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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

11 octubre 2017Edición No. 34,464

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 243-2017 — Reglamento Especial para la Baja Honrosa de Oficiales Superiores, Subalternos y Personal de Tropa del Cuerpo de Bomberos

Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras,esuna Institución Desconcentrada de esta Secretaría de Estado, de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente; de primera respuesta y garante de la vida de las personas y sus bienes, enfocada en la prevención, atención y extinción de incendios, explosiones, manejo de materiales peligrosos, calamidades conexas y otras como conservación del medio ambiente, actividades de salvamento y ayuda en desastres naturales.

  2. 2.

    Que la Ley de Bomberos de la República, en su artículo 25 establece: “El personal de Bomberos causará baja honrosa por:

    • a)

      Haber cumplido satisfactoriamente su servicio reglamentario y manifieste su deseo de retirarse;

    • b)

      Incapacidad física o mental;

    • c)

      Retiro voluntario para dedicarse a sus estudios o labores de otra índole;

    • ch)

      Otras circunstancias que sean tipificadas en el reglamento de la presente ley”.- En el artículo 28 del mismo cuerpo legal, se establece que se podrá optar a la prerrogativa de retiro con todos los beneficios que estipula la ley, desde los cincuenta (50) años de edad, de manera voluntaria o sujetándose a la tipificada en la Ley del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo”.- Lo anterior para los miembros de la Institución que en base al artículo 74 del Régimen de Riesgos Especiales (RRE), Decreto 167-2006 no se hayan acogido al Sistema Previsional de IPM.

  3. 3.

    Que el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Bomberos de la República, reza: “Es baja honrosa aquella que se procede por razón del cumplimiento del servicio reglamentario, o cuando, por fuerza mayor, la superioridad determina otorgar la baja al personal de Bomberos, entregando al interesado un CERTIFICADO OFICIAL, en donde se haga constar las razones de tal decisión y al final, en nombre de: LA PATRIA Y EL CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS, se les agradezcan los servicios prestados”. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

  4. 4.

    Que es de imperiosa necesidad realizar relevos generacional es en los mandos superiores, oficiales y tropa que ya cumplieron su ciclo dentro del Cuerpo de Bomberos, ya sea por haber llegado a la edad máxima en el cumplimiento del servicio reglamentario,o por que obtuvieron su acuerdo de nombramiento en una edad muy avanzada, por lo cual nunca alcanzarán el beneficio de Pensión por Retiro de acuerdo al Régimen de Riesgos Especiales (RRE).

Articulo 1

AMBITO DE APLICACIÓN: El presente reglamento se aplicará a los siguientes miembros del Cuerpo de Bomberos:

  • a)

    Oficiales superiores, subalternos y personal de tropa que hayan cumplido con la edad reglamentaria para causar baja honrosa de acuerdo a lo establecido en la Ley de Bomberos y el Régimen de Riesgos Especiales (RRE);

  • b)

    Oficiales superiores, subalternos y personal de tropa que hayan obtenido su acuerdo de nombramiento a edad muy avanzada que no les permite alcanzar pensión por retiro, ni el cumplimiento del tiempo legal para gozar la, y que estén comprendidos en el Decreto Legislativo 287-2005.

Articulo 2

Se autoriza a la Comandancia General del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras a fin de que proceda a destinar recursos del Presupuesto de la Institución para poder pagar una PRIMA POR ANTIGÜEDAD a oficiales y tropa que sean propuestos para Baja Honrosa, como un beneficio para compensar los años de servicio prestados y dirigidos a la protección de la población hondureña y que por la naturaleza de las funciones altamente riesgosas que han desempeñado en el servicio activo, estuvieron siempre expuestos a la agravación del riesgo; dicha prima de antigüedad se establece de acuerdo al Decreto 287-2005 de fecha 18 de Octubre del 2005 mediante el cual se constituyó a favor de los bomberos asalariados en una cuenta Individual de Reserva Laboral, con la que se pretende asegurar los fondos necesarios en caso de que los miembros del Cuerpo de Bomberos terminen su relación laboral con la Institución; para lo cual al momento de cesar en su relación laboral, se pagará por el IPM lo contenido en la Reserva Laboral de cada empleado y si dicha cantidad fuere insuficiente pera el pago completo de la PRIMA DE ANTIGÜEDAD, será honrado el resto con fondos del presupuesto del Cuerpo de Bomberos, siempre y cuando se haya cumplido con lo establecido en los artículos 3 y 4 del presente reglamento. U D I-D EG T-U N AH

Articulo 3

La Comandancia General del Cuerpo de Bomberos procederá a partir de la entrada en vigencia de este Reglamento a la realización de un censo del personal que esté comprendido dentro del Decreto 287-2005 de fecha 18 de octubre del 2005, con el objeto de identificar a cada uno de los beneficiarios de la Reserva Laboral en base al Decreto anteriormente relacionado, y los que en base a la edad ya están en tiempo de causar baja honrosa; identificando los recursos que serán afectados los que provendrán de dos fuentes: a) personal por Acuerdo del presupuesto institucional asignado en el presupuesto de ingresos y egresos para cada ejercicio fiscal y b) personal por contrato de las transferencias que realizan las diferentes Corporaciones Municipales en concepto de Tasa por Servicio de Bomberos en aquellos lugares donde trabaje el personal a causar de Baja Honrosa, siempre respetando la edad de jubilación obligatoria determinada por la Ley del Instituto Nacional de Previsión Militar a la cual está adscrito el personal del Cuerpo de Bomberos de Honduras.

Articulo 4

Una vez se vaya identificando al personal que cumpla con los requisitos legales y se cuente con los recursos financieros, se procederá a realizar las gestiones individuales para cada miembro a ser dado de baja honrosa, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 287-2005 de fecha 18 de octubre del 2005, mediante el cual se ordena se constituya a favor de los bomberos asalariados una cuenta Individual de Reserva Laboral y en el caso de que dicha reserva no sea suficiente para la Prima por Antigüedad se afecte el Presupuesto de la Institución, respetando lo que al respecto establezcan las disposiciones generales del presupuesto para el año correspondiente y siempre bajo la responsabilidad de la Comandancia General de dicha Institución; en caso del personal de Bomberos que nunca cotizó al Régimen de Riesgos Especiales (RRE), la prima por antigüedad se pagará de los fondos Tasa por Servicio de Bomberos de la localidad de cada miembro en un cien por ciento (100%), tomando como fecha de inicio para el pago del beneficio la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 287-2005.

