubería de metal; petróleo y tubería de cubierta; pilotes de metal; pilares de metal para construcciones; accesorios de tubería; juntas de tuberías de metal; manguitos de tuberías de metal; tuberías de metal; tubos y tuberías (que no son partes de máquinas y/o calderas); tubos y tuberías de metal; tubos y tuberías de metal y sus aleaciones, que no son partes de máquinas o partes de instalaciones para enfriar, calentar y destilar; tubos de metal; tubos de metal para instalaciones de calefacción central; tuberías de metal; tuberías de metal, no incluidas en materiales de metal para edificios o construcción; clavos de metal (equipo de montañismo); placas; tapones de metal; postes de metal; vallas metálicas; vallas metálicas para líneas eléctricas; gallinero de metal; casas metálicas pre diseñadas y otras construcciones; secciones metálicas pre diseñadas y paneles de los mismos; estuches de metal para la pre fabricación de montajes de edificios; estuches de metal para la pre fabricación de montajes de edificios para esqueletos o marcos; accesorios de metal; accesorios de metal para puentes; traviesas de ferrocarril de metal; rieles y otros materiales metálicos para vías de tren; rieles de metal; férreas de metal; puntos de ferrocarril; durmientes de ferrocarril de metal; interruptores de ferrocarril-, aleaciones de tierras raras para imanes; materiales refractorios de construcción de metal; material de refuerzo de metal para edificios; material de refuerzo de metal para cinturones e máquina; material de refuerzo de metal para tubos; material de refuerzo de metal para concreto; depósitos de metal; señales de tráfico de metal (no luminosos ni mecánicos); varillas metálicas para soldadura fuerte; varillas metálicas para soldadura; materiales laminados y fundidos para la construcción; aceros laminados; cubiertas de techo; intermitentes de techo de metal; techo de metal; cuerdas de metal; cajas de seguridad; taquillas de seguridad; moldes de arena de metal; tornillos de metal; tapones de metal; productos de segunda de hierro y acero; acero semiacabado; semi productos de acero; objetos con forma de acero (no incluidos en otras clases); formas; hoja; barras laterales; planchas de chapa; tabl estacas de metal; tabl estacas; hojas y placas de metal, hojas y rayas; clavos de zapatos; encofrado de metal para concreto; paneles de señalización de metal, no luminosos ni mecánicos; carteles de metal; al e ación de plata, estaño; soldadura de plata; sutura de plata; losas; mangas (equipo de metal); alambre de soldadura de metal; muelles (equipo de metal); muelles y válvulas (que no son parte de máquinas); muelles para muebles [equipo de metal]; e sp u e las; bobinas de acero inoxidable; acero; acero (laminado) para las operaciones de laminado; aleaciones de acero; acero y artículos hechos del mismo incluidos en la clase 6; ángulos de acero; bolas de acero, no incluidos en otras clases; barras de acero; flores de acero; edificios de acero; cables de acero; marcos de acero; marco de acero para pre fabricación; vigas de acero para uso en edificios; material de acero; acero o agua metálica y tubo de gas; paletas de acero; paneles de acero para piso; tubos de acero; tubos y tuberías de acero para caldera, semielaborados; tubos de acero para partes de bolsa de aire; tubos de acero para calderas; tubos de acero para calderas [productos semielaborados]; placas de acero; postes de acero; postes de acero y tubos para componentes de bolsa de aire; rieles de acero; formas de acero, hojas de acero; láminas de acero; flejes de acero; postes cónicos de acero; rueda de acero; tubos de acero; tubos de acero para calderas; alambre de acero; acero en bruto o semi bruto; aceros para automóviles; aceros para cobertores; aceros para calderas; aceros para uso de máquina; aceros para recipiente a presión; aceros para uso estructural en barco; aceros, resistentes al calor, al ácido y a la erosión; estribos de metales; escudo metálico en forma de tapón o tapa para la protección de las partes del to mil lo de tuberías; premios de metal; correas de metal manejar cargas; tiras; tanques de metal; tantalio; hilo de metal para propósitos de amarrar; estaño; láminas de acero sin estaño y bobinas; papel de estaño; hojalata; envases de hojalata; hojalatería y utensilios de cocina; titanio; aleaciones de titanio; barras de titanio; titanio de hierro; tumbaga; cajas vacías de herramientas de metal; construcciones transportables de metal; trampas para animales salvajes; protectores de metal para árboles; enrejados de metal; tubos y tuberías de acero; tubos de metal; tungsteno; metales comunes en bruto o parcialmente brutos y aleaciones; válvulas de metal, otras que no sean partes de máquina; vanadio; bancos de vicio de metal; banco de vicio; revestimiento de pared de metal para la construcción; forros de pared de metal para la construcción; tacos de metal; tuberías de agua de metal; trampas para animales salvajes; redes de cable y gasas; alambre de metal común; alambre de aleaciones comunes de metal excepto fusibles; alambre de metal para soldadura; cable de acero; trabajos de arte de metal común; bandas de envoltura o unión de metal; zinc y sus aleaciones; hojas de acero recubiertas de zinc; circonio. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25149-18 — Solicitud de registro de marca de servicio DUNKIN• y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25149-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royall Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN• y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restaurante; servicios de café (cafetería); servicios de cafetería; servicios de restaurante de comida rápida. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 6351-18 — Solicitud de registro de marca de servicio SELINA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 6351-18 2/ Fecha de presentación: 08/02/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Dekel Hostels Holding, S.A. 4.1/ Domicilio: Cl.11 #3-55, Bogotá, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SELIN A 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de información acerca de viajes y de transporte; servicios de guía turístico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-001055 — Solicitud de registro de marca de fábrica PAÑALOTON