Articulo 5

En el caso de retiro Voluntario u Obligatorio de un miembro del Cuerpo de Bomberos adscrito al Régimen de Riesgos Especiales, este deberá acreditar fehacientemente el haber cumplido con todos los requisitos establecidos en la Ley del Instituto de Previsión Militar para efecto de jubilación obligatoria o voluntaria y para el caso de acontecer una causa de pensión permanente establecida en dicha legislación, en el caso del personal por contrato a quienes no se les aperturó la cuenta de Reserva Laboral y quienes conforme al Decreto Legislativo 287-2005 tienen el derecho a gozar de ese beneficio; será honrado con fondos propios del presupuesto del Cuerpo de Bomberos proveniente de las transferencias de Tasa por Servicio de Bomberos.

Articulo 6

Una vez cumplida la Edad de Jubilación de un miembro del Cuerpo de Bomberos que sea sujeto del Decreto Legislativo 287-2005, la Comandancia General procederá de oficio o a petición del interesado a la emisión los Certificados Oficiales que hagan constar las razones de la Baja Honrosa y el agradecimiento en nombre de la Patria y del Cuerpo de Bomberos de acuerdo a lo establecido en el Art. 75 del Reglamento de la Ley de Bomberos de la República.

Articulo 7

Proceder a emitir los CERTIFICADOS OFICIALES que hagan constar las razones de la Baja Honrosa y el agradecimiento en nombre de LA PATRIA Y DEL CUERPO DE BOMBEROS de acuerdo a lo establecido en el Art. 75 del Reglamento de la Ley de Bomberos de la República.

Articulo 8

El presente reglamento entrará en vigencia desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras. COMUNÍQUESE. HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

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Licitación

Licitación No. 005-2017-UPNFM — Adquisición Servicios de Mantenimiento de Áreas Verdes - Campus Central y Centro Regional San Pedro Sula

Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán

Sección “B” UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 003-2017-UPNFM ADQUISICIÓN SERVICIOS DE SEGURIDAD: 1) CAMPUS CENTRAL DE TEGUCIGALPA, M.D.C., 2) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SAN PEDRO SULA, 3) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE LA CEIBA, 4) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SANTA ROSA DE COPÁN, 5) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE GRACIAS, LEMPIRA Y 6) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE NACAOME,VALLE, DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 09:00 A.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 09:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 09:00 A.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primero piso, edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017. ______ UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 004-2017- UPNFM ADQUISICIÓN SERVICIOS DE LIMPIEZA E HIGIENIZACIÓN: 1) CAMPUS CENTRAL DE TEGUCIGALPA, M.D.C., 2) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SAN PEDRO SULA, 3) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE LA CEIBA, 4) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SANTA ROSA DE COPÁN, 5) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE GRACIAS, LEMPIRA Y 6) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE NACAOME,VALLE,DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 10:00 A.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 10:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 A.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017. ______ UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 005-2017-UPNFM ADQUISICIÓN SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN: 1) CAMPUS CENTRAL DE TEGUCIGALPA, M.D.C. Y 2) CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SAN PEDRO SULA. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 11:00 A.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 11:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 A.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017.

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 006-2017-UPNFM SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DE DATOS Y ACCESO A INTERNET, SEDE CENTRAL TEGUCIGALPA, CENTROS REGIONALES Y SEDES DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 11:30 A.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, Edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 11:30 A.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 11:00 A.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, Edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017. ______ UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 007-2017-UPNFM ADQUISICIÓN DE PROGRAMA DE LICENCIAMIENTO: MICROSOFT Y ANTIVIRUS CORPORATIVO DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 1:30 P.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, Edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M.

Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 1:30 P.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a la 1:30 P.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, Edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017. _____ UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 008-2017-UPNFM ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN:

  • 1)

    CAMPUS CENTRAL TEGUCIGALPA,

  • 2)

    CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE SAN PEDRO SULA Y

  • 3)

    CENTRO UNIVERSITARIO REGIONAL DE LA CEIBA. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 2:00 P.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, Edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 2:00 P.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:00 P.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, Edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017.

    UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE LICITACIÓN La Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán, invita a las diferentes Empresas Mercantiles, que se encuentren legalmente constituidas en el país, a presentar oferta en sobres cerrados para que puedan participar en la siguiente Licitación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 009-2017-UPNFM ADQUISICIÓN DE SEGURO PARA LOS VEHÍCULOS DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZÁN. Apertura: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL 2017 Hora: 2:30 P.M. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA, Rector de la UPNFM, previo el pago de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (Lps. 250.00) en la Tesorería General de la UPNFM, cantidad no reembolsable, en la oficina del Departamento Legal, edificio CUED, primera planta, del lunes 09 al viernes 13 de octubre del 2017 de 08:00 A.M. a 04:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Departamento Legal, edificio No. 4 CUED, primer piso, a más tardar el día 10 de noviembre del 2017 antes de las 2:30 P.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:30 P.M., del día 10 de noviembre del 2017 en el Salón Luis Beltrand Prieto, primer piso, edificio Administrativo No. 1 Roque Ramos Motiño. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría de la Comisión de Evaluación en el Departamento Legal: Teléfono 2239-4513 y Correo Electrónico jamador@upnfm.edu.hn y lelvir@upnfm.edu.hn. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de octubre del 2017. DR. HERMES ALDUVIN DIAZ LUNA RECTOR UPNFM 11 O. 2017.

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Aviso

Aviso No. 0801-2017-00033 — Demanda de Nulidad e Ilegalidad de Actos Administrativos en Materia Tributaria - COHEP

Juzgado de Letras Fiscal Administrativo

JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha 22 de mayo del año 2017, el Abogado Gustavo Rafael Solórzano Díaz en su condición de Representante Procesal del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2017-00033 fiscal, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, incoando demanda especial en materia tributaria o impositiva para que se declare la nulidad e ilegalidad de actos administrativos de carácter particular manifestados en las resoluciones número DGCFA-EISR- 0026-2015 de fecha 19 de junio de 2015 y la resolución número A.L. 0100-2016 de fecha dieciséis de diciembre de 2016, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, declarando ambos actos administrativos la denegatoria de la exoneración a favor del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) del pago de Impuesto Sobre la Renta. activo neto, aportación solidaria temporal y el pago del impuesto único del diez por ciento (10%) que grava las rentas provenientes de intereses generados en operaciones con los títulos valores, depósitos a la vista. depósitos de ahorro y depósitos a plazo y transacciones bursátiles. Se acompaña Poder. Documentos. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 O. 2017. ______ LA no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

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Certificación

Certificación No. 1254-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de Aldea Los Nanzales, Sabanagrande

Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    Que la JUNTA ADMINISTRA- DORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES, MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 116, 119, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será, como una asociación de servicio U D I-D EG T-U N AH comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Los Mogotes, aldea Los Nanzales.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento será en la comunidad de Los Mogotes, aldea Los Nanzales y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.

  • f)

    Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.

  • g)

    Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema.

  • h)

    Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico).

  • i)

    Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.-Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.-Conservar,mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:

  • a)

    Fundadores; y,

  • b)

    Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a.-Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO ARTÍCULO10.-La dirección,administración,operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:

  • a)

    Asamblea de Usuarios.

  • b)

    Junta Directiva.

  • c)

    Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. U D I-D EG T-U N AH

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos36,37del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:

  • a)

    Un Presidente(a).

  • b)

    Un Vicepresidente.

  • c)

    Un Secretario(a).

  • d)

    Un Tesorero(a).

  • e)

    Un Fiscal.

  • f)

    Un Vocal Primero. h.- Un Vocal Segundo.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes Atribuciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o suspender el servicio de agua.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE:

  • a)

    Convocar a sesiones.

  • b)

    Abrir, presidir y cerrar las sesiones.

  • c)

    Elaborar junto con el Secretario la agenda.

  • d)

    Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.

  • e)

    Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.

  • f)

    Ejercer la representación legal de la Junta de Agua.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General.

  • b)

    Supervisará las comisiones que se establezcan.

  • c)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos.

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.

  • d)

    Convocar junto con el Presidente.

  • e)

    Llevar el registro de abonados.

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento.

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • b)

    Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.-Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en U D I-D EG T-U N AH convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad,se harán reuniones así:a.-Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Micro-cuenca.

  • c)

    Comité de Saneamiento.

  • d)

    Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de Disolución:

  • a)

    Por Sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua.

  • e)

    Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare será donado exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas,proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES,MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. U D I-D EG T-U N AH TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES,MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado enlosDespachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.)los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones, a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES,MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES, MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO:De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA LOS NANZALES, CASERIOS DE LOS MOGOTES, DE LOS PORTILLOS Y DE LOS LIMONES, MUNICIPIO DE SABANAGRANDE, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de agosto de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 11 O. 2017. U D I-D EG T-U N AH

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Licitación

Licitación No. LPN-SS-EUROJUSTICIA-008-2017 — Adquisición de Equipo Informático para el Desarrollo de Herramientas: Red Integrada de Información (RII), Registro Balístico y Oficina de Antecedentes Policiales

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

Aviso de Licitación Pública REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD PROGRAMA EUROJUSTICIA Adquisición de Equipo Informático para el Desarrollo de Herramientas: Red Integrada de Información (RII), Registro Balístico y Oficina de Antecedentes Policiales. LPN-SS-EUROJUSTICIA-008-2017. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas legalmente constituidas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.LPN-SS-EUROJUSTICIA-008-2017 a presentar ofertas selladas para la “Adquisición de Equipo Informático para el Desarrollo de Herramientas: Red Integrada de Información (RII), Registro Balístico y Oficina de Antecedentes Policiales”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de la Unión Europea a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), mediante el Programa EUROJUSTICIA, el cual tiene como objetivo principal contribuir con los esfuerzos nacionales para combatir la impunidad de la corrupción y de los crímenes violentos, y garantizar el acceso de la población hondureña a un sistema de justicia eficiente, eficaz, transparente y confiable, promotor de equidad social. El proceso de licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado de Honduras y su Reglamento, y está abierta a todos los Oferentes constituidos legalmente, según se define en los Documentos de Licitación. Los Oferentes interesados en participar en la licitación, podrán obtener el Documento de Licitación de forma gratuita descargándolo directamente del sitio web: www.honducompras.gob.hn para lo cual deben presentar solicitud escrita indicando la dirección física y dirección de correo electrónico del Oferente para propósito de registro de potenciales oferentes, dirigida al General Julián Pacheco Tinoco, Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, a la dirección Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, El Ocotal, Francisco Morazán, Honduras, Oficinas de la Dirección Técnica Programa EuroJusticia, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad correo electrónico: eurojusticia seds@gmail.com El documento podrá ser entregado personalmente en la dirección indicada abajo, o será enviada vía correo electrónico a la dirección del solicitante. Los requisitos de calificaciones incluyen aspectos a) Capacidad Financiera; b) Experiencia y capacidad técnica y c) Documentos legales. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas o Consorcios nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 02:00 P.M. hora Oficial de la República de Honduras del 30 de octubre de 2017. Las Ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán físicamente en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, en la dirección indicada al final de este Llamado a Licitación, a las 02:15 P.M. hora Oficial de la República de Honduras en el lugar indicado. La oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento de Oferta emitida por un Banco o por una Aseguradora legalmente constituida, utilizando los formularios incluidos en la Sección IV Formularios de la Oferta, o Cheque Certificado a la Orden del Comprador, el monto de la Garantía de Mantenimiento de Oferta es: El oferente que oferte la totalidad de los lotes puede presentar una sola Garantía Bancaria de Mantenimiento de Oferta o Fianza de Mantenimiento de Oferta, o Cheque Certificado a la Orden del Comprador por un mínimo del dos por ciento (2%) del Monto Total de la Oferta. La dirección referida arriba es: Programa EuroJusticia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad Atención: Dirección Técnica Programa EUROJUSTICIA, El Ocotal, Francisco Morazán, Honduras”, correo electrónico: eurojusticia seds@gmail.com Teléfono: (504) 22 29 07 86, 22 29 08 96; y revisar los documentos de licitación en el sitio web: www.honducompras.gob.hn. Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 11 O. 2017 Lote 1: De al menos del dos (2%) del monto total de la oferta Lote 2: De al menos del dos (2%) del monto total de la oferta Lote 3: De al menos del dos (2%) del monto total de la oferta

AVISO DE CONCURSO PÚBLICO (CP) NO.01/2017 “LEVANTAMIENTO, UBICACIÓN Y VALORIZACIÓN DE TERRENOS Y EDIFICACIONES A NIVEL NACIONAL DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA”

  • 1)