Registro de la Propiedad Industrial

SELIN A [1] Solicitud: 2018-001055 [2] Fecha de presentación: 10/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC. [4.1] Domicilio: 401 N. LAKE STREET, P.O. BOX 349, NEENAH, WISCONSIN 54956, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE WISCONSIN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAÑALOTON [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Pañales desechables y pañales desechables tipo pantalon cil los.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de julio del año 2018. 12] Reservas: Corporación organizada bajo las leyes del Estado de Wisconsin. Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. PAÑALOTON

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Aviso

Aviso No. 6350-18 — Solicitud de registro de marca de servicio SELINA - Clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 6350-18 2/ Fecha de presentación: 08/02/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Dekel Hostels Holding, S.A. 4.1/ Domicilio: Cl.11 #3-55, Bogotá, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SELIN A 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Provisión de instalaciones para oficinas y reuniones para áreas de trabajo individuales, reuniones, conferencias y eventos de negocios. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 6352-18 — Solicitud de registro de marca de servicio SELINA - Clase 43

Registro de la Propiedad Industrial

SELIN A 1/ Solicitud: 6352-18 2/ Fecha de presentación: 08/02/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Dekel Hostels Holding, S.A. 4.1/ Domicilio: Cl.11 #3-55, Bogotá, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SELIN A 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de hotel y de restaurante. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Anibal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 23239-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica EXTRALIFE

Registro de la Propiedad Industrial

SELIN A 1/ Solicitud: 23239-18 2/ Fecha de presentación: 24-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. 4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXTRA LIFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Alimentos para animales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Kenia Rosibel Molina Robles

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. EXTRA LIFE

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Aviso

Aviso No. 2016-042982 — Solicitud de registro de marca de fábrica CARIBE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2016-042982 [2] Fecha de presentación: 26/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTORES HONDUREÑOS DEL FOAM (PROHFOAM) [4.1] Domicilio: COL. SANTA BÁRBARA, CARRETERA AL BATALLÓN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARIBE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Camas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Jorge Samuel Santos González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de julio del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica la palabra muebles indicada en el distintivo solicitado. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 10 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2016-042981 — Solicitud de registro de marca de fábrica COLCHOFLEX