    La Empresa Nacional Portuaria,que en adelante será denominada como“LaENP”,contratará servicios con empresas Consultoras debidamente acreditadas, a presentar oferta Técnica y Económica conforme los Términos de Referencia del Concurso Público No.01/2017porla“Contratación de servicios de levantamiento,ubicación y valorización de terreno y edificaciones a nivel nacional de la Empresa Nacional Portuaria”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público (CP) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 3)

    Los interesados podrán adquirir los Términos de Referencia del presente Concurso, previo pago de L.500.00 (QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS) no reembolsables, con solicitud donde indique la información relacionada con la empresa (Dirección, Teléfono,Correo Electrónico)a la Unidad de Adquisiciones,ubicada en el edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la oficina de Enlace en el tercer piso del edificio El Faro,una cuadra antes de Hospital Medical Center,Colonia Las Minitas,Tegucigalpa, M.D.C. Los documentos de este proceso también estarán disponibles en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

  • 4)

    La documentación legal,así como las ofertas técnicas y económicas,deberán presentarse en la siguiente dirección:Sala de Juntas de la Gerencia General de la Empresa Nacional Portuaria, en San Pedro Sula, 4 nivel del edificio Banco del País, 1 calle, 8 avenida, Barrio El Benque, departamento de Cortés, a más tardar el 17 de noviembre 2017 a las 9:00 A.M., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.Seguidamente se levantará el Acta de Recepción de recibidos los sobres sellados de las ofertas Técnicas, legales y económicas, con los participantes que deseen asistir en la dirección indicada. 6. Únicamente se aceptarán las ofertas de las Empresas que hayan adquirido el documento de la presente licitación. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de septiembre de 2017. ING. FERMÍN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE 11 O. 2017

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Licitación

Licitación No. LPN-15/2017 — Construcción de Cerco Perimetral del Terreno Propiedad de la ENP en el Puerto de San Lorenzo 2da. Etapa

Empresa Nacional Portuaria

Aviso de Licitación Pública República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA “CONSTRUCCIÓN DE CERCO PERIMETRAL DEL TERRENO PROPIEDAD DE LA ENP EN EL PUERTO DE SAN LORENZO 2DA. ETAPA” LPN. No. 15/2017

  • 1)

    La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas debidamente precalificadas en el ramo de Educación y Obras Civiles, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.15/2017a presentarofertas selladas para el Proyecto“Construcción de cerco perimetral del terreno propiedad de la ENP en el Puerto de San Lorenzo 2da. etapa”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP.

  • 3)

    La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LNP) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirirlos documentos de la presente Licitación,mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en las oficinas de Enlace, en el tercer piso del edificio El Faro, una cuadra antes del Hospital Medical Center, Colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., a partir de la fecha, y en horario de 7:00 A.M. a 4:00 P.M. de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 A.M. a 3:00 P.M., previo pago de L.500.00 (QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”,(www.honducompras.gob.hn).

  • 5)

    Los participantes deberán realizar una visita al sitio del proyecto,siendo el punto de reunión las oficinas de la Superintendencia de la E.N.P. en el puerto de San Lorenzo, el día 24 de octubre de 2017 a las 10:00 A.M.

  • 6)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria,ubicadas en el cuarto nivel del edificio Banco del País, en Primera Calle, 8 Avenida, Barrio El Benque, San Pedro Sula, departamento de Cortés, a más tardar el día 06 de noviembre de 2017 a las 9:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas, seguidamente al acto de Recepción,las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada.Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada.

  • 7)

    Únicamente se aceptarán ofertas de las empresas que hayan adquirido el documento de la presente Licitación Puerto Cortés, Departamento de Cortés, 29 de septiembre de 2017. ING. FERMÍN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE 11 O. 2017

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Licitación

Licitación No. LPN-20/2017 — Suministro de Diesel y Gasolina Regular para Equipo Operativo y Administrativo de la ENP en Puerto Cortés, Puerto Castilla y San Lorenzo

Empresa Nacional Portuaria

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS EMPRESA NACIONAL PORTUARIA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 17/2017, PARA EL “SUMINISTRO DE MOBILIARIO DE OFICINA PARA LA PRIMERA Y SEGUNDA PLANTA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO No.2” La Empresa Nacional Portuaria (ENP), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No. 17/2017 a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE MOBILIARIO DE OFICINA PARA LA PRIMERA Y SEGUNDA PLANTA DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO No.2”. El Financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace en el tercer piso del edificio El Faro, una cuadra ante

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Licitación

Licitación — Licitación de Empresa Nacional Portuaria

Empresa Nacional Portuaria

s de Hospital Medical Center, Colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., previo pago de L. 500.00 (Quinientos lempiras exactos), de 7:00 A.M. a 4:00 P.M. de lunes a jueves y viernes de 7:00 A.M. 3:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser además examinados en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de la Gerencia General de la Empresa Nacional Portuaria, en San Pedro Sula, 4 nivel del Edificio Banco del País, 1 calle, 8 avenida, Barrio El Benque, departamento de Cortés, a más tardar el 17 de noviembre de 2017 a la 1:00 P.M., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas una garantía de mantenimiento por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada. Únicamente se aceptarán las ofertas de las empresas que hayan adquirido el documento de la presente licitación. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de septiembre de 2017. ING. FERMÍN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE 11 O. 2017.

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS EMPRESA NACIONAL PORTUARIA “SUMINISTRO DE 758 JUGUETES PARA HIJOS DE TRABAJADORES GENERALES, CONFIANZA Y PERSONAL DE UPP. DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA 2017” LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.18/2017

  • 1)

    La Empresa Nacional Portuaria (ENP), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No. 18/2017 a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE 758 JUGUETES PARA HIJOS DE TRABAJADORES GENERALES, CONFIANZA Y PERSONAL DE UPP. DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA 2017”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la Empresa Nacional Portuaria.

  • 3)

    La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LNP) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirirlos documentos de la presente Licitación,mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la oficina de Enlace en el tercer piso del edificio El Faro, una cuadra antes del Hospital Medical Center, Colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., previo al pago de L.500.00 (QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), de 7:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a jueves y viernes de 7:00 A.M. 3:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, en Puerto Cortés,Tercer piso edificio Tamec, departamento de Cortés, a más tardar el 16 de noviembre de 2017 a las 10:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas,seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección,fecha y hora arriba indicada.Todas las ofertas deberán estar acompañadas una garantía de mantenimiento por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada.

  • 6)

    Únicamente se aceptarán ofertas de las empresas que hayan adquirido el documento de la presente Licitación Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de septiembre de 2017. ING. FERMÍN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE 11 O. 2017

    AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS EMPRESA NACIONAL PORTUARIA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 20/2017, PARA EL “SUMINISTRO DE DIESEL Y GASOLINA REGULAR, PARA EQUIPO OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA ENP EN PUERTO CORTÉS, PUERTO CASTILLA Y SAN LORENZO”. La Empresa Nacional Portuaria (ENP), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional (LPN) No. 20/2017 a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE DIESEL Y GASOLINA REGULAR, PARA EQUIPO OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA ENP EN PUERTO CORTÉS, PUERTO CASTILLA Y SAN LORENZO” El Financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en puerto Cortés o en la Oficina de Enlace en el Tercer Piso del Edificio El Faro, una cuadra antes de Hospital Medical Center, Colonia Las Minitas, Tegucigalpa, M.D.C., previo pago de L. 500.00 (Quinientos lempiras exactos), de 7:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a jueves y viernes de 7:00 A.M. 3:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser además examinados en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, en Puerto Cortés, Tercer piso edificio Tamec, Departamento de Cortés, a más tardar el 16 de noviembre de 2017 a la 2:00 P.M., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas una garantía de mantenimiento por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada. Únicamente se aceptarán las ofertas de las empresas que hayan adquirido el documento de la presente licitación. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de septiembre de 2017. ING. FERMÍN BOQUÍN HERNÁNDEZ SUBGERENTE 11 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-19403 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio PXG Y DISEÑO

Registro de Propiedad Industrial

Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 2017-19403 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tienda al por menor y servicios de venta al por menor en línea en el campo del equipo de golf, ropa, gafas, calzado, sombrerería, bolsas de todo tipo, paraguas, accesorios de cuero e imitaciones de cuero y accesorios para todos los productos precedentes; suministro de información en línea sobre productos de consumo en el ámbito de los productos y servicios relacionados con el golf, prestación de servicios de registro de productos en línea para productos relacionados con el golf con el fin de prestar servicio al cliente en el campo de los productos y servicios relacionados con el golf. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2016-031082 — Solicitud de Registro de Señal de Propaganda THE DENGUE VOICE VACCINATION OPTIMIZATION & IMPLEMENTATION COMMITTEE OF EXPERTS

Registro de Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2016-031082 [2] Fecha de presentación: 29/07/2016 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SANOFI PASTEUR [4.1] Domicilio: 2, AVENUE PONT PASTEUR, 69007 LYON, FRANCE, FRANCIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THE DENGUE VOICE VACCINATION OPTIMIZATION & IMPLEMENTATION COMMITTEE OF EXPERTS [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Suministro de información médica a profesionales de la medicina en forma de informes en el ámbito de la fiebre del dengue, suministro de un sitio web con información en el campo del diagnóstico y tratamiento de la fiebre del dengue.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2017. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será utilizada con el registro número 23502 denominada THE DENGUE VOICE. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 15-41069 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica STRADIVARIUS

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 15-41069 2/ Fecha de presentación: 22-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stradivarius España, S.A. 4.1/ Domicilio: Polígono Industrial de Sabón, Avenida de la Diputación s/n, 15142 Arteixo (A Coruña), España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STRADIVARIUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos no comprendidos en otras clases, de madera, corcho, caña, junco, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas; abanicos; almohadas; anillas de cortinas; arcones (cofres no metálicos); armarios; atriles; bancos (muebles); bandejas de mesa; bastidores para bordar; baúles (muebles); biombos (muebles); cabeceros (muebles); cajas de madera o de materias plásticas; cajas para juguetes; camas; carros (mobiliario); casilleros para botellas; monturas de cepillos; cestas no metálicas; cojines; colchones; cómodas; cortinas de bambú; cunas; divanes; estanterías; expositores; ficheros (muebles); fundas para vestidos (almacenaje); fundas para vestidos (guardar ropa); guarniciones de muebles, de camas, de puertas y de ventanas no metálicas; hamacas [chais es long u es, tumbonas]; jardineras (muebles); maniquíes; mesas; móviles (objetos para la decoración); móviles decorativos que producen sonidos cuando los mueve el viento; objetos de arte de madera; de cera; de yeso o de materias plásticas; pajas para la degustación de bebidas; paragüeros; parques para bebés; perchas para vestidos; perchas para sombreros; percheros (muebles); pupitres; revisteros; sacos de dormir para camping; sillas (asientos); sillones; sofás; tableros para colgar las llaves; taburetes; tacatacas para niños; tapones para botellas; tronas para niños; joyeros; telares para bordar; abrazaderas que no sean de materias textiles; almohadas, cojines y colchones de aire que no sean para uso médico; varillas de alfombras de escaleras; ámbar amarillo; cuernos de animales; cojines para animales de compañía; camitas para animales de interior; casetas para animales de interior; animales disecados; garras y pezuñas de animales; armaduras (de madera) de cama; bambú; banastas; bancos de torno (no metálicos); bancos de trabajo; estanterías de bibliotecas; bisagras no metálicas; bobinas de madera (para enrollar hilo, seda, cordoncillo o similares); envolturas para botellas de madera; bufets; bustos de madera, de cera, de yeso o de materias plásticas; bustos para sastres; buzones para cartas (que no sean de metal, ni de mampostería); caballetes (mobiliario); cajones; artículos para camas (con excepción de la ropa de cama); camas hidrostáticas que no sean para uso médico; rue de citas de camas no metálicas; sumieres de camas; canapés (divanes); caña (materia para trenzar); plataformas (paletas) de carga no metálicas; números de casas no luminosos (no metálicos); casilleros; figuras de cera; cestería; cestones para el pan; cestos (cestas); pantallas de chimeneas; cierres de botellas (no metálicos); cierres de recipientes (no metálicos); corn a mentas de ciervos; estanterías para clasificadores (muebles); cofres no metálicos; concha; conchas de ostras; contenedores no metálicos; coral; corozo; tapones de corcho; cordones de corcho; cortinas de perlas para la decoración; ganchos de cortinas; raíles para cortinas; rue de citas para cortinas; varillas de cortinas; cubetas de madera para decantar el vino; mangos de cuchillos (no metálicos); decoraciones de materias plásticas para alimentos; depósitos que no sean ni de metal ni de albañilería; mesas de dibujo; distribuidores fijos de servilletas (no metálicos); trabajos de ebanistería; recipientes de embalaje en materias plásticas; mangos de escoba (no metálicos); mobiliario escolar; espuma de mar; estacas de tiendas de campaña no metálicas; estacas para que los gatos puedan arañar; estribos que no sean metálicos; armarios de farmacia (botiquines); figuritas. (estatuillas) de madera, de cera, de yeso o de materias plásticas; tableros para fijar carteles; pedestales para jarrones de flores; revestimientos a movibles para fregaderos; fresqueras no metálicas; perchas para fusiles (armeros); ganchos de percheros (no metálicos); mangos de herramientas (no metálicos); placas de identidad no metálicas; jergones; junco; letreros de madera o de materias plásticas; listones para marcos (para enmarcar); entrepaños de madera para muebles; paletas de manipulación (no metálicas); marcos (para enmarcar); molduras para marcos (para enmarcar); marfil bruto o semielaborado; matrículas no metálicas; mesas con ruedas para ordenadores; mesas de masaje y de tocador; mesas metálicas; mesitas auxiliares; mostradores (mesas); acabados en materias plásticas para muebles; muebles metálicos y de oficina; puertas de muebles; rue de citas de muebles (no metálicas); tablas (anaqueles, baldas) de muebles; nácar en bruto o semielaborado; objetos de publicidad hinchables; paja trenzada (con excepción de las esteras); pajareras; palancas de transporte; sillones para peluquerías; perchas no metálicas; expositores para periódicos; pernos no metálicos; persianas de interior de laminillas; persianas de interior para ventanas (mobiliario); persianas de madera (mobiliario); picaportes no metálicos; poleas de materias plásticas para persianas; remaches no metálicos; rodrigón; secreteres; soporte de libros; sujeta cables de materias plásticas; tableros para almacenamiento y ordenación; tableros para máquinas de escribir; tacos (clavijas) que no sean metálicos; tornillos no metálicos; traves años; tuercas no metálicas; vitrinas (muebles). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fanny Rodríguez