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2016-042981 [2] Fecha de presentación: 26/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTORES HONDUREÑOS DEL FOAM (PROHFOAM) [4.1] Domicilio: COL. SANTA BÁRBARA, CARRETERA AL BATALLÓN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COLCHOFLEX [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Camas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Jorge Samuel Santos González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 10 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2016-042979 — Solicitud de registro de marca de fábrica FELIZ SUEÑO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

COLCHOFLEX [1] Solicitud: 2016-042979 [2] Fecha de presentación: 26/10/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTORES HONDUREÑOS DEL FOAM (PROHFOAM) [4.1] Domicilio: COL. SANTA BÁRBARA, CARRETERA AL BATALLÓN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FELIZ SUEÑO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Camas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Jorge Samuel Santos González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 10 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-015397 — Solicitud de registro de marca de fábrica WIWI Y DISEÑO - Clase 16

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-015397 [2] Fecha de presentación: 09/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WIWI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Acuarelas, adhesivos, almohadillas, archivadores, arcilla de modelar, blocs de dibujo, bolsas, productos para borrar, brazaletes para sujetar instrumentos de escritura, cajas de pinturas, cajas de cartón o papel, calcomanías, carpetas para documentos, carpetas para hojas sueltas, cartillas, cartuchos de tínta, chinchetes/chinches/tachuelas, cintas adhesivas de papelería o para uso doméstico, clichés de imprenta, clips para billetes de banco, colas de papelería o para uso doméstico, compases de trazado/ compases de dibujo, cuadernos, instrumentos de dibujo, distribuidores de cinta adhesiva, materiales de embalaje, artículos de escritura, instrumentos de escritura, escuadras de dibujo, escuadras de dibujo, gomas, grapadoras, grapas de oficina, hojas de papel, hojas de celulosa regenerada para embalar, lápices, libretas, libros, líquidos correctores, marcadores, marcadores, material de dibujo, material escolar, minas de lápices, papel de envolver/papel de embalaje, papel de carta, papel de copia, artículos de papelería, películas adherentes y extensibles de materias plásticas para la paletización, portaminas, publicaciones periódicas, publicaciones impresas, reglas de dibujo, sacapuntas eléctricos o no, sobres, tableros de dibujo, tinta china, tintas, tiza para escribir, volantes.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Iris Pineda Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 2018-015398 — Solicitud de registro de marca de fábrica WIWI Y DISEÑO - Clase 20

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-015398 [2] Fecha de presentación: 09/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO GUAMILITO, 6ta. AVENIDA, 3ra. CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WIWI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, chorcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidas en otras clases, cuerno, ballena o nácar, en bruto o semielaborados; conchas; espuma de mar; ámbar amarillo.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Iris Pineda Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. 12] Reservas: Se reivindica el color Anaranjado. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 2018-021219 — Solicitud de registro de señal de propaganda ...EL MÁS SUAVECITO! Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-021219 [2] Fecha de presentación: 11/05/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUCIONES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO MEDINA, 8 AVENIDA, 10 Y 11 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ...EL MÁS SUAVECITO! Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel higiénico.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Iris Pineda Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de junio del año 2018. 12] Reservas: Señal de propaganda que se usará con la Marca Cielito (clase 16) 2018-21218. Se reivindican los colores, especificamente el Azul, según muestra etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 2018-021218 — Solicitud de registro de marca de fábrica CIELITO Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-021218 [2] Fecha de presentación: 11/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUCIONES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO MEDINA, 8 AVENIDA, 10 Y 11 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CIELITO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel higiénico.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Iris Pineda Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de junio del año 2018. 12] Reservas: Se reivindica la combinación de colores: Azul y Blanco. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 24 A. 2018.