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Gissel Zalavarría USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-11-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. STRADIVARIUS The Dengue VOICE Vaccination Optimization & Implementation Committee of Experts

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Certificación

Certificación No. 2017-19394 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG Y DISEÑO clase 18

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-19394 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsas de deporte para todo uso; mochilas; maletas; equipaje de mano; bolsas de lona; sombrillas de golf; bolsas de cuero e imitación de cuero; equipaje; bolsas de mensajero; bolsas de zapatos para viajes; bolsas de deporte; bolsas para artículos de tocador vendidas vacías; bolsas de mano; bolsas de viaje; sombrillas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-19392 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG clase 18

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-19392 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsas de deporte para todo uso; mochilas; maletas; equipaje de mano; bolsas de lona; sombrillas de golf; bolsas de cuero e imitación de cuero; equipaje; bolsas de mensajero; bolsas de zapatos para viajes; bolsas de deporte; bolsas para artículos de tocador vendidas vacías; bolsas de mano; bolsas de viaje; sombrillas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. ______ PXG

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Certificación

Certificación No. 2017-19393 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARSONS XTREME GOLF clase 18

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-19393 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARSONS XTREME GOLF 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsas de deporte para todo uso; mochilas; maletas; equipaje de mano; bolsas de lona; sombrillas de golf; bolsas de cuero e imitación de cuero; equipaje; bolsas de mensajero; bolsas de zapatos para viajes; bolsas de deporte; bolsas para artículos de tocador vendidas vacías; bolsas de mano; bolsas de viaje; sombrillas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-07-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. PARSONS XTREME GOLF

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Certificación

Certificación No. 2017-19395 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG clase 25

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-19395 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, a saber, cinturones, abrigos, guantes, chaquetas, mitones, pantalones, pulóveres, ropa impermeable, camisas, pantalones cortos, faldas, faldas short, suéteres, sudaderas, chalecos y camisas de viento, calzado, sombrerería, a saber, gorras, sombreros y viseras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-07-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. ______ PXG

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Certificación

Certificación No. 19396-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARSONS XTREME GOLF clase 25

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19396-2017 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARSONS XTREME GOLF 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, a saber, cinturones, abrigos, guantes, chaquetas, mitones, pantalones, pulóveres, ropa impermeable, camisas, pantalones cortos, faldas, faldas short, suéteres, sudaderas, chalecos y camisas de viento, calzado, sombrerería, a saber, gorras, sombreros y viseras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2016-031080 — Solicitud de registro de señal de propaganda THE DENGUE VOICE clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

PARSONS XTREME GOLF [1] Solicitud: 2016-031080 [2] Fecha de presentación: 29/07/2016 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SANOFI PASTEUR [4.1] Domicilio: 2, AVENUE PONT PASTEUR, 69007 LYON, FRANCE, FRANCIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THE DENGUE VOICE VACCINATION OPTIMIZATION & IMPLEMENTATION COMMITTEE OF EXPERTS [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios educativos, a saber, el patrocinio de seminarios y talleres en el campo de la fiebre del dengue.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2017. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será utilizada con el registro número 23686 denominada THE DENGUE VOICE. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. The Dengue VOICE Vaccination Optimization & Implementation Committee of Experts

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Certificación

Certificación No. 2017-005477 — Solicitud de registro de marca de fábrica MEN´SECRET

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-005477 [2] Fecha de presentación: 02/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CORTEFIEL, S.A. [4.1] Domicilio: Av. del Llano Castellano, 51 28034 Madrid, España, España [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado (excepto ortopédico), artículos de sombrerería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-005478 — Solicitud de registro de marca de servicio WOMEN´SECRET

Registro de la Propiedad Industrial

MEN´SECRET [1] Solicitud: 2017-005478 [2] Fecha de presentación: 02/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CORTEFIEL, S.A. [4.1] Domicilio: Av. del Llano Castellano, 51 28034 Madrid, España, España [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-6387 — Solicitud de registro de marca de fábrica GINO PAOLI

Registro de la Propiedad Industrial

WOMEN´SECRET 1/ Solicitud: 2017-6387 2/ Fecha de presentación: 08-02-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: FÁBRICA HAMILTON 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GINO PAOLI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. GINO PAOLI

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Certificación

Certificación No. 2016-031081 — Solicitud de registro de señal de propaganda THE DENGUE VOICE clase 42

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2016-031081 [2] Fecha de presentación: 29/07/2016 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: SANOFI PASTEUR [4.1] Domicilio: 2, AVENUE PONT PASTEUR, 69007 LYON, FRANCE, FRANCIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THE DENGUE VOICE VACCINATION OPTIMIZATION & IMPLEMENTATION COMMITTEE OF EXPERTS [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Estudios científicos con fines médicos en el campo de la fiebre del dengue.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de agosto del año 2017. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será utilizada con el registro número 23689 denominada THE DENGUE VOICE. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. ______ The Dengue VOICE Vaccination Optimization & Implementation Committee of Experts

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Certificación

Certificación No. 24519-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PUBLIMETRO clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24519-2017 2/ Fecha de presentación: 05-06-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: METRO INTERNATIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: 2-4 AVENUE MARIE - THERE SE, LUXEMBOURG 2132, LUXEMBURGO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Luxemburgo

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PUBLIMETRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-07-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 24520-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PUBLIMETRO clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

PUBLIMETRO 1/ Solicitud: 24520-2017 2/ Fecha de presentación: 5-06-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: METRO INTERNATIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: 2-4 AVENUE MARIE - THERE SE, LUXEMBOURG 2132, LUXEMBURGO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Luxemburgo

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PUBLIMETRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales, publicaciones, incluidas las publicaciones en diarios, publicaciones periódicas y revistas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-07-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. PUBLIMETRO

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Certificación

Certificación No. 19397-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG Y DISEÑO clase 25

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19397-2017 2/ Fecha de presentación: 3-5-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, a saber, cinturones, abrigos, guantes, chaquetas, mitones, pantalones, pulóveres, ropa impermeable, camisas, pantalones cortos, faldas, faldas short, suéteres, sudaderas, chalecos y camisas de viento, calzado, sombrerería, a saber, gorras, sombreros y viseras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 19398-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG clase 28

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19398-2017 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Equipo de golf, a saber, palos de golf, bolsas de golf, cubiertas de cabeza para palos de golf, agarraderas de palos de golf, tacos de palos de golf, pelotas de golf, guantes de golf, camisetas de golf, marcadores de pelotas de golf, herramientas arreglapiques y bolsas de golf. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. ______ PXG

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Certificación

Certificación No. 19399-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARSONS XTREME GOLF clase 28

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19399-2017 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARSONS XTREME GOLF 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Equipo de golf, a saber, palos de golf, bolsas de golf, cubiertas de cabeza para palos de golf, agarraderas de palos de golf, tacos de palos de golf, pelotas de golf, guantes de golf, camisetas de golf, marcadores de pelota de golf, herramientas arreglapiques y bolsas de golf. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-19400 — Solicitud de registro de marca de fábrica PXG Y DISEÑO clase 28

Registro de la Propiedad Industrial

PARSONS XTREME GOLF 1/ Solicitud: 2017-19400 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Equipo de golf, a saber, palos de golf, bolsas de golf, cubiertas de cabeza para palos de golf, agarraderas de palos de golf, tacos de palos de golf, pelotas de golf, guantes de golf, camisetas de golf, marcadores de pelota de golf, herramientas arreglapiques y bolsas de golf. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-06-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-19401 — Solicitud de registro de marca de servicio PXG clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-19401 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Parsons Xtreme Golf, LLC 4.1/ Domicilio: 15475 N. 84th St., Scottsdale, Arizona 85260 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PXG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tienda al por menor y servicios de venta al por menor en línea en el campo del equipo de golf, ropa, gafas, calzado, sombrerería, bolsas de todo tipo, paraguas, accesorios de cuero e imitaciones de cuero y accesorios para todos los productos precedentes; suministro de información en línea sobre productos de consumo en el ámbito de los productos y servicios relacionados con el golf; prestación de servicios de registro de productos en línea para productos relacionados con el golf, con el fin de prestar servicio al cliente en el campo de los productos y servicios relacionados con el golf. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-07-2017 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017. PXG

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Certificación

Certificación No. 2017-023151 — Solicitud de registro de marca de fábrica PUNTO FARMA clase 10

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-023151 [2] Fecha de presentación: 25/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PHARMA INVESTMENTS, S.A. DE C.V. (PUNTO FARMA) [4.1] Domicilio: EDIFICIO PUNTO FARMA,ANILLO PERIFERICO SECTOR #3, CONTIGUO A MINISTERIO PUBLICO, TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6]

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Resolución

Resolución — Registro de Marca de Fábrica PUNTO FARMA

Registro de la Propiedad Industrial

Denominación y [6.1] Distintivo: PUNTO FARMA [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos; artículos ortopédicos, material de sutura. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Renee Rivera Ferrera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-023153 — Solicitud de registro de marca de servicios PUNTO FARMA clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-023153 [2] Fecha de presentación: 25/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PHARMA INVESTMENTS, S.A. DE C.V. (PUNTO FARMA) [4.1] Domicilio: EDIFICIO PUNTO FARMA,ANILLO PERIFERICO SECTOR #3, CONTIGUO A MINISTERIO PUBLICO, TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PUNTO FARMA [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; Gestión de Negocios Comerciales, Administración Comercial.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Renee Rivera Ferrera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-023152 — Solicitud de registro de marca de servicios PUNTO FARMA clase 36

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-023152 [2] Fecha de presentación: 25/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PHARMA INVESTMENTS, S.A. DE C.V. (PUNTO FARMA) [4.1] Domicilio: EDIFICIO PUNTO FARMA,ANILLO PERIFERICO SECTOR #3, CONTIGUO A MINISTERIO PUBLICO, TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PUNTO FARMA [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Operaciones Financiera; Operaciones Monetarias.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Renee Rivera Ferrera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 2017-023150 — Solicitud de registro de marca de fábrica PUNTO FARMA clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-023150 [2] Fecha de presentación: 25/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PHARMA INVESTMENTS, S.A. DE C.V. (PUNTO FARMA) [4.1] Domicilio: EDIFICIO PUNTO FARMA,ANILLO PERIFERICO SECTOR #3, CONTIGUO A MINISTERIO PUBLICO, TEGUCIGALPA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PUNTO FARMA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos Farmaceúticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas; emplastos, materiales para apósitos; fungicidas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Renee Rivera Ferrera USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017.