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Aviso No. 24525-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica IMPRESIÓNATE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24525-18 2/ Fecha de presentación: 1-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IMPRESIÓN A TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Limpiador desinfectante para superficies múltiples. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 14064-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica MRFEED

Registro de la Propiedad Industrial

IMPRESIÓN A TE 1/ Solicitud: 14064-18 2/ Fecha de presentación: 02-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Menon Renewable Products, Inc. 4.1/ Domicilio: 500 La Terraza Blvd., Suite 150, Escondido, CA 92025, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MRFEED MRFEED 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos alimenticios para animales; alimento para animales (pienso); objetos comestibles y masticables para animales; cebo con sustancias harinosas para el ganado; productos para el engorde de animales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 25145-18 — Solicitud de registro de marca de servicio DUNKIN´ - Clase 43

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25145-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royal Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restaurante; servicios de café (cafetería); servicios de cafetería; servicios de restaurante de comida rápida. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-18 12/ Reservas: Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25147-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ y Diseño - Clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25147-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royal Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Donas; productos de pastelería; galletas; pasteles; tartas; panecillos; pasteles fritos simples, glaseados, recubiertos y rellenos; bagels; sándwiches; pizza; azúcar; harina; extractos saborizantes; chips de confitería para repostería; miel; levadura; polvos para hornear; rellenos a base de natillas para pasteles; rellenos a base de chocolate para pasteles; coberturas a base de chocolate; café y bebidas a base de café; té y bebidas a base de té; cacao y bebidas a base de cacao; bebidas a base de nieve derretida (agua nieve) con sabor a café. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25143-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ - Clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25143-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royal Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Donas; productos de pastelería; galletas; pasteles; tartas; panecillos; pasteles fritos simples, glaseados, recubiertos y rellenos; bagels; sándwiches; pizza; azúcar; harina; extractos saborizantes; chips de confitería para repostería; miel; levadura; polvos para hornear; rellenos a base de natillas para pasteles; rellenos a base de chocolate para pasteles; coberturas a base de chocolate; café y bebidas a base de café; té y bebidas a base de té; cacao y bebidas a base de cacao; bebidas a base de nieve derretida (agua nieve) con sabor a café. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-7-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 17316-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica BFC y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17316-18 2/ Fecha de presentación: 20-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: B.F.C SRL 4.1/ Domicilio: Via Martiri delle Foibe, 15, 31015 Scomigo di Conegliano (TV), ITALIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ITALIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BFC y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Cafeteras eléctricas, máquinas de café expreso y de café capuchino, cafeteras automáticas y sus accesorios incluidos en esta clase, filtros eléctricos de café, máquinas fabricadoras de cubitos de hielo. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25148-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ y Diseño - Clase 32

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25148-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royall Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas no alcohólicas; bebidas de fruta y jugos de fruta; bebidas a base de nieve derretida (agua nieve) con sabor a fruta; batidos (smoothies); refrescos con sabor a café; siropes y otras preparaciones, concentrados y polvos para hacer refrescos y bebidas de frutas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25140-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ - Clase 29

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25140-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royall Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Rellenos a base de fruta para donas, galletas, pasteles y tartas; aceites y grasas comestibles; cubierta de frutas; cubierta de nueces; mantecas vegetales; vegetales cocidos; sopas; ensaladas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 25144-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ - Clase 32

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25144-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royall Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas no alcohólicas; bebidas de fruta y jugos de fruta; bebidas a base de nieve derretida (agua nieve) con sabor a fruta; batidos (smoothies); refrescos con sabor a café; siropes y otras preparaciones, concentrados y polvos para hacer refescos y bebidas de frutas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-7-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 6628-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica TUFF APPAREL Logo

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 6628-2018 2/ Fecha de presentación: 09-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cascadia Fashions Resources Inc. 4.1/ Domicilio: 3788 N Fraser Way, Burnaby, British Columbia, V5J 5G1, C ANADA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CANADA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUFF APPAREL Logo 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica el término APPAREL que aparece en la denominación y en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, a saber, ropa informal, ropa deportiva, pantalones, pantalones cortos, pantalones capri, blusas, a saber, blusas re cortadas, blusas de vellón de lana, blusas sin espalda (tipo halter), blusas con capuchas, blusas tejidas, blusas manga larga, camisetas sin mangas, camisetas tipo tubo, camisas para calentamiento (deportivo) y blusas de punto, camisetas, sudaderas, pantalones deportivos, ropa de ejercicio, ropa de yoga, chaquetas, ropa de playa y bandas para la cabeza [prendas de vestir]. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-07-2018 12/ Reservas: Abogada FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 2017-008164 — Solicitud de registro de marca de fábrica AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-008164 [2] Fecha de presentación: 16/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARIPOSA, S.A. [4.1] Domicilio: 44 Calle 2-00, zona 12, ciudad de Guatemala, Guatemala [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Aqua pura, agua pura saborizada; aguas minerales, aguas minerales con sabor a frutas y aguas con gas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: HECTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: En virtud que se otorga a efecto de su publicación única y exclusivamente para la protección de la denominación AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA, en su conjunto no en forma aislada. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A. y 10, 25 S. 2018.