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Certificación

Certificación No. 24698-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio PLAFORAMA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 24698-2017 2/ Fecha de presentación: 06-06-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Abastecedora Máximo, S.A. de C.V. 4.1/Domicilio: Serafín Peña No. 938 Sur, Centro, Monterrey, Nuevo León, C.P, 64000, México. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PLAFORAMA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican los términos “bodegas” y “materiales para construcción”. 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Venta de materiales de construcción a través de un establecimiento.p

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Gissel Zalavarría.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 12-07-2017. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Certificación

Certificación No. 18240-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica LUVS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18240-2017 2/ Fecha de presentación: 24-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: The Procter & Gamble Company. 4.1/Domicilio: One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati Ohio 45202, United States of America. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LUVS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores: Morado, Morado Claro, Verde y Blanco . 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Pañales desechables y/o pantalones hechos de papel y/o celulosa.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Gissel Zalavarría.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 5/07/2017. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Certificación

Certificación No. 2016-032636 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA I

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2016-032636 [2] Fecha de presentación: 11/08/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BAYERISCHE MOTOREN WERKE AKTIENGESELLSCHAFT. [4.1] Domicilio: PETUELRING 130, 80809 MUNICH, ALEMANIA, Alemania. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA I [7] Clase Internacional: 4 [8] Protege y distingue: Aceites industriales; grasas industriales; lubricantes; aceites para motor; aceites para engranajes; aditivos de gasolina; aditivos para combustibles de vehículos; combustible para vehículos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Certificación

Certificación No. 2017-020639 — Solicitud de registro de marca de fábrica PMC Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-020639 [2] Fecha de presentación: 11/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PARTS-MALL CORPORATION. [4.1] Domicilio: No. 506 NOBLESSE B/D, 734-1, JANGHANG-DONG, ILSANDONG-GU, GOYANG-SI, GYEONGGI- DO, 410-837, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PMC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Bomba de combustible para vehículos terrestres; filtros de aire para motor de automóvil; tuberías de escape para vehículos terrestres; cables de control para máquinas; motores; bandas de tiempo para vehículos terrestres; cojinetes de biela para motores de vehículos terrestres; inyectores de combustible para motores de combustión interna; bobina de encendido para motores de combustión interna; filtros para motores; radiadores para vehículos; uniones de piezas de motor; balancines para motor; segmentos de pistones; piezas de encendido para motores de automóviles, principalmente, condensadores, dispositivos de encendido, bujías, bobinas y cables de encendido; filtros de combustible para motores de automóviles; partes de motor de automóviles, principalmente, inyectores de combustible.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. [11] Fecha de emisión: 21 de junio del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 2017-20638 — Registro de Marca de Fábrica PMC Y DISEÑO (Clase 12)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-20638 2/ Fecha de presentación: 11-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: PARTS-MALL Corporation. 4.1/Domicilio: No.506 Noblesse B/D, 734-1, Janghang-dong, Ilsandong-gu, Goyang-si, Gyeonggi-do, 410-837, Republic of Korea. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PMC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; partes y accesorios para automóviles incluidos en clase 12; componentes de suspensión de vehículos terrestres, partes y accesorios de los mismos incluidos en clase 12; sistemas de freno para vehículos terrestres y partes de los mismos comprendidos en clase 12; motor /correa de caucho y freno para vehículos terrestres; neumáticos para ruedas de vehículos; embragues para vehículos terrestres y sus partes, juntas para automóviles; Acoplamientos para vehículos terrestres; cojinetes para vehículos terrestres..

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GISSEL ZALAVARRÍA.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 22-06-2017. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 17205-2017 — Registro de Marca de Servicio Apostemos y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17205-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: LOTERÍAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS. 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Apostemos y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GABRIEL ANDRÉS MONCADA FUENTES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 05/6/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 17204-2017 — Registro de Marca de Servicio Postemos y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17204-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: LOTERÍAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS. 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Postemos y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GABRIEL ANDRÉS MONCADA FUENTES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 05/6/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 17202-2017 — Registro de Marca de Servicio Bet Sports y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17202-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: LOTERÍAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS. 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Bet Sports y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 05/6/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 17201-2017 — Registro de Marca de Servicio Sports Bet y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17201-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: LOTERÍAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS. 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Sports Bet y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 05/6/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución No. 17200-2017 — Registro de Marca de Servicio Te Apuesto y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17200-2017 2/ Fecha de presentación: 18-04-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: LOTERÍAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS. 4.1/Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Te A puesto y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad In- dustrial. 11/Fecha de emisión: 05/6/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 S., 11 y 27 O. 2017

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Resolución

Resolución — Registro de Marca de Fábrica PREGAGESIC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: ACROMAX DOMINICANA, S.A. 4.1/Domicilio: Avenida 27 de Febrero, Esq. calle H, Zona Industrial Herrera, Zona Postal 9, Santo Domingo, República Dominicana. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: República Dominicana. 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PREGAGESIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ARTURO H. MEDRANO C.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: VICTOR MANUEL RODRÍGUEZ SERMEÑO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 05/5/17. 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 25 S. y 11 O. 2017.

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Resolución

Resolución No. 2017-014023 — Registro de Marca de Fábrica GINOBIOTIC

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-014023 [2] Fecha de presentación: 22/03/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ACROMAX DOMINICANA, S.A. [4.1] Domicilio: AVENIDA 27 DE FEBRERO, ESQ. CALLE H, ZONA INDUSTRIAL HERRERA, ZONA POSTAL 9, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA, REP. DOMINICANA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DOMINICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: VICTOR MANUEL RODRÍGUEZ SERMEÑO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de mayo del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 25 S. y 11 O. 2017. GINOBIOTIC

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Edicto

Edicto No. 0801-2017-00266 — Demanda Ordinaria contra Alcaldía Municipal de Comayagua

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho de abril del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado el Abogado Iván Alfredo Vigil Molina, incoando demanda Ordinaria contra la Alcaldía Municipal de Comayagua, departamento de Comayagua, con orden de ingreso número 0801-2017-00266, se interpone demanda mediante el Proceso Declarativo Ordinario para que se declare no ser conforme a Derecho y en su caso se declare nulo un acto presunto por Silencio Administrativo de Carácter Particular.- Que reconozca una situación Jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como son la resolución de un contrato de obras públicas por incumplimiento por parte de la Alcaldía Municipal de Comayagua.- Condena al resarcimiento y pago de cantidades de dinero adeudadas por la obras ejecutadas más daños y perjuicios.- Liquidación del contrato por resolución.- Condena al pago de fianza ejecutada de forma ilegal, pago de obras adicionales y el pasivo laboral.-Intereses hasta la ejecución total de la sentencia.- Costas.- Se acompaña documentos.- Peritajes.- Subsanación.- Poder. ABOG. GERARDO VERLAN CASTO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 11 O. 2017. La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. _______

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