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Aviso No. 2017-008165 — Solicitud de registro de marca de fábrica AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-008165 [2] Fecha de presentación: 16/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARIPOSA, S.A. [4.1] Domicilio: 44 Calle 2-00, zona 12, ciudad de Guatemala, Guatemala [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Aqua pura, agua pura saborizada; aguas minerales, aguas minerales con sabor a frutas y aguas con gas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: HECTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: En virtud que se otorga a efecto de su publicación única y exclusivamente para la protección de la denominación AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA, en su conjunto no en forma aislada. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A. y 10, 25 S. 2018.

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Aviso No. 2018-13830 — Solicitud de registro de marca de fábrica SAILUN JINYU GROUP

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-13830 2/ Fecha de presentación: 23/03/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SAILUN JINYU GROUP CO., LTD 4.1/ Domicilio: No. 588, Maoshan Road, Huangdao Disrtict, Qingdao City, Shandong, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Llantas de automóviles; llantas para rueda de vehículos; revestimientos para llantas neumáticas (neumáticos); llantas neumáticas; llantas sólidas para ruedas de vehículos; tubos interiores (cámaras de aire) para llantas de bicicletas; tubos interiores (cámaras de aire) para llantas neumáticas; picos para llantas, bandas de rodadura para recauchutar llantas; equipos de reparación para tubos interiores (cámaras de aire). 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 14063-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PERIODWEAR

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 14063-18 2/ Fecha de presentación: 2-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Essity Hygiene and Health Aktiebolag 4.1/ Domicilio: 405 03 GÖTEBORG, SUECIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUECIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PERIODWEAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones sanitarias absorbentes, toallas sanitarias, tampones, toallas, enaguas para uso como protección contra la menstruación o la incontinencia; almohadillas sanitarias; toallas sanitarias femeninas; preparaciones para uso en la higiene vaginal (médicas); protectores diarios para ropa interior, toallitas húmedas (médicas); calzones/calzoncillos para fines sanitarios; almohadillas de amamantamiento, almohadillas de lactancia materna, almohadillas de maternidad. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 14062-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PERIODWEAR

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 14062-18 2/ Fecha de presentación: 02/04/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Essity Hygiene and Health Aktiebolag 4.1/ Domicilio: 405 03 GÖTEBORG, SUECIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUECIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PERIODWEAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa interior anti sudor, prendas de vestir, trajes de baño, calzonetas de baño, trajes de baño para mujeres, ropa de playa, corpiños, leotardos (que no sean de uso deportivo), calentadores, sostenes, ropa de ocio, ropa interior para damas, ropa para damas, lencería, ropa interior de maternidad, ropa de maternidad, prendas de vestir para maternidad, lencería de maternidad, ropa de dormir de maternidad, ropa para uso nocturno, ropa de papel, bragas, ropa para dormir, sudaderas, pantalones deportivos, ropa interior absorbente de sudor, trajes de baño, ropa de baño, prendas de vestir para uso bajo la ropa exterior, prendas de vestir para uso bajo la ropa exterior para mujeres, calzones/calzoncillos; ropa interior para mujeres, ropa funcional, ropa interior desechable. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. PERIODWEAR PERIODWEAR

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Aviso No. 2017-008166 — Solicitud de registro de marca de fábrica AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-008166 [2] Fecha de presentación: 16/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARIPOSA, S.A. [4.1] Domicilio: 44 Calle 2-00, Zona 12, ciudad de Guatemala, Guatemala [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Aqua pura, agua pura saborizada; aguas minerales, aguas minerales con sabor a frutas y aguas con gas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: HECTOR ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: En virtud que se otorga a efecto de su publicación única y exclusivamente para la protección de la denominación AQUA DE FRUTA Y ETIQUETA, en su con junt no no en forma aislada. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A. y 10, 25 S. 2018.

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Aviso No. 2018-025885 — Solicitud de registro de marca de fábrica COMEX Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-025885 [2] Fecha de presentación: 12/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 138, Penthouse 1 y 2, colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, 11650 MÉXICO, D.F., México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: COMEX Y DISEÑO

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COMEX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 2 [8] Protege y distingue: Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de México. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A. y 10, 25 S. 2018.

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Aviso No. 25543-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIVEA SUN y Etiqueta

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 25543-18 2/ Fecha de presentación: 08-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BEIERSDORF AG. 4.1/ Domicilio: Unnastraβe 48, 20253 Hamburg, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NIVEA SUN y Etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica los colores Azúl, Blanco y Amarillo que aparecen en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos no medicados; preparaciones no medicadas para cuidar se del sol; preparaciones no medicadas para después de la exposición solar. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-7-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIAZBETH LAGOS VALERIANO. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 26680-18 — Solicitud de registro de marca de servicio MOCHILAS DE ESPERANZA y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26680-18 2/ Fecha de presentación: 18-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MOCHILAS DE ESPERANZA y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de beneficiencia, a saber, el suministro de mochilas contenido materiales de educación necesario para niños y jóvenes de escasos recursos o sin recursos que residen en los lugares más olvidados del país. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 23848-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUAL-CLEAN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 23848-18 2/ Fecha de presentación: 29-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Essity Hygiene and Health Aktiebolag 4.1/ Domicilio: 405 03 GÖTEBORG, SUECIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUECIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUAL-CLEAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Productos para el cuidado de la piel, a saber, crema de lavado, mousse de lavado, crema y mousse de lavado perineal; acondicionador, crema limpiadora, jabones, perfumería, aceites esenciales y geles, cremas hidratantes, lociones; toallitas de baño prehumedecidas impregnadas con preparaciones limpiadoras o con compuestos para uso personal (no médicos); cremas protectoras contra rozaduras, cremas de zinc, jabón líquido, aceite para el cuidado de la piel, aceite para el baño, champú, acondicionador y mousse para el cabello, algodón, hisopos de algodón, pañuelos impregnados con lociones cosméticas y de higiene (no médicas), desodorantes. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS-. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. DUAL-CLEAN

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Aviso No. 2017-027811 — Solicitud de registro de marca de fábrica POLY FORM

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-027811 [2] Fecha de presentación: 26/06/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 138, Penthouse 1 y 2, colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, 11650 México, D.F., México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: POLY FORM [7] Clase Internacional: 2 [8] Protege y distingue: Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materiales tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A. y 10, 25 S. 2018.

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Aviso No. 24524-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica IMPRESIÓNATE

Registro de la Propiedad Industrial

POLY FORM 1/ Solicitud: 24524-18 2/ Fecha de presentación: 01/06/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IMPRESIÓN A TE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Limpiador de uso general (para todo uso), abrillantador (pulido) para muebles, limpiador de pisos para múltiples superficies; toallitas desechables impregnadas con químicos o compuestos para uso doméstico . 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso No. 25146-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUNKIN´ y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

IMPRESIÓN A TE 1/ Solicitud: 25146-18 2/ Fecha de presentación: 06-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: DD IP HOLDER LLC 4.1/ Domicilio: 130 Royal Street, Canton, Massachusetts 02021, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUNKIN´ y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Rellenos a base de fruta para donas, galletas, pasteles y tartas; aceites y grasas comestibles; cubierta de frutas; cubierta de nueces; mantecas vegetales; vegetales cocidos; sopas; ensaladas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 16226-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica SYNCHRO-POWER

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 16226-18 2/ Fecha de presentación: 13-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GATES MECTROL, INC.. 4.1/ Domicilio: 9 North western Drive, Salem, New Hampshire 03079, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SYNCHRO-POWER Tipo de Signo: Nominativa 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Correas de transmisión de energía para máquinas, motores y motores para usos industriales; correas para uso en control de movimiento, control de posición y sistemas de colocación linear es para uso en aplicaciones industriales (piezas de máquinas y motores), particularmente en relación con transportadores y sistemas de transporte, sistemas automáticos del almacenaje y de recuperación, trazadores de X-Y, aspiradoras de limpieza y aplicaciones para elevación. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 23849-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica DUAL-CLEAN

Registro de la Propiedad Industrial

SYNCHRO-POWER 1/ Solicitud: 23849-18 2/ Fecha de presentación: 29-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Essity Hygiene and Health Aktiebolag 4.1/ Domicilio: 405 03 GÖTEBORG, SUECIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUECIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DUAL-CLEAN Tipo de Signo: Nominativa 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones sanitarias absorbentes, toallas sanitarias, tampones, toallas, enaguas para uso como protección contra la menstruación o la incontinencia; almohadillas sanitarias; toalllas sanitarias femeninas; preparaciones para uso en la higiene vaginal (médicas); protectores diarios para ropa interior, toallitas húmedas (médicas); calzoncillos para propósitos sanitarios; almohadillas de amamantamiento, almohadillas de lactancia materna, almohadillas de maternidad. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS-. Registro de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. DUAL-CLEAN

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Aviso

Aviso No. 2018-026276 — Solicitud de registro de marca de fábrica W STANDARD Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-026276 [2] Fecha de presentación: 14/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ARMANDO RODRÍGUEZ. [4.1] Domicilio: EL PROGRESO YORO, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: W STANDARD Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 4 [8] Protege y distingue: Aceite y lubricantes.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-038634 — Solicitud de registro de marca de fábrica BALANCIUS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-038634 [2] Fecha de presentación: 07/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DSM IP ASSETS B.V. [4.1] Domicilio: HET OVERLOON 1, 6411 TE HEERLEN, Países Bajos. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BALANCIUS [7] Clase Internacional: 31 [8] Protege y distingue: Productos alimenticios para animales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de julio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado MANUEL ANTONIO RODRÍGUEZ RIVERA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. BALANCIUS

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Aviso

Aviso No. 24526-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica MEDIMART

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24526-18 2/ Fecha de presentación: 01-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Wal-mart de México, S.A.B. de C.V. 4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 647, Col. Periodistas, CP. 11220, México, D.F., MÉXICO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMART 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Vendas elásticas; bandas adhesivas, bandas adhesivas para heridas en la piel, cubrebocas repelente para fines médicos, tobilleras atléticas para uso médico, fajas medicas para uso en las rodillas, codos o tobillos; rodilleras elásticas para uso médico; collarines cervicales; cabestrillos (vendas de soporte); cabestrillos para uso médico; fajas abdominales para uso médico; fajas abdominales para hernias. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. MEDIMART

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Aviso No. 6629-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica PIE FIVE PIZZA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 6629-18 2/ Fecha de presentación: 09-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Pizza Inn, Inc. 4.1/ Domicilio: 3551 Plano Parkway, The Colon y, Texas 75056, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE MISSOURI

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PIE FIVE PIZZA 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica el término PIZZA que aparece en la denominación y en el ejemplar adjunto. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Pizza; pizza de postre; aderezo para ensaladas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-08-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. PIE FIVE PIZZA

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Aviso No. 26560-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica TRANSPORE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 26560-18 2/ Fecha de presentación: 15-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: 3M COMPANY. 4.1/ Domicilio: 3M Center, 2501 Hudson Road, St. Paul, Minnesota 55144, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRANS POR E 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Cinta adhesiva médica y quirúrgica. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 A., 10 y 25 S. 2018. TRANS POR E

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